Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED305F - Realización de actividades de formación del profesorado en el extranjero.
El objeto de esta orden es la convocatoria de plazas para la realización de itinerarios formativos para el avance de la competencia lingüística y comunicativa en lengua extranjera del profesorado.
Para la identificación de esta convocatoria en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se denomina Realización de actividades de formación del profesorado en el extranjero, con el código de procedimiento ED305F.
Modalidad de las plazas convocadas .
Las modalidades en que se convocan plazas para el profesorado son las siguientes:
1. Modalidad 1: integración. Itinerario formativo en tres fases.
Antes del inicio de la actividad de la fase B de esta modalidad, el profesorado seleccionado que vaya a participar en ella deberá enviar al correo electrónico formaes@edu.xunta.gal un plan de difusión donde se describan las acciones que se compromete a realizar en su centro de destino para dar visibilidad a la experiencia formativa que vaya a desarrollar y que deberá ser aprobado previamente.
a) Fase A (25 horas): curso de formación de una semana de duración (7 días) en inglés, francés o portugués en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá lugar en el primer trimestre del curso 2022/23.
El profesorado que haya acreditado un nivel C2 en la lengua objeto de estudio del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería, no realizará esta fase.
b) Fase B (100 horas): programa de inmersión total en inglés, francés o portugués, consistente en la integración en la vida escolar, sin obligaciones lectivas, en centros escolares de Canadá, Francia o Portugal.
El profesorado seleccionado se integrará en centros escolares y estará acompañado en el horario lectivo del centro por un/una docente de su misma área o materia durante cuatro semanas, en el primer trimestre del curso 2022/23. En el caso del profesorado de formación profesional, el profesorado estará acompañado por un/una docente de los mismos módulos cuando sea posible o por un/una docente de un módulo afín.
Las fases A y B se realizarán de forma consecutiva en el tiempo durante el primer trimestre del curso 2022/23 para garantizar el relevo en los centros educativos durante las 5 semanas de la duración de estas fases.
c) Fase C (25 horas): difusión de la experiencia adquirida.
En esta fase el profesorado deberá realizar:
Memoria del desarrollo del plan de difusión aprobado antes de la realización de la fase B, en la cual se deberá acreditar adecuadamente todo el plan desarrollado según las orientaciones del anexo VI.
Propuesta didáctica en la lengua objeto de estudio que demuestre la transferencia al aula de los conocimientos y metodología adquiridos en la integración, según las orientaciones del anexo VI.
Estos documentos, memoria y propuesta didáctica se enviarán de acuerdo con el procedimiento que se establezca por esta consellería antes del 14 de febrero de 2023 y la equivalencia en horas de formación de esta fase será de 25 horas de formación.
2. Modalidad 2: curso en el extranjero. Itinerario formativo en dos fases.
a) Fase de formación (50 horas): curso de formación de dos semanas de duración en un país extranjero (Canadá, Reino Unido/Irlanda, Francia, Portugal o Alemania), que se desarrollarán en el mes de julio de 2022.
b) Fase de elaboración de materiales (25 horas): elaboración de materiales para la sociedad de la información en la lengua objeto de estudio según las orientaciones del anexo VII.
Esta propuesta se entregará antes del 14 de febrero de 2023 de acuerdo con el procedimiento que se establezca por esta consellería y la equivalencia en horas de formación de esta fase será de 25 horas de formación.
3. Será necesario que la persona participante consiga una evaluación positiva en cada una de las fases del itinerario formativo para poder realizar la fase siguiente y, en su caso, para obtener la certificación.
1. Las personas solicitantes deben ser funcionarios/as de carrera o funcionarios/as en prácticas de los cuerpos docentes detallados en este artículo que estén impartiendo docencia en centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias. En el caso de los/las funcionarios/as en prácticas, podrán participar en las actividades formativas siempre y cuando estas se desarrollen fuera del período efectivo de prácticas.
Cada docente realizará una única solicitud con elección por orden de prioridad de las actividades formativas en las que desee participar y la adjudicación será a una de las actividades, según el orden de prioridad marcado, y no quedará como suplente en el resto de actividades solicitadas. En caso de que no se le adjudique ninguna actividad, pasará a estar en el listado de suplentes para todas las actividades solicitadas. Si se le ofrece una plaza, al producirse alguna renuncia, en alguna de las actividades solicitadas tiene que aceptar esa plaza o renunciar a todas, sin posibilidad de optar a otra de las actividades solicitadas en caso de que hubiera una renuncia posterior.
2. En la modalidad 1, de integración, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) Actividad 1. Integración para profesorado de inglés en infantil y primaria.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de maestros que esté impartiendo la lengua extranjera en educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria.
b) Actividad 2. Integración para profesorado de inglés de secundaria, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas (EEOOII).
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria o profesores o catedráticos de EEOOII que esté impartiendo inglés en educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o EEOOII.
c) Actividad 3. Integración inglés para profesorado CLIL de ESO y bachillerato.
Profesorado de materias no lingüísticas impartidas en inglés (en adelante, CLIL en inglés) de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria, que esté participando en los programas de centros plurilingües y/o secciones bilingües, que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria obligatoria o bachillerato y que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar el profesorado de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria, que imparta docencia directa en el aula en educación secundaria obligatoria o bachillerato que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
d) Actividad 4. Integración inglés para profesorado CLIL de infantil y primaria.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros que esté participando en los programas de centros plurilingües y/o secciones bilingües, que imparta docencia directa en el aula en infantil, primaria o 1º y 2º de la ESO y que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar el profesorado del cuerpo de maestros, que imparta docencia directa en el aula en infantil, primaria o ESO que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
e) Actividad 5. Integración para profesorado de inglés en EEOOII.
Profesorado especialista en inglés de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria y profesores o catedráticos de escuelas oficias de idiomas que imparta inglés en las escuelas oficias de idiomas o en sus secciones.
f) Actividad 6. Integración inglés para profesorado CLIL de FP y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado CLIL en inglés que imparte docencia directa en el aula en formación profesional o enseñanzas de régimen especial, excepto en las EEOOII; que esté participando en los programas de plurilingüismo y/o secciones bilingües y que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
g) Actividad 7. Integración en lengua portuguesa para profesorado especialista y CLIL de primaria, secundaria, FP y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista en portugués, profesorado de lengua portuguesa y CLIL en portugués que imparta docencia directa en el aula en primaria, secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua portuguesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar el profesorado, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua portuguesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
h) Actividad 8. Integración para profesorado especialista de francés de primaria, secundaria, formación profesional y EEOOII, y profesorado CLIL de primaria, secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista de francés que imparta docencia en infantil, primaria, secundaria, formación profesional o EEOOII, así como profesorado CLIL en francés que imparte docencia directa en el aula en infantil, primaria, secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que haya acreditado un nivel B1 o superior en francés del MCERL. Del mismo modo, podrá participar el profesorado, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua francesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
3. En la modalidad 2, de curso en el extranjero, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) Actividad 9. Inglés en Canadá para profesorado CLIL de infantil y primaria.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros que imparta docencia directa en el aula en infantil, primaria o 1º y 2º ESO que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado del cuerpo de maestros, que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
b) Actividad 10. Inglés para profesorado especialista de primaria.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de maestros que esté impartiendo la lengua inglesa en educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria.
c) Actividad 11. Inglés para profesorado especialista de secundaria, formación profesional y EEOOII.
Profesorado especialista en inglés del cuerpo de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria y profesores o catedráticos de EEOOII que esté impartiendo inglés en educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional o EEOOII.
d) Actividad 12. Inglés para profesorado CLIL de infantil y primaria.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros que imparta docencia directa en el aula en infantil, primaria o 1º y 2º ESO que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado del cuerpo de maestros, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
e) Actividad 13. Inglés para profesorado CLIL de secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado CLIL en inglés de los cuerpos de profesores o catedráticos de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional o enseñanzas de régimen especial que imparte docencia directa en el aula, en secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial, excepto en EEOOII y que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado de secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL.
f) Actividad 14. Francés para profesorado especialista y CLIL de primaria, secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista en francés y CLIL en francés que imparte docencia directa en el aula en primaria, secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua francesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado, que imparta docencia directa en el aula, y que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua francesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
g) Actividad 15. Lengua portuguesa para profesorado especialista y CLIL de primaria, secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista en portugués y CLIL en portugués que imparta docencia directa en el aula en primaria, secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua portuguesa del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua portuguesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
h) Actividad 16. Lengua alemana para profesorado especialista y CLIL de primaria, secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado especialista de alemán y CLIL en alemán que imparta docencia directa en el aula en primaria, secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial y que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua alemana del MCERL. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado, que imparta docencia directa en el aula, que haya acreditado un nivel B1 o superior en lengua alemana del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
i) Actividad 17. Inglés en Canadá para profesorado CLIL de secundaria, formación profesional y enseñanzas de régimen especial.
Profesorado CLIL en inglés del cuerpo de maestros que imparta docencia directa en el aula en secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería. Del mismo modo, podrá participar otro profesorado que imparta docencia directa en el aula en secundaria, formación profesional o enseñanzas de régimen especial, que haya acreditado un nivel B2 o superior en lengua inglesa del MCERL, de acuerdo con el anexo de la Orden de 21 de junio de 2016 por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería.
4. Todo el profesorado deberá firmar el anexo V, con el visto bueno de la dirección del centro educativo, comprometiéndose a promover la creación o el mantenimiento del programa de centros plurilingües o secciones bilingües en su centro de destino y a impartir su materia en la lengua correspondiente.
La adjudicación con carácter definitivo de una de las actividades es incompatible con la concesión de licencias por formación para el curso 2022/23 de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546515
Fax: 981546550
Email: formaes@edu.xunta.es
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 7 de enero de 2022 por la que se convocan plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para el avance de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE) para el año 2022 (DOG nº 13 del 20 de enero de 2022).
Orden de 4 de octubre de 2022 por la que se resuelve definitivamente la convocatoria de plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE) (DOG nº 197 del 17 de octubre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
21/02/2022 10:00 - 22/03/2022 23:59
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 21 de febrero de 2022 hasta el día 21 del mes de marzo de 2022, ambos incluidos.
Solicitud de participación .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal/
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
2. El modelo de solicitud (anexo I) incluye una declaración responsable por la que la persona solicitante declara que el nivel de conocimiento de lenguas extranjeras del MCERL alegado en la solicitud es el nivel máximo que ha acreditado a la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería (DOG de 26 de abril) modificada por la Orden de 21 de junio de 2016 (DOG de 7 de julio).
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Anexo III, modelo de hoja de autobaremación cubierta en los apartados que correspondan, en el que se relacionen los méritos alegados en el mismo orden que aparecen expuestos en el anexo II.
b) Acreditación de los méritos académicos, profesionales o de cualquier índole que aleguen, que no estén recogidos en su expediente de datos personales. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en el baremo que se incluye en el anexo II.
No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se aleguen fuera del plazo al que se refiere el artículo 9 de esta convocatoria.
c) Certificado, expedido por el secretario o secretaria del centro, con el visto bueno de la persona directora, en el que conste el área, materia o módulo que imparte la persona solicitante durante el curso académico 2021/22. En caso de que la persona solicitante sea coordinadora de centros plurilingües o del programa de secciones bilingües o profesorado CLIL, también deberá constar esta circunstancia en el certificado.
d) Acreditación del nivel lingüístico segundo el MCERL, en la/las lengua/s correspondiente/s de la/las actividad/es solicitada/s, excepto para aquellas personas que ya tengan recogida esta información en su expediente de datos personales.
e) Anexo V, compromiso de promoción de sección bilingüe y/o programas de centros plurilingües, debidamente cubierto.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos que se presentara de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Títulos oficiales universitarios.
d) Títulos oficiales no universitarios.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Modificación da autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.