Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CO400B - Ayudas, en réximen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones de personas consumidores de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro eléctrico y comercio electrónico seguro.
1. Las ayudas reguladas en estas bases tienen por objeto la realización por parte de las asociaciones de personas consumidoras inscritas en la sección general del Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Galicia de un programa de actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro de energía eléctrica y comercio electrónico seguro, con las especificidades que se establecen en el artículo 2 de estas bases.
2. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que en su artículo 19.2 establece que las bases reguladoras de las convocatorias de ayudas podrán exceptuar del requisito de fijar una orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando, por el objeto y finalidad de la subvención, no sea necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas en un único procedimiento hasta el agotamiento del crédito presupuestario.
Actuaciones y gastos susceptibles de ayuda .
1. Las ayudas se concederán para atender a los gastos generados por el desarrollo de programas de actividades en dos modalidades:
Modalidad A. Programa de actividades que impliquen sensibilización, formación y divulgación que generen, en los consumidores a los que van dirigidas, un grado de conocimiento de la problemática de la facturación y consumo de suministro eléctrica, a fin de que adquieran los conocimientos suficientes que les permitan tomar decisiones que redunden en un ahorro y racionalidad del gasto en consumo eléctrico.
Modalidad B. Programas de actividades que impliquen sensibilización, formación y divulgación que generen, en los consumidores a los que van dirigidas, un grado de conocimiento de la problemática de llevar a cabo un uso seguro y correcto del comercio electrónico y compras seguras en internet, a fin de que adquieran los conocimientos suficientes que les permitan tomar decisiones que redunden en una compra segura y satisfactoria para el consumidor.
2. Con carácter general, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable.
Todos estos gastos tienen que ser realizados y efectivamente pagados desde la entrada en vigor de la presente resolución y hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 18.
Se consideran costes subvencionables aquellos gastos que se generen y que sean directamente imputables a las actuaciones de sensibilización, formación y divulgación siguientes:
Modalidad A. En materia de suministro eléctrico, en concreto:
a) Desarrollo e impartición de actividades formativas mayoritariamente prácticas encaminadas a identificar, esclarecer y conocer los derechos como usuarios del sector eléctrico y los datos esenciales que conforman la factura de consumo eléctrico como puede ser:
– Los datos del suministrador y del distribuidor entendiendo que pueden ser empresas con distintas formas de contratación.
– Todos los datos relacionados con los consumos eléctricos. Datos que deben figurar en la factura según modelo oficial para PVPC. Mercado libre y mercado regulado.
– Los datos relacionados con el coste económico del suministro de energía eléctrica a aplicar en cada facturación.
– Los datos económicos que se ven implicados en el importe final de la factura.
– El consumidor vulnerable. Bono social y otras medidas de protección. Requisitos, tramitación y como afecta a la facturación.
– Como reclamar.
Deberá quedar justificado, con la elaboración de un programa, que dichas materias son objeto de la actividad formativa.
b) Desarrollo e impartición de actividades práctico-teóricas a fin de sensibilizar y concienciar de la importancia en el ahorro en el consumo eléctrico (consumo de electrodomésticos, clases energéticas de los electrodomésticos, tipo de tarifas y comparativa entre mercado regulado y libre).
c) Desarrollo práctico de simuladores de consumo eléctrico u otro tipo de herramientas, que ayuden a una mejor comprensión de la factura eléctrica y a un ahorro en el suministro de energía eléctrica en los hogares.
Modalidad B. En materia de comercio electrónico seguro, en concreto:
a) Desarrollo e impartición de actividades formativas mayoritariamente prácticas encaminadas a identificar, esclarecer y conocer los derechos como usuarios cuando se lleva a cabo una compra por internet y prácticas a llevar a cabo cuando se quiere usar el comercio electrónico de una manera segura y eficiente, como puede ser:
1. Aspectos a tener en cuenta antes de contratar:
– Puesta a punto de los dispositivos. Recomendaciones de seguridad básicas; configuración de la red.
– Identificación de las tiendas on line de confianza. Comprobación de la información leal del comerciante; identificar el titular/responsable del comercio; comprobar que se trata de comunicaciones seguras; sellos de confianza.
– Detecciones de fraudes. Phishing; carding; páginas de venta on line falsas; estafas a través del correo electrónico; servicios de compraventa o de venta de segunda mano.
– Requisitos de información previa y específicos adicionales para contratos celebrados en mercados en línea.
2. Aspectos a tener en cuenta si decides comprar:
– Justificación de la contratación y ejecución del contrato.
– Medios de pago para compras on line. Envío de dinero en efectivo; contra reembolso; transferencia bancaria; pago con tarjeta; pagados a través de intermediarios.
– Configuración de las cuentas de usuario. Contraseñas seguras; activar doble verificación; recuperación de cuentas; cuando guardar información de los métodos de pago.
3. Aspectos a tener en cuenta después de comprar:
– Derecho de desistimiento.
– Garantías y servicios post venta.
– Gastos de envío y devolución.
– Derechos sobre los datos personales. Derecho de acceso; derecho de rectificación; derecho de cancelación.
– Deber de secreto y publicación de datos.
– Como reclamar.
Deberá quedar justificado, con la elaboración de un programa, que dichas materias son objeto de la actividad formativa.
b) Desarrollo práctico de simuladores de comercio electrónico u otro tipo de herramientas, que ayuden a una mejor comprensión de estas compras y uso del comercio electrónico por las personas consumidoras y usuarias.
3. Cada actividad o proyecto, ya sea de la modalidad A o de la modalidad B, se financiará con una cuantía máxima total de 200 euros (IVA incluido) por actividad. El número máximo de actividades a realizar por asociación, ya sean de la modalidad A o/y de la modalidad B, será de 12 actividades o proyectos por asociación. Cada asociación podrá elegir el número de actividades que desee llevar a cabo, así como su modalidad, pudiendo incluir una sola modalidad o dos modalidades, siempre que no se exceda del número máximo de 12 actividades por asociación.
4. La duración mínima de cada actividad será de 2 horas presenciales.
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las asociaciones de personas consumidoras que estén legalmente constituidas e inscritas, en el momento de publicarse esta resolución, en el Diario Oficial de Galicia, en la Sección General del Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Galicia a la que se refiere el Decreto 95/1984, de 24 de mayo.
1. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas asociaciones que, incumpliendo manifiestamente sus obligaciones legales, no colaboraran o no facilitaran la información solicitada por el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.
2. Para que las asociaciones puedan beneficiarse de estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
3. Las personas beneficiarias se obligan a facilitar cuanta información les sea requerida por el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Instituto Galego de Consumo e da Competencia (IGC)
Servizo de Información, Cooperación e Fomento
Avenida Gonzalo Torrente Ballester, nº 3, 1-5, baixo
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545545/ 981545416
Email: igc.xerencia@xunta.gal
Teléfono desde o resto do Estado: 902120012
Instituto Galego de Consumo e da Competencia (IGC)
Resolución de 16 de septiembre de 2022 por la que se convoca y regula la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2022, a las asociaciones de personas consumidoras de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro de energía eléctrica y comercio electrónico seguro (DOG nº 186 del 29 de septiembre de 2022).
Extracto de la Resolución de 16 de septiembre de 2022 por la que se convoca y regula la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2022, a las asociaciones de personas consumidoras de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro de energía eléctrica y comercio electrónico seguro (DOG nº 186 del 29 de septiembre de 2022).
Resolución de 10 de octubre de 2022 por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario correspondiente al ejercicio 2022, destinado a la financiación de las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2022, a las asociaciones de consumidores de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de suministro eléctrico y comercio electrónico seguro (DOG nº 199 del 19 de octubre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
30/09/2022 00:00 - 31/10/2022 23:59
1. El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
2. No obstante, en el supuesto de que, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se agotara el crédito establecido en la convocatoria, el órgano concedente acordará la inadmisión de solicitudes y publicará tal circunstancia en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia.
Solicitudes .
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible (anexo II) en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Certificación del listado de actividades que se pretenden llevar a cabo objeto de subvención (anexo III). Una vez presentado este anexo III en el momento de la solicitud, posteriormente solo se permitirá su modificación una única vez y siempre que los cambios afecten únicamente o a la fecha o a la localidad de celebración. Dicha modificación deberá ser comunicada al IGCC con una antelación mínima de 15 días antes de la celebración de la primera actividad, presentando un nuevo anexo III.
b) Poder suficiente de la persona representante y firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante, en su caso.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario adjuntar los documentos que ya habían sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la emende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviese un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en los párrafos anteriores. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la AEAT para la solicitud de ayudas y subvenciones.
d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente del pago con la Xunta de Galicia para percibir ayudas o subvenciones de las administraciones públicas.
f) Concesión de subvenciones y ayudas.
g) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente de inicio (anexo II) y presentar dichos documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas, en réximen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones de consumidores de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de comercio electrónico seguro.
Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones de personas consumidores de la Comunidad Autónoma de Galicia para actividades de sensibilización, formación y divulgación en materia de sobreendeudamiento.