Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT500B - Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a través de los bonos culturales.
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas a través de los bonos culturales, y si procede su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento CT500B).
Finalidad .
El objetivo del programa Bono Cultura es incentivar la demanda cultural, ayudando económicamente a las personas consumidoras, y fomentar el consumo en los establecimientos culturales adheridos a la campaña.
Además, el programa tiene como finalidad propiciar el fortalecimiento del sector cultural; dinamizar la actividad de los establecimientos de carácter cultural y reducir el impacto económico marcado primero por la pandemia y ahora por el contexto de incremento de precios.
Actividad subvencionable .
A través de esta orden se subvenciona a través de los bonos culturales, en los establecimientos de Galicia adheridos al programa, la compra de productos culturales, la adquisición de música grabada en formato CD, vinilo etc., de material audiovisual en formato físico, de libros, de videojuegos, de entradas para salas de cine, para conciertos de música y para espectáculos escénicos; de entradas para cualquier tipo de institución cultural (museo, casa-museo etc.); y para la adquisición de cualquier otro tipo de bien cultural.
Quedan expresamente fuera del programa los productos de papelería; los equipos, software y consumibles de informática y electrónica; los juegos de cualquier tipo; y los libros de texto para el ámbito educativo no universitario.
Las ventas subvencionadas serán las realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022 y desde la fecha fijada para el lanzamiento de los bonos (2 de noviembre de 2022).
Cada bono tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 50 euros por usuario para las compras en los establecimientos adheridos.
El importe del bono se irá reduciendo, hasta su agotamiento, en función del valor de la compra de acuerdo con el siguiente criterio:
- Descuento del 50% de la compra realizada hasta un máximo de descuento de 50€.
Las cuantías se entienden con el IVA incluido.
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas mayores de edad y residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que realicen las actuaciones establecidas en el artículo 5. Para ser beneficiarias tendrán que tramitar sus solicitudes conforme lo establecido en esta orden.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Cultura
Servizo de Promoción da Cultura
Edificio Administrativo de San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544856
Email: secretaria.xeral.cultura@xunta.gal
Dirección Xeral de Cultura
Orden de 7 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a través de los bonos culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2022 y a la apertura del plazo para la adhesión de las entidades y los establecimientos culturales (DOG nº 196 del 14 de octubre de 2022).
Extracto de la Orden de 7 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a través de los bonos culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2022 y a la apertura del plazo para la adhesión de las entidades y los establecimientos culturales (DOG nº 196 del 14 de octubre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
02/11/2022 00:00 - 31/12/2022 23:59
Los bonos estarán disponibles en la web https://www.bonocultura.gal para su descarga por los usuarios a partir de 2 de noviembre de 2022 y serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2022.
Mediante orden de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades se podrá modificar dicha fecha si razones organizativas, sanitarias o de otra índole así lo aconsejan, de lo que se dará la oportuna publicidad.
Presentación de la solicitud de los bonos .
1. Para la solicitud y obtención de los bonos, cada usuario deberá darse de alta en la web https:// www.bonocultura.gal, a la que se podrá acceder desde la sede electrónica https://sede.xunta.gal/portada, e indicar la siguiente información:
a) Nombre y apellidos.
b) Localidad de residencia en Galicia (código postal).
c) Mayoría de edad.
d) DNI o NIE.
e) Número de teléfono móvil.
f) Correo electrónico.
2. El uso de la página web y la descarga de los bonos supondrá la aceptación de las condiciones de su uso y de la política de privacidad conforme el Reglamento (UE) nº 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en el que respeta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por lo que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, de la cual serán informados convenientemente.
3. Los usuarios deberán declarar responsablemente la veracidad de los datos indicados. La Dirección General de Cultura podrá solicitar, en cualquier momento, los documentos acreditativos de los mencionados requisitos.
4. Asimismo, los usuarios deberán declarar responsablemente que están al día del cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Pública del Estado y la Administración autonómica, así como con la Seguridad Social.
5. Opcionalmente, el bono se podrá solicitar presencialmente en la Dirección General de Cultura y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.
La persona interesada, o su representante, podrá autorizar expresamente a los empleados públicos para la solicitud y obtención del bono en formato papel. En este supuesto se deberá acreditar la representación expresa por cualquiera medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración responsable en comparecencia personal de la persona interesada ante el/la funcionario/a de la Administración.
Sistema de funcionamiento de los bonos .
1. La descarga del bono por la persona usuaria se realizará en la web: https://www.bonocultura.gal y, en ese momento, se entenderá preconcedida la ayuda. El bono tendrá formato digital a través de un código QR y estará disponible para su utilización en la APP Wallet.
2. Para canjear los bonos y poder hacer efectivos los descuentos a los consumidores y usuarios, los titulares de los establecimientos tendrán que descargar en su móvil la APP correspondiente.
3. En el momento de la compraventa, el titular del establecimiento tendrá que introducir en la APP el importe y concepto de la venta, automáticamente aparecerá el importe a cobrar (una vez aplicado el descuento). Por su parte, el usuario deberá mostrar su bono en formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final de la compra realizada.
Fecha de activación de los bonos .
Los bonos estarán disponibles en la web https://www.bonocultura.gal para su descarga por los usuarios a partir de 2 de noviembre de 2021 y serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2021.
Mediante orden de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades se podrá modificar la dicha fecha si razones organizativas, sanitarias o de otra índole así lo aconsejan, dándose la oportuna publicidad.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción, depósito documental y certificación de la sección del Registro de Fundaciones de Interés Gallego del Protectorado de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.
Subvenciones para la participación de personas escritoras, ilustradoras, traductoras e editoras en las actividades realizadas en el sector del libro.