Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR807I - Programa I. Fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación.
1. Este programa tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 del Programa de fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación.
2. La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre las mujeres, las personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los ayuntamientos del rural gallego.
Tipos de ayuda .
El programa de fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación incluye los siguientes tipos de ayudas:
a) Subvención a la generación de empleo estable.
b) Subvención para formación.
c) Subvención para el inicio de la actividad.
d) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.
Las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en este programa las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad, las siguientes circunstancias:
a) Que sean empresas de nueva creación.
b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.
c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.
d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotoras no figure ninguna persona jurídica.
f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.
g) Que, como mínimo, el 50 % de su capital social sea de titularidad de las personas promotoras y que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.
2. Podrán ser beneficiarias las personas promotoras para la ayuda para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Emprego
Servizo de Emprego Autónomo
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545625 / 981957729
Fax: 981544678
Email: autónomos.emprego@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración da Coruña
Salvador de Madariaga,9-1º
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881592
Email: axudasautonomos.traballo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Lugo
Ronda da Muralla nº 70 baixo
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982 294 912
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Ourense
Avda. da Habana, nº 79 - 7ª
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386109 / 988386808
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Territorial da Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de Pontevedra (Vigo)
Rúa Concepción Arenal, nº 8 - 2º
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817695 / 986817073
Email: autónomos.emprego.vigo@xunta.gal
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 27 de enero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y consolidación del empleo a través del Programa I, para las pequeñas empresas de nueva creación (código de procedimiento TR807I), y el Programa II, de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (código de procedimiento TR340E), y se procede a su convocatoria para el año 2022 (DOG nº 35 del 21 de febrero de 2022).
Extracto de la Orden de 27 de enero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y consolidación del empleo a través del Programa I, para las pequeñas empresas de nueva creación (código de procedimiento TR807I), y el Programa II, de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (código de procedimiento TR340E), y se procede a su convocatoria para el año 2022 (programa I, TR807I) (DOG nº 35 del 21 de febrero de 2022).
Corrección de errores. Orden de 27 de enero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y consolidación del empleo a través del Programa I, para las pequeñas empresas de nueva creación (código de procedimiento TR807I), y el Programa II, de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (código de procedimiento TR340E), y se procede a su convocatoria para el año 2022 (DOG nº 44 del 4 de marzo de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
22/02/2022 00:00 - 01/08/2022 23:59
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en ente programa empezará el día siguiente al de la publicación de la orden de la convocatoria y finalizará el día 31 de julio de 2022, respetando, en todo caso, lo establecido en el artículo 29 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, que dispone que el plazo de presentación de solicitudes en ningún caso será inferior a un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Solicitudes .
1. Las solicitudes de subvención deberán presentarse por separado para cada uno de los programas de esta orden en los modelos de solicitud que figuran como anexos, anexo I o anexo I-A, junto con la documentación y en el plazo establecido para cada tipo de programa.
2. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta la solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365.
Documentación complementaria .
1. Las solicitudes, una por cada tipo de ayuda, se deberán presentar en el formulario normalizado (anexo I) que figura como anexo numérico de esta orden, una para cada ayuda solicitada, y deberán ir acompañadas de la documentación, común y específica, que se relaciona.
2. Las solicitudes de ayudas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación general para todas las ayudas:
a) En su caso, poder suficiente de la persona representante y firmante de la solicitud, para actuar en nombre de la entidad.
b) Escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
c) Alta definitiva en el censo de obligados tributarios en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (modelo 036 o 037).
d) Memoria económica y descriptiva del proyecto empresarial, firmada por la persona solicitante, que deberá contener los datos de identificación y descripción de la actividad, el número de empleos creados y que estén previstos crear, los aspectos técnicos de producción y comercialización, el presupuesto de inversión, el plan de financiación que acredite la viabilidad de la iniciativa empresarial, las medidas de seguridad y salud laboral y de prevención de riesgos y la adecuación en materia de protección del medio ambiente, según la localización y la actividad empresarial (según modelo del anexo II).
e) Listado firmado, una para cada ayuda solicitada, con la relación de las inversiones y gastos, indicando el importe de cada uno, la suma total, la referencia y la descripción de las facturas en firme o proforma, presupuestos y demás documentos justificativos de la inversión realizada o que se va a realizar y de la ayuda solicitada, según el modelo anexo III de esta orden.
Este listado no será necesario presentarla con la solicitud de subvención a la generación de empleo estable.
f) Documentos que acrediten la pertenencia a los colectivos por los que se solicita la subvención, certificación de la concurrencia de las circunstancias que determinen la pertenencia a los colectivos en riesgo o situación de exclusión social, o certificado de discapacidad en los casos de reconocimiento fuera de Galicia o que se opusiera su consulta en el anexo I o VI, según corresponda.
g) Anexo VI, en el caso de consulta de datos de la persona trabajadora o de miembros de la unidad familiar.
3. Documentación específica:
a) Subvención a la generación de empleo estable:
– Declaración del número de empleos estables de carácter indefinido ocupados por colectivos de personas beneficiarias y relación nominal de ellos con indicación de la fecha de incorporación efectiva, donde se hagan constar los costes salariales de dos anualidades de cada persona trabajadora por cuenta ajena por la que se solicita subvención, según modelo anexo IV de esta orden.
– Documentos acreditativos de la incorporación efectiva con carácter indefinido y altas en el correspondiente régimen de la Seguridad Social o, en su caso, en colegio profesional y mutualidad que corresponda.
– Documentos justificativos del nacimiento en Galicia de la persona solicitante y, además, en el caso de alegar alguna relación de parentesco con la persona nacida en Galicia, documentación que acredite el vínculo con la misma, en el caso de solicitar el incremento de la persona emigrante retornada.
– Certificado de persona emigrante retornada, expedido por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, baja consular o cualquier otra documentación que acredite fehacientemente la residencia en el exterior y la fecha de retorno a España, en el caso de solicitar el incremento de emigrante retornado.
– En caso de que las personas por las que se solicita la subvención tengan la condición de trans y opten por el incremento del 25 %, documentación que justifique haber obtenido ante el Registro Civil la rectificación de la mención relativa al sexo o bien el cambio de nombre para la asignación de uno diferente al del sexo registrado al nacer.
b) Subvención para la formación:
– Memoria descriptiva del curso/actividad de formación solicitada en que consten, entre otros, la justificación de su necesidad para el desarrollo de su función gerencial o la relación directa con la actividad económica en que esté de alta la empresa.
– Certificación de la entidad formadora en que consten, entre otros, los siguientes aspectos:
1º. Nombre del curso/actividad.
2º. Lugar y fechas de celebración.
3º. Módulos a impartir y distribución temporal (número de horas).
4º. Plazo de inscripción.
5º. Número de plazas.
– Solicitud de inscripción o matrícula en el curso/actividad.
– En el caso de estar realizando el curso, facturas y su correspondiente justificante bancario de pago; de lo contrario, factura proforma.
De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 euros, prevista para el contrato menor en la Ley 9/2017, de contratos del sector público, en el supuesto de prestación de servicios, la persona interesada deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a contraer del compromiso para la prestación del servicio, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo presten, o salvo que el gasto se hubiese realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
La elección entre las ofertas presentadas, que se deberán adjuntar con la solicitud de la subvención, se realizará de conformidad con criterios de eficiencia y economía, y se deberá justificar expresamente en una memoria a elección cuando no recaiga en la propuesta económica mas ventajosa.
c) Subvención para el inicio de actividad:
– Facturas y, en el caso de estar efectivamente pagadas, o su correspondiente justificante bancario de pago o, en su defecto, facturas proforma o presupuestos expedidos por los proveedores y acreedores de los gastos necesarios para el inicio de la actividad que se vayan a tener en cuenta para el cálculo de la cuantía de la subvención.
– Declaración del número de empleos estables creados o que se crearán hasta el 31 de julio de 2022 y relación nominal de las personas que los vayan a ocupar, con indicación de aquellas por las cuales se solicita la subvención, según el modelo anexo IV.
– Documentos justificativos del nacimiento en Galicia de la persona solicitante y además, en el caso de alegar alguna relación de parentesco con la persona nacida en Galicia, documentación que acredite el vínculo con la misma, en el caso de solicitar el incremento de persona emigrante retornada.
– Certificado de persona emigrante retornada, expedido por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, baja consular o cualquier otra documentación que acredite fehacientemente la residencia en el exterior y la fecha de retorno a España, en el caso de solicitar el incremento de persona emigrante retornada.
– En caso de que las personas por las que se solicita la subvención tengan la condición de trans y opten por el incremento del 25 %, documentación que justifique haber obtenido ante el Registro Civil la rectificación de la mención relativa al sexo o bien el cambio de nombre para la asignación de un diferente al del sexo registrado al nacer.
d) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.
– Libro de familia con el nombre de las personas titulares de la familia y de los hijos e hijas menores de tres años y nombre, apellidos del cónyuge. En su caso, documentos acreditativos del carácter monoparental de la familia. En el caso de ayuda por cuidado de mayores y /o dependencia o discapacidad certificación de la acreditación del grado de parentesco y acreditación del empadronamiento en la misma dirección.
– Documento acreditativo del coste de la mensualidad de la guardería y/o del centro especializado o persona cuidadora en el caso de mayores y/o discapacidad o dependencia.
– Facturas y, en el caso de estar efectivamente pagadas, su correspondiente justificante bancario de pago, de las mensualidades ya abonadas en la fecha de la solicitud.
4. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, non será necesario adjuntar los documentos que ya fueran presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consultas a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento a oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se hubiesen podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
5. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
6. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud, y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante.
b) Vida laboral en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
c) Informe de períodos de inscripción en el Servicio Público de Empleo.
d) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
e) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria de Galicia.
f) Datos de residencia con fecha de la última variación padronal.
g) Certificado de discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia.
h) NIF de la entidad solicitante.
i) Alta en el impuesto de actividades económicas.
j) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Se consultarán además los siguientes datos, de las personas trabajadoras o del cónyuge de la persona autónoma, cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente, lo que deberán indicar en el cuadro señalado en el anexo VI:
a) DNI o NIE.
b) Informe de períodos de inscripción en el Servicio Público de Empleo.
c) Consulta de vida laboral.
d) Certificado de discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia, en su caso.
e) Datos de residencia con fecha de la última variación padronal.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria del proyecto empresarial (Anexo II)
- Listado con la relaión de las inversiones y gastos realizados o que se van a realizar y de la ayuda solicitada o concedida (Anexo III)
- Declaración del número de empleos estables creados o que se van a crear con carácter inicial y relación nominal de las pesonas empleadas por las que se solicita subvención (Anexo IV)
- Comprobación de datos de la persona trabajadora y de los miembros de su unidad familiar (Anexo VI)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para el desarrollo de las actividades ordinarias de las organizaciones sindicales (Programa I).
Ayudas para promover el funcionamiento de gabinetes técnicos de las organizaciones sindicales y para planes de formación de cuadros de personal y delegadas y delegados sindicales (Programa II).
Ayudas para la puesta en marcha de laboratorios cooperativos en el rural. Programa II: impulso de proyectos empresariales colectivos.
Ayudas para el fomento del emprendimiento en economía social.
Programa III: Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jovenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil.
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva (Linea 1).
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva (Línea 2).