Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS607A - Programa en Balnearios.
1. Esta orden tiene como objeto establecer el procedimiento de concesión de estancias en plazas de establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia dentro del programa de Bienestar en balnearios para el año 2022 y proceder a su convocatoria (código del procedimiento BS607A).
2. A tal efecto, se entiende por establecimientos balnearios aquellos que disponen de aguas mineromedicinales declaradas de utilidad pública según el artículo 2 del Decreto 402/1996, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de aprovechamiento de aguas mineromedicinales, termales y de los establecimientos balnearios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Estancias en las plazas de establecimientos balnearios y turnos convocadas .
1. Se convocan estancias en 637 plazas para participar en el programa de Bienestar en balnearios 2022 de la Xunta de Galicia, que se llevarán a cabo en los turnos y establecimientos balnearios que se relacionan en el anexo IV.
2. Los turnos tienen una duración de diez (10) días, con nueve noches cada uno, y comprenderán desde las doce horas de la mañana del día de llegada hasta las doce horas de la mañana del día de salida.
3. El desarrollo de estos turnos tendrá lugar durante el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 17 de diciembre del año 2022.
Servicios y prestación ofertados .
1. La estancia incluye los siguientes servicios y prestaciones:
a) Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.
b) Tratamientos termales, con las indicaciones terapéuticas que figuran para cada establecimiento balneario en el anexo IV, que comprenderán:
1º. El reconocimiento médico, al ingresar en el establecimiento balneario, para la prescripción del tratamiento.
2º. El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el personal médico del establecimiento balneario.
3º. El seguimiento médico del tratamiento.
c) Programa de actividades de animación sociocultural que se lleve a cabo en el establecimiento balneario.
d) Póliza colectiva de seguro turístico.
2. Las personas solicitantes que estén interesadas en alojarse en habitación individual, en caso de que haya disponibilidad, se tendrán que hacer cargo de la diferencia entre el precio abonado y el precio total de esa habitación. Asimismo, se tendrán que hacer cargo de la referida diferencia en caso de que la solicitud se acompañe de un informe médico actualizado en el que constate alguna limitación, alergia o enfermedad que requiera una habitación individual.
Las personas solicitantes que precisen de algún tipo de apoyo o dieta especial tendrán que indicarlo en el momento de presentar la solicitud, en los términos del anexo I, y acreditarlo al incorporarse al turno.
3. Las personas solicitantes que estén interesadas en participar en las excursiones o actividades con coste adicional que organice el establecimiento balneario, no incluidas en el punto 1, lo tendrán que hacer por sus propios medios y a su cargo.
4. El desplazamiento desde el domicilio hasta el establecimiento balneario, así como el de regreso, correrá a cargo de las personas solicitantes, sin perjuicio de que se puedan acoger a las facilidades para el transporte que haya ofertado el establecimiento balneario, en su caso.
A las personas beneficiarias que cumplan los requisitos señalados en el apartado siguiente.
1. Serán personas beneficiarias del programa de Bienestar en balnearios para el año 2022 aquellas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 60 años o mayor de 55 y reunir la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación, invalidez, viudedad u otras pensiones.
b) Estar empadronada y residir en algún ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Valerse por sí misma para las actividades de la vida diaria y estar en condiciones de participar en el programa.
d) No padecer alteraciones del comportamiento que puedan afectar a la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
e) Carecer de contraindicación médica para la recepción de los tratamientos termales.
f) Conseguir, de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
2. La persona solicitante podrá participar en la convocatoria de la oferta de estancias y tratamientos del programa acompañada de las siguientes personas:
a) Por su cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que tenga una unión estable y de convivencia con análoga relación a la conyugal, siempre que cumpla los requisitos citados en el punto 1, excepto lo señalado en el apartado a).
b) Por un hijo o hija que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre y cuando este pueda acudir sin necesidad de apoyo de tercera persona, se pueda desplazar con autonomía, comparta la habitación con las personas progenitoras solicitantes y cumpla los requisitos citados en el punto 1, excepto el del apartado a).
c) Por una persona con la que desee participar en el programa, siempre y cuando esta cumpla todos los requisitos citados en el punto 1.
3. Las personas solicitantes tendrán que cumplir los requisitos establecidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Maiores e Atención Sociosanitaria
Subdirección Xeral de Envellecemento Activo, Prevención da Dependencia e Innovación Sociosanitaria
Servizo de Envellecemento Activo e Prevención da Dependencia
Complexo Administrativo San Caetano s/n. Edificio 8B
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995963
Dirección Xeral de Maiores e Atención Sociosanitaria
Orden de 26 de septiembre de 2022 por la que se regula la oferta de estancias en establecimientos balnearios dentro del programa Bienestar en balnearios para el año 2022 y se realiza su convocatoria (DOG nº 192 del 7 de octubre de 2022).
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Mayores y Atención Sociosanitaria, por la que se publica la Resolución de 25 de octubre de 2022 por la que se aprueba la relación de personas admitidas/excluidas y la lista de espera para cubrir plazas para la estancia en establecimientos balnearios dentro del programa de Bienestar en balnearios para el año 2022.(DOG nº 208 de 2 de noviembre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
10/10/2022 00:00 - 24/10/2022 23:59
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se formularán en el modelo normalizado que se indica en el anexo I. En cada solicitud solo se podrá relacionar un máximo de tres destinos por orden de prioridad.
2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Documentación complementaria .
1. Las personas solicitantes deberán adjuntar, junto con el anexo I de solicitud, los anexos II y III, si procede, y la siguiente documentación:
a) Copia del pasaporte, si procede, relativa a la persona solicitante y, en su caso, a la persona que la acompaña: cónyuge, pareja de hecho o relación análoga a la conyugal, hija o hijo con discapacidad u otra persona con la que desee participar.
b) Copia del libro de familia de la persona solicitante en caso de que quiera acudir al programa acompañada de un hijo o hija con discapacidad.
c) Certificado del grado de discapacidad del hijo o hija de la persona solicitante, si dicho certificado no ha sido expedido por la Xunta de Galicia o no está en el poder de esta.
d) Certificado de las pensiones no otorgadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social ni por la Xunta de Galicia, de la persona solicitante y de la acompañante, en su caso.
e) Informe médico actualizado de la persona solicitante, hijo/a y acompañante, en el caso de tener alguna limitación, alergia o enfermedad que requiera de alguna atención especial como tratamiento farmacológico, alimentación, accesorio de apoyo, habitación individual o similar.
2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario adjuntar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada que los aporte.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.
Comprobación de datos .
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) Documento nacional de identidad (DNI), o número de identificación de extranjero (NIE), según proceda, relativo a la persona solicitante y, en su caso, de la persona acompañante: cónyuge, pareja de hecho o relación análoga a la conyugal, hija o hijo con discapacidad u otra persona.
b) Certificado de empadronamiento relativo a la persona solicitante y, en su caso, de la persona acompañante: cónyuge, pareja de hecho o relación análoga a la conyugal, hija o hijo con discapacidad u otra persona.
c) Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, correspondiente al último período en que se presente la solicitud de la persona solicitante y de la acompañante, en su caso.
d) Certificado de las pensiones otorgadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de la persona solicitante y de la acompañante, en su caso.
e) Certificado de las pensiones otorgadas por la Xunta de Galicia, de la persona solicitante y de la acompañante, si fuese el caso.
f) Certificado del grado de discapacidad del hijo o hija de la persona solicitante, si dicho certificado fuera expedido por la Xunta de Galicia.
En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio de expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no estén obligadas a la presentación electrónica, también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Dos meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Traslado en servicios prestados en centros propios o concertados, en el ámbito de la atención a la dependencia y de la promoción de la autonomía personal.
Solicitud de estancias temporales en los servicios prestados en centros propios o concertados, en el ámbito de la atención a la dependencia y de la promoción de la autonomía personal.
Programa Bienestar a través de Talasoterapia.
Modificación de la inscripción en el registro único de entidades prestadoras de servicios sociales (RUEPSS)
Complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de las/los pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva.
Programa de puesta a punto para el empleo, dirigido a personas en situación o riesgo de exclusión social perceptoras de la Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA).