Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
SA480A - Declaración responsable para prestar el servicio de preparación y entrega de sistemas personalizados de dosificación por las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Este decreto tiene por objeto regular las condiciones y los requisitos para la preparación y entrega de medicamentos mediante sistemas personalizados de dosificación (en adelante, SPD) en las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los/las farmacéuticos/as titulares o los/las regentes de la oficina de farmacia.
Requisitos de las oficinas de farmacia en materia de personal .
1. Los/las farmacéuticos/as titulares y los/las regentes de la oficina de farmacia deberán recibir una formación específica sobre SPD en oficinas de farmacia acreditada por el sistema de acreditación de la formación continuada de los/las profesionales sanitarios/as. Asimismo, esta formación será exigible a todo el personal farmacéutico de la oficina de farmacia que participe en la preparación o entrega de SPD.
2. La formación específica sobre SPD del personal farmacéutico deberá ser actualizada siempre que concurran razones o circunstancias que así lo aconsejen. A estos efectos, la oficina de farmacia deberá disponer de registros que avalen la formación recibida.
3. El personal técnico que intervenga en la preparación de SPD deberá recibir la formación oportuna en dicha materia.
Requisitos de las oficinas de farmacia en materia de local, equipamiento y flujos de trabajo .
1. La preparación de los medicamentos en SPD debe realizarse dentro de las instalaciones de la oficina de farmacia en la cual hayan sido dispensados los envases de los medicamentos.
2. Todo el proceso de preparación de SPD debe estar organizado de forma secuencial, de manera que se facilite un flujo de trabajo unidireccional para reducir el riesgo de posibles confusiones y evitar contaminaciones cruzadas.
3. En el local autorizado de la oficina de farmacia se habilitará un área dedicada a esta actividad, que tendrá las siguientes zonas:
a) Zona de atención farmacéutica: separada de la zona de dispensación, de manera que permita la atención individualizada y que garantice la confidencialidad de la entrevista a la que se refiere el artículo 13. Podrá utilizarse para este fin la zona de atención individualizada que la farmacia disponga para otros servicios profesionales farmacéuticos.
b) Zona de almacenamiento de medicamentos para SPD: espacio en el que se sitúan, custodian y conservan los medicamentos dispensados de cada paciente en sus envases originales o elaborados en SPD. Los medicamentos o SPD de cada paciente se almacenarán de forma separada para cada paciente y deberán estar correctamente identificados con el nombre del/de la paciente o con un código de identificación unívoco, de manera que se garantice el mantenimiento de las condiciones de conservación de cada uno de los medicamentos almacenados.
La zona estará claramente identificada y diferenciada de la de almacenamiento de otros medicamentos y productos de la farmacia, de tal forma que no exista posibilidad de confusión.
La cantidad de medicamentos dispensados deberá ser acorde con la cantidad a preparar, teniendo en cuenta el número de unidades contenidas en el envase original.
Los medicamentos no podrán almacenarse en ningún caso en el suelo o sobre superficies que puedan favorecer la contaminación o no permitan su limpieza.
Tanto los medicamentos como el material de acondicionamiento se deberán almacenar en las condiciones apropiadas conforme a su autorización de comercialización.
c) Zona de preparación de SPD, que deberá contar con los siguientes requisitos:
1º. Espacio específico suficiente y condiciones adecuadas para la realización de la actividad con garantías de calidad y seguridad. Este espacio estará preferiblemente cerrado o bien delimitado, y será de uso exclusivo para esta actividad, si bien en el caso de no disponer de espacio suficiente en la farmacia para uso exclusivo de esta actividad, se podrá compartir la zona de preparación de SPD con otras zonas de la farmacia que cumplan los requisitos definidos en este decreto, siempre que las diferentes actividades no se realicen de forma simultánea y se lleve a cabo un proceso de limpieza de eficacia adecuada al finalizar cada tipo de actividad.
2º. Superficie de trabajo de tamaño suficiente, lisa, sin grietas, impermeable, fácil de limpiar y desinfectar.
3º. Suelos, paredes y techos de fácil limpieza y desinfección.
4º. Sin acceso directo al exterior ni a un baño.
5º. Libre de objetos ajenos a la actividad que puedan interferir en el proceso, inducir a error o a contaminación cruzada y dificultar la limpieza de la zona.
d) Zona de archivo de la documentación que garantice su integridad y confidencialidad.
4. Se controlarán y se registrarán las condiciones ambientales de la zona de preparación y de almacenamiento de medicamentos con instrumentos calibrados (termómetro e higrómetro). La humedad relativa ambiental debe oscilar entre 40 % y 60 % ± 5 % y la temperatura entre 15º C y 25 ºC ± 2ºC.
5. Las oficinas de farmacia deberán estar provistas del siguiente instrumental, equipo y vestimenta para el personal:
a) Dispositivos de dosificación personalizada, que contarán con una serie de compartimentos donde se distribuya la medicación que ha de tomar un/una paciente durante un período determinado de acuerdo con la pauta prescrita. Los dispositivos deberán estar homologados y certificados por el fabricante para realizar el acondicionamiento de medicamentos, de acuerdo con las guías farmacéuticas de referencia internacional en la materia.
Los dispositivos con sistema de sellado serán desechables. En ellos se podrán reacondicionar medicamentos desprovistos de su envase primario cuando el cierre o sellado de estos dispositivos sea hermético, los componentes de sus materiales sean compatibles con los medicamentos a acondicionar y cumplan con los requerimientos de permeabilidad a la humedad que le sean de aplicación, conforme a las guías farmacéuticas de referencia internacional en la materia.
b) Instrumental específico y dedicado a fraccionar comprimidos.
c) Pinzas para manipular las unidades de los medicamentos.
d) Termómetro e higrómetro calibrado conforme a un estándar de medida nacional o internacional.
e) Indumentaria apropiada de uso exclusivo para realizar esta actividad que, como mínimo, estará compuesta por bata, gorro, mascarilla y guantes desechables, y que deberá cambiarse de forma periódica en función de lo establecido en el PNT específico.
f) Sistema manual o informático para archivar la documentación de cada paciente, que garantice la confidencialidad, trazabilidad e integridad de los datos.
g) Recipientes para depositar los residuos específicos de los sistemas personalizados de dosificación.
h) En caso de disponer de sistemas automatizados para realizar SPD, deberá garantizarse la trazabilidad de los identificadores únicos de cada envase de medicamento dispensado a cada paciente y el SPD elaborado. Asimismo, los equipos permitirán su limpieza entre cada preparación de SPD, de forma que no exista posibilidad de contaminaciones cruzadas, ni entre medicamentos de un/una mismo/a paciente, ni con medicamentos de diferentes pacientes.
Requisitos de las oficinas de farmacia en materia de documentación .
1. La documentación generada en cualquier fase de la preparación de SPD debe conservarse un mínimo de 1 año. Las fichas de los/las pacientes se conservarán hasta, por lo menos, un año después de la baja de las mismas del servicio de preparación y entrega de SPD.
2. La documentación que se genere de esta actividad, tanto en soporte físico como digital, se archivará de manera que se garantice en todo caso el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección e integridad de datos.
3. La oficina de farmacia dispondrá de la siguiente documentación:
a) Documentación general o de soporte para evaluar los medicamentos susceptibles de ser incluidos en un dispositivo de SPD.
b) Documentación relativa al/a la paciente:
1º. Consentimiento firmado de cada paciente, representante del/de la paciente o persona autorizada.
2º. Ficha del/de la paciente.
3º. Hoja de prescripciones, recetas u otro documento similar actualizado, en formato papel o electrónico, que recoja los medicamentos prescritos por el personal médico, si se trata de medicamentos sujetos a prescripción. Los cambios en las pautas de tratamiento estarán documentados y firmados por el/la médico/a responsable.
c) Registros de la formación de su personal.
d) Documentación relativa al proceso de preparación de SPD:
1º. Procedimientos normalizados de trabajo (PNT) aprobados por los/las farmacéuticos/as titulares o regentes de la oficina de farmacia, que describan con detalle, por lo menos, los siguientes aspectos:
i. Asignación de funciones y responsabilidades del personal.
ii. Formación del personal.
iii. Higiene del personal.
iv. Limpieza del local.
v. Control y registro de las condiciones ambientales del área de preparación y almacenamiento de SPD.
vi. Limpieza y mantenimiento del equipo y del instrumental.
vii. Recepción y almacenamiento de los dispositivos para preparación de SPD.
viii. Valoración de idoneidad del/de la paciente.
ix. Almacenamiento de los medicamentos dispensados.
x. Acondicionamiento de los SPD.
xi. Control de calidad.
xii. Aseguramiento de la trazabilidad de los SPD.
xiii. Detección de problemas relacionados con los medicamentos y actuaciones derivadas.
xiv. Modo de actuación ante cambios en la prescripción.
xv. Información al/a la paciente y etiquetado de los SPD.
xvi. Entrega del SPD al/a la paciente o persona autorizada.
xvii. Almacenamiento de la medicación sobrante del/de la paciente.
xviii. Eliminación de material caducado, deteriorado, devuelto o no conforme.
xix. Registro y conservación de documentación.
Estos procedimientos deberán tener un contenido no ambiguo, estar identificados claramente, presentados de una manera ordenada, y a disposición de todo el personal que intervenga en la preparación de SPD. Deberán revisarse y actualizarse regularmente, conservando de manera separada los documentos obsoletos.
2º. Registros que deben permitir verificar el cumplimiento de las correctas condiciones de preparación de SPD y la trazabilidad de todos los medicamentos utilizados desde el envase dispensado hasta las unidades contenidas en cada uno de los dispositivos preparados. Se garantizará la integridad de los datos recogidos en todos los registros. Por lo menos, existirán los siguientes registros:
i. Registros de limpieza.
ii. Registros de condiciones ambientales.
iii. Fichas de preparación, control y entrega de SPD.
iv. Registros de la recogida de residuos por la empresa gestora en el caso de envases de SPD u otros materiales que estén en contacto con medicamentos y cuyos fabricantes no estén adheridos al Sistema integrado de gestión.
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de A Coruña
Rúa Durán Loriga, nº 3
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981155823
Email: aps.dpc.planificacion@sergas.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Lugo
Rúa Montevideo, 9
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982292106
Email: Planificacion.Sanitaria.xtlu@sergas.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Ourense
Avda. Zamora, nº 1
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988066321
Email: planificacion.sanidade.Ourense@sergas.es
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra
Servizo de Planificación, Aseguramento e Ordenación Sanitaria de Pontevedra
Avda. Mª Victoria Moreno, nº 43-1
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986885814
Email: planificacion.sanitaria.xtpo@sergas.es
Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Sanidade
Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia (DOG nº 130 de 10 de julio de 2019)
Decreto 87/2022, de 19 de mayo, por el que se regulan las condiciones y los requisitos para la preparación y entrega de sistemas personalizados de dosificación en las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 108 del 7 de junio de 2022).
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (BOE nº 177 25 de julio de 2015).
Corrección de erros do Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de xullo, polo que se aproba o texto refundido da Lei de garantías e uso racional dos medicamentos e produtos sanitarios (BOE nº 306 de 23 de decembro de 2015).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Este decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 27 de junio de 2022, permaneciendo abierto indefinidamente.
Presentación de la declaración responsable para realizar la actividad .
1. Los/las farmacéuticos/as titulares o los/las regentes de la oficina de farmacia que deseen prestar el servicio de preparación y entrega de SPD deberán presentar, de forma previa al inicio de la actividad, una declaración responsable firmada por el/la farmacéutico/a titular y, en su caso, por los/las cotitulares o por el/la regente.
Las declaraciones responsables se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Los/las farmacéuticos/as titulares y los/las regentes presentarán una nueva declaración responsable cuando se produzca un cambio en las condiciones declaradas, tanto en lo relativo al personal farmacéutico titular o regente de la oficina de farmacia, como en lo relativo a las instalaciones, equipamiento y flujos de trabajo.
3. Los/las farmacéuticos/as titulares y los/las regentes comunicarán el cese voluntario de actividad de preparación de SPD con un mes de antelación a la fecha de cese efectivo, excepto causa de fuerza mayor que motive un cese forzoso. En este caso, lo comunicarán en cuanto se produzcan las causas que motivan dicho cese forzoso.
4. El comienzo y el cese voluntario de la actividad de dispensación mediante SPD será comunicado al órgano competente en materia de planificación y aseguramiento de la Jefatura Territorial de Sanidad de la provincia en la que se encuentre la oficina de farmacia, que realizará la inscripción de los datos en las bases de datos que correspondan.
Efectos de la presentación de la declaración responsable .
1. La presentación de la declaración responsable de que se cumplen los requisitos establecidos en este decreto habilita desde el momento de dicha presentación para realizar la actividad de preparación y entrega de sistemas personalizados de dosificación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tienen atribuidas los servicios de inspección adscritos a la Secretaría General Técnica de la consellería competente en materia de sanidad.
2. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a la declaración responsable o la no presentación de la documentación que sea requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que procedan.
Comprobación de datos .
1. El órgano competente en materia de planificación y aseguramiento de la jefatura territorial de la consellería competente en materia de sanidad en la provincia en la que se encuentre la oficina de farmacia consultará automáticamente los datos incluidos en el DNI o NIE de la persona declarante y, en su caso, de la persona representante.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar una copia de los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la declaración responsable .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar con ocasión del procedimiento de ejercicio de las facultades de comprobación, control e inspección recogidas en el artículo 5 deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Reintegro de gastos de prestación farmacéutica al amparo del artículo 4 del Real Decreto Ley 16/2012, del 20 de abril, que añade un nuevo artículo 94.bis a la Ley 29/2006, del 26 de julio.
Autorización de inclusión de un almacén por contrato en la autorización de una entidad de distribución de medicamentos de uso humano