Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
FA300B - Reconocimiento e inscripción en el registro, modificación de datos o baja de una persona intermediaria de crédito inmobiliario presentada por una persona prestamista única.
1. El presente decreto tiene por objeto la creación del Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y del Registro de Prestamistas Inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Asimismo, es objeto de este decreto la regulación de dichos registros, incluido el siguiente procedimiento relacionado:
- FA300B Reconocimiento e inscripción en el registro, modificación de datos o baja en el registro de una persona intermediaria de crédito inmobiliario vinculada a una persona prestamista única.
Se exceptúa el supuesto de intermediarios de crédito vinculados a un solo prestamista, en el que, conforme a lo dispuesto en el artículo 30.3 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, corresponderá a dicho prestamista presentar la solicitud de reconocimiento y de inscripción del intermediario en el registro que dará inicio al procedimiento FA300B.
Intermediarios de crédito inmobiliario de la Comunidad Autónoma de Galicia.
De acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, la inscripción en el registro requerirá la previa verificación del cumplimiento de los requisitos para poder operar previstos en dicha ley y en su normativa de desarrollo, por parte de la autoridad competente para su gestión.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Subdirección Xeral de Política Financeira
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545171
Fax: 981545156
Secretaría Xeral Técnica e do Tesouro
Decreto 23/2021, de 4 de febrero, por el que se crean y se regulan los registros de Intermediarios de Crédito Inmobiliario y de Prestamistas Inmobiliarios de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 29 del 12 de febrero de 2021).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Los intermediarios de crédito inmobiliario inscritos en el registro deberán comunicar las modificaciones que se produzcan en alguno de los datos previamente aportados en el plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en el que tenga lugar la correspondiente modificación. En el caso de intermediarios de crédito inmobiliario vinculados a un sólo prestamista, será este último el que realice la comunicación.
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Anexo II debidamente cubierto.
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Documento acreditativo de la representación, en su caso. Referido a la persona PI solicitante.
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En el caso de personas jurídicas que pretendan operar cómo intermediarios de crédito inmobiliario, copia de la escritura o del documento de constitución, de los estatutos o del acta fundacional, en los que consten las normas por las que se rige su actividad, y, de ser distinta de aquella, de la documentación relativa al nombramiento de las personas administradoras de la entidad, así como de la documentación justificativa de la inscripción, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
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En el caso de personas físicas que pretendan operar cómo intermediarios de crédito inmobiliario, documentación acreditativa del alta cómo autónomo y del CNAE.
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Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil profesional o del aval bancario previsto en el artículo 36 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, y en la disposición adicional primera del Real decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera. Alternativamente podrá presentarse certificado de la compañía de seguros con la que se contratara el seguro de responsabilidad civil profesional que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 36 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, y en la disposición adicional primera del Real decreto 309/2019, de 26 de abril. Conforme a lo dispuesto en el anexo II.
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Ficha de identidad del intermediario con el contenido previsto en el artículo 35 da Ley 5/2019, del 15 de marzo.
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Descripción de los requisitos de información y de los procedimientos de resolución de reclamaciones.
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Documentación acreditativa de la designación de representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias conforme a lo previsto en el artículo 35.1 del Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, aprobado por el Real decreto 304/2014, de 5 de mayo, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 31.1 de la dicta norma.
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Copia del plan de formación en los conocimientos y competencias a que se refiere el artículo 16 de la Ley 5/2019, de 5 de marzo, y su normativa de desarrollo. Dicho plan debe informar sobre el procedimiento establecido para asegurar la formación continua del personal y el compromiso de que el plan será revisado periódicamente, indicando el plazo de revisión.
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Declaración de honorabilidad comercial y profesional con la información de cada persona que pretenda operar como intermediario, en el caso de ser esta persona física. En el caso de las personas jurídicas, deberá presentarse un formulario por cada uno de los administradores y, de ser alguno de estos persona jurídica, también un formulario relativo a la persona física representante (anexo III).
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Documentación acreditativa de que la persona que pretenda operar como intermediario, en el caso de ser esta persona física, o los administradores de aquella, de ser persona jurídica, disponen del nivel de conocimientos y competencia a que se refiere el artículo 16 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, y su normativa de desarrollo. En caso de que alguno de los administradores sea persona jurídica, la documentación deberá referirse a la persona física representante (anexo III).
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Documentación justificativa de pago de la tasa (cód. 30.02.00).
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Anexos IV y V debidamente cubiertos del ICI persona física y en el caso de persona jurídica los datos relativos a las personas administradoras, en su caso de las personas representantes, y la comprobación de tales datos.
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Documento acreditativo de la representación.
Comprobación de datos .
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente en el Anexo VI y aportar una copia de los documentos.
Documento nacional de identidad/ NIE/ NIF de la persona solicitante y, en su caso, de la persona representante así como, en el supuesto de que se solicite el reconocimiento y registro de una persona jurídica, de cada uno de los administradores y, de ser alguno estos persona jurídica, de la persona física representante.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo VI)
- Datos identificativos de las personas administradoras de una persona intermediaria de crédito inmobiliario, de una persona prestamista inmobiliario y de la persona intermediaria de crédito inmobiliario vinculada a uno único prestamista (Anexo IV)
- Comprobación de datos (Anexo V)
- Datos específicos para el reconocimiento e inscripción en el Registro de una persona intermediaria de crédito inmobiliario y modificación de datos (Anexo II)
- Formulario para la evaluación de la idoneidad (Anexo III)
- Comunicación de variación de datos previamente acercados en los procedimientos (Anexo VII)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Reconocimiento e inscripción en el registro de una persona intermediaria de crédito inmobiliario, modificación de datos o baja.
Inscripción, modificación de datos o baja en el registro de personas representantes designadas por una persona intermediaria de crédito inmobiliario.
Reconocimiento e inscripción en el registro de una persona prestamista inmobiliaria, modificación de datos o baja.
Inscripción en el Registro administratvo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunidad Autónoma de Galicia de una persona corredora de seguros, modificación de datos o solicitud de cancelación.
Inscripción en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunidad Autónoma de Galicia de una persona agente de seguros vinculada, modificación de datos o solicitud de cancelación
Ayudas, en concurrencia competitiva, dirigidas a las comunidades de propietarios/as para la reparación, la rehabilitación y/o la adaptación de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.