Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
AP522U - Inclusión en las listas para la cobertura temporal de puestos reservados a personal funcionario de integrantes de las listas de categorías profesionais equivalentes.
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes para la inclusión en las listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de determinados cuerpos, escalas o especialidades, de personas integrantes de listas de contratación temporal de categorías profesionales laborales equivalentes, al amparo del establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 20 de julio de 2021 (AP522 U) (DOG de 18 de octubre de 2021).
Personas incluidas en las listas de las categorías profesionales laborales equivalentes al cuerpo, escala o especialidad de personal funcionario en la que se solicita la inclusión en listas según las equivalencias contenidas en el anexo II de la Resolución de 11 de octubre de 2021.
- Figurar admitido en alguna lista de personal laboral de las categorías profesionales laborales equivalentes al cuerpo, escala o especialidad de personal funcionario en la que se solicita la inclusión en listas.
- No figurar penalizado el 15 de julio de 2014 o con anterioridad a esta fecha, en todas las listas en las que figuren inscritas de las categorías profesionales laborales equivalentes al cuerpo, escala o especialidad de personal funcionario en la que instan la inclusión.
- No figurar admitido en la lista de personal funcionario en la que pretenden solicitar la inclusión.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Dirección Xeral de Emprego Público e Administración de Persoal
Subdirección Xeral de Provisión de Postos e Selección de Persoal
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 012
Dirección Xeral de Emprego Público e Administración de Persoal
Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG nº 48 del 9 de marzo de 2006).
Decreto 5/2007, de 25 de enero, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por lo que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG nº 20 del 29 de enero de 2007).
Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la modificación de los ámbitos en determinados cuerpos, escalas, grupos y categorías reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, y por el Decreto 89/1997, de 10 de abril (DOG nº 253 del 30 de diciembre de 2009).
Correción de errores.-Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la modificación de los ámbitos en determinados cuerpos, escalas, grupos de categorías reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, y por el Decreto 89/1997, de 10 de abril (DOG nº 254 del 31 de diciembre de 2009).
Decreto 124/2016, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG nº 178 del 19 de septiembre de 2016).
Decreto 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG nº 108 del 10 de junio de 2019).
Orden de 17 de septiembre de 2020 por la que se modifica la Orden de 1 de junio de 2020, por la que se declara la entrada en vigor de los artículos 14 y 16 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, y la puesta en marcha del proyecto piloto del sistema de citaciones electrónicas (DOG nº 193 del 23 de setiembre de 2020).
Decreto 160/2019, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 60/2019, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia (DOG nº 247 del 30 de diciembre de 2019).
Orden de 1 de junio de 2020 por la que se declara la entrada en vigor de los artículos 14 y 16 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, y la puesta en marcha del proyecto piloto del sistema de citaciones electrónicas (DOG nº 108 del 4 de junio de 2020).
Orden de 20 de julio de 2021 por la que se desarrolla la disposición transitoria segunda del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, y se aprueba el modelo normalizado de solicitud (DOG nº 145 del 30 de julio de 2021).
Resolución de 6 de octubre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace pública la relación de personas excluidas con carácter provisional de las listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de determinados cuerpos, escalas o especialidades, resultantes de la transformación de oficio de listas de las categorías profesionales laborales equivalentes, al amparo de lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 20 de julio de 2021 (DOG nº 195 del 8 de octubre de 2021).
Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes para la inclusión en las listas únicas para la cobertura, con carácter transitorio, de plazas reservadas a personal funcionario en determinados cuerpos, escalas o especialidades de personas integrantes de listas de contratación temporal de categorías profesionales laborales equivalentes, al amparo de lo establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 20 de julio de 2021.(DOG nº 200 de 18 de octubre de 2021).
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace pública la relación de personas excluidas con carácter definitivo de las listas únicas para la cobertura con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de determinados cuerpos, escalas o especialidades resultantes de la transformación de oficio de listas de las categorías profesionales laborales equivalentes, al amparo de lo establecido en el artículo 4.2 de la Orden de 20 de julio de 2021.(DOG nº 40 de 28 de febrero de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
19/10/2021 00:00 - 18/11/2021 23:59
El plazo para la presentación de instancias comenzará el día 19 de octubre y finalizará el 18 de noviembre de 2021.
1. Procedimiento para la presentación de solicitudes de inclusión en listas de vinculación temporal de naturaleza funcionarial en gestión .
El Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, modificado por el Decreto 60/2019, de 23 de mayo, incorpora la disposición transitoria segunda que contiene una habilitación para elaborar una lista única como resultado de la funcionarización. Esta disposición fue objeto de desarrollo en virtud de la Orden de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 20 de julio de 2021 (DOG de 30 de julio ).
Según dispone el artículo 5.2 de la Orden de 20 de julio de 2021, las personas integrantes de las listas de contratación temporal de personal laboral de categorías profesionales funcionarizadas interesadas en incluirse en listas en gestión de personal funcionario de un cuerpo, escala o especialidad declarados equivalentes, de conformidad con las equivalencias establecidas en el anexo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, modificado por la Orden de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 10 de marzo de 2021, deberán presentar solicitud para su inclusión en ellas, resultando admitidos siempre que cumplan los requisitos legales para el acceso al cuerpo, escala o especialidad correspondiente.
Por Resolución de 11 de octubre de 2021 de la Dirección General de la Función Pública (DOG de 18 de octubre), se abre el plazo para solicitar la inclusión en determinadas listas de naturaleza funcionarial en gestión (cuadro núm. 1) de integrantes admitidos en alguna lista de las categorías profesionales laborales equivalentes al cuerpo, escala o especialidad de personal funcionario en la que solicitan la inclusión (cuadro núm. 2 sobre equivalencias).
2. Documentación que se debe presentar .
2.1. Solicitud de inscripción debidamente cubierta .
Las solicitudes de admisión al amparo de lo previsto en el artículo 5 de la Orden de 20 de julio de 2021, se presentarán preferentemente por vía electrónica, a través del formulario normalizado contenido en el anexo I de esta orden (código de procedimiento AP522 U), accesible, asimismo, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta. Gal.
Opcionalmente, podrán presentarse las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta. gal/chave365).
Las personas incluidas en las listas de las categorías profesionales laborales funcionarizadas al amparo del Decreto 165/2019, de 26 de diciembre, deberán hacer constar en su solicitud los ámbitos territoriales, central, autonómico, provincial o conjunto de municipios, en que desean prestar servicios, hasta un máximo de ocho, según los ámbitos en que esté clasificada la lista para la cobertura de puestos de personal funcionario declarados equivalentes en que solicitan la inclusión.
2.2. No será necesario aportar documentación complementaria, salvo las personas que no tengan nacionalidad española, que deberán presentar junto con la solicitud de inscripción anteriormente mencionada el pasaporte y/o documentación acreditativa de cumplir cualquiera de las condiciones previstas en el artículo 52.1 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Integración como personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.
Inclusión en las listas para la cobertura temporal de puestos.
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva (Linea 1).
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva (Línea 2).