Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IF310D - Pruebas de constatación de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Se convocan para el año 2022, las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia de acuerdo con el calendario y demás condiciones previstas en esta resolución.
En el año 2022 se realizarán seis convocatorias, tanto para las categorías D1, D1 + E, D y D + E, como para las categorías C1, C1 + E, C y C + E, que se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario y plazos de inscripción:
1ª convocatoria. Intervalo de realización: del 19.12.2021 a 09.02.2022
2ª convocatoria. Intervalo de realización: del 16.02.2022 a 06.04.2022
3ª convocatoria. Intervalo de realización: del 13.04.2022 a 11.05.2022
4ª convocatoria. Intervalo de realización: del 18.05.2022 a 27.07.2022
5ª convocatoria. Intervalo de realización: del 03.08.2022 a 12.10.2022
6ª convocatoria. Intervalo de realización: del 19.10.2022 a 14.12.2022
Conductores profesionales de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Es un requisito imprescindible para poder participar en las pruebas de cualificación inicial haber realizado y superado el curso de formación correspondiente en los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de realización del examen, para lo cual, finalizado este, y con efectos del día de su finalización, el director docente del centro que lo haya impartido expedirá a cada alumno que lo hubiese seguido con aprovechamiento un certificado acreditativo de haber realizado la formación teórica y práctica exigida sobre las materias objeto del curso y, simultáneamente, comunicará por vía telemática al órgano competente la finalización del curso y el listado de todos los alumnos que lo hayan superado, identificados por su nombre y apellidos y número de documento nacional de identidad o, en su caso, del número de identificación de extranjero.
Recibida dicha comunicación, y después de su verificación por parte de esta administración, el órgano competente procederá a anotar en la sección correspondiente del Registro General de Transportistas y de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte la realización del curso de que se trate por parte de los correspondientes conductores.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Mobilidade
Subdirección Xeral de Ordenación do Transporte
Servizo de Coordinación dos Plans de Transporte
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995077
Fax: 981544351
Email: formacion.transportes@xunta.gal
Dirección Xeral de Mobilidade
Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (BOE nº 184 del 2 de agosto de 2007).
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. (BOE nº 98 de 24 de abril de 2021)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2022, en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (DOG nº 235 de 9 de diciembre de 2021).
Corrección de errores. Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2022, en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (DOG nº 237 de 13 de diciembre de 2021).
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se establecen las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril (DOG nº 237 de 13 de diciembre de 2021).
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se desarrolla la Resolución de 26 de noviembre de 2021, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2022 (Diario Oficial de Galicia número 235, de 9 de diciembre de 2021), y se nombra al tribunal para las convocatorias del año 2022 (DOG nº 9 del 14 de enero de 2022).
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Movilidad, por la que se modifica la Resolución de 23 de diciembre de 2021 por la que se desarrolla la Resolución de 26 de noviembre de 2021 por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2022 (DOG núm. 235, de 9 de diciembre de 2021), y se nombra al tribunal para las convocatorias del año 2022 (DOG nº 178 del 19 de septiembre de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
Convocatoria 2022
Plazos de inscripción:
1ª convocatoria: Desde el día seguinte al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta el 07.01.2022.
2ª convocatoria: Desde el 08.01.2022 hasta el 28.02.2022
3ª convocatoria: Desde el 01.03.2022 hasta el 15.04.2022
4ª convocatoria: Desde el 16.04.2022 hasta el 10.06.2022
5ª convocatoria: Desde el 11.06.2022 hasta el 30.08.2022
6ª convocatoria: Desde el 31.08.2022 hasta el 31.10.2022
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte (Código tasa: 31.01.20)
Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.
Solicitudes .
a) Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente por vía electrónica en la sede electrónica del Ministerio de Fomento. Con esta finalidad se podrá acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, procedimiento IF310D (anexo I), donde se mostrará el enlace a la sede electrónica del Ministerio de Fomento en que se deberá realizar la inscripción cubriendo los datos requeridos a tal efecto.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
b) Al amparo de lo establecido en el artículo 10.4 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, en los procedimientos regulados en esta resolución es obligatoria la presentación electrónica, tanto de las solicitudes como de la documentación complementaria, dada la necesidad de inscripción en la sede electrónica del Ministerio de Fomento para la comprobación de requisitos de acceso a las pruebas en todo el territorio estatal y teniendo en cuenta también que está dirigido a un colectivo profesional de transportistas de mercancías y de viajeros que, para el ejercicio de trabajos asociados con dicha profesión, deberán disponer de medios para la tramitación electrónica, especialmente en los casos de trabajo por cuenta propia, en los que ya resulta obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento .
La documentación complementaria del procedimiento de inscripción a las pruebas (IF310D-anexo I) se presentará obligatoriamente por vía electrónica, para lo cual deberá aportarse en la opción habilitada a tal efecto dentro de la misma aplicación del Ministerio de Fomento utilizada para la inscripción.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
La documentación complementaria que se deberá presentar será el impreso de liquidación de las tasas, que estarán disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, o pueden recogerse en las oficinas de Atención a la Ciudadanía y de Registro, por el importe que establezca al efecto la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Se deberá abonar una tasa por cada una de las actividades mencionadas a que cada interesado se presente, y por cada convocatoria. El pago de la tasa tiene que realizarse durante el período de inscripción de la correspondiente convocatoria.
El ingreso de la/s tasa/s se efectuará en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios por la Comunidad Autónoma de Galicia.
Los códigos que deberán cubrir en los impresos de autoliquidación son los siguientes:
Consellería: 06-Infraestructuras y Movilidad.
Delegación: 13-Servicios Centrales.
Servicio: 02-Movilidad.
Tasa: 310120-Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte, la cualificación profesional para la conducción de determinados vehículos dedicados a la actividad de transporte, y/o cualificación como consejeros de seguridad en transporte de mercancías peligrosas.
En la página web de la Dirección General de Movilidad, de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, también se dará información de los códigos que correspondan para cubrir los impresos de autoliquidación.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE en vigor de la persona solicitante.
b) DNI/NIE en vigor de la persona representante, en su caso.
c) Inscripción como demandante de empleo.
d) Prestaciones o subsidios por desempleo que se perciban.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
4. Exención de la tasa de inscripción para las pruebas.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, tendrán derecho a la exención de la tasa del procedimiento de inscripción (IF310D-anexo I) las personas que figuren como demandantes de empleo desde por lo menos seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas en las que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo. El órgano responsable del procedimiento comprobará de oficio dichos requisitos salvo que, excepcionalmente, sea necesario el requerimiento a la persona interesada de la acreditación documental de dichas circunstancias, debido a la imposibilidad de realizar dicha comprobación o cuando sea necesario, a juicio del órgano responsable, para acreditar de forma fehaciente el cumplimiento de dichos requisitos.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Pruebas dirigidas a la obtención del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Pruebas dirigidas a la renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas dirigidas a la obtención del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera.