Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
VI438A - Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes.
Esta resolución tiene por objeto convocar, para la anualidad de 2021, el acceso al Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes (en adelante, Fondo de cooperación), así como fijar el procedimiento, las condiciones y los criterios para acceder a él (código de procedimiento VI438A).
Actuaciones financiables mediante el Fondo de cooperación .
1. Con cargo al Fondo de cooperación podrán financiarse, total o parcialmente, las siguientes actuaciones:
a) Las promovidas por los ayuntamientos en el desarrollo de las competencias que les atribuye la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, o la legislación urbanística, en relación con los deberes de conservación y rehabilitación.
b) Las de rehabilitación y regeneración urbanas realizadas por el ayuntamiento dentro de las propias políticas municipales en materia de conservación y recuperación del patrimonio construido.
c) La adquisición de inmuebles para su posterior rehabilitación.
d) La elaboración de planes especiales de protección.
2. Se podrán financiar las actuaciones iniciadas con carácter previo a la presentación de la solicitud de acceso a la financiación, siempre que estén en ejecución en esa fecha.
3. Las actuaciones objeto de financiación deberán ejecutarse en el plazo máximo de cuatro años, en los supuestos previstos en las letras a), b) y d) del número 1, y de dos años, para los casos establecidos en la letra c). Estos plazos empezarán a contar desde el día siguiente al de la fecha de firma del correspondiente convenio de financiación.
Podrán acceder a la financiación a través del Fondo de cooperación los ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes. A estos efectos, se tomarán como referencia las últimas cifras oficiales del padrón municipal de habitantes publicadas por el Instituto Gallego de Estadística a 1 de enero de 2021.
1. Ningún ayuntamiento podrá presentar una o varias solicitudes de disposición de fondos que, individual o conjuntamente, excedan del 25 % del total del importe con el que está dotado el Fondo de cooperación establecido en la Resolución de 20 de septiembre de 2016. No se admitirán aquellas solicitudes que superen dicho límite.
2. El plazo para la reposición de las cantidades percibidas con cargo al Fondo de cooperación será el establecido en la resolución de aprobación de la financiación, sin que pueda exceder de ocho años, contados desde el día siguiente al de la fecha de la formalización del correspondiente convenio.
3. El importe que va a reponer el ayuntamiento en cada anualidad no podrá ser inferior al 10 % del importe total transferido.
Xunta de Galicia
Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas
Secretaría Xeral de Vivenda e Urbanismo
Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)
Secretaría Xeral do Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)
Servizo de Coordinación e Información en Materia de Vivenda
Área Central, s/n. Polígono Fontiñas
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541981/ 981541982/ 981957529
Fax: 981541927
Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)
Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia (DOG nº 141 del 24 de julio de 2012).
Ley 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia (DOG nº 83 del 2 de mayo de 2019).
Resolución de 20 de septiembre de 2016 por la que se crea el Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes (DOG nº 182 del 23 de septiembre de 2016).
Resolución de 1 de junio de 2021 por la que se convoca, para la anualidad de 2021, el acceso al Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes (DOG nº 111 del 14 de junio de 2021).
Resolución de 28 de diciembre de 2021 por la que se da publicidad del agotamiento de crédito de la Resolución de 1 de junio de 2021 por la que se convoca, para la anualidad de 2021, el acceso al Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes (DOG nº 3 de 5 de enero de 2022).
Plazo de presentación: CERRADO
15/06/2021 00:00 - 01/10/2021 23:59
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG) y finalizará el 1 de octubre de 2021 y, en todo caso, en el momento del agotamiento del crédito presupuestario, que será publicado en el DOG mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS.
Solicitudes para acceder ao Fondo de cooperación .
1. Os concellos que desexen acceder ao Fondo de cooperación deberán dirixir unha solicitude á Dirección Xeral do IGVS, segundo o formulario que figura como anexo I a esta resolución.
2. No caso de que os concellos pretendan financiar varias actuacións a través desta convocatoria, deberán presentar unha solicitude para cada unha delas.
3. As solicitudes presentaranse obrigatoriamente por medios electrónicos a través do formulario normalizado dispoñible na sede electrónica da Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De conformidade co artigo 68.4 da Lei 39/2015, do 1 de outubro, do procedemento administrativo común das administracións públicas, se algunha das persoas interesadas presenta a súa solicitude presencialmente, requiriráselle para que a emende a través da súa presentación electrónica. Para estes efectos, considerarase como data de presentación da solicitude aquela en que fose realizada a emenda.
Para a presentación electrónica poderá empregarse calquera dos mecanismos de identificación e sinatura admitidos pola sede electrónica da Xunta de Galicia, incluído o sistema de usuario e clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Os concellos interesados deberán achegar coa solicitude a seguinte documentación:
a) Certificado do acordo municipal de solicitar o acceso ao Fondo de cooperación, en que se indiquen a actuación obxecto de financiamento, o importe solicitado, unha proposta do prazo de reposición da cantidade solicitada, o importe que se vai satisfacer con cargo ás distintas anualidades e a designación da persoa habilitada para realizar os trámites ante a Administración.
b) Memoria descritiva da actuación para a que se solicita o financiamento, asinada polo correspondente responsable municipal, co seguinte contido mínimo:
– No suposto de actuacións previstas no ordinal cuarto, número 1, letras a) e b), a memoria deberá detallar o orzamento total da actuación, desagregado por capítulos de obra, o seu prazo de execución, a clasificación e cualificación urbanística do solo, a viabilidade urbanística da actuación, así como toda a información que permita constatar que a actuación constitúe un dos supostos de financiamento sinalados. A memoria incluirá, así mesmo, documentación gráfica representativa da actuación, como fotografías, infografías ou montaxes dixitais, en que se poida apreciar o estado inicial e final do inmoble, logo da actuación.
– No suposto de actuacións previstas no ordinal cuarto, número 1, letra c), a memoria deberá detallar o prezo do inmoble, a data prevista para a súa adquisición, así como toda a información que permita constatar que a actuación constitúe un dos supostos de financiamento previstos no ordinal cuarto. A memoria incluirá, así mesmo, unha reportaxe fotográfica do inmoble que se pretende adquirir.
– No suposto de actuacións previstas no ordinal cuarto, número 1, letra d), a memoria deberá detallar o ámbito que constitúe o obxecto do plan, a causa que xustifique a súa elaboración, o orzamento previsto da actuación, a data prevista para a sinatura do contrato de redacción do plan e toda a información que permita constatar que a actuación constitúe un dos supostos obxecto de financiamento.
c) Xustificación do órgano municipal competente da proposta do prazo de reposición da cantidade solicitada, de acordo co principio de sustentabilidade financeira.
d) Compromiso asinado polo órgano municipal competente de permitir a compensación e retención das achegas vencidas e non ingresadas con cargo ao Fondo de Cooperación Local, para o caso de que non se reintegren as cantidades nos prazos previstos na resolución e no posterior convenio de financiamento.
e) Compromiso asinado polo órgano municipal competente de incluír nos orzamentos dos exercicios seguintes, con cargo aos ingresos correntes, os importes das anualidades previstas na resolución e no posterior convenio de financiamento.
f) Compromiso asinado polo órgano municipal competente de non compensar as amortizacións pendentes coas contías que, por calquera outro concepto, lles puidese deber a Administración xeral da Comunidade Autónoma de Galicia ou entidades públicas instrumentais pertencentes ao seu sector público.
g) Compromiso asinado polo órgano municipal competente de que o inmoble que se pretende adquirir vai ser obxecto de rehabilitación, para o caso de adquisición dun inmoble.
h) Reportaxe fotográfica da actuación realizada no momento de presentar a solicitude e certificado do órgano municipal competente en que se indique que nesa data as actuacións non están rematadas, con indicación da súa porcentaxe de execución, no suposto de que as actuacións estean iniciadas con carácter previo á presentación da solicitude.
i) Certificado emitido pola persoa titular da Secretaría do concello que acredite que o inmoble é de titularidade municipal, nos supostos de actuacións previstas no ordinal cuarto número 1, letra b).
2. A documentación complementaria deberá presentarse electronicamente a través da sede electrónica da Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Se algún dos concellos interesados presenta a documentación complementaria presencialmente, requiriráselle para que a emende a través da súa presentación electrónica. Para estes efectos, considerarase como data de presentación aquela en que fose realizada a emenda.
3. Os concellos interesados responsabilizaranse da veracidade dos documentos que presenten. Excepcionalmente, cando a relevancia do documento no procedemento o exixa ou existan dúbidas derivadas da calidade da copia, a Administración poderá solicitar de maneira motivada o cotexo das copias achegadas polo concello interesado, para o que poderán requirir a exhibición do documento ou da información orixinal.
4. Sempre que se realice a presentación de documentos separadamente da solicitude, deberase indicar o código e o órgano responsable do procedemento, o número de rexistro de entrada da solicitude e o número de expediente se se dispón del.
5. No caso de que algún dos documentos que se vaia presentar de forma electrónica supere os tamaños máximos establecidos ou teña un formato non admitido pola sede electrónica da Xunta de Galicia, permitirase a súa presentación de forma presencial dentro dos prazos previstos e na forma indicada no número anterior. A información actualizada sobre o tamaño máximo e os formatos admitidos pode consultarse na sede electrónica da Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para a tramitación deste procedemento consultaranse automaticamente os datos incluídos nos seguintes documentos en poder da Administración actuante ou elaborados polas administracións públicas, agás que a persoa interesada se opoña á súa consulta:
a) Número de identificación fiscal da entidade solicitante.
b) Documento nacional de identidade ou, de ser o caso, número de identidade de estranxeiro da persoa representante.
2. No caso de que as persoas interesadas se opoñan á consulta, deberán indicalo no recadro correspondente habilitado no formulario correspondente e achegar os documentos.
Cando así o exixa a normativa aplicable, solicitarase o consentimento expreso da persoa ou entidade interesada para realizar a consulta.
3. Excepcionalmente, no caso de que algunha circunstancia imposibilite a obtención dos citados datos, poderase solicitar ás persoas interesadas a presentación dos documentos correspondentes.
Trámites administrativos posteriores á presentación de solicitudes .
Todos os trámites administrativos que os concellos deban realizar tras a presentación da solicitude deberán ser efectuados electronicamente, accedendo á Carpeta cidadá da persoa interesada dispoñible na sede electrónica da Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Un mes
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
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