Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN852D - Subvenciones para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental relacionados con el COVID-19. Línea 1.
1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación en el marco del Programa Conecta COVID para proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación en producto, que aborden la investigación relacionada con la COVID-19 para hacer frente a la pandemia.
En este proyecto podrá incluirse la investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientos, productos sanitarios y equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y ropa y equipos de protección, así como las innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.
Además de hacer frente a la pandemia, los proyectos deberán contribuir a la transición digital de las pymes gallegas en los ámbitos estratégicos de los hubs gallegos de innovación: Dihigal y Datalife y estar orientados a la recuperación de la economía gallega. De este modo, será precisa la inclusión en el desarrollo de los proyectos de las tecnologías digitales a las que se orienta cada uno de los hubs en el marco de su especialización.
2. Asimismo, por medio de esta resolución, se convocan dichas ayudas para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva (códigos de procedimiento IN852D y IN852E), ajustándose las ayudas concedidas en el marco de la presente resolución a lo establecido en los siguientes reglamentos y decisiones de la Comisión Europea:
– Línea 1 .- Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, relacionada con la COVID-19 (código de procedimiento IN852D).
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
– Las empresas pequeñas, medianas o grandes, según las definiciones contenidas en el artículo 2 de esta Resolución.
– Las agrupaciones de empresas y de empresas u organismos de investigación, en los términos previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, cuando realicen proyectos de I+D+i en colaboración.
– Organismos de investigación y difusión de conocimientos únicamente podrán ser beneficiarios de estas ayudas cuando participen en proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, en colaboración efectiva con empresas, en los términos previstos en el Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación (2014/C 198/01). La ayuda recibida no puede destinarse a la financiación de actividades de naturaleza económica.
Cuando uno de estos organismos lleve a cabo también actividades económicas, la financiación, los costes y los ingresos de dichas actividades se deberán contabilizar por separado. Además, las empresas que puedan ejercer una influencia decisiva en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no podrán disfrutar de acceso preferente a los resultados que genere.
1. Las entidades beneficiarias, tanto empresas como organismos de investigación y difusión de conocimientos, deberán tener domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda y contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el Documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA), conforme a lo dispuesto en el artículo 23.4 de la presente resolución.
2. Las entidades beneficiarias en la línea 1 (IN852D) deben comprometerse a conceder licencias no exclusivas en condiciones de mercado no discriminatorias a terceros en el Espacio Económico Europeo.
3. No podrán acceder a la condición de beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007. Además, tampoco podrán ser beneficiarios:
– En la línea 1 (IN852D), las empresas consideradas en crisis antes del 31 de diciembre de 2019, a excepción de las microempresas y pequeñas empresas, siempre que no estén incursas en un procedimiento de concurso de acreedores en la fecha en la que se les conceda la ayuda y no hayan recibido ayudas de salvamento ni de reestructuración.
4. La Agencia Gallega de Innovación podrá realizar las comprobaciones documentales necesarias para garantizar que las empresas beneficiarias que así lo declaren tienen la condición de pyme, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del referido Reglamento (UE) nº 651/2014, y que con fecha 31 de diciembre de 2019 no incurren en ninguna de las circunstancias enumeradas en el apartado 18 del artículo 2 del mismo texto normativo para considerar una empresa en crisis.
5. En el caso de agrupaciones que presenten un proyecto en colaboración:
5.1. Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos entidades no vinculadas entre sí y un máximo de seis. En todo caso, el tamaño de la agrupación será el necesario para garantizar una gestión eficaz de esta. La participación de cada entidad deberá estar justificada, ser relevante y equilibrada, no pudiendo superar nunca una misma entidad (o entidades vinculadas) el 65 % del presupuesto subvencionable total del proyecto. No se exigirá un presupuesto mínimo por entidad de la agrupación.
5.2. Si la agrupación no tiene personalidad jurídica, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En todo caso, deberá nombrarse un líder que será el representante único de la agrupación, único interlocutor con la Administración en todo el procedimiento, y con poderes bastantes para cumplir los deberes que, como beneficiaria, le corresponden a la agrupación.
5.3. Las agrupaciones se regirán por el documento contractual que las regule. El funcionamiento interno de la agrupación responderá a criterios de autonomía de gestión, asumiendo uno de los socios, el líder, la dirección del proyecto y la representación de la agrupación ante la Administración, lo cual deberá constar expresamente en el documento contractual que se realice a tal efecto.
El documento contractual de regulación de la agrupación deberá recoger, como mínimo, lo siguiente:
a) Distribución de las actividades y del presupuesto total y lo aportado por cada uno de los miembros de la agrupación.
b) Acuerdo de representación de la agrupación y elección de su representante ante la Administración a efectos de interlocución con ella.
c) Acuerdos de confidencialidad.
d) Propiedad, protección legal (patentes) y divulgación de los resultados.
e) Gestión de la agrupación, plan de contingencias y distribución de responsabilidades ante posibles dificultades.
f) Designación de un jefe técnico del proyecto. Esta figura será única para toda la agrupación.
No obstante, el presupuesto y las actividades quedarán sujetos a lo establecido en la resolución de concesión de la ayuda.
En el caso de proyectos en colaboración efectiva entre organismos de investigación y empresas, es preciso que hayan determinado, antes de iniciar el proyecto, las contribuciones a sus costes, los riesgos y resultados compartidos, la difusión de los resultados, acceso a los derechos de propiedad intelectual e Industrial (en adelante, DPI) y normas para su asignación. Esto no incluye los acuerdos definitivos sobre el valor de mercado de los DPI resultantes y el valor de las contribuciones al proyecto.
5.4. Todas las entidades que forman parte de la agrupación y que obtengan la ayuda tendrán la condición de beneficiarias y deberán cumplir sus obligaciones como tales. Tanto en la solicitud como en la resolución de concesión deberán constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar por cada uno de ellos. La concesión y el pago de la ayuda se efectuarán a cada una de las entidades participantes en proporción a la parte de los gastos que les corresponda realizar en el proyecto.
5.5. La agrupación de empresas, o de empresas y organismos de investigación, no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en el artículo 35 de la Ley 9/2007.
5.6. Cuando en un proyecto en colaboración intervengan empresas vinculadas, conforme a la definición que de estas empresas se realiza en el artículo 2 de esta resolución y en el artículo 43.2 del Decreto 11/2009, solamente podrán hacerlo como miembros de la agrupación. Si empresas vinculadas participan como entidades subcontratadas, como proveedores, prestadores de servicios, o de alguna otra manera, su actividad no será subvencionable.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Axencia Galega de Innovación (GAIN)
Rúa Airas Nunes, s/n
15702 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541071
Email: programas.gain@xunta.gal
Axencia Galega de Innovación (GAIN)
Resolución de 22 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para 2021 las ayudas para proyectos de I+D+i relacionados con la COVID-19 que favorezcan la recuperación y la transición digital de las pymes gallegas, programa Conecta COVID, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (códigos de procedimiento IN852D e IN852E), como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19 (DOG nº 132 del 13 de julio de 2021).
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para 2021 las ayudas para proyectos de I+D relacionados con la COVID-19 que favorezcan la recuperación y la transición digital de las pymes gallegas, programa Conecta COVID, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN852D-empresas), como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19 (DOG nº 132 del 13 de julio de 2021).
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para 2021 las ayudas para proyectos de I+D relacionados con la COVID-19 que favorezcan la recuperación y la transición digital de las pymes gallegas, programa Conecta COVID, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento IN852D-organismos de investigación), como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de la COVID-19 (DOG nº 132 del 13 de julio de 2021).
Resolución de 3 de diciembre de 2021 por la que se conceden las ayudas del programa Conecta COVID para proyectos de I+D+i relacionados con la COVID-19 que favorezcan la recuperación y la transición digital de las pymes gallegas, financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) dentro del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (DOG nº 240 de 16 de diciembre de 2021).
Plazo de presentación: CERRADO
14/07/2021 00:00 - 13/08/2021 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Solicitudes .
La presentación de las solicitudes se realizará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrán emplearse cualesquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación Económica-Administrativa .
Declaración de conformidad de participación en el proyecto y autorización a favor del representante de la agrupación en el caso de proyectos en colaboración (anexo XI).
Modelo de autorización de las personas socias mancomunadas a favor del representante de la entidad solicitante, en el caso de poder mancomunado (anexo XII).
Modelo de comprobación de datos de las personas socias mancomunadas, en el caso de poder mancomunado (anexo XIII).
Modelo de comprobación de datos del equipo investigador (anexo XIV) Declaración responsable relativa á condición de pyme, en el caso en que sea de aplicación (anexo XV).
Copia de la resolución de concesión, en el caso de tener concedida alguna ayuda para la misma finalidad o los mismos costes o un ayuda amparada en el Marco Temporal.
Contrato/s suscrito/s de subcontratación, debidamente firmados, en el caso en que sea necesario.
Poder de la persona representante que presenta la solicitud, inscrito en el registro competente, que acredite su poder bastante, en el caso de apoderados de entidades mercantiles distintos de administración única, administración solidaria o mancomunada, o también el cargo de consejero delegado.
Acuerdo regulador de la agrupación debidamente firmado por todos los miembros (a presentar pola entidade líder en el caso de proyectos en colaboración).
Documentación Técnica .
Memoria técnica del proyecto, según el índice del Anexo XVI (a presentar solo por el líder en el caso de proxectos en colaboración).
Currículos en formato libre del equipo investigador del proyecto.
Anexo III- Información sobre el proyecto.
Anexo IV-Plan de Trabajo del proyecto.
Anexo V-Presupuesto detallado del proyecto.
Anexo VI-Datos de la entidad.
Comprobación de datos .
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro del Anexo correspondiente y aportar una copia de los documentos.
DNI/NIE de la persona representante.
Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Certificado de estar al corriente de pago de deudas con la Administración pública de la comunidad autónoma.
Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
Consulta de concesiones de subvenciones y ayudas.
Poder del representante que presenta la solicitud inscrito en el registro competente.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Comprobación de datos de las personas socias mancomunadas (Anexo XIII)
- Autorización de las personas socias mancomunidadas a favor del representante de la entidad solicitante (Anexo XII)
- Declaración de conformidad de participación en el proyecto y autorización a favor del representante de la agrupación (Anexo XI)
- Solicitud (Anexo I)
- Presupuesto detallado del proyecto (Anexo V)
- Comprobación de datos del equipo investigador (Anexo XIV)
- Declaración Responsable relativa la condición de pyme (Anexo XV)
- Información general do proyecto (Anexo III)
- Plan de trabajo del proyecto (Anexo IV)
- Datos de la entidad (Anexo VI)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas del Programa Conecta Pyme.
Subvenciones para proyectos de I+D o innovación en materia de proceso u organización, Línea 1.