Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MR604E - Autorización para aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales de gestión privada que no cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobado por la Administración.
Las personas propietarias de predios y las personas por ellas autorizadas pueden realizar aprovechamientos de corcho en masas de alcornoques que no cuenten con un instrumento de ordenación o de gestión aprobado por la Administración forestal. Para ello presentarán ante la correspondiente jefatura territorial competente en materia de montes, con carácter previo al inicio de los trabajos, una solicitud de autorización a través del formulario normalizado recogido en el anexo VI (MR604E)
Esta solicitud de autorización irá dirigida a la jefatura territorial de la Consellería del Medio Rural donde se sitúe el terreno objeto del aprovechamiento.
Las operaciones de descorche de alcornoques deben efectuarse durante el período vegetativo, entre el 20 de junio y el 30 de agosto de cada año, ambos inclusive. No se pueden realizar operaciones de descorche fuera de este período y, dentro de este, se suspenderán cuando el corcho se adhiera al árbol y su extracción pueda causarle daños.
Las operaciones de reunión, enfarde y retirada o transporte del corcho extraído se pueden realizar en cualquier época del año.
Las autorizaciones se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud, declaración o comunicación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fue realizada la enmienda.
* Donde acudir:
Consellería do Medio Rural
Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal
Subdirección Xeral de Recursos Forestais
Avda. San Lázaro, s/n
15703 Santiago de Compostela
Teléfonos: 981546112 / 981-546129 / Fax: 981546101
Servizo de Montes da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2 - 15071 A Coruña
servizo.montes.coruna@xunta.gal
Tlf.: 981184656
Servizo de Montes de Lugo
Ronda da Muralla, 70 - 27071 Lugo
montes.lugo@xunta.gal
Tlf.:982889222
Servizo de Montes de Ourense
Villaamil y Castro, s/n - 32071 Ourense
montes.medio-rural.ourense@xunta.gal
Tlf.: 988386701
Servizo de Montes de Pontevedra
Avda. Mª Victoria Moreno, 43-2º - 36071 Pontevedra
servizo.montes.pontevedra@xunta.gal
Tlf.: 986805476
Distritos forestais:
DISTRITO FORESTAL I-FERROL
Praza Camilo José Cela, s/n 15403 FERROL
Teléfono: 981337341 Fax: 981337346
DISTRITO FORESTAL II-BERGANTIÑOS-AS MARIÑAS CORUÑESAS
O Carregal, s/n 15300 BETANZOS
Teléfono: 981775870 Fax: 981774389
Tras da Igrexa, s/n
15680 CARBALLO
Teléfono: 981755190 Fax: 981755190
DISTRITO FORESTAL III-SANTIAGO-MESETA INTERIOR
Rúa Nova, 41-2º 15680 ORDES
Teléfono: 981688470 Fax: 981681798
Avda. de Santiago, 24 15810 ARZÚA
Teléfono: 981500868 Fax: 981500868
DISTRITO FORESTAL IV-BARBANZA
Rúa Pintor Xenaro Carrero, 15 15200 NOIA
Teléfono: 981824079 Fax: 981824079
DISTRITO FORESTAL V-FISTERRA
Codeseiras, 11
15129 VIMIANZO
Teléfono: 981707470 Fax: 981716041
DISTRITO FORESTAL VI-A MARIÑA LUCENSE
Avda. Ramón Canosa, s/n 27850 LODEIRO-VIVEIRO
Teléfono: 982561018 Fax: 982561018
Rúa Pardo de Cela, 22 27740 MONDOÑEDO
Teléfono: 982507409 Fax: 982507409
DISTRITO FORESTAL VII-A FONSAGRADA-OS ANCARES
Rúa Ano Vello, s/n, entrechán 27640 BECERREÁ
Teléfono: 982360713 Fax: 982369029
Lugar Os Chaos, s/n 27100 A FONSAGRADA
Teléfono: 982340474 Fax: 982340474
DISTRITO FORESTAL VIII-TERRA DE LEMOS
Estrada Castro Caldelas, s/n 27400 MONFORTE DE LEMOS
Teléfono: 982889119 Fax: 982889125
Rúa do Rego, 3 27600 CHANTADA
Teléfono: 982440124 Fax: 982454108
DISTRITO FORESTAL IX-LUGO-SARRIA
Rúa Benigno Rivera, 62, baixo (Polígono do Ceao) 27003 LUGO
Teléfono: 982209527 Fax: 982207137
Rúa Vázquez Queipo, 25 27600 CHANTADA
Teléfono: 982533313 Fax: 982533313
DISTRITO FORESTAL X-A TERRA CHÁ
Rúa Poetisa Carmiña Prieto Rouco, s/n 27800 VILALBA
Teléfono: 982523440 Fax: 982523441
Praza do Concello, s/n 27420 MEIRA
Teléfono: 982330534 Fax: 982330534
DISTRITO FORESTAL XI-RIBEIRO-ARENTEIRO
Estrada O Carballiño-Cea (OU-204), km 4 O CARBALLIÑO
Teléfono: 988274436 Fax: 988530213
DISTRITO FORESTAL XII-MIÑO-ARNOIA
Avda. da Habana, 79-5º 32004 OURENSE
Teléfono: 988237896 Fax: 988269105
Rúa Fonte dos Canos, 6 32700 MACEDA
Teléfono: 988237896 Fax: 988463365
DISTRITO FORESTAL XIII-VALDEORRAS-TRIVES
Casa Grande de Viloira
32300 O BARCO DE VALDEORRAS Teléfono: 988325144 Fax: 988326495
Avda. Ourense, 36
32760 CASTRO CALDELAS
Teléfono: 988203523 Fax: 988203523
DISTRITO FORESTAL XIV-VERÍN-VIANA
Rúa Rosalía de Castro, 63-1º 32600 VERÍN
Teléfono: 988411451 Fax: 988590407
Rúa Beato Aparicio, s/n 32540 A GUDIÑA
Teléfono: 988594010 Fax: 988594008
DISTRITO FORESTAL XV-A LIMIA
Rúa Prolongación Irmáns Martínez, 4-6 32840 BANDE
Teléfono: 988444419 Fax: 988444489
Rúa Vicente Risco, 9-1º 32630 XINZO DE LIMIA
Teléfono: 988462488 Fax: 988462488
DISTRITO FORESTAL XVI-DEZA-TABEIRÓS
Polígono 2000 (Edificio Expodeza), 2ª 36500 LALÍN
Teléfono: 986794494 Fax: 986794495
DISTRITO FORESTAL XVII-O CONDADO-A PARADANTA
Rúa Paseo Matutino, 35-1º A/B 36860 PONTEAREAS
Teléfono: 986644120 Fax: 986644030
DISTRITO FORESTAL XVIII-VIGO-BAIXO MIÑO
Rúa Riveira, s/n Edif. Multiusos de Torneiros 36400 O PORRIÑO
Teléfono: 986344620 Fax: 986335455
Paseo A Xunqueira, 15-1ºB 36800 REDONDELA
Teléfono: 986402723 Fax: 986402723
DISTRITO FORESTAL XIX-CALDAS-O SALNÉS
Centro de Apoio Cabanas, s/n 36143 SALCEDO
Teléfono: 986868538 Fax: 986868594
Praza Ravella, 13-5º
36600 VILAGARCÍA DE AROUSA
Teléfono: 986505778 Fax: 986505778
Personas físicas o jurídicas de derecho privado que gestionen aprovechamientos de corcho en masas de alcornocales en montes o terrenos forestales de naturaleza privada situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las personas propietarias de predios y las personas por ellas autorizadas pueden realizar aprovechamientos de corcho en masas de alcornoques que no cuenten con un instrumento de ordenación o de gestión aprobado por la Administración forestal. Para ello presentarán ante la correspondiente jefatura territorial competente en materia de montes, con carácter previo al inicio de los trabajos,una solicitud de autorización a través del formulario normalizado recogido en el anexo VI (MR604E)
Condiciones específicas en la realización de los aprovechamientos de corcho
1. Las operaciones de descorche de alcornoques deben efectuarse durante el período vegetativo, entre el 20 de junio y el 30 de agosto de cada año, ambos inclusive. No se pueden realizar operaciones de descorche fuera de este período y, dentro de este, se suspenderán cuando el corcho se adhiera al árbol y su extracción pueda causarle daños.
Las operaciones de reunión, enfarde y retirada o transporte del corcho extraído se pueden realizar en cualquier época del año.
2. El primer descorche solo puede realizarse sobre alcornoques cuya circunferencia, medida sobre la corteza a 1,3 metros de altura, sea mayor o igual a 60 centímetros. La altura máxima del bornizo, medida desde la base del árbol, será dos veces a longitud de la circunferencia.
3. En el segundo descorche o segundero y en los sucesivos, denominados descorches de reproducción, la altura de la pela será de 2,5 veces a longitud de la circunferencia, medida sobre la corteza a 1,3 metros de altura, tomada desde la base del árbol. La altura máxima de la pela será, en cualquier caso, de 3 metros tomados desde la base del árbol.
4. En ningún caso pueden realizarse operaciones de descorche sobre las raíces que sobresalgan de la tierra.
5. El tiempo transcurrido entre dos descorches en un mismo árbol será, como mínimo, de nueve años. No se realizarán podas en los árboles que fueron pelados durante los tres años anteriores y posteriores al momento de la pela.
6. En caso de alcornoques afectados por incendios forestales, se puede extraer el corcho con cualquier edad, si bien debe transcurrir por lo menos un año desde el incendio para poder efectuar la operación de descorche. Este solo podrá ser autorizado después de comprobarse que el árbol se encuentra en buen estado vegetativo, a través del personal referido en el artículo 61 de este decreto.
7. No se permite la pela de las ramas, excepto en los árboles de diámetro igual o superior a 70 centímetros que, además, presenten el fuste bifurcado a una altura menor o igual a 1,6 metros, respetando, en todo caso, la altura máxima de pela.
8. Las operaciones de descorche serán realizadas siempre por personas cualificadas y con las herramientas apropiadas, respetando las siguientes prescripciones:
a) Se practicarán cortes longitudinales y transversales que permitan obtener panas de las mayores dimensiones posibles.
b) Se procurará que no quede adherido al tronco ningún pedazo de corcho.
c) No se causarán heridas al árbol.
d) No se realizarán cortes en la capa madre ni se arrancarán placas a esta.
e) Se separarán de la parte inferior del tronco los fragmentos de corcho que queden adheridos en él después de la pela. Esta operación se realizará de manera que, sin causar daño al árbol, esta parte quede bien limpia.
9. No se llevarán a cabo operaciones de descorche en aquellos alcornoques que se vean afectados por circunstancias externas que motiven su extremo debilitamiento. En caso de árboles afectados por plagas o enfermedades, se descorcharán por separado del resto y con especial atención a la desinfección de las herramientas empleadas en las operaciones.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184501
Email: mediorural.co@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294528
Email: xefeterritorial.cmr.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense
R/ Florentino L. Cuevillas, 4-6 baixo
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386455
Email: mediorural.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra
Avda. Mª Victoria Moreno, 43-2º
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805409
Email: xefaturaterritorial.mrpo@xunta.gal
Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal
Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (DOG nº 140 del 23 de julio de 2012).
Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia (DOG nº 74 del 17 de abril de 2007).
Decreto 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. (DOG nº 97 de 20 de mayo de 2020).
Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos y micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia y el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Empresas del Sector Forestal (DOG nº 86 del 7 de mayo de 2014).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Este decreto entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
-
Solicitud de autorización a través del formulario normalizado recogido en el anexo VI
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Acreditación de la representación, en su caso.
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Plan de aprovechamiento de corcho, cuando proceda, según lo dispuesto en el punto 3 de este artículo.
-
En el caso de montes vecinales en mano común, acuerdo previo de la asamblea general de la comunidad propietaria. El acuerdo se acreditará por medio de copia del acta de la asamblea o certificación expedida por la persona titular de la secretaría de la comunidad, donde se dé fe del acuerdo aprobado en asamblea.
-
En caso de que la superficie disponga de instrumento de ordenación o gestión forestal aprobado por la Administración competente y se pretendan realizar aprovechamientos que no se ajusten a lo dispuesto en él, deberá adjuntarse justificación del aprovechamiento.
-
Otra documentación que la persona interesada considere relevante en relación con el aprovechamiento.
- La persona que conste en la solicitud del aprovechamiento como aquella que va a realizar el aprovechamiento de corcho deberá estar dada de alta en el Registro de Empresas do Sector Forestal de Galicia, debiendo haber realizado la pertinente comunicación anual en el plazo legalmente estipulado.
- Cuando la solicitud afecte a masas de alcornoques de más de 5 hectáreas de extensión, deberá adjuntarse a aquella un plan de aprovechamiento de corcho, firmado por personal técnico competente en materia forestal. El plan justificará la necesidad u oportunidad del aprovechamiento de corcho y se indicará su localización planimétrica, la superficie objeto del mismo, el número de pies y el volumen de alcornoques afectados, la tasación correspondiente y las prescripciones técnicas del aprovechamiento. El plan de aprovechamiento de corcho cumplirá lo dispuesto, en su caso, en la legislación en materia de seguridad y salud. Este plan deberá ser autorizado por la persona titular del predio o por la persona titular de los derechos de aprovechamiento.
Presentación:
1. Las solicitudes de autorización, declaraciones responsables y comunicaciones se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud, declaración o comunicación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fue realizada la enmienda.
2. Para la presentación de las solicitudes, declaraciones y comunicaciones se emplearán los correspondientes formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que se ajustarán a los modelos recogidos en los anexos de este decreto, y podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
3. Las solicitudes de autorización, declaraciones responsables y comunicaciones reguladas en este decreto se dirigirán a la persona titular de la jefatura territorial correspondiente. La tramitación de los procedimientos regulados en este decreto corresponde a la jefatura territorial de la consellería competente en materia de montes en cuyo ámbito se sitúe el monte o terreno forestal en el que se vaya a realizar el aprovechamiento objeto de la solicitud, declaración o comunicación, o la mayor superficie de aquel, en el caso de estar situado en el ámbito de más de una jefatura territorial.
Presentación de documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos
1. Las personas interesadas deben presentar con la solicitud de autorización la declaración responsable o la comunicación, la documentación que para cada supuesto se especifica en este decreto, respetando lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
No será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la elaboración de la propuesta de resolución.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por el/la interesado/a, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
Si alguna de las personas presentara la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la enmienda.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, declaración responsable o comunicación, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud, declaración responsable o comunicación y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de estos de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deben realizar durante la tramitación de estos procedimientos deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de los procedimientos regulados en este decreto se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas siempre que la persona interesada expresase su consentimiento para que sean consultados u obtenidos:
a) DNI/NIE de la persona solicitante, declarante o comunicante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad solicitante, declarante o comunicante.
d) NIF de la entidad representante.
En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.
2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Dos meses
Sentido del silencio: Positivo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción en el registro público de terrenos forestales de pastoreo.
Declaración responsable para aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales de gestión privada.
Declaración responsable para aprovechamientos de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada que cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobado por la administración.
Solicitud de prórroga para aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales de gestión privada.