Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED010B - Comisión de servizos do persoal funcionario dos corpos docentes e do persoal laboral docente que imparte as ensinanzas reguladas na lei orgánica 2/2006, do 3 de maio, de educación, en centros dependentes da consellería de educación, universidade e formación profesional en atención a situacións persoais especiais por motivos de saúde.
Apertura del plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud y por causas sobrevenidas para el curso académico 2024/25.
1. Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de adscripción de forma temporal, en comisión de servicios, y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica de educación 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en centros dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud (código de procedimiento ED010B).
A estos efectos, se considerará que la comisión de servicios es por motivos de salud cuando:
a) Tenga por finalidad adscribir a personal funcionario y laboral docente afectado por situaciones que impliquen una notoria disminución de las facultades físicas, psíquicas o sensoriales, siempre que tal disminución de sus capacidades no sea susceptible de la declaración de incapacidad permanente.
b) Existan razones de enfermedad grave del/la cónyuge, pareja de hecho o de una persona familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, que impliquen, con carácter general, un grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 65 por 100, que conviva y y que esté al cuidado directo de la persona solicitante.
2. Excepcionalmente, se podrá autorizar la comisión de servicios por razones de enfermedad grave de una persona familiar en segundo grado de consanguinidad o afinidad cuando, además de concurrir las circunstancias relacionadas en el párrafo anterior, no exista ninguna persona familiar en primer grado o, de existir, estén incapacitadas para su cuidado directo.
3. En cualquier caso, esta adscripción temporal en comisión de servicios en otra localidad estará supeditada a la existencia de plaza vacante o necesidad de profesorado para el curso académico siguiente y que le corresponda la adjudicación de una plaza de las solicitadas de acuerdo con los criterios establecidos en la regulación de la adjudicación de destinos provisionales para el curso académico que corresponda.
Duración.
La comisión de servicios tendrá la duración de un curso académico.
La solicitud de prórroga deberá reunir los mismos requisitos formales y temporales exigidos para la primera solicitud de concesión.
Podrán solicitar adscripción temporal a tareas propias de su cuerpo en régimen de comisión de servicios por motivos de salud a distinta localidad, en su caso, de su centro de destino:
a) El personal funcionario de los cuerpos docentes regulados en la Ley orgánica de educación, dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que esté en situación de servicio activo, de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género.
b) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que esté en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género.
c) El personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes regulados en la Ley orgánica de educación dependientes de otras administraciones educativas que esté en situación de servicio activo.
1. Tener, en su caso, destino definitivo en una localidad a una distancia superior a 50 km de la localidad de residencia.
Se podrá excepcionar este requisito cuando las razones por motivos de salud alegadas así lo aconsejen de manera indudable.
Tampoco será exigible este requisito a aquellas personas que presten servicios con carácter definitivo en los centros de educación infantil, educación infantil y primaria, educación primaria, colegios rurales agrupados, centros de educación especial y centros públicos integrados que tienen régimen de jornada partida.
2. Haber solicitado, de reunir los requisitos, excepto casos excepcionales que serán valorados por la comisión de valoración, plaza en el último concurso de traslados para la localidad o localidades en las que se solicita la comisión de servicios.
Se exceptuará la obligación de haber participado en el concurso de traslados cuando la solicitud se fundamente en causas sobrevenidas al final del plazo de presentación de solicitudes del concurso.
3. Con carácter general, dos o más docentes vinculados familiarmente no podrán disfrutar de una adscripción temporal por el mismo motivo, debiendo renunciar, en su caso, uno de ellos.
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Orden de 28 de febrero de 2020 por el que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación en centros dependientes de esta consellería en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud (DOG nº 46 de 9 de marzo de 2020).
Orden de 14 de mayo de 2020 por la que se abre el plazo para que el personal docente solicite comisión de servicios por motivos de salud, en atención a la situación de conciliación de la vida familiar y laboral, y el personal docente interino y sustituto solicite no participar en la convocatoria de adjudicación de destinos provisionales para el curso académico 2020/21 (DOG nº 97 de 20 de mayo de 2020).
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros, convocado por la Orden de 19 de octubre de 2020 (Diario Oficial de Galicia número 219, de 30 de octubre) (DOG nº 94 del 21 de mayo de 2021).
Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores técnicos de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación, convocado por la Orden de 26 de octubre de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 214, del 8 de noviembre) (DOG nº 73 del 18 de abril de 2022).
Publicación del plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud y por causas sobrevenidas.
Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se modifican la Orden de 7 de junio de 2018, por la que se dictan normas para la adjudicación de destino provisional entre el personal docente perteneciente a los cuerpos de inspectores de Educación, catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño, y del cuerpo de maestros, que no tengan destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, a los que resultan desplazados por falta de horario, al personal al que se le conceda una comisión de servicios por concejala o concejal, por motivos de salud o por conciliación de la vida familiar y laboral, al personal interino y sustituto y al personal funcionario de carrera que solicite el reingreso en el servicio activo (código de procedimiento ED002B), y la Orden de 28 de febrero de 2020 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en centros dependientes de esta consellería en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud (código de procedimiento ED010B) (DOG nº 71 del 13 de abril de 2023).
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros (código de procedimiento ED012A), convocado mediante la Orden de 4 de octubre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 196, de 14 de octubre) (DOG nº 91 del 12 de mayo de 2023).
Apertura del plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud y por causas sobrevenidas para el curso académico 2023/24.
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación (código de procedemento ED012A) (DOG nº 72 del 12 de abril de 2024).
Apertura del plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud y por causas sobrevenidas para el curso académico 2024/25.
Plazo de presentación: CERRADO
25/05/2020 00:00 - 05/06/2020 23:59
26/08/2020 00:00 - 03/09/2020 23:59
24/05/2021 00:00 - 04/06/2021 23:59
25/08/2021 00:00 - 02/09/2021 23:59
19/04/2022 00:00 - 02/05/2022 23:59
13/07/2022 00:00 - 15/07/2022 23:59
15/05/2023 00:00 - 29/05/2023 23:59
14/07/2023 00:00 - 17/07/2023 23:59
15/04/2024 08:00 - 26/04/2024 23:59
11/07/2024 00:00 - 12/07/2024 23:59
De conformidad con el artículo 17 de la Orden de 28 de febrero de 2020 (DOG nº 46 de 9 de marzo de 2020) se abre plazo de presentación de solicitudes extraordinario desde lo 11 de julio hasta el día 12 de julio de 2024, ambos incluidos.
Desde: 11/07/2024 Hasta: 12/07/2024.
Para formular una solicitud de comisiones de servicios por razones de salud para situaciones de causas sobrevenidas deberá acceder a la dirección www.edu.xunta.gal/cadp y presentarla en la Sede electrónica de la Xunta de Galicia.
No se admitirá ninguna solicitud que no sea tramitada mediante lo procedimiento ED010B
1. Solicitudes .
Las solicitudes se dirigirán a la jefatura territorial de la consellería competente en materia de educación en la que la persona interesada tenga destino definitivo o provisional o a la jefatura territorial de la provincia en la que pretenden prestar servicios para el supuesto de aquellas personas solicitantes con destino fuera de la Comunidad Autónoma y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del fomulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Las solicitudes también podrán cumplimentarse en la página web de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos http://www.edu.xunta.es/cadp y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que lo haga a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fue realizada la presentación electrónica.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
2. Petición a centros y/o localidades .
Las personas interesadas deberán solicitar en primer lugar el centro o centros de la localidad o localidades que se encuentren en un radio de 20 km del lugar de su residencia, excepto los centros penitenciarios, los centros de educación permanente de adultos y los centros ordinarios en los que se imparten enseñanzas de adultos y aquellos otros centros en los que se imparten enseñanzas en régimen de jornada partida, que serán de solicitud voluntaria.
Podrán añadirse voluntariamente peticiones a centros o localidades que se consideren convenientes, teniendo en cuenta que en este caso es preceptivo solicitar los centros o localidades a las que se hace referencia en el párrafo anterior.
3. Documentación que se presenta necesaria para la tramitación del procedimiento.
Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
a) Informe actualizado del personal médico de atención primaria y/o especialista acreditativo de la enfermedad/s alegada/s. Se entiende por informe actualizado el que esté emitido en el año en el que se realiza la solicitud.
b) Copia de la resolución administrativa de reconocimiento de grado de discapacidad del personal docente solicitante cuando no fuera expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación.
En el supuesto de solicitud de comisión de servicios por razones de salud de una persona familiar, se aportará además:
a) Certificación literal o copia del libro de familia actualizado.
b) Certificado de empadronamiento colectivo de la persona solicitante.
c) Copia de la resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 del/de la cónyuge, pareja de hecho o de la persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante cuando no hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia
d) Anexo II: comprobación de datos de terceras personas interesadas.
No será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente, siempre que no se hubiesen modificado las circunstancias, excepto los informes médicos, que deberán ser actualizados. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónicamente. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que hubiera sido realizada la presentación electrónica.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI/NIE de la persona solicitante o de la persona representante.
b) Resolución administrativa de reconocimiento de grado de discapacidad del personal docente solicitante cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación
En el supuesto de solicitud de comisión de servicios por razones de salud de una persona familiar, se comprobará además:
c) DNI/NIE de la persona familiar. A estos efectos, será necesario que el/la cónyuge, pareja de hecho o persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante cumplimente y firme el anexo II, excepto en el caso de menores de edad, en cuyo caso el documento deberá ser firmado por una de las personas progenitoras, persona tutora o representante legal.
d) Resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 del/de la cónyuge, pareja de hecho o de la persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia. A estos efectos, será necesario que el/la cónyuge, pareja de hecho o persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante cubra y firme el anexo II, excepto en el caso de menores de edad, en cuyo caso el documento deberá ser firmado por una de las personas progenitoras, persona tutora o representante legal.
e) Resolución administrativa de reconocimiento de un grado de dependencia del/la cónyuge, pareja de hecho o de la persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante. A estos efectos, será necesario que el/la cónyuge, pareja de hecho o persona familiar de primer/segundo grado de consanguinidad o afinidad de la persona solicitante cubra y firme el anexo II, excepto en el caso de menores de edad, en cuyo caso el documento deberá ser firmado por una de las personas progenitoras, persona tutora o representante legal.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y en el anexo II y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Apertura del plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio en atención a situaciones personales especiales por motivos de salud y por causas sobrevenidas para el curso académico 2024/25.
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Comisión de servicios del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Participación en el concurso general de traslados de los cuerpos de personal docente no universitario dependiente de la consellería competente en materia de educación.
Participación en el concurso de traslados específico entre el persoal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura de departamento de orientación en los colegios públicos de educación infantil y primaria y de educación primaria dependientes de la consejería competente en materia de educación.
Participación en el concurso de méritos específico entre personal funcionario de carreira y en prácticas del cuerpo de maestros para cubrir, en comisión de servicios, puestos de escolarización a alumnado de atención preferente.
Concurso específico de méritos para proveer puestos de personal docente en plazas sometidas a convenio o a programas específicos da consellería competente en materia de educación.