Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS402B - Nuevo ingreso/renovación de plaza en escuelas infantiles 0-3 para hijas/os del personal de la Xunta de Galicia.
1. Esta resolución tiene por objeto convocar, para el curso 2020/21, el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de los servicios centrales y de las jefaturas territoriales de la Xunta de Galicia en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales de la localidad donde presta servicios (código de procedimiento BS402B). Dichas escuelas infantiles son las siguientes:
a) Escuela infantil de Vite en Santiago de Compostela.
b) Escuela infantil Santa María de Oza en A Coruña.
c) Escuela infantil Catabois en Ferrol.
d) Escuela infantil Sagrado Corazón en Lugo.
e) Escuela infantil Antela en Ourense.
f) Escuela infantil del Edificio Administrativo de Pontevedra.
g) Escuela infantil A Estrela del Complejo Administrativo de Vigo.
2. A efectos de esta resolución, se considera personal de la Xunta de Galicia al personal que presta servicios en la Presidencia, en las consellerías y en las entidades instrumentales del sector público autonómico.
Calendario y horario de apertura de las escuelas .
1. En las escuelas infantiles 0-3 a las que se refiere esta resolución el curso escolar dará comienzo el día 4 de septiembre de 2020.
Los centros permanecerán abiertos de lunes a viernes, excluidos los considerados festivos en el calendario laboral y los días 24 y 31 de diciembre de 2020.
Asimismo, con carácter general, todos los centros permanecerán cerrados durante los períodos siguientes:
– Los días 28, 29 y 30 de diciembre de 2020.
– Los días 29, 30 y 31 de marzo de 2021.
– El mes de agosto correspondiente al curso.
En el caso de la evolución positiva de la situación epidemiológica, de conformidad con lo establecido por la autoridad sanitaria, la Dirección de la Agencia Gallega de Servicios Sociales podrá dictar las oportunas instrucciones para la apertura de un centro por localidad.
El alumnado de las otras escuelas de la misma localidad que permanezcan cerradas podrá ser atendido en la que permanezca abierta.
En estos supuestos la familia deberá justificar en base a motivos laborales o de salud la necesidad de llevarlo al centro durante los citados períodos.
En el mes de agosto de 2021, en el caso de producirse la apertura de un centro por localidad, esta se efectuará siempre que exista una demanda igual o superior a los 15 alumnos/as. En estos casos, su cierre diario se realizará a las 17.00 horas.
El alumnado podrá asistir al centro un máximo de once meses dentro del período de septiembre a agosto del curso 2020/21.
Para el caso de la apertura autorizada de las escuelas infantiles durante todo el año, se podrá admitir la asistencia del niño o de la niña durante los 12 meses del año en casos excepcionales debidamente justificados.
La apertura de las escuelas infantiles objeto de esta resolución en los períodos anteriormente citados estará condicionada por su participación en el sistema de turnos, que se establecerá para estos efectos entre las escuelas de titularidad de la Agencia Gallega de Servicios Sociales en las respectivas localidades.
2. La permanencia del alumnado en el centro será, con carácter general, de un máximo de ocho (8) horas diarias, coincidentes con el horario laboral de la persona solicitante, excepto causas excepcionales y convenientemente justificadas.
Hijos e hijas del personal de los servicios centrales y de las jefaturas territoriales de la Xunta de Galicia en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales de la localidad donde presta servicios.
Serán requisitos imprescindibles para ser persona adjudicataria de plaza en las escuelas infantiles 0-3 objeto de esta resolución:
a) Que el niño o la niña ya hubiese nacido en el momento de presentación de la solicitud y sea hijo o hija, cualquiera que sea su filiación, o esté en situación legal de acogimiento por personal de la Xunta de Galicia que preste servicio en los servicios centrales o por personal de los servicios periféricos que preste sus servicios en las jefaturas territoriales de A Coruña con sede en esta ciudad o en la ciudad de Ferrol, en las jefaturas territoriales de Lugo, en las jefaturas territoriales de Ourense y en las jefaturas territoriales de la provincia de Pontevedra con sede en esta ciudad o en la ciudad de Vigo.
b) Que el niño o niña tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no tenga cumplidos los 3 años de edad el 31 de diciembre de 2020.
c) Estar al corriente en el pago de las cuotas por los servicios recibidos en la fecha de presentación de la solicitud, respecto de aquellas familias que ya hubiesen escolarizado a un hijo o hija en el mismo centro o en cualquier otro centro de la Red Galiña Azul.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación
Servizo de Conciliación Familiar
Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545666
Fax: 981544634
Email: dxfamilia.politicasocial@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña
Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña
Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185755
Fax: 981185737
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo
Ronda da Muralla, 70
2707 Lugo (Lugo)
Teléfono: 981294354
Fax: 982294386
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense
Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386595
Fax: 988386131
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo
Concepción Arenal, 8-1º
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817704
Fax: 986817049
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Resolución de 27 de abril de 2020 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de la Xunta de Galicia en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para el curso 2020/21 (DOG nº 94 de 15 de mayo de 2020).
Resolución de 27 de abril de 2020 por la que se acuerda levantar la paralización de la aprobación y publicación de las bases del procedimiento de adjudicación de plazas en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta agencia para el curso 2020/21 y del procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de la Xunta de Galicia en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para el curso 2020/21 y su continuación. (DOG nº 93 de 14 de mayo de 2020).
Resolución de 14 de julio de 2020 por la que se publican las resoluciones de 13 de julio de 2020 por las que se resuelve la aprobación de la relación definitiva de hijos e hijas del personal de la Xunta de Galicia admitidas/os y de la lista de espera para el curso 2020/21 en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta agencia (DOG nº 144 de 20 de julio de 2020).
Resolución de 7 de diciembre de 2020 por la que se modifica la Resolución de 27 de abril de 2020 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de la Xunta de Galicia en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para el curso 2020/21 (DOG nº 251 del 15 de diciembre de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
16/05/2020 00:00 - 30/07/2021 23:59
El plazo de presentación de solicitudes, tanto de renovación de plaza como de nuevo ingreso, será de diez (10) días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Se admitirán, con carácter excepcional hasta el 30/07/2021, las solicitudes fuera del plazo establecido en el artículo 7.2 y en los siguientes casos:
a) Nacimiento, acogimiento o adopción de la niña o del niño con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes.
b) Cambio de ayuntamiento de destino de la persona solicitante.
c) Otras circunstancias que motivadamente aprecie la persona titular de la Dirección de la Agencia Gallega de Servicios Sociales o de la jefatura territorial que corresponda en función de la localidad de prestación de servicios de la persona solicitante.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo deberán ir acompañadas de la justificación acreditativa de la circunstancia que las motiva. Asimismo, estarán condicionadas a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.
Se acuerda el levantamiento de la paralización de la aprobación y publicación de las bases del procedimiento, en los términos previstos en la Resolución de la Agencia Gallega de Servicios Sociales, de 27 de abril de 2020.
Solicitudes y documentación .
1. Las personas interesadas podrán solicitar plaza de la siguiente manera :
1.1. Renovación de plaza.
1.1.1. Para la renovación de la plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2019/20, se presentará el modelo normalizado de solicitud según el anexo I, que estará disponible en la dirección electrónica https://sede.xunta.gal.
1.1.2. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
Anexo II relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja, en su caso, u otros miembros de la unidad familiar.
En caso de producirse cambios que afecten a la unidad familiar y que puedan incidir en el cálculo de la renta de esta presentarán aquellos documentos que los justifiquen.
1.2. Nuevo ingreso.
1.2.1. Las solicitudes de nuevo ingreso se presentarán según el modelo normalizado establecido (anexo I), marcando la opción que corresponda.
Los impresos estarán disponibles en la dirección electrónica https://sede.xunta.gal.
1.2.2. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud a siguiente documentación:
a) Anexo II relativo a la comprobación de datos de la persona cónyuge o pareja, en su caso, u otros miembros de la unidad familiar.
b) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.
c) Certificado del grado de discapacidad y/o de dependencia del niño o de la niña para quien se solicita plaza, en su caso, cuando no sea expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Informe sobre la necesidad de integración en la escuela infantil, acreditada por un Equipo de Valoración y Orientación de la Consellería de Política Social, en el caso de los niños y de las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo.
e) Copia de la resolución administrativa de acogimiento o de guarda con fines adoptivos cuando estén formalizados por otra comunidad autónoma distinta de la gallega.
f) Si procede, otros documentos en los que consten incidentes sociofamiliares, computables en el baremo:
1º. Justificante de ocupación actualizada de la persona cónyuge o pareja, en su caso, en el supuesto de personas trabajadores que no estén en el régimen general de la Seguridad Social.
2º. Certificado de convivencia y sentencia de separación o divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno-filiales o certificado administrativo de monoparentalidad expedido por otra comunidad autónoma.
3º. Copia del título de familia numerosa, en caso de no ser expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
g) Cuando se produzcan variaciones de ingresos que supongan una disminución o incremento de más del 20 % en el cómputo anual frente a los que figuren en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al año 2017, deberán comunicarse y presentarse los documentos que acrediten oficialmente la situación económica.
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No será necesario presentar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica.
A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
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Comprobación de datos .
1. De conformidad con la normativa de aplicación para la tramitación de este procedimiento se consultarán los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) Documento nacional de identidad/número de identificación de extranjero (DNI/NIE) de la persona solicitante y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
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b) Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al año 2017 de la persona solicitante, de la persona cónyuge o pareja o de otros miembros de la unidad familiar, en su caso.
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c) Situación física del puesto de trabajo del Registro Central de Personal de la Dirección General de Función Pública de la Consellería de Hacienda.
2. En los supuestos de solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
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a) Grado de discapacidad y/o de dependencia del niño o de la niña para quien se solicita plaza reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.
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b) Acogimiento o guarda con fines adoptivos del niño o de la niña para quien se solicita plaza formalizados por la Comunidad Autónoma de Galicia.
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c) Situación de monoparentalidad reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.
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d) Familia numerosa reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.
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e) Alta en la Seguridad Social en la fecha de presentación de la solicitud de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
3. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y en el anexo II y presentar los correspondientes documentos acreditativos.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Las solicitudes de renovación de plaza y de nuevo ingreso con la documentación requerida se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica da Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"