Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR948B - Reconocimiento de la condición de núcleo de entrenamiento especializado
1. El presente decreto tiene por objeto la regulación del deporte de alto nivel de Galicia, del alto rendimiento deportivo y del rendimiento deportivo de base.
2. Asimismo, son objeto de regulación en este decreto, por su relación con las materias citadas en el número 1, los centros de alto nivel deportivo, los núcleos de entrenamiento deportivo especializado, la Oficina de Atención al Deportista y la Comisión gallega de evaluación del alto nivel deportivo, del alto rendimiento deportivo y del rendimiento deportivo de base.
Obligaciones de los núcleos de entrenamiento deportivo especializado
Los núcleos de entrenamiento deportivo especializado reconocidos al amparo de este decreto deberán:
a) Facilitar la participación de sus deportistas con las selecciones deportivas gallegas cuando sean seleccionados.
b) El club o clubs del núcleo de entrenamiento deportivo especializado deberán participar en los campeonatos gallegos de su especialidad deportiva, salvo coincidencia de fechas con campeonatos oficiales estatales e internacionales o interfiera con su preparación para los mismos.
c) El club o clubs del núcleo de entrenamiento deportivo especializado deberán participar en las actividades de promoción del deporte que organice la Administración autonómica, siempre que no interfiera en su actividad deportiva.
d) Publicitar, en el desarrollo de su actividad deportiva, la condición de núcleo gallego de entrenamiento deportivo especializado.
e) Informar al órgano superior competente en materia de deporte de la Administración general de la Comunidad Autónoma de sus actividades y resultados deportivos de los deportistas y de los clubs.
f) Cuidar que los procesos de entrenamiento promuevan hábitos de compañerismo, igualdad, tolerancia, juego limpio, respeto a las normas, al contrincante y a la diversidad.
g) Disponer de un reglamento de régimen interno que deberá regular al menos los siguientes aspectos: objetivos, estructura, competencia y funciones de los profesionales, sistema de selección de los deportistas, y derechos y deberes de los mismos, régimen disciplinario, sistema de financiación, así como de un protocolo frente al acoso sexual y por razón de género, orientación sexual e identidad de género.
1. Serán requisitos de los núcleos de entrenamiento deportivo especializado:
a) Ofrecer una disponibilidad de espacios e instalaciones adecuados a las necesidades de la programación deportiva.
b) Contar con un equipo técnico cualificado. El entrenador o la entrenadora responsable deberá tener el título de grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente, o título de técnico deportivo o técnica deportiva superior o entrenador deportivo o entrenadora deportiva de nivel III en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.
c) Disponer del uso de un centro para llevar a cabo el seguimiento médico-deportivo.
d) Disponer de un proyecto de preparación técnico-deportiva orientada al alto nivel y al alto rendimiento deportivo para la modalidad deportiva correspondiente, de acuerdo con el interés estratégico deportivo de la propia Comunidad Autónoma, encaminado a la participación de los deportistas gallegos y de las deportistas gallegas en juegos olímpicos o paralímpicos, campeonatos del mundo, campeonatos de Europa y otras competiciones internacionales de máximo nivel.
e) No estar cumpliendo la entidad solicitante sanción disciplinaria deportiva firme en la vía administrativa por la comisión de una infracción de carácter grave o muy grave, o sanción administrativa firme en materia administrativa-deportiva por la comisión de una infracción de carácter grave o muy grave.
f) Acreditar el nivel y requisitos deportivos que se requieran a los efectos de este reconocimiento. Los requisitos deportivos deberán ser aprobados, a los efectos del presente decreto, por orden de la persona titular de la consellería competente en materia de deporte.
2. En el caso de no reunir alguno de los requisitos mencionados, la Administración general de la Comunidad Autónoma podrá igualmente conceder la calificación, de forma motivada y siempre que se valore su idoneidad en el interés deportivo estratégico de la Comunidad Autónoma.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Secretaría Xeral para O Deporte
Subdirección Xeral de Plans e Programas
Rúa Madrid 2-4 (Fontiñas) - 2ª andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996367/ 881996360
Fax: 881996368
Email: monica.carballo.miguez@xunta.gal
Secretaría Xeral para O Deporte
Decreto 165/2020, de 17 de septiembre, por el que se regula el deporte de alto nivel, de alto rendimiento y de rendimiento deportivo de base de Galicia (DOG nº 197 de 29 de septiembre de 2020).
Orden de 23 de junio de 2021 por la que se establecen los criterios técnico-deportivos para la obtención de las condiciones de persona deportista de alto nivel, alto rendimiento deportivo y rendimiento deportivo de base, y los criterios deportivos para el reconocimiento de los núcleos de entrenamiento deportivo especializado.(DOG nº 121 de 28 de junio de 2021).
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se da publicidad a los reconocimientos de los núcleos de entrenamiento deportivo especializado en el año 2021.(DOG nº 242 de 20 de diciembre de 2021).
Resolución de 17 de octubre de 2023 por la que se reconoce a las personas entrenadoras o técnicas y a las personas juezas-árbitras la condición deportiva de alto nivel y se relacionan las solicitudes desestimadas y la causa (DOG nº 204 del 26 de octubre de 2023).
Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se da publicidad a los reconocimientos de los núcleos de entrenamiento deportivo especializado (DOG nº 237 del 15 de diciembre de 2023).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El presente decreto entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Solicitudes
1. Poderán iniciar o procedemento de recoñecemento dun núcleo de adestramento deportivo especializado, en calquera momento, as entidades deportivas referidas no artigo 39.1, dirixindo as súas solicitudes ao órgano superior da Administración autonómica competente en materia de deporte. As solicitudes presentaranse obrigatoriamente por medios electrónicos a través do formulario normalizado dispoñible na sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, que figura como anexo V.
2. Se algunha das persoas interesadas presenta a súa solicitude presencialmente, será requerida para que a emende a través da súa presentación electrónica. Para estes efectos, considerarase como data de presentación da solicitude aquela en que fose realizada a emenda.
3. Para a presentación electrónica das solicitudes poderá empregarse calquera dos mecanismos de identificación e sinatura admitidos pola sede electrónica da Xunta de Galicia, incluído o sistema de usuario e clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
4. A instrución e resolución do procedemento axustarase ao establecido nos artigos 11 e 12, nos seus puntos 1 e 2.
Documentación que se deberá presentar coa solicitude
1. Os interesados deberán achegar coa solicitude a seguinte documentación:
a) Declaración dos requisitos da condición de núcleo de adestramento deportivo especializado, segundo o modelo normalizado que figura como anexo VI.
b) Proxecto de preparación técnico-deportiva.
c) Acordo/convenio de colaboración cun centro de medicina para o seguimento de deportistas. No suposto de contar con medios propios, xustificarase esta situación.
2. A documentación complementaria deberá presentarse electronicamente. As persoas interesadas responsabilizaranse da veracidade dos documentos que presenten. Excepcionalmente, cando a relevancia do documento no procedemento o exixa ou existan dúbidas derivadas da calidade da copia, a Administración poderá solicitar de maneira motivada o cotexo das copias achegadas pola persoa interesada, para o cal poderá requirir a exhibición do documento ou da información orixinal.
3. Se algunha das persoas interesadas presenta a documentación complementaria presencialmente, será requirida para que a emende a través da súa presentación electrónica. Para estes efectos, considerarase como data de presentación aquela en que fose realizada a emenda.
4. Sempre que se realice a presentación de documentos separadamente da solicitude, deberase indicar o código e o órgano responsable do procedemento, o número de rexistro de entrada da solicitude e o número de expediente, se se dispón del.
5. No caso de que algún dos documentos que se vaia presentar de forma electrónica supere os tamaños máximos establecidos ou teña un formato non admitido pola sede electrónica da Xunta de Galicia, permitirase a presentación deste de forma presencial dentro dos prazos previstos e na forma indicada no número anterior. A información actualizada sobre o tamaño máximo e os formatos admitidos pode consultarse na sede electrónica da Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para tramitar este procedemento consultaranse automaticamente os datos incluídos nos seguintes documentos elaborados polas administracións públicas, agás que a persoa interesada se opoña á dita consulta:
a) NIF da entidade solicitante.
b) DNI/NIE da persoa representante.
c) NIF da entidade representante.
2. No caso de que as persoas interesadas se opoñan a esta consulta, deberán indicalo no cadro correspondente habilitado no formulario de solicitude e achegar os documentos.
3. Excepcionalmente, no caso de que algunha circunstancia imposibilite a obtención dos citados datos, poderáselles solicitar ás persoas interesadas que presenten os documentos correspondentes.
Trámites administrativos posteriores á presentación de solicitudes
Todos os trámites administrativos que as persoas interesadas deban realizar durante a tramitación deste procedemento deberán ser realizados electronicamente accedendo á Carpeta cidadá da persoa interesada, dispoñible na sede electrónica da Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Positivo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a asociaciones, clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro por los daños en sus instalaciones derivados de los incendios.
Subvenciones a clubs, sociedades anónimas deportivas, secciones deportivas y núcleos de adiestramiento deportivo especializado de Galicia para el desarrollo de actividades deportivas.