Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED504G - Actividades formativas STEMweek.
Esta convocatoria queda sin efecto por causas sobrevenidas derivadas del impacto de la COVID-19 en virtud de lo dispuesto en la Orden de 12 de junio de 2020 por la que que se deja sin efecto la Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (Diario Oficial de Galicia número 50, de 13 de marzo), como consecuencia de la situación provocada por el COVID-19 (DOG nº 123 de 23 de junio de 2020).
El objeto de esta orden es establecer las bases y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para realizar las actividades de formación dirigidas a la mejora de las competencias en lengua inglesa y competencia científico-tecnológica o STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas) del alumnado que curse 3º o 4º de educación secundaria obligatoria en el régimen general y matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos en Galicia, durante el año 2020.
Esta convocatoria, a efectos de identificación y acceso de las personas interesadas, en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, a los formularios de inicio, se denomina «Actividades formativas STEMweek», con el código de procedimiento administrativo ED504G.
Actividades de formación convocadas .
1. Los turnos, lugar de celebración, fechas, número de alumnos/as y cursos a que van destinadas las actividades que se convocan son:
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Turno: 1ª / Lugar: CDR A Coruña / Fechas: 16-22 de agosto de 2020 / Idioma: Inglés / Nº de alumnos/as: 100 Curso: 3º ESO
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Turno: 2ª / Lugar: CDR A Coruña / Fechas: 23-29 de agosto de 2020 / Idioma: Inglés / Nº de alumnos/as: 100 / Curso: 4º ESO
Esta actividad se celebrará en el CRD de A Coruña (Centro Residencial Docente, O Burgo-Acea de Ama s/n, Culleredo, 15670) en régimen de internado de domingo a sábado siguiente.
En cada turno, el alumnado entrará el domingo entre las 18.00 y las 19.30 horas y saldrá el sábado entre las 12.00 y las 13.30 horas. Las familias o tutores/as legales de los/las menores serán los responsables de llevar y recoger al alumnado en el lugar de celebración de la actividad y los gastos que ello ocasione serán a su cargo. El resto de la actividad será gratuita para el alumnado adjudicatario de las plazas ofertadas.
2. La organización de las actividades se llevarán a cabo por medio de empresas con la debida cualificación, contratadas por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional. Se ocuparán de ofrecer los recursos materiales y humanos necesarios para su desarrollo, así como de la contratación de una póliza de seguros para la cobertura de las personas asistentes.
3. El coste total de cada actividad incluye:
a) Los docentes que acompañarán al alumnado en cada uno de los grupos durante la actividad.
b) Los gastos de docencia y el material escolar.
c) Las actividades culturales, deportivas y complementarias de los cursos.
d) Los gastos de manutención y alojamiento.
e) El certificado de realización de la actividad.
f) El seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
Las ayudas podrán ser solicitadas por la persona progenitora o la persona tutora legal, en el caso del alumnado menor de edad, o por el propio alumnado, si es mayor de 18 años, siempre que cuenten con domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Obligaciones y abandonos durante la realización de la actividad
1. Un comportamiento no apropiado podrá suponer la expulsión de este programa y el final de la estancia por causas de igual o similar naturaleza a las siguientes:
a) Incumplimiento de las normas establecidas para el desarrollo de la actividad.
b) Consumo de alcohol y/o de sustancias ilegales.
c) Automedicación sin autorización médica.
d) Conductas disruptivas.
e) Comportamientos asociales.
La expulsión del programa supondrá a la persona solicitante el pago del regreso y del coste total de la actividad, así como, en su caso, del importe de los daños ocasionados o derivados de dichas conductas.
2. En caso del alumnado que se encuentre realizando la estancia y decida abandonar el programa sin una causa grave debidamente justificada, la persona solicitante asumirá los gastos ocasionados, así como el importe total del coste de la actividad.
Podrá solicitar la participación en las actividades convocadas y ser persona beneficiaria de estas ayudas el/la alumno/a que cumpla los siguientes requisitos:
a) Estar cursando 3º o 4º de educación secundaria obligatoria en el régimen general en centros sostenidos con fondos públicos, durante el curso 2019/20, en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber superado todas las materias en el curso 2018/19.
c) Haber alcanzado en el curso 2018/19 una calificación mínima de 6 en la materia de inglés.
d) No tener concedida, en el presente curso académico, otra ayuda con la misma finalidad.
e) No estar incurso/a en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, recogidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) Estar en posesión del documento nacional de identidad (en adelante, DNI), número de identidad de extranjero (en adelante, NIE) o pasaporte. En el caso del alumnado menor de 14 años que no disponga de documento de identidad, se hará constar como documento identificativo el de la persona progenitora o de la persona tutora legal.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inspección e Avaliación do Sistema Educativo
Servizo de Ordenación Educativa
Edif. Adm. San Caetano, B-III,
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881997635/ 981546510/ 981546515
Email: licenzas.fprofe@edu.xunta.es
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 12 de junio de 2020 por la que que se deja sin efecto la Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (Diario Oficial de Galicia número 50, de 13 de marzo), como consecuencia de la situación provocada por el COVID-19. (DOG nº 123 de 23 de junio de 2020)
Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (DOG nº 50 de 13 de marzo de 2020).
Extracto de la Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (DOG nº 50 de 13 de marzo de 2020).
Esta convocatoria queda sin efecto por causas sobrevenidas derivadas del impacto de la COVID-19 en virtud de lo dispuesto en la Orden de 12 de junio de 2020 por la que que se deja sin efecto la Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (Diario Oficial de Galicia número 50, de 13 de marzo), como consecuencia de la situación provocada por el COVID-19 (DOG nº 123 de 23 de junio de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
14/03/2020 00:00 - 13/04/2020 23:59
El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia (en adelante, DOG). Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
- Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
- Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualesquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- El procedimiento de solicitud se iniciará a través de la aplicación «en línea» disponible desde la página web https://www.edu.xunta.es/axudasst/. Una vez cumplimentado este formulario, grabarán los datos en la aplicación «en línea» y podrán elegir entre la presentación a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en cualesquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. En el caso de presentación presencial, esta aplicación «en línea» genera un documento electrónico, correspondiente a los anexos I y II, que la persona interesada deberá imprimir y firmar debidamente.
- Para presentar las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Documentación complementaria necesaria para tramitar el procedimiento
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Anexo II (comprobación de datos de los miembros computables de la unidad familiar).
b) Certificación académica de las calificaciones de todas las áreas o materias cursadas en el año académico 2018/19 y de la nota media obtenida. En el caso de los centros concertados, las certificaciones serán firmadas por la persona directora del centro docente con el visto bueno de la Inspección Educativa.
c) Copia/s del libro (o libros) de familia donde figuren todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de no tener libro de familia tendrá que presentarse documento o documentos que acrediten el número de miembros de la unidad familiar. En el supuesto de no convivencia de ambos progenitores, se deberá acreditar que la persona solicitante tiene atribuida la custodia del/de la alumno/a para quien se solicita la ayuda.
A los efectos de esta orden, tendrán la consideración de miembros computables de la unidad familiar:
– Las personas progenitoras no separadas legalmente ni divorciadas o, en su caso, la persona tutora del/de la alumno/a.
– Los/las hijos/as menores de edad, con la excepción de los emancipados. Tendrán la misma consideración que los/las hijos/as, las personas en situación de tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido.
– Los/las hijos/as mayores de edad discapacitados o incapacitados judicialmente, siempre que estén sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.
– Los/las hijos/as solteros/as menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar.
– Las personas progenitoras separadas legalmente o divorciadas con custodia compartida forman una unidad familiar con los hijos e hijas que tengan en común.
– La persona que, por nuevo matrimonio, en situación de unión de hecho o en situación análoga a las anteriores con convivencia, resida en el domicilio familiar con la persona progenitora del/de la alumno/a, excepto en el caso de custodia compartida.
– Cuando no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá constituida por las personas progenitoras o persona de situación análoga y todos los descendientes que convivan con ellos y que reúnan los requisitos anteriores, excepto en el caso de custodia compartida.
No tendrá la consideración de miembro computable:
– La persona progenitora que no tiene atribuida la custodia del/de la alumno/a en los casos de separación o divorcio.
– El agresor en los casos de violencia de género.
En todo caso, se tendrá en cuenta la situación personal y la composición de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2018, excepto en lo relativo a la violencia de género, que se aplicará lo dispuesto en la legislación específica.
En la medida en que a través de este sistema la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional pueda disponer de estas informaciones, no se les exigirá a las personas interesadas la aportación individual de certificaciones expedidas por las administraciones correspondientes.
Para aquellas solicitudes que no aporten los documentos anteriormente señalados, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días naturales, subsane las faltas o remita los documentos preceptivos. De no hacerlo, se considerará que desistió de su petición y se archivará el expediente.
En el caso de alegar circunstancias familiares especiales, indicadas en el anexo I (familia monoparental, divorcio o separación, viudedad, tutoría legal u otras), deberá alegarse:
d) Copia de la justificación de separación o divorcio.
e) Copia de justificación de viudedaz.
f) Copia de justificación de tutoría legal.
g) Copia de la justificación de las alegaciones que se hagan constar como otras circunstancias familiares.
h) Copia del certificado de discapacidad de la persona solicitante, de alguna de las personas progenitoras o de la persona tutora, o de la persona de análoga relación según lo establecido en el artículo 6.1.c), o de hermanos/as menores de 25 años o de personas tuteladas, en el caso de que no haya sido expedido por la Xunta de Galicia.
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualesquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código (ED504G) y el órgano responsable del procedimiento (la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional), el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualesquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Comprobación de datos
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas.
a) DNI o NIE de la persona solicitante y de las personas progenitoras o de la persona tutora, o de la persona de análoga relación según lo establecido en el artículo 6.1.c).
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Ingresos totales de la unidad familiar; datos de carácter tributario o económicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria relativos al nivel de renta (IRPF) correspondiente al año 2018.
d) Estar al corriente del pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para subvenciones y ayudas, las personas progenitoras o la persona tutora o la persona de análoga relación, según lo establecido en el artículo 6.1.c), o la persona solicitante en el caso de ser mayor de edad.
e) Estar al corriente del pago con la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.3, en relación con el artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las personas progenitoras, o la persona tutora o la persona de análoga relación, según lo establecido en el artículo 6.1.c), o la persona solicitante en caso de ser mayor de edad.
f) Estar al corriente del pago con la Tesorería General de la Seguridad Social las personas progenitoras o la persona tutora o la persona de análoga relación, según lo establecido en el artículo 6.1.c), o la persona solicitante en el caso de ser mayor de edad.
Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
g) Título de familia numerosa.
h) Discapacidad de la persona solicitante, de alguna de las personas progenitoras o de la persona tutora, o de la persona de análoga relación según lo establecido en el artículo 6.1.c), o de hermanos/as menores de 25 años o de personas tuteladas en el caso de que haya sido expedido por la Xunta de Galicia.
i) Situación de pensionista por incapacidad permanente en los grados de total, absoluta o gran invalidez o la equivalente de clases pasivas de alguna de las personas progenitoras, de la persona tutora o de la persona de análoga relación, según lo establecido en el artículo 6.1.c), o de la persona solicitante, a través de la consulta con el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de solicitud (anexo I) o en el anexo II, y aportar los correspondientes documentos.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
4. No serán tenidas en cuenta ni valoradas las circunstancias alegadas y no justificadas documental y correctamente tal como se indica, ni las que se aleguen fuera del plazo establecido para esta convocatoria, ni las que contengan enmiendas.
La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional podrá requerir de las personas solicitantes en cualquier momento aclaración de la documentación presentada.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Esta convocatoria queda sin efecto por causas sobrevenidas derivadas del impacto de la COVID-19 en virtud de lo dispuesto en la Orden de 12 de junio de 2020 por la que que se deja sin efecto la Orden de 2 de marzo de 2020 por la que se convocan ayudas para realizar actividades formativas STEM en lengua inglesa, STEMweek, en el año 2020, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (Diario Oficial de Galicia número 50, de 13 de marzo), como consecuencia de la situación provocada por el COVID-19 (DOG nº 123 de 23 de junio de 2020).
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a entidades locales para actuaciones de adecuación de las pistas multideporte en los centros de educación infantil y primaria y en los centros públicos integrados no universitarios.
Actividades de formación en lenguas extranjeras.
Ayudas a centros privados concertados para la contratación de auxiliares de conversación para mejorar la competencia lingüística del alumnado en lenguas extranjeras
Actividades de inmersión lingüística en lengua inglesa English Week dirigidas a alumnado de sexto curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria.