Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR807A - Ayudas para el desarrollo de las actividades ordinarias de las organizaciones sindicales (Programa I).
Esta orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas que concederá la Consellería de Economía, Empleo e Industria a las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo a lo siguiente:
Programa I (TR807A). Ayudas para el desarrollo de las actividades comunes de las organizaciones sindicales.
Finalidad.
Será la de facilitarles ayudas económicas a las organizaciones sindicales con representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia para las actividades comunes que le son propias y que se desarrollen en el año 2020.
Actividades subvencionables.
Tendrán la condición de actividades subvencionables las actuaciones comunes y habituales realizadas por las organizaciones sindicales que impliquen el normal desarrollo de las funciones que les son propias.
Las organizaciones sindicales solicitantes a que se refiere el artículo 1.2 de esta orden.
1. Las solicitudes, tramitación y concesión de estas ayudas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, y en esta orden. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva de conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley de subvenciones de Galicia, ajustándose el reparto a los criterios que se establecen en esta orden.
2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden aquellas entidades que no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. No serán subvencionables los gastos financieros, los derivados de actividades de asesoría financiera y los gastos notariales y registrales, ni los gastos derivados de la compra de equipos informáticos ni de cualquier otro tipo de inversión que suponga un incremento patrimonial.
4. Los gastos derivados de actividades de asesoría jurídica solo serán subvencionables en los casos en que el asesoramiento esté referido a actividades sindicales. A estos efectos serán actividades subvencionables todas aquellas acciones en las que dicho asesoramiento se realiza en nombre y/o representación de la entidad solicitante para la defensa de las personas trabajadoras a las que representa en todo tipo de procedimientos judiciales y extrajudiciales.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Relacións Laborais
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957752
Fax: 981957751
Email: relacionslaborais.emprego@xunta.es
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se regula el régimen de subvenciones a las organizaciones sindicales y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 10 de 16 de enero de 2020).
Extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se regula el régimen de subvenciones a las organizaciones sindicales y se procede a su convocatoria para el año 2020 (DOG nº 10 16 de enero de 2020).
Orden de 6 de mayo de 2020 por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos en el ámbito de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 90 del 11 de mayo de 2020).
Corrección de errores. Orden de 6 de mayo de 2020 por la que se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios públicos de esta consellería durante la vigencia del estado de alarma (DOG nº 96 del 19 de mayo de 2020).
Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se da publicidad de las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se regula el régimen de subvenciones a las organizaciones sindicales para el año 2020 (Diario Oficial de Galicia número 10, de 16 de enero de 2020) (DOG nº 38 del 25 de febrero de 2021).
Plazo de presentación: CERRADO
17/01/2020 00:00 - 17/02/2020 23:59
1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
2. A este efecto se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación en el DOG.
3. Si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
4. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Presentación de solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados (anexo I y/o anexo II) disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsane.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación.
a) Acuerdo del órgano rector competente, debidamente acreditado, por el que se decida solicitar la subvención.
En caso de que una federación o confederación efectúe la solicitud de la subvención en nombre de otros sindicatos con representatividad, deberán aportar la documentación acreditativa en la que conste la autorización de los sindicatos para que la confederación la solicite en su nombre.
b) Memoria explicativa de la actividad o actividades desarrolladas o que vaya a desarrollar la organización sindical o el gabinete técnico de la misma, y sobre el plan de formación de plantillas y delegadas y delegados sindicales, según el tipo de ayuda que se solicite. En todo caso, las actuaciones corresponderán al año 2020 y deberán constar de manera detallada y específica.
c) Poder suficiente que acredite la representación de la persona que actúe en nombre de la organización sindical solicitante.
d) Las organizaciones sindicales solicitantes de las ayudas relativas al programa II, además de presentar la documentación anterior, deberán acreditar que tienen la condición de intersectoriales.
e) Cuando se trate de ayudas para el funcionamiento de gabinetes técnicos, también se deberá aportar copia compulsada de los contratos de trabajo del personal adscrito al gabinete y los documentos expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social que acrediten su alta, así como la realización de una jornada a tiempo completo como personal trabajador de la central sindical solicitante.
No será necesario presentar los documentos que ya fueran presentados anteriormente. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.
Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Certificado de deudas expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
d) Certificado de deudas expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
e) Certificado de deudas expedido por la Agencia Tributaria de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para promover el funcionamiento de gabinetes técnicos de las organizaciones sindicales y para planes de formación de cuadros de personal y delegadas y delegados sindicales (Programa II).
Ayudas para la puesta en marcha de laboratorios cooperativos en el rural. Programa II: impulso de proyectos empresariales colectivos.
Ayudas para el fomento del emprendimiento en economía social.
Programa III: Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jovenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil.
Programa I. Fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación.
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva (Linea 1).
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva (Línea 2).