Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED311F - Premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales de música, danza, y de artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La presente orden tiene por objeto convocar premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales para el alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en el curso 2019/20 en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Número y características de los premios
1. Se podrán conceder hasta seis premios extraordinarios, con la siguiente distribución: 3 premios en la modalidad de Música, 1 en la modalidad de Danza y 2 en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño. No se podrá conceder más de un premio por especialidad en la modalidad de Música o por familia profesional en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño.
2. La dotación para los premios será de 5.100 € con cargo a la partida presupuestaria 10.20.423A.480.1 de los presupuestos del año 2020, que se distribuirán entre los premiados en la misma cuantía, y que no podrá exceder los 850 euros por premio. Estas cuantías estarán sujetas a las retenciones que legalmente les correspondan.
3. El alumnado que obtenga el premio extraordinario, además de la dotación económica, recibirá un diploma acreditativo y el/la secretario/a del centro público donde esté depositado el expediente académico anotará en él la distinción y lo hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.
4. Los/las alumnos/as que obtengan el premio extraordinario de enseñanzas artísticas profesionales podrán concurrir, tras la inscripción, al correspondiente premio nacional.
5. Estos premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales son compatibles con cualquier otro premio, incluidos los premios nacionales de enseñanzas artísticas profesionales.
Ell alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en el curso 2019/20 en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Deberes de los/las ganadores/as
1. El alumnado ganador de los premios tiene el deber de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que le competen, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
2. En el modelo normalizado ED311F que figura cómo anexo I, el alumnado debe facilitar la titularidad de una cuenta bancaria con 24 dígitos y declarar acerca de la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta en que se ingresará, mediante transferencia bancaria, la dotación de dicho premio, en caso de obtenerlo. El importe del premio estará sujeto a las retenciones que legalmente correspondan.
3. El/la beneficiario/a tiene el deber del reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, tal como indican los artículos 14.j) y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
4. A los efectos del artículo 31.7 de la Ley 9/2007, podrá utilizarse la declaración responsable incluida en el anexo I de esta orden o certificado de estar al corriente en sus deberes tributarios. De transcurrir más de seis (6) meses desde la presentación de la declaración, el beneficiario tiene el deber de aportar una nueva declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
1. Podrá optar a los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
Modalidad A: Música.
a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Música, en el curso 2019/20, en centros públicos o privados autorizados de enseñanzas profesionales de Música de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Música. A estos efectos, las materias validadas no serán tenidas en cuenta. En caso de que el/la alumno/a haya ingresado en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las materias de dicho curso.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá hacerlo únicamente como candidato o candidata de manera individual, realizando la interpretación como solista con acompañamiento de la agrupación que precise, en su caso. Además, deberá presentar una copia de una grabación de vídeo, en formato AVI o MP4, en soporte DVD, en la cual el/la aspirante interprete tres piezas (obras o fragmento de la obra) de diferentes estilos, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de enseñanzas profesionales de Música, con una duración máxima de 15 minutos, entre las tres piezas. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interpreta tanto en la solicitud como en el soporte, respetando el orden de interpretación. Asimismo, deberá juntar un breve currículo con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
Modalidad B: Danza.
a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Danza, en el curso 2019/20, en centros públicos o privados autorizados de las enseñanzas profesionales de Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Danza. A estos efectos, las materias validadas no serán tenidas en cuenta. En caso de que el/la alumno/a hubiese ingresado en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las materias de dicho curso.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar una copia de una grabación de vídeo, en formato AVI o MP4, en soporte DVD, en la cual el/la aspirante interprete, con el acompañamiento que precise en su caso, dos obras de la especialidad, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de las enseñanzas profesionales de Danza, con una duración máxima de 10 minutos entre las dos obras. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interpreta tanto en la solicitud como en el soporte, respetando el orden de interpretación. Cuando se trate de una grabación cuya interpretación sea en conjunto, se deberá indicar dentro del grupo a la persona candidata. Asimismo, deberá juntar un breve currículo con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
Modalidad C: Artes Plásticas y Diseño.
a) Haber finalizado un ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño, en el curso 2019/20, en centros públicos o privados autorizados de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media final igual o superior a 8,75 en el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño cursado. La nota media final se obtendrá de la media aritmética de las calificaciones de los módulos que tengan expresión numérica, sin que se tengan en cuenta en dicho cálculo las calificaciones de «apto», «exento» o «validado». En el cálculo de la nota media no se incluirá la calificación del proyecto integrado o proyecto final.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar la memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior por el cual concurre, en formato PDF, AVI o MP4, con un tamaño máximo de 20MB, y un breve currículo con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
2. No estar incurso/a en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el pago de deberes por reintegro de subvenciones, conforme el artículo 10.2.g) de dicha ley, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago alguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
Subdirección Xeral de Aprendizaxe Permanente, Ensinanzas Artísticas, Idiomas e Deportivas
Servizo de Ensinanzas de Réxime Especial e Aprendizaxe Permanente
San Caetano, s/n - Bloque 2, 2º Andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881997020
Fax: 981546551
Email: xsere@edu.xunta.gal
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se convocan los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 219 de 30 de octubre de 2020).
Extracto de la Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se convocan los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 219 de 30 de octubre de 2020).
Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se designa a los miembros y se hace pública la composición del jurado de selección que analizará y valorará las solicitudes de las personas aspirantes a los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 229 del 12 de noviembre de 2020).
Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hacen públicas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas en los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20 (DOG nº 253 del 17 de diciembre de 2020).
Resolución de 5 de enero de 2021, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20 (código de procedimiento ED311F).(DOG núm. 10 de 18 de enero de 2021).
Corrección de errores. Resolución de 5 de enero de 2021, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20 (DOG núm. 25 de 8 de febrero de 2021).
Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la lista de puntuaciones provisionales de las personas candidatas a los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20, convocados por la Orden de 19 de octubre de 2020 (DOG nº 44 de 5 de marzo de 2021).
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la adjudicación de los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20, convocados por la Orden de 19 de octubre de 2020 (Diario Oficial de Galicia de 30 de octubre) (DOG nº 78 del 27 de abril de 2021).
Corrección de errores.Resolución de 14 de abril de 2021 por la que se publica la adjudicación de los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2019/20, convocados por la Orden de 19 de octubre de 2020 (DOG nº 80 del 29 de abril de 2021).
Plazo de presentación: CERRADO
31/10/2020 00:00 - 30/11/2020 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
1. Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de los/las solicitantes.
2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. Opcionalmente se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria
Junto con la solicitud a que se hace referencia en el artículo 4 de esta orden se entregará, en su caso, la siguiente documentación:
1. Certificación académica de los estudios objeto de baremo, en la cual se refleje la calificación final de las distintas modalidades, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la director/a del centro público en que esté el expediente académico.
2. Documentación en soporte informático, según corresponda a las respectivas modalidades:
a) Una copia de vídeo en formato AVI o MP4 en soporte DVD (enseñanzas profesionales de Música y Danza).
b) Memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño por el cual concurre, en formato PDF, AVI o MP4 (tamaño máximo 20MB).
3. Listado de los méritos que se deseen alegar relacionados con la modalidad correspondiente, donde conste expresamente la actividad, el organismo convocante y el número de horas (anexo II de la solicitud).
4. Acreditación de los méritos alegados mediante documento o copia, donde conste expresamente la actividad, el organismo convocante y el número de horas, en caso de tratarse de cursos de formación relacionados con la modalidad a que opte el/la aspirante.
5. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
6. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.
7. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación del mismo de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, solo en caso de actuar por medio de representante.
c) Certificado de estar al corriente de los deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
d) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente del pago con la Administración pública de la comunidad autónoma.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario y aportar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"