Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS213B - Selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Orense y Pontevedra.
1. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el proceso para la selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tienen que cumplir dentro del ámbito de las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra, medidas no privativas de libertad, denominadas de medio abierto, impuestas por los juzgados de menores o que tengan que realizar tareas y actividades de reparación extrajudicial, de acuerdo con lo establecido en la LORPM, mediante la celebración de convenios de colaboración.
El término «persona menor» se entenderá, en el marco de lo dispuesto en la LORPM así como en la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, como extensivo a la totalidad de aquellas personas a las que les sea aplicable alguna medida derivada de la LORPM, independientemente de que hayan alcanzado o no la mayoría de edad en el momento de la ejecución, de acuerdo con el uso que del dicho término se da en la citada ley.
Finalidad y objetivos de la convocatoria
1. Se seleccionarán entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas y recursos destinados a la ejecución de medidas judiciales en medio abierto impuestas por los juzgados de menores y de los programas educativos que las desarrollan, de manera que quede garantizada la ejecución de las siguientes medidas en medio abierto:
a) Tratamiento ambulatorio.
b) Asistencia a centro de día.
c) Permanencia de fin de semana en domicilio.
d) Libertad vigilada (cautelar y dictada en sentencia firme).
e) Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo (cautelar y dictada en sentencia firme).
f) Prestaciones en beneficio de la comunidad.
g) Realización de tareas socioeducativas.
También quedará garantizada la realización de las tareas y actividades de reparación extrajudiciales previstas en el artículo 19 de la LORPM que, propuestas por los equipos técnicos de los juzgados de menores, hayan sido derivadas a una jefatura territorial de la Consellería de Política Social.
2. La intervención educativa integral en medio abierto se llevará a cabo en cada provincia en un recurso no residencial que se denominará Centro de Intervención Educativa en Medio Abierto (CIEMA), seguido del nombre de la provincia donde esté situado. Este local cumplirá los requisitos previstos en el artículo 7 del Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales en Galicia y las características previstas para un centro de día en el Decreto 329/2005, de 28 de julio, por el que se regulan los centros de menores y los centros de atención a la infancia.
3. En el desarrollo de los programas y recursos, las entidades deben cumplir de forma estricta la normativa aplicable así como las circulares que resulten de aplicación y, en particular, a título meramente enunciativo:
a) Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
b) Real decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la LORPM.
c) Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia.
d) Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.
e) Decreto 192/2015, de 29 de octubre, por el que se define la Cartera de servicios sociales de familia, infancia y adolescencia.
f) Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales en Galicia.
g) Decreto 329/2005, de 28 de julio, por el que se regulan los centros de menores y los centros de atención a la infancia.
h) Decreto 42/2000, de 7 de enero, modificado por el Decreto 406/2003, de 29 de octubre, por el que se refunde la normativa reguladora vigente en materia de familia, infancia y adolescencia.
i) Orden de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de 1 de agosto de 1996, por la que se regulan los contenidos mínimos del Reglamento de régimen interior y el proyecto educativo de los centros de atención a menores.
j) Circular número 13, de 5 de junio de 2008, en la que se establece el procedimiento de las actuaciones para la ejecución de las medidas judiciales en medio abierto impuestas por los juzgados de menores y los programas.
Asimismo, serán de aplicación cuantas otras disposiciones legislativas y reglamentarias relacionadas con la actividad objeto de ejecución sean de aplicación, así como aquellas que entren en vigor durante el período de ejecución del convenio y las modificaciones que afecten a la normativa aplicable.
Podrán participar en el procedimiento de selección las entidades privadas sin ánimo de lucro cuyos fines, objeto o ámbito de actividades tengan relación directa con el objeto del convenio, según sus estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de este requisito será comprobado de oficio por la Administración.
Disponer del permiso de inicio de actividades para el CIEMA que ofertan el día 15 de mayo de 2019, en el caso de resultar seleccionadas. El cumplimiento de este requisito será, asimismo, objeto de comprobación de oficio por la propia Administración.
Se consideran tareas análogas a las del objeto del convenio la ejecución de programas de intervención dirigidos a menores que se encuentren bajo una medida de protección por parte de la Administración pública o que deban cumplir medidas judiciales, al amparo de la LORPM.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Subdirección Xeral de Política Familiar, Infancia e Adolescencia
Servizo de Xustiza Penal Xuvenil
San Caetano s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545761
Email: menores.conflicto@xunta.gal
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Resolución de 28 de diciembre de 2018 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra (DOG nº 10 del 15 de enero de 2019).
Resolución de 25 de marzo de 2019 por la que se publica la resolución del procedemento de selección de entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumprir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra (DOG nº 63 del 1 de abril de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
16/01/2019 00:00 - 12/02/2019 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días contado a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuera inhábil se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente. Los sábados y festivos se consideran inhábiles a todos los efectos.
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Las entidades deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Escritura o documento de constitución, estatutos en los que conste la finalidad y las normas por las que se regula la entidad en su actividad, así como sus modificaciones si las hubiera, inscritos en el correspondiente registro oficial cuando esto fuera exigible conforme a la normativa que le sea aplicable.
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b) Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante para actuar en nombre de la entidad para el caso de que ésta se atribuya a persona distinta a la designada en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social o que en dicho registro ésta se atribuya a persona distinta a la designada.
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c) Certificación/ones expedida/s por la/las entidad/es pública/s acreditativa/s de la experiencia de la entidad en programas con menores (en su caso).
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d) Proyecto de intervención educativa con la estructura y contenidos mínimos determinados en el punto 1.4 del anexo II. En dicho proyecto se incluirán, si es el caso, los programas que presente la entidad a mayores para su valoración.
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e) Memoria en la que se indiquen los recursos materiales y personales con los que contará el CIEMA para la ejecución de las medidas de acuerdo con el previsto en el punto 2 del anexo II.
En dicha memoria figurarán, asimismo, en su caso, los equipamientos materiales y medios personales que a mayores presente la entidad para su valoración, con indicación en estos últimos del número de horas anuales que prestará cada profesional.
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f) Plan de formación continua del personal, con el contenido indicado en el punto 3 del anexo II.
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g) Propuesta desglosada de los gastos totales derivados de la ejecución de la actividad objeto de convenio, firmada por el responsable de la entidad, cuyo importe en ningún caso podrá superar el previsto en la presente convocatoria.
Dicha propuesta diferenciará entre gastos de personal, gastos de funcionamiento del CIEMA y gastos de las personas menores.
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h) Relación de las personas trabajadoras fijas con discapacidad de la entidad, acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad y una declaración responsable del número de personas trabajadoras fijas con discapacidad y porcentaje que representan sobre la plantilla total de (si es el caso).
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i) Certificación o resolución del órgano administrativo correspondiente, en caso de que cuente con la Marca Gallega de Excelencia en Igualdad o con un plan de igualdad.
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Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán en el marco del cumplimiento de la norma reguladora en materia de protección de datos, los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) NIF de la entidad solicitante.
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b) DNI o NIE de la persona representante.
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c) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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d) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
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e) Certificado sobre cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio al aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal (anexo III).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
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En la solicitud, anexo III, firmada por el/la representante de la entidad, deberán figurar datos identificativos y acreditativos de determinados aspectos señalados en esta resolución y demás normativa aplicable:
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a) Identificación del solicitante, del/de la representante, dirección para notificaciones, datos bancarios e identificación de la persona para las funciones de coordinación y comunicación.
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b) Declaraciones sobre:
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1º. Suscripción para el CIEMA, de las siguientes pólizas de seguros:
1º.1. Póliza de seguros que cubra los daños y siniestros que se produzcan en los locales, instalaciones o bienes, aparatos y materiales afectos al servicio.
1º.2. De responsabilidad civil que cubra:
1º.2.1. Los daños que pudiera sufrir cualquier persona, en sí misma o en sus bienes, y que deriven del funcionamiento del CIEMA y en su caso otros equipamientos en los que se lleva a cabo la intervención educativa en medio abierto.
1º.2.2. Los daños que pudieran ser causados a terceras personas y a sus bienes por los/as profesionales y, en general, por cualquier persona dependiente del CIEMA o entidad, incluidos los actos derivados de actividades relacionadas con la actividad conveniada, realizados por cualquiera de las personas anteriormente citadas, tanto dentro como fuera de las instalaciones.
1º.2.3. Los daños que puedan ser causados a terceras personas y a sus bienes por las personas menores atendidas, tanto dentro como fuera de las instalaciones.
La suma asegurada deberá ser de un mínimo de 150.000 € por siniestro y 300.000 € por anualidad y equipamiento.
1º.3. De accidentes de menores, causados tanto en el interior del CIEMA, como en los desplazamientos y actividades realizadas en el exterior de los centros.
La suma asegurada deberá ser de un mínimo de 6.000 euros por persona por fallecimiento y 30.000 € por invalidez permanente e incluir la asistencia médica ilimitada y cubrir los gastos sanitarios y de enterramiento.
2º. Adscripción a la ejecución de las medidas de los medios personales y materiales precisos para su buena ejecución, y, en todo caso, los indicados en la memoria que se adjunta como documentación complementaria.
3º. Condiciones del personal que va a desempeñar sus funciones en los centros: inexistencia de sentencia firme por la comisión de delito contra la libertad e indemnidad sexual que incluye la agresión y el abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, en aplicación del artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil.
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c) Indicación de la documentación complementaria que se adjunta y, en su caso, constancia de los datos relativos a documentos aportados anteriormente con indicación del tipo, órgano administrativo ante el que se presentó, código de procedimiento y fecha de presentación y/o manifestación de la oposición a la consulta de los documentos señalados en el apartado sexto.
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No será necesario aportar los documentos que hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se accederá a dicha consulta de acuerdo con lo previsto al respecto en la normativa en materia de protección de datos.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Selección de entidade privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica de acuerdo con la LORPM en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del Complejo Montealegre (Orense).
Participación en la convocatoria, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del Programa de evaluación y tratamiento terapéutico a menores en situación de riesgo o desamparo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo plus en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.
Participación en la convocatoria, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del “Programa Integración Familiar”, cofinanciado por el Fondo Social Europeo plus en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027.
Asignación de concierto social para llevar a cabo una intervención educativa integral con personas menores que tengan que cumplir medidas judiciales y otras actuaciones de medio abierto previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en las provincias de Lugo, Ourense y Pontevedra.
Participación en la convocatoria, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de plazas de atención de día dirigidas a niños, niñas y adolescentes con medida de protección.
Participación en la convocatoria, mediante procedimiento de asignación de concierto social, de la ejecución del “Programa espacios de preservación familiar”, cofinanciado por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.