Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
SA304A - Premios de innovación en salud.
Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la primera edición de los Premios de innovación en salud del Sistema Público de Salud de Galicia, para premiar las ideas de innovación de los profesionales sanitarios en el ámbito de la Consellería de Sanidad y en su sector público en el año 2019, así como las de los pacientes. Los premios pretenden potenciar las ideas innovadoras en las que sus profesionales trabajan, para mejorar la calidad de vida de las personas y la sostenibilidad del sistema sanitario público gallego, y también aquellas propuestas por personas físicas (pacientes, cuidadores, etc.), organizaciones o asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro.
Características de los Premios de innovación en salud .
1. Los premios consistirán en:
• Modalidad de idea de profesionales: el premio consistirá en una visita organizada a un centro innovador de ámbito internacional, la asistencia a cursos de formación o a congresos relacionados con la innovación y contará con una dotación económica máxima de 6.500 € para alojamiento, viaje y dietas de manutención, con un límite de 1.625 € por persona.
• Modalidad de idea de pacientes: el premio tendrá una dotación económica máxima de 2.000 €, que se deberán emplear para formación en aspectos relacionados con los fines fundacionales de la asociación u organización sin ánimo de lucro relacionada con la salud que el ganador de esta modalidad seleccione.
2. La financiación de los premios referidos en el punto 1 anterior se imputa a la aplicación presupuestaria 2019.12.A1.411A.480.0 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma gallega para el año 2019.
Las personas ganadoras recibirán el premio en especie y la ACIS se encargará de contratar y pagar los gastos correspondientes al premio de cada modalidad y aplicará las retenciones fiscales que procedan sin superar en ningún caso los importes indicados.
3. Los ganadores de las dos modalidades de premios recibirán un diploma acreditativo.
4. Todos los ganadores podrán hacer uso de tal circunstancia en el material promocional de su actividad, siempre que en él se haga constar año y organismo que convoca los premios.
5. Las candidaturas que sean galardonadas con el premio deberán continuar en el proceso de innovación aprobado por la Administración en la Plataforma de Innovación Sanitaria para su posible desarrollo o implantación en el Servicio Gallego de Salud. El Servicio Gallego de Salud impulsará las ideas galardonadas para su implantación en el sistema.
También podrán continuar en el proceso de innovación aprobado por la Administración en la Plataforma de Innovación Sanitaria para su acompañamiento las cuatro ideas preseleccionadas y no galardonadas en cada una de las modalidades.
6. El Servicio Gallego de Salud podrá promover, de acuerdo con los ganadores de los premios, el desarrollo posterior de sus ideas en sus instalaciones y con su colaboración. En caso de que en el marco de estos desarrollos posteriores surja un resultado susceptible de protección mediante un título de propiedad industrial o intelectual, el Servicio Gallego de Salud tendría el derecho, pero no el deber, de protegerlo siendo el Servicio Gallego de Salud el único titular del mismo, respetando a todos los participantes de los mismos el derecho a ser reconocidos como autores intelectuales e inventores de los mismos.
1. Respecto a la modalidad de idea de profesionales: personal al servicio del Sistema Público de Salud de Galicia que desarrollen una idea innovadora en el sistema sanitario gallego. Las personas físicas que presenten una idea pueden representar a un equipo (máximo 4 personas, incluido el representante), que deberá describirse tal y como se recoge en el artículo 7 de esta resolución.
2. Respecto a la modalidad de idea de pacientes: podrá presentar su idea cualquier persona física (pacientes, cuidadores, etc.), organización o asociación de pacientes sin ánimo de lucro. También podrán presentarse varias personas físicas, organizaciones o asociaciones de pacientes representadas por una de ellas (máximo 4 incluido el representante).
No pueden optar al premio los miembros del jurado o personas vinculadas a ellos por parentesco de consanguinidad o afinidad.
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde
Xerencia da Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde
Área de Desenvolvemento e Innovación Sanitaria
Avda. Fernando de Casas Novoa nº 37 - 1º
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981568055
Email: innovacion.acis@sergas.es
Servizo Galego de Saúde (SERGAS)
Resolución de 12 de septiembre de 2019 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de la I edición de los Premios de innovación en salud 2019 en el Sistema Público de Salud de Galicia y se procede a su convocatoria (DOG nº 182 del 25 de septiembre de 2019).
Extracto de la Resolución de 12 de septiembre de 2019 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de la I edición de los Premios de innovación en salud 2019 en el Sistema Público de Salud de Galicia y se procede a su convocatoria (DOG nº 182 del 25 de septiembre de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
26/09/2019 00:00 - 29/11/2019 23:59
El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 29 de noviembre de 2019. El solicitante deberá conservar en su poder la documentación acreditativa de su presentación.
-
En la modalidad de idea de profesionales, tanto la persona firmante como, en su caso, todos los miembros de su equipo que presenten la candidatura, deberán ser personal tanto al servicio de la consellería competente en materia de sanidad, del Servicio Gallego de Salud o de las restantes entidades instrumentales del sector público autonómico pertenecientes al Sistema Público de Salud de Galicia, debiendo acreditar su vinculación con el mismo.
-
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, las personas representantes de una de las anteriores y las personas empleadas de las administraciones públicas en los trámites realizados por su condición de empleado público y, en concreto, para los profesionales del Servicio Gallego de Salud y las organizaciones y asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro.
Si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
-
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento .
-
Las personas interesadas deberán aportar junto con el anexo I la siguiente documentación (solo se aplica a la modalidad de idea de profesionales):
– Descripción del grupo de trabajo (máximo 1 página cada CV en formato pdf) y un breve currículum vítae (CV) de los miembros del grupo, indicando de manera clara un responsable del mismo que será el que presente la candidatura.
La información que debe figurar en el anexo I es la siguiente:
a) Modalidad de idea de profesionales.
– Datos de la persona o grupo de trabajo solicitante.
– Nombre de la idea.
– Necesidad detectada.
– Descripción de la idea/solución.
– Entorno de desarrollo o aplicación.
– Impacto/beneficio esperado.
– Objetivos y prioridades con las que se alinea.
– Aspectos novedosos/tipo de innovación.
– Análisis de la situación (estado del arte).
– Fase de la tecnología o producto.
– Factores críticos de éxito y barreras.
– Descripción de la incorporación de ciudadanos o pacientes en el desarrollo de la idea.
– Recursos necesarios para su desarrollo.
b) Modalidad de idea de pacientes.
– Datos de la persona, organización o asociación solicitante.
– Nombre de la idea.
– Necesidad detectada.
– Descripción de la idea/solución.
– Entorno de desarrollo o aplicación.
– Impacto/beneficio esperado.
– Aspectos novedosos/tipo de innovación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
-
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
-
Todos los anexos deberán estar firmados por el representante de la idea. Solo se admitirán aquellas candidaturas que estén debidamente firmadas.
-
La documentación presentada no será devuelta ni se mantendrá correspondencia sobre la misma. No se podrá presentar documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de candidaturas, salvo que sea requerida por el órgano instructor durante el período de subsanación.
-
La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación de estas bases reguladoras.
-
Comprobación de datos .
-
Para la tramitación del procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
-
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
-
b) DNI o NIE de la persona representante.
-
c) NIF de la entidad solicitante.
-
d) Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
-
e) Certificado de estar al corriente en el pago de la Agencia Tributaria de Galicia.
-
f) Certificado de estar al corriente en el pago de la Seguridad Social.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
-
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: 15 días hábiles a contar desde la presentación de la propuesta por el jurado.
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Participación en el concurso público para la adjudicación de las nuevas oficinas de farmacia.
Reconocimiento de interés sanitario para actos de carácter científico.
Participación en el living lab de salud de Ourense de la red de living labs de salud de Galicia (LABSAÚDE)
Ayudas del programa Traslaciona Covid-19. Refuerzo de la investigación sanitaria de Galicia.
Revalidación de la licencia de funcionamiento de fabricantes de productos sanitarios a medida.
Inicio de actividad, cese de actividad y modificación de la actividad de formación del personal encargado de la realización de operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de: instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis, prácticas de tatuaje, micropigmentación, piercing y otra práctica de decoración corporal que implique la perforación de la piel, mucosa o tejidos. y aparatos de bronceado artificial mediante radiaciones ultravioleta.