Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR923C - Talleres de folclore, artesanía, cocina y seminarios de cultura gallega.
1. Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la realización de talleres de folclore, artesanía, cocina y seminarios de cultura gallega en las entidades gallegas en el exterior, dirigidos a las personas asociadas gallegas y a sus descendientes, así como a aquellas personas interesadas en el hecho cultural de Galicia o que participen en las actividades de la asociación.
2. Asimismo, por medio de esta resolución se convoca este programa para el año 2019.
Modalidades convocadas y características específicas .
1. Modalidades convocadas:
Se convocan talleres de las siguientes modalidades:
– Talleres de baile.
– Talleres de gaita.
– Talleres de percusión.
– Talleres de pandereta y canto.
– Talleres de carácter artesanal (encaje de bolillos y confección de trajes tradicionales).
– Talleres de cocina gallega.
– Seminarios de cultura gallega: tradición y modernidad.
2. Características específicas de los talleres convocados:
a) Talleres de baile, música tradicional y artesanía:
Tendrán una duración de 15 días intensivos y el horario de las clases se ajustará a las necesidades de las personas solicitantes, con una duración de 40 horas.
El alumnado no será inferior a 15 personas. En casos excepcionales debidamente justificados se podrán desarrollar cursos con un número inferior teniendo en cuenta la situación del centro, las características y el año de creación del grupo.
b) Talleres de cocina gallega:
Tendrán una duración máxima de una semana y el horario se ajustará a las necesidades de las personas solicitantes, con una duración de 20 horas.
El alumnado no será inferior a 20 personas.
En estos talleres se hará promoción de los productos de calidad de Galicia, con especial atención a aquellos correspondientes a las denominaciones de origen cualificado.
Se realizará una jornada gastronómica de libre acceso al público en general donde se haga promoción de los objetivos pretendidos en el taller.
c) Seminarios de cultura gallega:
Tendrán una duración máxima de una semana y el horario se ajustará a las necesidades de las personas solicitantes, con una duración de 20 horas.
El alumnado no será inferior a 30 personas.
En esta convocatoria solo se realizarán hasta un máximo de 8 cursos de la modalidad de cocina, 4 de cultura gallega y 2 de carácter artesanal.
Podrán solicitar la organización de los talleres las entidades gallegas que estén inscritas en el Registro de la Galleguidad dentro de las secciones de comunidades gallegas, centros colaboradores, federaciones o aquellas entidades que estén en proceso de unión o fusión.
Excepcionalmente, por resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Emigración, se podrá conceder la organización de uno de estos talleres a aquellas entidades que, estando incluidas dentro del Registro de la Galleguidad, no se encuentren en ninguna de las secciones antes mencionadas, siempre que justifiquen debidamente que cuentan con un grupo folclórico consolidado.
Los talleres de folclore están dirigidos a las entidades que tengan grupos o escuelas de folclore constituidas de la modalidad solicitada.
Los talleres artesanales están dirigidos a las entidades que tengan un taller en el que un grupo de personas se dedique a desarrollar esas actividades.
Los talleres de cocina y los seminarios de cultura gallega están dirigidos a entidades que cuenten con instalaciones y equipamientos adecuados para su desarrollo y tengan entre sus objetivos la promoción y difusión de las costumbres y cultura de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral da Emigración
Subdirección Xeral de Coordinación Administrativa, Económica e de Programas Sociais
Servizo de Programas Sociais
Praza de Mazarelos, 15
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547277 / 981545882
Email: accion.social.emigracion@xunta.gal
Secretaría Xeral da Emigración
Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para desarrollar talleres de folclore, artesanía, cocina y seminarios de cultura gallega en las entidades gallegas del exterior, y se convocan para el año 2019 (DOG nº 51 del 13 de marzo de 2019).
Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para desarrollar talleres de folclore, artesanía, cocina y seminarios de cultura gallega en las entidades gallegas del exterior, y se convocan para el año 2019 (DOG nº 51 del 13 de marzo de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
14/03/2019 00:00 - 15/04/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes para la organización de talleres será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.
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Las entidades con sede social en España presentarán las solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que figura como anexo I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para subsanarla a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Excepcionalmente, las entidades domiciliadas fuera del territorio español podrán presentar las solicitudes por medios electrónicos o presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, teniendo en cuenta que las entidades destinatarias de estas subvenciones están situadas en múltiples países con niveles de desarrollo tecnológico muy diferentes, constituidas de acuerdo con la legislación aplicable en cada uno y con características legales, técnicas y funcionales distintas no asimilables a la situación vigente en Galicia, que imposibilitan o impiden la presentación electrónica de solicitudes. El medio de presentación elegido se mantendrá para cualquier tipo de relación con la Secretaría General de la Emigración hasta que finalice el procedimiento.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las entidades interesadas no hicieran la presentación electrónica de las solicitudes, podrán presentarlas presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Documentación complementaria necesaria para tramitar el procedimiento .
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Documentación complementaria:
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a) Relación nominal diferenciada de las personas participantes preinscritas para cada modalidad solicitada, según el modelo del anexo II, en la cual constarán apellidos y nombre, documento identificativo o pasaporte, edad y origen gallego de los participantes, y en la cual se hará constar que la entidad cuenta con la autorización de estos para la cesión de sus datos personales a la Secretaría General de la Emigración con el fin de poder gestionar la correspondiente convocatoria.
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b) Memoria, según el modelo del anexo III (talleres de folclore y artesanía), en la cual se especifique:
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Objetivos que se pretenden conseguir con la organización del curso.
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Las instalaciones, dotaciones y descripción del material previsto.
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Nombre, formación, currículo y trayectoria profesional del personal directivo, profesorado o ayudantes responsables del taller, grupo o escuela.
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En el caso de los talleres de música y baile, nombre y composición de la escuela o grupo folclórico, trayectoria y actuaciones realizadas en los dos últimos años.
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Para los talleres de carácter artesanal, se justificará la existencia de un taller de la modalidad solicitada en el seno de la entidad, tiempo de funcionamiento, la oportunidad de su realización y actividades desarrolladas en la difusión de la artesanía gallega.
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c) Memoria, según el modelo del anexo IV (talleres de cocina y seminarios de cultura gallega), en la cual se especifique:
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Objetivos que se pretenden conseguir con la organización del curso.
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Instalaciones, dotaciones y descripción del material previsto.
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Actividades realizadas en los dos últimos años con motivo de la difusión de la cocina y de la cultura gallega y la oportunidad de realización de la actividad.
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Las entidades con sede social en España y aquellas otras que así lo eligieran, al amparo del artículo 6.1 de esta Resolución, presentarán la documentación complementaria obligatoriamente por vía electrónica.
Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada. Si alguna de las entidades interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida subsanarla a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la subsanación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la convocatoria, excepcionalmente, las entidades domiciliadas fuera del territorio español que presenten la solicitud presencialmente deberán aportar la documentación complementaria por esta misma vía en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las copias de documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Todos los trámites administrativos que las entidades interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento pueden realizarse de manera electrónica accediendo a la carpeta del ciudadano de la entidad interesada, y excepcionalmente de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, de acuerdo con el artículo 6.2 de la convocatoria.
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Comprobación de datos .
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) Datos incluidos en el Registro de la Galleguidad previsto en la Ley 7/2013, de 13 de junio, o en el previsto por la normativa anterior.
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b) Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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c) Certificación de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
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d) Certificación de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria de Galicia.
2. En caso de que las entidades interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el modelo de solicitud y aportar los documentos correspondientes.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las entidades interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Programa de escuelas abiertas para entidades gallegas del exterior.
Programa de escuelas abiertas para personas físicas que no ejerzan docencia en una entidad gallega del exterior.