Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN223A - Subvenciones para el impulso de una red de mercados excelentes de Galicia.
1. Esta orden tiene por objeto la concesión de las subvenciones para actuaciones en mercados y plazas de abastos de Galicia que tengan concedido el sello de Mercado Excelente o estén en el proceso previo a su obtención.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.
3. Con carácter general y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se considerarán subvencionables los gastos e inversiones que, de manera indudable, respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada.
4. En concreto, se consideran actuaciones subvencionables las que a continuación se especifican, siempre que sean realizadas en los siguientes plazos :
• En la anualidad 2019, desde el 1 de enero de 2019 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 16.
• En la anualidad 2020, desde el 1 de diciembre de 2019 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 16.
Todas las inversiones deberán estar plenamente realizadas, operativas y verificables en la fecha límite de justificación de las actuaciones.
4.1. Plazas de abastos que tengan concedido el sello de Mercado Excelente .
Se consideran actuaciones subvencionables las inversiones en mercados y plazas de abastos que tengan concedido el sello de Mercado Excelente, de acuerdo con la Orden de 4 de enero de 2017, por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que constituyan un valor añadido en ellos, toda vez que deberán tener prioridad las actuaciones que respondan a las observaciones realizadas por la auditoría que se realice conforme al artículo 5 de dicha orden. Estas actuaciones, si no hubieran sido aún resueltas, deberán ser tenidas en cuenta en el conjunto de las previstas en la solicitud. De no hacerlo, deberá justificarse en la solicitud.
En concreto, se considerarán actuaciones subvencionables:
a) Acondicionamiento de las instalaciones: mejora de la imagen, instalación de sistemas de climatización, de sistemas de aislamiento térmico y/o acústico que reduzca el impacto de ruidos, establecimiento de sistemas de recogida de agua.
b) Creación y/o mejora de servicios para clientes: servicio de carros de la compra, adecuación y/o creación de zonas de descanso, tales como espacios infantiles, salas de lactancia y otros, creación de un servicio de reparto a domicilio con personal maker, instalación de consigna frigorífica, de servicio de cocinado de productos.
c) Creación y/o mejora de otros servicios: instalación de pantallas de información, servicio automático de turno, planos de situación del edificio «usted está aquí», red Wifi e implantación y/o actualización de páginas web dirigidas a mejorar la comercialización de los productos que cuenten con tienda online y pasarela de pago.
d) Logística y comercialización del producto, su presentación: creación de un packaging propio del mercado adecuado a las características específicas de los productos, incluidos sistemas de envasado al vacío.
e) Creación o mejora de aparcamientos para vehículos y/o bicicletas, siempre que sean contiguos a las instalaciones del mercado o plaza de abastos.
f) Actuaciones de conservación, mantenimiento, reposición y mejora de las instalaciones y de los equipamientos.
g) Actuaciones de promoción y dinamización de la plaza de abastos y mercado.
h) Actuaciones formativas y de asesoramiento dirigidas al mentoring comercial, aumento de la rentabilidad del punto de venta a través de técnicas de visual merchandising, colocación del producto y atención al cliente.
i) Los gastos imputables a las unidades gerenciales derivados del mantenimiento de los estándares de calidad del sello Mercado Excelente de Galicia, cuyas principales funciones serán la busca de la rentabilidad como negocio mediante la planificación estratégica, el correcto funcionamiento del mercado, la idónea atención al cliente, el desarrollo de planes de mejora en las instalaciones, las relaciones institucionales y con otros mercados y la implementación de procesos de mejora continua.
Los gastos subvencionables derivados de la prestación de estos servicios en ningún caso podrán llevarse a cabo por personal incluido en la relación de puesto de trabajo del propio ayuntamiento.
4.2. Plazas de abastos que no dispongan del sello de Mercado Excelente .
Se consideran actuaciones subvencionables las inversiones de diagnóstico de situación y usos del mercado y las posteriores actuaciones de formación y mentoring y acciones y medidas materiales derivadas de dicho diagnóstico, preparatorias para la obtención del sello de Mercado Excelente.
En concreto, se consideran subvencionables:
a) Diagnóstico de situación y usos del mercado realizada por una empresa de consultoría especializada.
Podrán acogerse a las actuaciones de este apartado todos los ayuntamientos que aún no cuenten con el sello de Mercado Excelente de Galicia.
El diagnóstico de situación y usos del mercado deberá incluir los siguientes aspectos:
• Un estudio de mercado.
• Un estudio de impacto económico actual y potencial de la plaza de abastos en su entorno.
• Recogida de percepciones y opiniones sobre el mercado por parte de los placeros/as y usuarios/as.
• Descripción de la oferta y de la demanda, existentes y futuras, nivel de ocupación y diversidad con inclusión de una ficha individual de los puestos activos del mercado así como las posibles actuaciones de mejora del mismo.
• Estrategia de optimización y redimensionamiento de usos, en su caso.
• Análisis y propuesta de actuaciones de innovación.
• Evaluación de los procedimientos administrativos relativos a la adjudicación de los puestos del mercado.
• Análisis DAFO.
• Cumplimentación, según la realidad existente, del anexo II de la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Actuaciones de preparación para la obtención del sello de Mercado Excelente:
Podrán acogerse a las actuaciones de este apartado los ayuntamientos que tengan concedido y justificado el diagnóstico de situación y usos del mercado y acrediten mediante la presentación de la herramienta de autoevaluación contenida en el anexo II de la Orden de 4 de enero de 2017, conseguir, al menos, la puntuación mínima en el capítulo I (herramienta de evaluación de la arquitectura) en aquellos aspectos que atañen al estado del edificio.
En concreto, se consideran actuaciones subvencionables:
– Acciones de mentoring y actuaciones de formación de los placeros/as y de la unidad gerencial.
– La ejecución de acciones y medidas materiales derivadas del diagnóstico de situación y usos del mercado previsto en el apartado a) que deberán incluir, en todo caso, acciones de mentoring y actuaciones de formación de los placeros/as y/o de la unidad gerencial.
Las actuaciones de mentoring y actuaciones de formación deberán recogerse en un proyecto que, en todo caso, concretará el número de horas, objetivos e indicadores para su medición.
Las acciones y medidas materiales derivadas del diagnóstico de situación y usos deberán recogerse en una memoria-propuesta que, en todo caso, será validada por la Dirección General de Comercio y Consumo con carácter previo a la concesión de la subvención y en la que se incluirá, junto con las propuestas de actuación, un cronograma de ejecución y los indicadores que permitan medir sus resultados respecto a cada anualidad, en su caso.
Las dos actuaciones anteriores deberán estar basadas en la propuesta de actuaciones de la diagnóstico de situación y usos del mercado previamente realizada.
5. Para las actuaciones contenidas en el apartado 4.1, el porcentaje subvencionable alcanzará el 50 % de la inversión, con un máximo de 150.000,00 euros de subvención por solicitante para los dos ejercicios (2019 y 2020). La cantidad máxima de subvención anual será de 75.000 euros por beneficiario. A pesar de lo anterior, el importe máximo de la subvención de la actuación prevista en la letra i) será de 10.000 euros por ejercicio.
La solicitud deberá corresponder a un conjunto de actuaciones coherente con los estándares de excelencia y en el proyecto con el que se consiguió el sello de Mercado Excelente, contribuirá a su mejora y detallará las actuaciones y los presupuestos a realizar en cada una de las anualidades, en su caso, y que constituyan un valor añadido en ellos, toda vez que deberán tener prioridad las actuaciones que respondan a las observaciones realizadas por la auditoría que se realice conforme al artículo 5 de la Orden de 5 de enero de 2017 si no fueran aún resueltas. De no hacerlo, deberá justificarse en la solicitud.
Para las actuaciones contenidas en el apartado 4.2.a) el porcentaje subvencionable alcanzará el 50 % de la inversión, con una inversión máxima por solicitante de 14.000 euros por solicitante.
Para las actuaciones contenidas en el apartado 4.2.b), el porcentaje subvencionable alcanzará el 50 % de la inversión, con un máximo de 40.000 euros de subvención por solicitante para los dos ejercicios (2019-2020).
6. Actuaciones y gastos no subvencionables:
a) Costes relativos a la adquisición o alquiler de bienes inmuebles.
b) Costes relativos a la redacción de proyectos técnicos que no lleven aparejada su ejecución para las actuaciones contenidas en el apartado 4.1.
c) Costes relativos a actuaciones del apartado 4.2.b) no recogidas en el diagnóstico de situación y usos del mercado del apartado 4.2.a) y/o no convalidadas por la Dirección General de Comercio y Consumo.
d) Costes relativos a la ejecución de acciones y medidas derivadas del diagnóstico de situación y usos del mercado que no estén vinculadas a la realización de actuaciones de mentoring y de formación.
e) Costes relativos a obras de nueva construcción de mercados y plazas de abastos.
f) Regalos promocionales, premios, trofeos, gastos de representación y la realización de recepciones y actos análogos.
g) Campañas de promoción o cualquier otra actuación que tenga por finalidad el patrocinio, colaboración o ayuda económica que comporten actividades lúdicas, turísticas o similares. En el caso de actuaciones del apartado 4.2 no se considerarán actuaciones subvencionables las campañas de promoción y dinamización del mercado.
h) Los impuestos recuperables o repercutibles por el/la beneficiario/a.
i) Aquellas que no estén directamente vinculadas con la realización de la actuación subvencionable.
Podrán ser beneficiarios/as de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, los ayuntamientos gallegos que cuenten con un mercado con el sello de Mercado Excelente otorgado de conformidad con la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia o aquellos que estén en el proceso para su obtención.
No podrán conseguir la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en los cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Los ayuntamientos deberán cumplir con el deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio en los términos previstos en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Subdirección Xeral de Artesanía, Entidades e Promoción Comercial
Servizo de Promoción Comercial e da Artesanía
Edificios Administrativos. San Caetano, 3º planta
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545419/ 981545594
Fax: 981545541
Email: cei.dxc.axudas@xunta.gal
012 (desde o resto do Estado 902 12 00 12)
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184962/ 981184914
Fax: 981184790
Email: axudas-IN223.cei.co@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294938/ 982294670
Fax: 982294681
Email: axudas-IN223.cei.lu@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense
Curros Enríquez, 1º - 4º
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386712/ 988386717
Fax: 988386727
Email: axudas-IN223.cei.ou@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Servizo de Coordinación Industrial de Vigo
Praza da Estrela, s/n
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817550/ 986817557
Fax: 986817580
Email: invigo@xunta.gal
Dirección Xeral de Comercio e Consumo
Orden de 11 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el impulso de una red de mercados excelentes de Galicia y se procede a su convocatoria (DOG nº 59 del 26 de marzo de 2019).
Extracto de la Orden de 11 de marzo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el impulso de una red de mercados excelentes de Galicia y se procede a su convocatoria (DOG nº 59 del 26 de marzo de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
27/03/2019 00:00 - 30/09/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 30 de septiembre de 2019, salvo agotamiento de crédito, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el portal de la Consellería de Economía, Empleo e Industria y que supondrá el cierre del plazo y la inadmisión de las solicitudes que se presenten con posterioridad.
En todo caso, la presentación de solicitudes en el antedicho plazo de ayudas para las actuaciones contenidas en el artículo 1.4.2.b) de las bases reguladoras, exigirá tener presentada la documentación justificativa de la realización del diagnóstico de situación y usos del mercado prevista en el artículo 1.4.2.a) de dichas bases.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado anexo II, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
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La documentación complementaria se presentará por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo con la copia electrónica presentada.
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No será necesario aportar los documentos que ya fueron presentados anteriormente.
A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento .
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Las solicitudes para participar en el procedimiento de concesión de las subvenciones se presentarán en la forma y en el plazo que se indica en la convocatoria.
En todo caso, la presentación de solicitud en el antedicho plazo de ayudas para las actuaciones contenidas en el artículo 1.4.2.b) exigirá tener presentada la documentación justificativa de la realización del diagnóstico de situación y usos del mercado prevista en el artículo 1.4.2.a).
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Las entidades interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Justificación de que se encuentra al corriente en la rendición de cuentas generales ante el Consejo de Cuentas de Galicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.
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b) Certificación del acuerdo de aprobación por el pleno del ayuntamiento, o del órgano municipal que ostente la atribución competencial, del proyecto de inversión, de la solicitud de subvención con su cuantía exacta y del plan de financiación del proyecto.
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c) Certificación de la secretaría de la Mesa Local del Comercio en el que conste la presentación del proyecto.
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En el caso de solicitud de actuaciones contenidas en el artículo 1.4.1, deberán aportar:
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Memoria explicativa que considere aspectos de interés, oportunidad y necesidad de la inversión y el programa de ejecución con especificación de las fechas de inicio y final previstos para cada anualidad, en su caso, acompañado del presupuesto desglosado de gastos para cada uno de ellos.
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En el supuesto de realización de obras: proyecto o memoria valorado, firmada por técnico competente, con detalle en el nivel de capítulo, de las actuaciones que se pretenden ejecutar, que incluirá un reportaje fotográfico.
En el caso de solicitud de actuaciones contenidas en el artículo 1.4.2.a) deberán aportar la estimación de los gastos, presupuesto detallado o factura proforma de los servicios a contratar.
En el caso de solicitud de actuaciones contenidas en el artículo 1.4.2.b) deberán aportar:
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El proyecto y/o la memoria-propuesta previstas en ese apartado.
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La estimación de los gastos, presupuesto detallado o factura proforma de los servicios a contratar.
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En el caso de realización de obras, proyecto o memoria valorado, firmada por técnico competente, con detalle en el nivel de capítulo, de las actuaciones que se pretenden ejecutar, que incluirá un reportaje fotográfico.
No será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supera los tamaños máximos establecidos o tiene un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La Dirección General de Comercio y Consumo, a través de los respectivos departamentos territoriales de la consellería, podrá solicitar a la entidad solicitante cuantos informes estime oportunos para la valoración del proyecto.
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Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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NIF de la entidad solicitante.
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DNI/NIE de la persona representante de la entidad solicitante.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilita la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Un mes
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvención a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro de ámbito superior al municipal o federaciones para la revitalización del comercio de proximidad y la incentivación del consumo a través del tique de dinamización comercial.
Obtención/renovación del sello de mercado excelente.