Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED303A - Reintegros individuales para la formación del profesorado.
1. El objeto de esta orden es establecer el procedimiento para el reintegro individual de gastos derivados de la participación como asistente a actividades de formación no organizadas por las estructuras de formación de la consellería que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el resto del territorio español o en el extranjero, y que se desarrollen entre los días 1 de enero y 31 de diciembre de 2019. La actividad deberá comenzar a partir del día 1 de enero y en caso de que finalice más tarde del plazo fijado por la orden, se podrá conceder el reintegro de manera proporcional al plazo de finalización. Solo se podrá presentar solicitud de reintegro para una actividad de formación dentro de este período.
2. Esta convocatoria, a los efectos de su identificación y acceso por las personas interesadas a los formularios de inicio en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se denomina Reintegros individuales para la formación del profesorado, con el código de procedimiento ED303A.
3. Para facilitar la distribución del presupuesto a lo largo del período anteriormente indicado se establecerán dos turnos. El primero abarcará las actividades que se desarrollen entre los días 1 de enero y el 30 de junio de 2019, y tendrá una dotación presupuestaria de 50.000 euros. El segundo será para actividades que se desarrollen entre los días 1 de julio y 31 de diciembre de 2019 y tendrá una dotación presupuestaria de 50.000 euros. Si una actividad tuviera inicio en el primer turno y fin en el segundo, será asignada al primer turno. En caso de que el presupuesto dedicado al primer turno no se agotase, pasará a incrementar el presupuesto del segundo turno.
4. En ningún caso se concederán reintegros para la asistencia a actividades de formación de carácter reglado, ni para formación en actividades que no puedan ser reconocidas a nivel individual de acuerdo con la Orden de 14 de mayo de 2013 por la que se regula la convocatoria, el reconocimiento y el registro de las actividades de formación permanente del profesorado en Galicia (DOG de 22 de mayo).
5. Los reintegros individuales se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 10.20.422I.640.1 por un total de 100.000 euros. Esta cuantía se podrá incrementar en la medida en que exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del ejercicio económico del año 2019, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. Una vez agotado el crédito, las solicitudes de reintegro serán automáticamente denegadas por haber agotado el presupuesto.
Podrá solicitar dichos reintegros el personal docente funcionario que imparta las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino en centros docentes públicos en que ejerza docencia directa con el alumnado, equipos de orientación específicos, puestos de asesoría dentro de la estructura administrativa de la consellería y en la Inspección educativa.
- El personal en prácticas podrá solicitar un reintegro por formación para la realización de actividades formativas siempre que estas no tengan lugar durante el período efectivo de las prácticas.
- Asimismo, podrán cursar solicitud las personas en situación de interinidad que mantengan esta condición tanto en el momento de la presentación de la solicitud como en el momento de la resolución de concesión prevista en el artículo 7. Estas personas harán indicación expresa de esta circunstancia, según el modelo del anexo I. A estos efectos se entenderá como personal interino únicamente aquellas personas que tengan nombramiento como tales hasta el final del curso o cursos académicos correspondientes.
- Los reintegros individuales regulados en esta orden son incompatibles con la percepción de otras ayudas que tengan por finalidad la asistencia a la actividad solicitada, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional da Coruña
Servizo Territorial de Inspección Educativa da Coruña
Vicente Ferrer, 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184797
Fax: 981184792
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Ourense
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Ourense
Rúa do Concello, 11
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386614
Fax: 988386788
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Lugo
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Lugo
Ronda Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294195
Fax: 982294214
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Territorial da Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional de Pontevedra
Servizo Territorial de Inspección Educativa de Pontevedra
R/ Fernández Ladreda, 43 - 8º andar
36001 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805967
Fax: 986805699
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inspección e Avaliación do Sistema Educativo
Servizo de Ordenación Educativa
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546515
Fax: 981546550
Email: reintegros.fprofe@edu.xunta.es
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 13 de junio de 2019 por la que se regula el procedimiento para el reintegro individual de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario para el año 2019 (DOG nº 120 del 26 de junio de 2019).
Extracto de la Orden de 13 de junio de 2019 por la que se regula el procedimiento para el reintegro individual de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario para el año 2019 (DOG nº 120 del 26 de junio de 2019).
Resolución de 26 de agosto de 2020, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, por la que se hace pública la relación de personas beneficiarias de reintegros individuales de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario durante el año 2019
Plazo de presentación: CERRADO
27/06/2019 00:00 - 10/10/2019 23:59
El plazo de presentación será de, al menos, 5 días hábiles de antelación con respecto a la fecha de comienzo de la actividad. Se considerarán días inhábiles los sábados, domingos y festivos. Tampoco podrá computarse como uno de estos 5 días hábiles de antelación el día de inicio de la actividad, pero sí contará como tal el día de presentación de la solicitud.
Para las actividades formativas que comenzaron a partir de 1 de enero, así como para aquellas que comiencen a partir del día de la publicación de esta orden y que no puedan cumplir el plazo de solicitud de 5 días hábiles de antelación, la solicitud se entenderá en plazo siempre que sea presentada dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.
El último día del plazo para la presentación de las solicitudes es el 10 de octubre de 2019.
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Las solicitudes se dirigirán a la jefatura territorial que corresponda y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED303A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento .
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Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Convocatoria de la actividad para la que se solicita el reintegro donde conste la denominación de la actividad de formación, las fechas de inicio y finalización de la actividad, el lugar de realización, la entidad organizadora, el programa de la actividad y el número total de horas de la actividad.
b) En caso de que la actividad ya hubiese sido realizada en el momento de presentación de la solicitud, copia de la certificación de asistencia y/o aprovechamiento expedida por el centro o la institución donde se realizó la actividad de formación. Si la actividad fue realizada en el extranjero deberá presentarse la traducción de esta certificación.
c) A los efectos de la comprobación del requisito establecido en el artículo 1.4 relativo a si la actividad para la que se solicita el reintegro puede ser reconocida a nivel individual de acuerdo con la Orden de 14 de mayo de 2013 por la que se regula la convocatoria, el reconocimiento, la certificación y el registro de las actividades de formación permanente del profesorado en Galicia:
En el caso de actividades realizadas en el territorio español no organizadas por universidades, documentación acreditativa de que la actividad cuenta con el reconocimiento de la correspondiente Administración educativa.
En el caso de actividades organizadas por universidades y realizadas en el territorio español, documentación acreditativa de que la actividad cuenta con la aprobación en Junta de Gobierno.
En el caso de actividades realizadas en el extranjero, documentación acreditativa de que la actividad fue organizada por un organismo oficial, por una universidad o por una institución de formación del profesorado oficialmente reconocida y que cuenta con prestigio acreditado por las autoridades educativas del respectivo país.
d) Presupuesto detallado de los gastos de matrícula y desplazamiento. En ningún caso se harán constar gastos de mantenimiento y alojamiento.
e) Memoria explicativa de los motivos por los que se desea asistir a la actividad y repercusión de la asistencia a esta en su función docente.
f) Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho, en caso de que se actúe por medio de una persona representante.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de el.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, Ley 39/2015, de 1 de octubre), la jefatura territorial correspondiente requerirá a aquellas personas cuyas solicitudes no reúnan los requisitos anteriormente señalados para que, en un plazo de 10 días hábiles, enmienden las faltas o aporten los documentos preceptivos; en caso de no hacerlo, se considerará que desistieron de su petición y se archivará el expediente después de la resolución que será dictada en los términos del artículo 21 de la referida ley.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Seis meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Autorización de cobro de cantidad por actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios a centros docentes privados concertados.