Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR807I - Programa I: fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación.
1. Este programa tiene por objeto fijar las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 del Programa de fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación, y proceder a su convocatoria para el año 2019.
2. La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre las mujeres, las personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los ayuntamientos del rural gallego.
El programa de fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación incluye los siguientes tipos de ayudas:
a) Subvención a la generación de empleo estable.
b) Subvención para formación.
c) Subvención para el inicio de la actividad.
d) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.
1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en este programa las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad, las siguientes circunstancias:
a) Que sean empresas de nueva creación.
b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.
c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.
d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotoras no figure ninguna persona jurídica.
f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.
g) Que, como mínimo, el 50 % de su capital social sea de titularidad de las personas promotoras y promotoras que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.
2. Además, también podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las empresas privadas que obtuvieran la calificación como iniciativa local de empleo (ILE).
Estas empresas, calificadas previamente como ILE, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos autónomos o autónomas y las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, deben estar constituidas y haber iniciado su actividad en el plazo máximo de un año desde la notificación de la resolución de calificación, o en su caso, en el plazo que se establezca en la resolución de calificación, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda.
La actividad desarrollada por la empresa debe coincidir con la del proyecto previamente calificado como iniciativa local de empleo.
En el caso de sociedades civiles y comunidades de bienes, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán, igualmente, la consideración de beneficiario. En cualquier caso, deberán nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poder bastante para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan a la agrupación.
3. Podrán ser beneficiarias las personas promotoras para la ayuda para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Emprego
Servizo de Emprego Autónomo
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545625 / 981957729
Fax: 981544678
Email: autónomos.emprego@xunta.gal
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Orden de 21 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y la consolidación del empleo a través del Programa I para las pequeñas empresas de nueva creación y del Programa II de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica, y se realiza su convocatoria para el año 2019 (DOG nº 18 de 25 de enero de 2019).
Extracto de la Orden de 21 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y la consolidación del empleo a través del Programa I para las pequeñas empresas de nueva creación y del Programa II de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica, y se realiza su convocatoria para el año 2019 (Programa I) (DOG nº 18 de 25 de enero de 2019).
Corrección de errores. Orden de 21 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y la consolidación del empleo a través del Programa I para las pequeñas empresas de nueva creación y del Programa II de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica, y se realiza su convocatoria para el año 2019 (DOG nº 30 del 12 de febrero de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
26/01/2019 00:00 - 31/07/2019 23:59
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en este programa comenzará el día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria y finalizará el 31 de julio de 2019.
Documentación general:
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Alta en el censo de obligados tributarios en la Agencia Estatal de Administración Triburaria.
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Memoria económica y descriptiva del proyecto empresarial firmada por la persona solicitante (según el modelo del anexo II).
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Listado firmado, uno para cada ayuda solicitada (excepto para la subvención a la generación de empleo estable), con la relación de inversiones y gastos (según el modelo del anexo III).
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Documentación acreditativa de la pertenencia al colectivo por el cual se opta(para los casos de exclusión social o discapacidad reconocida fuera de Galicia).
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Anexo VI, de ser el caso.
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Poder suficiente para actuar en nombre de la entidad, en su caso.
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Escritura de constitución de la entidad e inscripción en el Registro Mercantil, en su caso.
Documentación específica:
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a) Subvención para la generación de empleo estable
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Declaración del número de empleos estables de carácter indefinido ocupados por colectivos beneficiarios y relación nominal de ellos, con indicación de la fecha de incorporación efectiva, donde se hagan constar los costes salariales totales anuales de cada persona trabajadora por cuenta ajena por la que se solicita la subvención (según el modelo anexo IV).
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Documentos acreditativos de la incorporación efectiva con carácter indefinido y altas en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
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En su caso caso, documentos justificativos del nacimiento en Galicia de la persona solicitante y además en el caso, de alegar alguna relación de parentesco con la persona nacida en Galicia, documentación que acredite el vínculo con esta, en el caso de solicitar el incremento de emigrante retornado.
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En su caso caso, certificado de emigrante retornado, expedido por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, baja consular o cualquier otra documentación que acredite fidedignamente la residencia en el exterior y la fecha de retorno a España, en caso de solicitar el incremento de emigrante retornado.
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Documentación justificativa de haber obtenido o solicitado ante el Registro Civil la rectificación de la mención relativa al sexo o bien el cambio de nombre para la asignación de uno diferente al registrado al nacer, declaración responsable o cualquiera otra declaración acreditativa de esta condición, de ser el caso.
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b) Subvención para la formación
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Memoria descriptiva del curso/actividad de formación solicitada en que consten, entre otros, la justificación de su necesidad para el desarrollo de su formación gerencial o la relación directa con la actividad económica en la que esté de alta la empresa.
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Certificación de la entidad formadora en que consten, entre otros, los siguientes aspectos: nombre del curso/actividad, lugar y fechas de realización, módulos y distribución de horas, plazo de inscripción y número de plazas.
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Solicitud de inscripción o matrícula en el curso/actividad.
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Facturas y su correspondiente justificante bancario de su pago, de lo contrario facturas pro forma, en el caso de estar realizado en curso.
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c) Subvención para el inicio de actividad
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Facturas y, en el caso de estar efectivamente pagadas, el correspondiente justificante bancario de su pago o, en su defecto, facturas proforma o presupuestos de los proveedores y acreedores de los gastos objeto de la subvención.
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Declaración del número de puestos de trabajos estables que se crearán hasta el 31 de julio de 2018 y relación nominal de las personas que los vayan a ocupar, con indicación de aquellas por las que se solicita la subvención (según el modelo del anexo IV).
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En su caso caso, documentos justificativos del nacimiento en Galicia de la persona solicitante y además, en el caso de alegar alguna relación de parentesco con la persona nacida en Galicia, documentación que acredite el vínculo con esta, en el caso de solicitar el incremento de emigrante retornado.
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En su caso, certificado de emigrante retornado, expedido por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, baja consular o cualquier otra documentación que acredite fidedignamente la residencia en el exterior y la fecha de retorno a España, en caso de solicitar el incremento de emigrante retornado.
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Documentación justificativa de haber obtenido o solicitado ante el Registro Civil la rectificación de la mención relativa al sexo o bien el cambio de nombre para la asignación de uno diferente al registrado al nacer, declaración responsable o cualquiera otra declaración acreditativa de esta condición, de ser el caso.
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d) Subvención para a conciliación da vida persoal, laboral e familiar das persoas promotoras
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Libro de familia, con el nombre de las personas titulares de la familia y de los hijos/as menores de tres años. En su caso, documentos acreditativos del carácter monoparental de la familia.
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Anexo VI.
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Documento acreditativo del coste de la mensualidad de la guardería.
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Facturas y, en el caso de estar efectivamente pagadas, el correspondiente justificante bancario de su pago de las mensualidades ya abonadas en la fecha de la solicitud.
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Comprobación de datos.
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.
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DNI/NIE de la persona solicitante.
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DNI/NIE de la persona representante.
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NIF de la entidad solicitante.
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Vida laboral en el régimen especial de trabajadores autónomos.
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Informe de períodos de inscrición no Servizo Público de Emprego.
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Certificado de empadronamiento de la persona solicitante, en su caso.
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Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
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Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
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Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración Tributaria de Galicia.
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Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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MARQUE EN EL ANEXO I EL CUADRO CORRESPONDIENTE PARA SEÑALAR LAS CIRCUNSTANCIAS QUE LE SEAN DE APLICACIÓN
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Certificado de discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia, en su caso.
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- Declaración del número de empleos estables creados o que se van a crear con carácter inicial y relació nominal de las pesonas empleadas (Anexo IV)
- Memoria del proyecto empresarial (Anexo II)
- Comprobación de datos de la persona trabajadora contratada y de los miembros de su unidad familiar (Anexo VI)
- Solicitud (Anexo I)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas para el desarrollo de las actividades ordinarias de las organizaciones sindicales (Programa I).
Ayudas para promover el funcionamiento de gabinetes técnicos de las organizaciones sindicales y para planes de formación de cuadros de personal y delegadas y delegados sindicales (Programa II).
Ayudas para la puesta en marcha de laboratorios cooperativos en el rural. Programa II: impulso de proyectos empresariales colectivos.
Ayudas para el fomento del emprendimiento en economía social.
Programa III: Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jovenes inscritas en el sistema nacional de garantía juvenil.
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva (Linea 1).
Ayudas destinadas a la financiación de planes de formación compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva (Línea 2).