Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS304A - Concierto con las entidades juveniles y otras entidades públicas o privadas, para el uso de campamentos y albergues juveniles de la administración gallega.
La Consellería de Política Social convoca la presente oferta de uso de sus instalaciones juveniles para la campaña de verano de 2019, en los términos que se establecen en esta orden y de acuerdo con la distribución de plazas que se recoge en el anexo I.
Servicios ofertados y duración de los turnos .
El uso de las instalaciones ofertadas supondrá disponer:
a) De los servicios de agua, gas, electricidad y alimentación en régimen de pensión completa.
b) Del material, excepto el correspondiente a las actividades que la entidad o grupo vaya a realizar en la instalación, y que, en el caso de los campamentos, incluye también las tiendas de campaña, colchones y mantas.
c) Gerencia y personal de servicio.
La duración de los turnos y las instalaciones ofertadas serán las recogidas en el anexo I.
El primer servicio de alimentación será la comida del día de la incorporación y el último, la comida del último día de estancia concedido.
Podrán solicitar el uso de las instalaciones de referencia:
1. Las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y las escuelas de tiempo libre, debidamente constituidas y legalizadas.
2. Los consejos locales y municipales de juventud.
3. Las corporaciones locales.
4. Otras entidades públicas o privadas que realicen actividades con la juventud.
5. Grupos de personas jóvenes no asociadas que organicen actividades de tiempo libre sin ánimo de lucro y, en todo caso, a los efectos de realización de un programa de actividades para un mínimo de 15 personas. Una persona integrante del grupo asumirá el papel de representante de este y, como tal, será responsable del cumplimiento de las obligaciones que, como persona beneficiaria, le corresponden. Será necesario que el grupo tenga una denominación que lo identifique.
Obligaciones de las personas beneficiarias.
Las personas adjudicatarias estarán obligadas:
1. A cumplir los requisitos exigidos en el Decreto 50/2000, de 20 de enero, por el que se refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud.
2. A observar las normas de régimen interno de la instalación de la que sean adjudicatarios/as así como las indicaciones de la persona responsable de esta en lo referente a aquellos aspectos no recogidos expresamente en las citadas normas.
3. A responder de los actos que se realicen en las instalaciones concedidas y de las consecuencias que de ellos se deriven, así como de toda responsabilidad civil derivada de cualquier acto. Las actividades que desarrolle el grupo no tienen la consideración de actividades propias de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por lo que los riesgos, accidentes y daños derivados de las actividades que realice la entidad o grupo serán responsabilidad exclusiva de dicha entidad o del grupo adjudicatario.
4. A abonar el importe de los desperfectos que se produzcan en el material y en los equipamientos de la instalación durante el periodo de uso de esta.
5. En caso de que se quieran utilizar las piscinas de la instalación adjudicada, cada entidad deberá disponer de su propio personal socorrista.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Instituto da Xuventude de Galicia
Edificio Administrativo San Lázaro, 3º andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999025
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña
CC. Elviña - Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881240 / 881881241
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27001 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294224 / 982294251
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense
Avda. da Habana, 81 baixo
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386120 / 988386116
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo
Concepción Arenal, 8, 1º andar
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817078 / 986817781
Dirección Xeral de Xuventude
Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de esta consellería en régimen de oferta concertada durante la campaña de verano de 2019 (DOG nº 76 del 22 de abril de 2019).
Resolución de 23 de mayo de 2019, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución de 22 de mayo de 2019, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de esta consellería en régimen de oferta concertada durante la campaña de verano 2019 (DOG nº 101 del 29 de mayo de 20199.
Resolución de 4 de julio de 2019, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución do 1 de julio de 2019, relativa a la primera adjudicación, en fase de resultas, del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 8 de abril de 2019 por la que se regula el uso de instalaciones juveniles dependientes de esta consellería en régimen de oferta concertada durante la Campaña de verano 2019 (DOG nº 134 del 16 de julio de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
23/04/2019 00:00 - 07/05/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Las entidades locales, otras entidades, asociaciones y escuelas de tiempo libre presentarán las solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la subsanación.
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Los grupos de personas jóvenes no asociadas presentarán las solicitudes preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
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En el número de plazas solicitadas se incluirán las correspondientes a las personas integrantes del equipo de animación en caso de que la instalación se solicite para el desarrollo de actividades de tiempo libre. Asimismo, se incluirán las personas que acompañen a las personas jóvenes en calidad de responsables de estas, u otro personal que vaya a estar en la instalación durante el período solicitado.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la subsanación.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.
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Comprobación de datos .
1. De conformidad con la normativa de protección de datos personales, para la tramitación de este procedimiento se consultarán los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) NIF de la entidad solicitante.
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b) DNI/NIE de la persona representante.
Se consultarán también los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia correspondiente:
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c) Inscripción en el Registro de Entidades Juveniles de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado.
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d) Inscripción en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Reserva de las plazas, primer pago y renuncia .
1. Notificada la resolución las personas beneficiarias están obligadas, en el plazo de 10 días hábiles:
a) A ingresar, en concepto de reserva de plazas, el 25 % del importe correspondiente a las plazas adjudicadas. Dicha cantidad no será reintegrable, ni descontada en el siguiente pago, en el caso de que decayese la adjudicación realizada por incumplimiento de las obligaciones expresadas en este artículo, ni si la entidad adjudicataria anulase la reserva de utilización de la instalación o redujese el número de usuarios/as previstos/as o los días de uso solicitado.
b) A presentar de modo electrónico la siguiente documentación, dirigida al Servicio de Juventud y Voluntariado de la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social correspondiente a la provincia en la que esté la instalación adjudicada:
– Breve proyecto de actividades que se van a realizar. Las actividades incluidas en el proyecto deberán, en todo caso, respetar los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas en la Constitución española.
– Acreditación de la persona que suscribió la solicitud como representante de la entidad o grupo solicitante.
– Justificante del abono del 25 % expresado anteriormente.
En caso de grupos de personas jóvenes no asociadas, esta documentación se deberá presentar preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, también se podrá presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
2. Si transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación no se cumpliese lo dispuesto en el número anterior, se declarará expresamente, a través de la oportuna resolución, el incumplimiento de las condiciones de la resolución de adjudicación y las plazas adjudicadas quedarán a disposición de los/las demás solicitantes, conforme al procedimiento señalado en el artículo 11.
3. En caso de que alguna entidad o grupo no formal renuncie a las plazas adjudicadas, estas quedarán disponibles para cualquier solicitante que las demande y cumpla los requisitos exigidos en el artículo 3, y conforme al procedimiento señalado en el artículo 11. Las renuncias deberán formalizarse mediante correo electrónico en la dirección:
ofertaconcertada.benestar@xunta.gal
En caso de no comunicar la renuncia en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, en la convocatoria siguiente la entidad o grupo pasará a ocupar el último lugar dentro de los criterios de preferencia y prioridad descritos en el artículo 7 de esta orde.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Dos meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Plazas juveniles, Programa campaña de verano (Individual).
Plazas en residencias juveniles para personas estudiantes no becarias