Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED481D - Ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral (Modalidad B).
Esta orden establece las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través de la Gain, de apoyo a la etapa de formación posdoctoral y procede a su convocatoria.
El objeto del Programa de apoyo a la etapa posdoctoral es otorgar ayudas a las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y al IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia que contraten a personas tituladas superiores para su formación como doctores y doctoras en sus centros.
Para alcanzar tal fin se proponen, por una parte, la ampliación de la especialización en el extranjero del personal investigador doctor, mediante la financiación de contratos de un máximo de dos años de estancias de investigación posdoctoral en el extranjero y su reincorporación en la Comunidad Autónoma de Galicia mediante un contrato de retorno de un año de duración y, por otra, posibilitar la continuación de su formación y el establecimiento de una trayectoria investigadora propia para las personas que obtuvieron una plaza en la convocatoria del año 2016 del programa de ayudas de apoyo a la etapa inicial de formación posdoctoral, que acabaron el contrato y que obtuvieron una evaluación positiva, y para las personas investigadoras de la convocatoria del año 2014 a las que se les haya concedido el aplazamiento de la evaluación por circunstancias especiales, que completasen el programa y que obtengan una evaluación positiva.
Modalidad B: contrato de dos años de duración y ayuda complementaria para el establecimiento de una línea de investigación propia, dirigidos al personal doctor investigador beneficiario de un contrato en la modalidad A de la convocatoria de 2016 del Programa de formación inicial de la etapa posdoctoral, que acabaron el contrato y que obtuvieron una evaluación positiva y para aquellas personas investigadoras de la convocatoria del año 2014 a las que, por circunstancias especiales, se les haya concedido el aplazamiento de la evaluación, que completasen el programa y que obtengan una evaluación positiva. El objetivo es dar continuidad a su carrera investigadora posibilitando un perfeccionamiento en su formación y el establecimiento de una línea de investigación propia que les permita, en un futuro, consolidar su trayectoria (anexo II, código de procedimiento ED481D para las solicitudes presentadas por una universidad del SUG e IN606C para las solicitudes presentadas por las demás entidades).
Número, duración e importe de las ayudas .
En la modalidad B: 21 ayudas (la previsión inicial es de 20 en universidades del SUG y 1 en el resto de entidades beneficiarias), de un máximo de dos años, que se desarrollarán en las fechas que se indiquen en la resolución de adjudicación, que tendrá que ser a partir de 15 de noviembre de 2019 hasta la fecha que corresponda según la firma de los contratos de las personas seleccionadas, por un importe total máximo de 49.000 euros anuales cada una de ellas, de acuerdo con el desglose que se describe en el artículo 3 del anexo II.
Si la entidad beneficiaria formaliza un contrato que implique una cuantía superior a la estipulada deberá aportar la diferencia.
En ningún caso le serán exigibles a la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional o a la Gain más obligaciones que el cumplimiento de las condiciones de la subvención o ayuda en los términos señalados en esta convocatoria.
Objeto de la ayuda .
Ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Gain, de apoyo a la etapa de formación posdoctoral, con el objeto de dar continuidad a la formación del personal investigador que obtuvo una plaza en la modalidad A de la convocatoria de 2016 del Programa de formación inicial de la etapa posdoctoral, 2016, que acabó el contrato y que consiguió una evaluación positiva, y para aquellas personas investigadoras de la convocatoria del año 2014 a las que, por circunstancias especiales, se les haya concedido el aplazamiento de la evaluación, que hayan completado el programa y que consigan una evaluación positiva, mediante la financiación de un contrato de dos años de duración.
Cuantía y duración .
El número máximo de contratos que podrán formalizarse con cargo a estas ayudas es de 20 para las universidades del SUG y 1 para las demás entidades, por un período máximo de dos años, sin posibilidad de prórroga, y de acuerdo con la siguiente distribución:
a) Un total de 38.000 euros anuales, incluyendo en este importe la retribución bruta anual y el pago de los costes sociales.
b) Una ayuda complementaria por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación con el siguiente desglose por anualidades: 10.000 euros en 2020 y 2021 y 5.000 euros en 2022.
Para que estos contratos sean financiables será preciso que las personas contratadas permanezcan un mínimo de tres meses en el programa.
c) Un complemento a cada una de las universidades beneficiarias que se establece en 1.000 euros anuales por cada persona contratada con cargo a estas ayudas para cubrir los gastos asociados a la contratación.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las universidades del SUG, los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y el IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia siempre que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato laboral de duración determinada con dedicación a tiempo completo, de acuerdo con el marco legislativo actual, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a dicha entidad.
Podrán acceder a estas ayudas los organismos y entidades señaladas en el párrafo anterior que presenten como candidatas a personas con el grado de doctor que cumplan en la fecha de cierre de la convocatoria las condiciones que se indican en el anexo II.
Las personas que contraten las distintas entidades con cargo a estas ayudas deberán cumplir en la fecha límite de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Haber sido seleccionada en la modalidad A de la convocatoria de 2016 de la etapa inicial de formación posdoctoral o en la convocatoria de 2014 y que por circunstancias especiales se le haya concedido el aplazamiento de la evaluación.
b) Que hayan finalizado el contrato.
c) Que obtuviese una evaluación positiva en dicho programa.
El contrato deberá desarrollarse en la misma entidad y por la misma área en que la persona contratada desarrolló su contrato de la etapa inicial de formación posdoctoral. No se autorizarán cambios de plaza y área durante la vigencia del contrato, excepto por circunstancias sobrevenidas de fuerza mayor.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Secretaría Xeral de Universidades
Subdirección Xeral de Promoción Científica e Tecnolóxica Universitaria
Servizo de Planificación e Estruturación da Investigación
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995152 / 881995157
Fax: 881999135
Email: sxu@edu.xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Axencia Galega de Innovación (GAIN)
Rúa Airas Nunes, s/n (Conxo) - 15781 Santiago
15702 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957392 / 981957387
Fax: 981541039
Email: programas.gain@xunta.es
Subdirección Xeral de Universidades
Orden de 19 de junio de 2020, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se amplía la duración y el crédito de las ayudas vigentes de apoyo a la etapa posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del sistema gallego de I+D+i, a consecuencia de la situación creada por la evolución de la pandemia COVID-19 (DOG nº 128 de 30 de junio de 2020)
Resolución de 22 de mayo de 2020 por la que se acuerda la apertura de los procedimientos del programa 561B de investigación universitaria que están suspendidos como consecuencia de la declaración del estado de alarma provocado por el COVID-19 (DOG nº 107 de 3 de junio de 2020).
Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (DOG nº 111 del 13 de junio de 2019).
Extracto de la Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (DOG nº 111 del 13 de junio de 2019).
Orden de 30 de septiembre de 2019 por la que se modifica la Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019 (DOG nº 201 del 22 de octubre de 2019).
Resolución de 29 de octubre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se adjudican las ayudas del anexo II, modalidad B, de la Orden de 28 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019, modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2019 (DOG nº 213 del 8 de noviembre de 2019).
Resolución de 27 de noviembre de 2019 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 29 de octubre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se adjudican las ayudas del anexo II, modalidad B, de la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019, modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2019 (DOG nº 233 de 9 de diciembre de 2019).
Resolución de 23 de julio de 2020 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 24 de septiembre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se adjudican las ayudas del anexo I, modalidad A, de la Orden de 28 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019, modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2019 (DOG núm. 154 de 3 de agosto de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
01/08/2019 00:00 - 02/09/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes para la modalidad B será del 1 al 31 de agosto de 2019.
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Solicitud según el Anexo IV, acompañada de la siguiente documentación:
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Declaración responsable de la persona candidata a ser destinataria de la ayuda (anexo V).
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Aceptación en el grupo de investigación o equivalente (anexo VI).
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Aceptación del departamento, unidad de trabajo o equivalente (anexo VII).
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Plan de trabajo.
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CV actualizado.
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Documentos justificativos de los méritos alegados.
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Memoria.
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Certificado de la universidad indicando que la persona candidata fue contratada en el programa de formación posdoctoral de la convocatoria de 2016 o de la convocatoria de 2014 (en caso de que le haya sido concedido el aplazamiento de la evaluación).
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Comprobación de datos .
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y presentar una copia de los documentos.
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DNI o NIE de la persona representante.
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Certificado de estar al corriente en el pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
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Certificado de estar al corriente en el pago con la Agencia Tributaria de Galicia.
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Las entidades solicitantes presentarán las solicitudes de manera individualizada para cada una de las personas candidatas propuestas. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados ED481B para la modalidad A (anexo III) y ED481D para la modalidad B (anexo IV), en el caso de las universidades del SUG, e IN606B para la modalidad A (anexo III bis) e IN606C (anexo IV bis) para la modalidad B en el caso de las demás entidades, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
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Cada persona solamente podrá ser presentada como candidata por una única entidad beneficiaria y siempre y cuando reúna los requisitos exigidos.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Todos los trámites administrativos que las entidades solicitantes deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la entidad solicitante disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción, depósito documental y certificación de la sección del Registro de Fundaciones de Interés Gallego del Protectorado de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.
Ayudas para la atracción de talento investigador en la categoría de personal investigador distinguido en las universidades del SUG.