Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED010A - Comisión de servicios del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral.
1. Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de adscripción de forma temporal, en comisión de servicios, a tareas propias de su cuerpo en plazas distintas del destino que se ocupa y para las que esté habilitado, al personal funcionario de carrera y al personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral (código de procedimiento ED010A).
2. También podrá solicitar esta adscripción el personal funcionario de carrera en expectativa de destino, el personal nombrado funcionario en prácticas, el personal que superó el procedimiento selectivo correspondiente y está pendiente de ser nombrado funcionario en prácticas y el personal funcionario interino docente dependiente de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional.
3. Esta adscripción temporal en comisión de servicios estará supeditada a la existencia de plaza vacante o necesidad de profesorado para el curso académico correspondiente y que le corresponda la adjudicación de una plaza de las solicitadas de acuerdo con los criterios establecidos en la regulación de la adjudicación de destinos provisionales para el curso académico que corresponda.
4. La adscripción provisional al personal que superó el procedimiento selectivo y está pendiente de ser nombrado funcionario en prácticas se realizará inmediatamente después de la adjudicación de destinos provisionales al personal funcionario de carrera.
5. La adscripción provisional al personal funcionario interino docente se realizará después de la adjudicación de destinos provisionales al personal que ese año superó el procedimiento selectivo para ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y estará, además, supeditada a que le corresponda prestar servicios en función del número de plazas ofertadas de la especialidad y del número de orden en la adjudicación de la persona funcionaria docente interina.
Podrán solicitar adscripción temporal a tareas propias de su cuerpo en régimen de comisión de servicios por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, a distinta localidad, en su caso, de su centro de destino:
a) El personal funcionario de los cuerpos docentes regulados en la Ley orgánica de educación, dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que se encuentre en situación de servicio activo, de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.
b) El personal que superó el procedimiento selectivo de ingreso o acceso en el cuerpo correspondiente y esté pendiente de ser nominado funcionario en prácticas por la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.
c) El personal laboral docente dependiente de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que se encuentre en situación de servicio activo o de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por violencia de género en el plazo de solicitud establecido en el artículo 7.
1. Tipo I) Tener un hijo o hija menor de cuatro años, o tener y convivir con un hijo o hija menor de ocho años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
Tipo II) Tener dos hijos o hijas menores de seis años o un hijo o hija menor de seis años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o tener y convivir con dos hijos o hijas menores de diez años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
Tipo III) Tener tres hijos o hijas menores de doce años o dos hijos o hijas menores de doce años si uno de ellos tiene un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o tener y convivir con tres hijos o hijas menores de dieciséis años cuando se trate de un núcleo familiar compuesto por un único progenitor o progenitora que no conviva con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal.
La edad de los hijos o hijas se computará a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a aquel en el que se efectúa la solicitud.
Podrá, asimismo, efectuarse la solicitud cuando exista embarazo a término final con anterioridad al mes de marzo del año siguiente a aquel en el que se presenta la solicitud. En el caso de adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, la edad se computará desde la resolución judicial o administrativa.
2. Tener, en su caso, destino definitivo en una localidad a una distancia superior a 60 km de la localidad de residencia.
No será exigible este requisito a aquellas personas que presten servicios en los centros de educación infantil, educación infantil y primaria, educación primaria, colegios rurales agrupados, centros de educación especial y centros públicos integrados que tienen régimen de jornada partida.
3. Haber solicitado, de reunir los requisitos, excepto casos excepcionales que serán valorados por la comisión de valoración, plaza en el último concurso de traslados para la localidad o localidades en las que se solicita la comisión de servicios.
4. Cuando ambos/as cónyuges o pareja de hecho sean personal docente, solo una de las dos personas podrá solicitar la comisión de servicios.
5. Podrán solicitar esta comisión las dos personas progenitoras en los supuestos de custodia compartida en virtud de sentencia judicial.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Servizo de Profesorado de Educación Infantil e Primaria
Edificio Administrativo San Caetano s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544482/ 981545440/ 981957825/ 981545495/ 981544487
Fax: 881999241
Email: persoal.primaria@edu.xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Recursos Humanos
Servizo de Profesorado de Ed. Secundaria, de Formación Profesional e de Réxime Especial
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545406/ 981545407/ 981545408/ 981545409
Fax: 981545484
Email: persoal.secundaria@edu.xunta.es
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Orden de 15 de abril de 2019 por la que se regula la adscripción de forma temporal, en comisión de servicios y a petición de la persona interesada, del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte docencia en centros dependientes de esta consellería, en atención a situaciones de conciliación de la vida familiar y laboral (DOG nº 82 del 30 de abril de 2019).
Orden de 14 de mayo de 2020 por la que se abre el plazo para que el personal docente solicite comisión de servicios por motivos de salud, en atención a la situación de conciliación de la vida familiar y laboral, y el personal docente interino y sustituto solicite no participar en la convocatoria de adjudicación de destinos provisionales para el curso académico 2020/21 (DOG nº 97 de 20 de mayo de 2020).
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros, convocado por la Orden de 19 de octubre de 2020 (Diario Oficial de Galicia número 219, de 30 de octubre) (DOG nº 94 del 21 de mayo de 2021).
Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores técnicos de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación, convocado por la Orden de 26 de octubre de 2021 (Diario Oficial de Galicia número 214, del 8 de noviembre) (DOG nº 73 del 18 de abril de 2022).
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente del cuerpo de maestros (código de procedimiento ED012A), convocado mediante la Orden de 4 de octubre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 196, de 14 de octubre) (DOG nº 91 del 12 de mayo de 2023).
Orden de 21 de junio de 2023 por la que se hace pública la relación de personal que superó los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso, mediante concurso de méritos, a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores especialistas en sectores singulares de la formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos de música y artes escénicas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño y de maestros de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de procedimiento ED001B) (Diario Oficial de Galicia número 206, de 28 de octubre; corrección de errores, Diario Oficial de Galicia número 216, de 14 de noviembre) (DOG nº 124 del 30 de junio de 2023).
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación (DOG nº 72 del 12 de abril de 2024).
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario docente de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, maestros de taller de artes plásticas y diseño, maestros, inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de educación (código de procedemento ED012A) (DOG nº 72 del 12 de abril de 2024).
Plazo de presentación: ABIERTO
18/07/2019 00:00 - 29/07/2019 23:59
25/05/2020 00:00 - 05/06/2020 23:59
24/05/2021 00:00 - 04/06/2021 23:59
14/07/2021 00:00 - 26/07/2021 23:59
19/04/2022 00:00 - 02/05/2022 23:59
13/07/2022 00:00 - 21/07/2022 23:59
15/05/2023 00:00 - 29/05/2023 23:59
06/07/2023 00:00 - 24/07/2023 23:59
15/04/2024 08:00 - 26/04/2024 23:59
15/07/2024 00:00 - 23/07/2024 23:59
Apertura del plazo para el personal opositor que supere el procedimiento selectivo convocado por la Orden de 31 de enero de 2024 de conformidad con el artículo 7.2 de la Orden de 15 de abril de 2019.
Plazo: 15/07/2024 a 23/07/2024, ambos incluidos.
Solicitudes .
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del fomulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Las solicitudes también podrán cumplimentarse en la página web de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos http://www.edu.xunta.es/cadp y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerá como fecha de la presentación de la solicitud aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).
Petición a centros y/o localidades .
Las personas interesadas deberán solicitar en primer lugar el centro o centros de la localidad o localidades que se encuentren en un radio de 20 km del lugar de su residencia, excepto los centros penitenciarios, los centros de educación permanente de adultos y los centros ordinarios en los que se imparten enseñanzas de adultos y aquellos otros centros en los que se imparten enseñanzas en régimen de jornada partida, que serán de solicitud voluntaria.
Podrán añadirse voluntariamente peticiones a centros o localidades que se consideren convenientes, teniendo en cuenta que, en este caso, es preceptivo solicitar los centros o localidades a las que se hace referencia en el párrafo anterior.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimient o.
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Las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
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a) Informe médico con la fecha probable de parto cuando exista embarazo a término final con anterioridad al mes de marzo del año siguiente a aquel en el que se presenta la solicitud, en su caso. En el informe deberá constar, asimismo, si el embarazo es simple, gemelar o de trillizos/as.
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b) Certificación literal de nacimiento o copia del libro de familia actualizado, en todo caso.
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c) Copia de la sentencia judicial por la que se establezca la custodia compartida, en su caso.
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d) Copia de la resolución judicial por la que se constituya la adopción o el acogimiento permanente o preadoptivo, en su caso.
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e) Copia de la resolución administrativa de acogimiento permanente o preadoptivo cuando no hubiese sido expedida por la Xunta de Galicia, en su caso.
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f) Copia de la resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 % de los hijos o hijas menores de doce años, en su caso, cuando no hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia.
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No será necesario presentar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente siempre que no se hayan modificado las circunstancias familiares. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI/NIE de la persona solicitante o de la persona representante.
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b) Certificado de residencia de la persona solicitante.
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c) Resolución administrativa de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 % de los hijos o hijas menores de doce años cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación.
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d) Resolución administrativa de acogimiento permanente o preadoptivo respecto de los hijos o hijas menores de dieciséis años en dicha situación cuando hubiera sido expedida por la Xunta de Galicia, para aquellas circunstancias en las que sea de aplicación.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y presentar los documentos.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Comisión de servizos do persoal funcionario dos corpos docentes e do persoal laboral docente que imparte as ensinanzas reguladas na lei orgánica 2/2006, do 3 de maio, de educación, en centros dependentes da consellería de educación, universidade e formación profesional en atención a situacións persoais especiais por motivos de saúde.
Actualización y/o modificación del expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte enseñanzas no universitarias en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.
Participación en el concurso general de traslados de los cuerpos de personal docente no universitario dependiente de la consellería competente en materia de educación.
Participación en el concurso de traslados específico entre el persoal funcionario docente del cuerpo de maestros para cubrir plazas de jefatura de departamento de orientación en los colegios públicos de educación infantil y primaria y de educación primaria dependientes de la consejería competente en materia de educación.
Participación en el concurso de méritos específico entre personal funcionario de carreira y en prácticas del cuerpo de maestros para cubrir, en comisión de servicios, puestos de escolarización a alumnado de atención preferente.
Concurso específico de méritos para proveer puestos de personal docente en plazas sometidas a convenio o a programas específicos da consellería competente en materia de educación.