Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT724A - Ayudas para estudios e inversiones vinculadas a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la red de reservas de la biosfera de Galicia.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 (procedimiento MT724A) de las ayudas recogidas en el apartado 1.f) del artículo 20 del Reglamento 1305/2013 (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader); ayudas contempladas en el marco de la operación 7.6 del Programa de desarrollo rural de Galicia para el período de programación 2014-2020, cuya denominación es estudios e inversiones vinculados a la conservación del patrimonio cultural, natural y sensibilización ecológica.
La finalidad de esta orden es promover la conservación y valorización del patrimonio natural y cultural de zonas rurales con un elevado y contrastado valor natural como son las reservas de la biosfera.
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos incluidos en el ámbito territorial de cualquiera de las reservas de la biosfera de Galicia.
2. Es condición necesaria para la admisibilidad de las acciones que estas estén incluidas específicamente o bien sean coherentes con un instrumento de planificación: plan de acción de una reserva de la biosfera, plan de gestión de un espacio o especie protegida, planes de ordenación cinegética, planes de gestión de poblaciones ictícolas y planes técnicos de ordenación de los aprovechamientos piscícolas, entre otros. Además, se realizarán en coherencia con los planes de desarrollo de los municipios, cuando existan dichos planes o, en su caso, con las estrategias de desarrollo local pertinentes.
3. En especial, si la actuación se realiza dentro de un espacio natural protegido, debe ser acorde con la normativa establecida en los instrumentos de planificación aprobados por la Administración autonómica.
4. Por tratarse de un requisito de admisibilidad, se hará referencia obligada en el anexo I de esta orden a la disposición, acuerdo o decisión por la que se aprobó el instrumento de planificación en el que se enmarca o tipifica la actuación propuesta. Se comprobará a lo largo del procedimiento su validez y vigencia.
5. Las inversiones se realizarán sobre propiedades de la entidad beneficiaria de la ayuda y siempre que su ejecución no corresponda a personas jurídicas de derecho privado, extremo que se comprobará a lo largo de la tramitación de este procedimiento. Tampoco se considerarán subvencionables las inversiones para las que exista una reserva de dominio o cesión a favor de terceros.
6. No será subvencionable la compra e instalación de maquinaria o equipos de segunda mano, ni los gastos relativos al traslado de maquinaria ya existente hasta el local o emplazamiento del proyecto.
7. Las inversiones en maquinaria y equipaciones financiadas mediante leasing pueden ser subvencionables si existe un compromiso de adquisición del bien al término del contrato de leasing y, en todo caso, dentro del plazo previsto para la ejecución del proyecto.
8. En ningún caso podrán tener la condición de entidades beneficiarias aquellas que concurran en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
9. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las diputaciones provinciales y las mancomunidades de ayuntamientos.
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Subdirección Xeral de Espazos Naturais
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981-547202
Email: dxpn.cmatv@xunta.gal
Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Orden de 6 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOG nº 151 de 9 de agosto de 2019).
Extracto de la Orden de 6 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 de las ayudas para estudios e inversiones vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (DOC nº 151 de 9 de agosto de 2019).
Resolución de 26 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se publican las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 6 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 de las ayudas para estudios e inversión vinculados a la conservación, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural y cultural y a la sensibilización ecológica en la Red de reservas de la biosfera de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020 (DOG nº 235 de 11 de diciembre de 2019)
Plazo de presentación: CERRADO
10/08/2019 00:00 - 09/09/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes, anexo I, será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Las solicitudes irán dirigidas a los servicios de Patrimonio Natural de la jefatura territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda correspondiente. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
1. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), de conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y de las entidades de ella dependientes.
2. Si se presenta la solicitud presencialmente, se requerirá su enmienda a través de su presentación electrónica. A tales efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
3. Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación necesaria
Junto con la solicitud, deberá presentarse copia de la siguiente documentación:
1. Para toda persona interesada:
a) Acreditación del/de la representante que figure en la solicitud por cualquier medio válido en derecho de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
b) Anteproyecto o memoria técnica justificativa de las actuaciones firmada por personal técnico competente justificativa de las acciones que deberá contener, como mínimo, la descripción de los trabajos o actividades justificando en el espacio en el que se va a trabajar, superficie de actuación y objetivos ambientales a los que contribuirá la actuación, relación valorada, planos de situación y detalle, presupuesto detallado con el IVA desglosado, calendario y plazo aproximado de ejecución. En el caso de prever recurrir a medios propios de la entidad, se presentará la documentación del proyecto desglosado diferenciando el coste de la mano de obra que se va a usar junto con sus previsibles costes materiales. Se proporcionarán, como mínimo, los datos indicados en lo anexo III.
Cuando la ayuda solicitada sea aprobada y la inversión supere los 12.000 € se presentará, en el plazo de un mes desde el día seguinte al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, un proyecto con los mismos datos que el documento descriptivo, firmado por personal técnico competente. En el caso de que la documentación técnica presentada junto con la solicitud cumpla con todos los requisitos exigibles a un proyecto de obra, no será necesaria la presentación de un nuevo proyecto debiendo la persona beneficiaria comunicarlo al Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión.
c) Tres ofertas de tres empresas diferentes presupuestando la ejecución de aquellas unidades que se prevea ejecutar mediante contratación. Los precios de las unidades de obra de las actuaciones subvencionables deben ajustarse al valor de mercado. Las ofertas presentadas deberán incluir los mismos elementos para ser comparables. Se debe respetar la moderación de costes tal y como establece el artículo 48.2.e) del Reglamento de ejecución (UE) 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio. Para ello, y para todos los gastos incluidos en la solicitud de ayuda, se deberán solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación y presentarlas con la solicitud de ayuda. Las ofertas presentadas para cada gasto deberán cumplir los siguientes requisitos:
-
a) Deberán proceder de empresas que tengan como objeto social la fabricación o suministro de los bienes o servicios incluidos en la oferta, salvo en el caso de la compra de terrenos y edificaciones.
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b) No podrán proceder de empresas vinculadas entre ellas, ni con la entidad solicitante, en los términos establecidos en la legislación de contratos del sector público.
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c) Deberán incluir, como mínimo, el NIF, nombre y dirección de la empresa ofertante, el nombre o razón social de la empresa solicitante de la ayuda, la fecha de expedición y una descripción detallada de los conceptos ofertados. Para que la descripción de los conceptos se considere detallada deberá incluir, en el caso de obra civil e instalaciones, la relación pormenorizada y cuantificada de las unidades de obra que incluya, en el caso de equipaciones, su marca, modelo y características técnicas y, en el caso de presentación de servicios, la descripción detallada de estos.
No se considerarán admisibles las ofertas presentadas que no reúnan estos requisitos, lo cual podrá dar lugar a la exclusión como subvencionable del gasto justificado con esa oferta.
La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía, y debe justificarse expresamente en una memoria la elección, basada en los criterios señalados, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente, en el caso de conceptos subvencionables que por sus características especiales no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo ofrezcan, la moderación de costes podrá justificarse alternativamente mediante un informe de un tasador, perito o de un organismo público autorizado en el cual se determine justificadamente su valor de mercado.
No se considerarán subvencionables los gastos en los que no se justifique la moderación de costes conforme a los criterios y requisitos señalados en este punto.
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d) Autorizaciones o permisos correspondientes para llevar a cabo la intervención o, al menos, su solicitud.
2. Se debe presentar, además, la siguiente documentación complementaria:
a) Certificación expedida por la secretaría del ayuntamiento relativa a la resolución adoptada por el órgano local competente, en la cual dispone solicitar la subvención regulada en esta orden y de la disponibilidad de los terrenos, en caso de ser necesario.
b) Certificación expedida por la secretaría del ayuntamiento relativa a la titularidad municipal del bien, en caso de que estén previstas actuaciones sobre bienes inmuebles.
La documentación complementaria se presentará obligatoriamente por vía electrónica. Las entidades interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presentan. Si presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños límite establecidos por la sede electrónica o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para toda persona interesada:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante, en su caso.
c) Documento que acredite la titularidad de los terrenos o bienes.
d) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
e) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
f) Certificado de estar al corriente del pago con la Consellería de Hacienda.
g) Fichas Sixpac de las parcelas beneficiadas por la acción a partir de las referencias proporcionadas por la entidad solicitante.
2. En caso de que las entidades interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el anexo I y adjuntar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilita la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las entidades interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Memoria técnica de las actuaciones (Anexo III)
- Solicitud (Anexo I)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Aprobación del plan anual de aprovechamiento cinegético.
Aprobación de la renovación del plan de ordenación cinegética.
Comunicación previa de las cacerías que se realicen bajo la modalidad de batida, montería, espera y rececho.
Autorización para cazar en zona de seguridad.
Ayudas para actuaciones de municipios y entidades en las reservas de la biosfera de Galicia con cargo al PRTR - financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
Ayudas para actuaciones por parte de los órganos de gestión de las reservas de la biosfera de Galicia con cargo al PRTR – financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.