Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TU200A - Ayudas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia.
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases, que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas para los/las alumnos/as que cursen las titulaciones que imparte el Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG), así como efectuar su convocatoria para el curso 2018/19.
Estas bases tienen por objeto el establecimiento de becas de matrícula, en régimen de concurrencia competitiva, para los/las alumnos/as que cursen las titulaciones que imparte el CSHG, para el curso 2018/19.
Clases e contías das bolsas.
1. As bolsas consistirán no desconto dunha parte porcentual dos prezos da matrícula en réxime externo da titulación en que se matricule.
2. Segundo a contía, establécense dúas modalidades:
Bolsas tipo I: cobren aproximadamente o 80 % da matrícula en réxime externo.
Bolsas tipo II: cobren aproximadamente o 50 % da matrícula en réxime externo.
3. Conforme as titulacións que se imparten no CSHG distribuiranse nos seguintes grupos:
a) Seis (6) bolsas tipo I para o 1º curso de diploma superior en Xestión Hoteleira.
b) Doce (12) bolsas tipo II para o 1º curso de diploma superior en Xestión Hoteleira.
c) Tres (3) bolsas tipo II para o 1º curso de diploma de Gastronomía e Xestión en Cociña.
Podrán solicitar estas becas los/las alumnos/as que reúnan los requisitos académicos y económicos que establece esta resolución y hayan hecho, si procede, la reserva de plaza en alguna de las titulaciones del CSHG para el curso 2018/19.
Obligaciones de las personas solicitantes y beneficiarias.
Las personas solicitantes deben cumplir los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, según lo indicado en el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.
El alumnado que resulte beneficiario de estas becas se compromete al cumplimiento de lo establecido en esta convocatoria y en su resolución, así como a cumplir las siguientes obligaciones:
a) Seguir durante el curso académico, con carácter presencial, los estudios en que esté matriculado y no anular la matrícula.
b) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos para la concesión y disfrute de la beca.
c) Cooperar con la Administración en las actuaciones de comprobación que sea necesario verificar, si procede, del cumplimiento y la efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
d) Comunicar por escrito cualquier variación o modificación que se produzca durante la tramitación del procedimiento respecto de las circunstancias alegadas en la solicitud o en la declaración responsable y de someterse a las actuaciones de comprobación que acuerde la Agencia Turismo de Galicia.
e) Comunicar a la Agencia Turismo de Galicia la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien el coste de la matrícula solicitada, así como la modificación de las circunstancias que hayan fundamentado la concesión de la beca.
f) Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las becas, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
g) Comunicar por escrito la renuncia a la beca en el caso de producirse una causa que determine dicha renuncia.
h) Suministrar a la Agencia Turismo de Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por la Agencia Turismo de Galicia de las obligaciones previstas en el título I de la citada ley.
Para poder optar a la concesión de una beca deberán cumplirse las siguientes condiciones:
1. Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus progenitores/tutores o representante legal se encuentren trabajando en España. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar su condición de residentes, quedando excluido de concurrir a estas becas quien se encuentre en situación de estancia.
2. No estar en posesión de una titulación universitaria del mismo nivel o superior.
3. Matricularse por primera vez en el curso para el cual se pide la beca.
4. No tener en vigor una beca o exención del CSHG.
Requisitos específicos según el tipo de becas.
a) Para las becas de 1er curso de diploma superior en Gestión Hotelera, acreditar una calificación en la prueba de acceso a la universidad (PAAU) o en otras enseñanzas que le permitan el acceso, con exclusión de la calificación de la fase específica, igual o superior a 5 puntos antes de que finalice el plazo de solicitud de estas becas.
b) Para las becas de diploma de Gastronomía y Gestión en Cocina, acreditar haber superado el bachillerato (o equivalente), ciclo formativo superior u otras enseñanzas superiores, antes de que finalice el plazo de solicitud de estas becas.
c) En ambos casos, la renta familiar no debe superar los límites de renta establecidos en el artículo 9 de esta resolución.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Dirección de Profesionalización
A Barcia. Estrada Santiago-Noia Km.3
15896 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981542519 / 981542559
Fax: 981542590
Email: informacion.cshg@xunta.es.
Axencia Turismo de Galicia
Resolución de 28 de junio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia y se procede a su convocatoria para el curso 2018/19 (DOG nº 130 del 9 de julio de 2018).
Extracto de la Resolución de 28 de junio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia y se procede a su convocatoria para el curso 2018/19 (DOG nº 130 del 9 de julio de 2018).
Resolución de 29 de noviembre de 2018 por la que se da publicidad a las becas concedidas al amparo de la Resolución de la Agencia de Turismo de Galicia de 28 de junio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia y se procedió a su convocatoria para el curso 2018/19 (DOG nº 236 del 12 de diciembre de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
10/07/2018 00:00 - 09/08/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
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Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, para el procedimiento TU200A. Este formulario se ajusta al modelo que figura en el anexo II.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
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Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación (en el caso de las becas que se solicitan por primera vez):
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Anexo III debidamente cumplimentado y firmado.
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Certificación que incluya la nota media de los estudios de la persona solicitante, que permitan el acceso a la universidad o tarjeta PAAU para los que se matriculen en diploma superior en Gestión Hotelera, o del Bachillerato (o equivalente), ciclo formativo superior u otras enseñanzas superiores para los que se matriculen en diploma de Gastronomía y Gestión en Cocina.
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Certificado municipal de convivencia o de inscripción múltiple de los miembros de la unidad familiar.
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Copia del libro de familia.
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Certificaciones de ingresos (IRPF/datos fiscales) de la persona solicitante, mayor de 18 años, y del resto de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, del año 2017, solo en caso de que se oponga expresamente a su consulta.
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En caso de que no exista información en poder de las administraciones tributarias de la persona solicitante y de los componentes de su unidad familiar, se aportará una declaración responsable en la que se detallarán los ingresos y gastos anuales de la unidad familiar, incluyendo además una relación de bienes muebles e inmuebles, acompañada de un extracto con los saldos medios mensuales de cuentas bancarias que posean los miembros de la unidad familiar.
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Y, en su caso:
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Justificante de orfandad absoluta de la persona solicitante.
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Documentación acreditativa de la independencia familiar y económica.
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Título oficial de familia numerosa (Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de las familias numerosas) sólo en caso de que se oponga expresamente a su consulta o sea expedido por otra comunidad autónoma.
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Justificante de la condición de persona con discapacidad de los otros miembros de la unidad familiar solo en caso de que se oponga expresamente a su consulta o sea expedido por otra comunidad autónoma.
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Justificante de viudedad, soltería, separación o divorcio del padre/madre de la persona solicitante.
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Certificación académica de estar cursando estudios universitarios, de los miembros de la unidad familiar menores de 25 años y residentes fuera del domicilio familiar, durante el curso 2017/18.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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DNI o NIE de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar.
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Consulta de datos de residencia de la persona solicitante y de los demás miembros que integran la unidad de convivencia.
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Certificaciones catastrales literales de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar.
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Certificación de que la persona solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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Certificación de que la persona solicitante está al corriente de pago con la Seguridad Social.
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Certificación de que la persona solicitante está al corriente de pago con la Consellería de Hacienda.
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Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le son de aplicación las circunstancias que acreditan los siguientes documentos, y siempre que hayan sido expedidos por la Comunidad Autónoma de Galicia:
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Título de familia numerosa.
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Certificado de discapacidad de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
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Certificaciones de ingresos (IRPF/datos fiscales) de la persona solicitante, mayor de 18 años, y del resto de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, del año 2017.
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En caso de que las personas interesadas se opongan expresamente a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de solicitud y aportar los documentos correspondientes.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada. Opcionalmente, también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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En el caso de las solicitudes de renovación de la beca, se deberá aportar la documentación indicada en el artículo 22.b) de esta Resolución.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas al alumnado de segundo y posteriores cursos matriculado en las universidades del sistema universitario de galicia, en las ramas de conocimiento afectadas por los cambios de requisitos académicos introducidos por el Real Decreto 1000/2012, de 29 de junio
Becas para la realización de prácticas formativas en empresas del sector TIC (becas DigiTalent) dirigidas a estudiantes del sistema universitario de galicia en el curso 2019/20 en el marco del Plan DigiTalent