Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT213A - Subvenciones a festivales de artes escénicas y de música.
Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, tiene por objeto fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por Agadic para el apoyo a festivales de artes escénicas y de música de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector, y proceder a su convocatoria para el año 2018.
En el desarrollo de esta resolución se aplicará lo dispuesto en las siguientes leyes y disposiciones:
a) Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c) Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.
d) Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.
Y, supletoriamente:
e) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que regula los requisitos de concesión y justificación de subvenciones concedidas en la Administración del Estado. En esta ley se recogen artículos de carácter básico que son de aplicación a la normativa de esta comunidad autónoma y, consecuentemente, a esta resolución de convocatoria.
f) Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
g) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público.
1. Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que se establecen en estas bases, podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas de carácter privado domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo que desarrollen su actividad en Galicia, así como las entidades locales gallegas que lleven a cabo alguno de los festivales descritos en el objeto de la convocatoria y cumplan los requisitos referidos en el artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia.
Las entidades locales gallegas podrán presentar su solicitud individual o conjuntamente, bajo cualquier fórmula (agrupación, asociación, mancomunidad, fusión u otra fórmula similar). Quedarán excluidas las solicitudes conjuntas en las que no se acredite la realización conjunta del festival y que supongan actuaciones independientes en cada entidad local.
En los supuestos de mancomunidades, consorcios o áreas metropolitanas, deberá acreditarse que el servicio se presta de manera mancomunada, metropolitana o consorciada y que, en todo caso, no supone una actuación aislada o independiente.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, será requisito para la concesión de subvenciones que las entidades locales cumpliesen el deber de remisión al Consejo de Cuentas de las cuentas generales de cada ejercicio.
2. Las fundaciones que se acojan a esta convocatoria no podrán percibir subvenciones ni ayudas públicas de la Agadic si no cumplen con la obligación de presentarle las cuentas al protectorado, según lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades en que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los términos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En todo caso, las personas solicitantes presentarán una declaración responsable de no estar incursas en tales circunstancias, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I de esta convocatoria.
Para poder optar a las subvenciones, el festival tiene que cumplir los requisitos siguientes:
a) Celebración: el festival debe llevarse a cabo entre el 1 de noviembre de 2017 y el 31 de octubre de 2018. Se entienden incluidos los festivales iniciados hasta el día 31 de octubre que desarrollen la mayoría de las actividades en este período.
b) Antigüedad: el festival tiene que haber realizado un mínimo de dos ediciones, excluida la edición objeto de esta convocatoria.
c) Contratación artística: el festival tiene que tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 40 % del presupuesto subvencionable para la modalidad A (festivales de música) y un 30 % del presupuesto subvencionable para la modalidad B (festivales de artes escénicas).
d) Programación: el festival debe ofrecer un mínimo de seis compañías o grupos.
e) Presencia de compañías gallegas: solo para la modalidad B (festivales de artes escénicas), las formaciones o compañías mayoritariamente compuestas por artistas que desarrollen principalmente su actividad profesional en Galicia tienen que representar, como mínimo, el 20 % del presupuesto de contratación profesional artística del festival o un mínimo del 30 % del total de las actuaciones profesionales artísticas que se ofrezcan. Quedan excluidos del cumplimiento de este requisito los festivales presentados a la modalidad A (festivales de música).
f) Entradas de pago: por lo menos un 50 % de los conciertos o representaciones escénicas tienen que ser con entradas de pago, excepto los festivales de artes escénicas de calle.
Quedarán excluidos de subvención aquellos festivales que no alcancen un mínimo de 50 puntos en los criterios de valoración. No tendrán derecho a la recepción de ayuda aquellos festivales que no alcancen, por lo menos, 25 puntos en la valoración del proyecto para el cual se solicita subvención (puntos A.2 y B.2 de cada modalidad de la base decimosegunda). En la programación del festival no podrán incluirse, en ningún caso, funciones contratadas a través de la Red gallega de teatros y auditorios o de la Red gallega de música en directo.
No se podrán subcontratar, ni total ni parcialmente, las actividades subvencionadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Cidade da Cultura - Monte Gaiás s/n
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996077 / 881996078
Fax: 881996080
Email: agadic@xunta.gal
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Resolución de 13 de marzo de 2018 por la que se aprueban las bases de subvenciones a festivales de artes escénicas y de música y se convocan para el año 2018 (DOG nº 62 del 28 de marzo de 2018).
Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2018 por la que se aprueban las bases de subvenciones a festivales de artes escénicas y de música y se convocan para el año 2018 (DOG nº 62 del 28 de marzo de 2018).
Resolución de 22 de enero de 2019 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas durante el año 2018 (DOG nº 22 del 31 de enero de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
29/03/2018 00:00 - 30/04/2018 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
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1. Además de la solicitud (anexo I), las personas interesadas en estas subvenciones presentarán, con carácter general, la siguiente documentación:
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Si la persona solicitante es persona jurídica, certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad.
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Estatutos registrados y escrituras de constitución inscritos en el registro mercantil o en el que corresponda.
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Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud.
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No será necesario adjuntar los documentos que ya fueron presentados anteriormente. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
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2. Los documentos relacionados serán objeto de consulta electrónica automatizada. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente y adjuntar dichos documentos.
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DNI o NIE de la persona solicitante.
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NIF de la persona jurídica solicitante.
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DNI o NIE de la persona representante.
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Certificado de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en el epígrafe/subepígrafe que corresponda, en el ejercicio actual.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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Estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
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Estar al corriente en el pago con la Consellería de Hacienda.
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3. Documentación complementaria:
Además del anexo II (requisitos para acceder a la subvención), las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación complementaria según la modalidad a la que opten:
A. Modalidad A: festivales de música.
A.1. Memoria del festival en ediciones anteriores (en tamaño A4 y sin encuadernar), que incluya separadamente el tratamiento, por parte de las personas solicitantes, de los siguientes epígrafes:
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A.1.1. Antigüedad del festival.
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A.1.2. Reconocimientos obtenidos.
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A.1.3. Interés artístico de las programaciones.
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A.1.4. Interés estratégico para el sector, líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector musical gallego.
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A.1.5. Capacidad de convocatoria en las dos últimas ediciones (excluida la edición objeto de esta convocatoria), en la que se consigne la asistencia de público.
A.2. Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención (en tamaño A4 y sin encuadernar), que incluya los siguientes epígrafes:
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A.2.1. Interés cultural y artístico, importancia y singularidad del proyecto y objetivos.
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A.2.2. Presencia de grupos de música gallegos (anexo III).
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A.2.3. Duración del festival (anexo III).
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A.2.4. Número de grupos de música contratados (anexo III). No se incluirán otras disciplinas artísticas, que deberán reseñarse en las actividades complementarias.
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A.2.5. Repercusión en la creación y fomento de público.
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A.2.6. Actividades complementarias: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector cultural gallego (representaciones de artes escénicas, talleres, concursos). Para su valoración, las actividades deben estar descritas y no sólo identificadas.
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A.2.7. Plan de comunicación: estrategias de difusión y promoción del proyecto.
A.3. Viabilidad técnica y económica del proyecto: memoria económico-financiera que incluya el presupuesto completo y detallado de la inversión subvencionable, en el cual figuren todos los gastos subvencionables señalados en la base decimotercera, y la previsión de ingresos. La memoria incluirá el presupuesto desglosado, con y sin IVA (anexo V).
B. Modalidad B: festivales de artes escénicas.
B.1. Memoria del festival en ediciones anteriores (en tamaño A4 y sin encuadernar), que incluya separadamente el tratamiento, por parte de las personas solicitantes, de los siguientes epígrafes:
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B.1.1. Antigüedad del festival.
-
B.1.2. Reconocimientos obtenidos.
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B.1.3. Interés artístico de las programaciones.
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B.1.4. Interés estratégico para el sector: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector escénico gallego.
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B.1.5. Repercusión, incidencia e impacto en el territorio.
B.2. Memoria del proyecto para el cual se solicita subvención (en tamaño A4 y sin encuadernar), que incluya los siguientes epígrafes:
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B.2.1. Interés cultural y artístico, importancia y singularidad del proyecto y objetivos.
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B.2.2. Duración del festival (anexo IV).
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B.2.3. Producciones, coproducciones o residencias del festival (anexo IV).
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B.2.4. Estrenos a nivel nacional en el festival (anexo IV).
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B.2.5. Repercusión en la creación y fomento de públicos.
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B.2.6. Actividades complementarias: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector cultural gallego (conciertos, talleres, concursos, certámenes...) realizadas por el festival. Para su valoración, las actividades deben estar descritas y no sólo identificadas.
-
B.2.7. Plan de comunicación: estrategias de difusión y promoción del proyecto.
B.3. Viabilidad técnica y económica del proyecto: memoria económico-financiera que incluya el presupuesto completo y detallado de la inversión subvencionable, en el cual figuren todos los gastos subvencionables señalados en la base decimotercera, y la previsión de ingresos. La memoria incluirá el presupuesto desagregado, con y sin IVA (anexo V).
B.4. Compromiso de producción, coproducción o residencia en el que consten las condiciones económicas y/o técnicas del mismo.
– Para las solicitudes conjuntas presentadas por entidades locales, memoria de ahorro de costes respecto de la presentación de modo individual.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la enmienda.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Requisitos para optar a las subvenciones FESTIVALES DE MÚSICA (Anexo II)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a entidades locales de galicia, para el equipamiento y mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales.
Convocatoria de los premios XXVII Álvaro Cunqueiro para textos teatrales, XIII Manuel María de literatura dramática infantil y XVI Barriga Verde de textos para teatro de titeres.