Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IN500B - Subvenciones dirigidas a la valorización, potenciación, innovación y mejora de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal de Galicia.
1. Esta resolución tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de Xera dirigidas a la valorización, potenciación, innovación y mejora de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal de Galicia.
2. Asimismo, por medio de esta resolución se convocan estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2018.
Podrán ser personas beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) del sector de la industria radicadas en Galicia que utilicen la madera, la resina, la corteza u otros productos forestales procedentes del monte, exceptuando los productos agroalimentarios, como materia prima para la elaboración de sus productos. A estos efectos, se tomará la definición de pyme incluida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014. Según esta definición, pymes son aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede los 43 millones de euros.
Las empresas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Deberán cumplir la normativa ambiental, que se acreditará con una declaración responsable de la persona solicitante de que la empresa cumple con dicha normativa.
b) Deberán tener un seguro en vigor de responsabilidad civil para la actividad objeto de ayuda y un contrato de prevención de riesgos laborales antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Deberán estar inscritos en el Registro de empresas del sector forestal (Resfor) y con los datos actualizados, de acuerdo con el artículo 102 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia o dados de alta en algún código CNAE que acredite la realización de actividades objeto de subvención en la fecha de finalización del plazo de solicitud.
No podrán obtener la condición de persona beneficiaria:
a) Aquellas personas o entidades solicitantes en las cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Aquellas empresas que entren dentro de la categoría de empresas en crisis, de acuerdo con la definición del artículo 2, apartado 18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
Para verificar el cumplimiento de este requisito, las empresas solicitantes deberán declarar en la solicitud que no se encuentran en situación de crisis conforme a la normativa comunitaria.
c) Aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Axencia Galega da Industria Forestal
Avda. Fernando de Casas Novoa, 38 (San Lázaro)
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995478 / 881995477
Email: xera.ceei@xunta.gal
Axencia Galega da Industria Forestal
Resolución de 16 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones de valorización de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega y se anuncia su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 150 de 7 de agosto de 2018).
Extracto de la Resolución de 16 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones de valorización de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega y se anuncia su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 150 de 7 de agosto de 2018).
Corrección de errores. Resolución de 16 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones de valorización de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega y se anuncia su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 156 de 17 de agosto de 2018).
Resolución de 26 de octubre de 2018 por la que se da publicidad a las ayudas concedidas y no admitidas a trámite en el año 2018 al amparo de la Resolución de 16 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de valorización de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega y se anuncia su convocatoria para el año 2018 (DOG nº 211 del 6 de noviembre de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
08/08/2018 00:00 - 07/09/2018 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
1. Las personas interesadas deberán aportar obligatoriamente con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
a) Documentación administrativa:
1º. Escritura de constitución y estatutos, debidamente inscritos en el registro correspondiente y sus modificaciones posteriores.
2º. Poder del representante que presenta la solicitud, inscrito, en su caso, en el registro competente.
3º. Declaración del impuesto de sociedades referido al último ejercicio cerrado o declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del último año, en el caso de autónomos.
4º. Certificación de la condición de pyme, según los anexos II.1, II.2 y II.3. Deberán estar cubiertos todos los datos que sean procedentes según el tipo de solicitante. Los datos económicos y de personal se referirán a los del último año cerrado.
5º. Las tres ofertas que, en aplicación del artículo 29.3 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, deba haber solicitado el beneficiario, de acuerdo con el establecido en el artículo 5.2.f) de esta resolución, en su caso. Los presupuestos deberán estar debidamente desglosados por conceptos y recoger de forma individualizada los importes.
6º. Licencia de actividad del ayuntamiento o, en su caso, acreditación de la comunicación previa de inicio de actividad o de la apertura del establecimiento.
7º. Planos y solicitud de licencia de obra o comunicación previa en el ayuntamiento, en el caso de obras e instalaciones que así lo requieran.
8º. Seguro en vigor de responsabilidad civil para la actividad objeto de ayuda y un contrato de prevención de riesgos laborales.
9º. Documentación acreditativa de la cadena de custodia certificada, en su caso.
10º. Documentación acreditativa de la relación de compras de materia prima realizadas por la entidad en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud, en su caso. En este supuesto, se deberá cubrir, en todo caso, el cuadro del anexo I.
11º. Documentación acreditativa de disponer de un certificado de gestión de la calidad, en su caso.
12º. Informe de vida laboral de la/las cuenta/s de cotización de la empresa y/o de los trabajadores autónomos, correspondiente a los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
b) Documentación técnico-económica
1º. Memoria del proyecto a realizar (anexo III).
2º. Memoria detallada de cada una de las actuaciones para las cuales se solicita la subvención, que incluirá una descripción pormenorizada de las inversiones, objetivos y valoración económica de las actuaciones que se pretenden ejecutar.
2. No será necesario aportar los documentos que ya fueron presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los documentos citados. Se presumirá que esta consulta es autorizada por la persona interesada, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de éste.
5. En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos.
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas (anexo I):
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona solicitante.
c) NIF de la entidad representante.
d) DNI/NIE de la persona representante.
e) IRPF de la persona solicitante.
f) Alta en el IAE o certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
g) Certificación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
h) Certificación de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
i) Certificado de la Consellería de Hacienda de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
2. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
3. En caso de que la persona solicitante deba presentar estos certificados en la fase de enmienda, después de que la consulta por el órgano gestor no obtuviese resultado favorable, la fecha de expedición de los certificados por la administración correspondiente deberá ser posterior a la fecha de consulta por el órgano gestor, lo que se comunicará en el requerimiento de enmienda de la documentación.
Presentación solicitudes.
1. La presentación de las solicitudes, que implica el conocimiento y la aceptación de las bases reguladoras, se realizará obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, de conformidad con lo establecido en los artículos 14, apartados 2 y 3, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; en el artículo 31 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación; y en el artículo 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia, y en las entidades de ella dependientes. Se considera que todas las personas solicitantes, al ejercer una actividad económica disponen de herramientas informáticas con un conocimiento básico de su funcionamiento, por lo que queda acreditado que tienen acceso y disponibilidad a los medios electrónicos necesarios.
Si alguna de las empresas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes, podrán emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Toda la información sobre este procedimiento está disponible en la Guía de procedimientos y servicios en la dirección https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos-e-servizos.
3. Sólo se podrá presentar una solicitud por beneficiario.
4. En el formulario de solicitud (anexo I) se incluyen las siguientes declaraciones responsables:
a) Declaración responsable de la persona solicitante de todas las ayudas solicitadas y concedidas para la misma finalidad o los mismos costes, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional.
b) Declaración responsable de la persona solicitante de todas las ayudas sujetas al régimen de minimis percibidas en los tres últimos ejercicios fiscales.
c) Declaración responsable de que todos los datos contenidos en la solicitud y en los documentos que se aportan son ciertos.
d) Declaración responsable de que tiene capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir los objetivos del proyecto para el cual solicita la ayuda.
e) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
f) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
g) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme el artículo 10.2.f) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
h) Declaración responsable de que la empresa no está en crisis, de acuerdo con la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
i) Declaración responsable de que la empresa no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que declarara una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
j) Declaración responsable de que la empresa no está inmersa en un proceso de concurso de acreedores.
k) Declaración responsable de que esta empresa cumple con la normativa ambiental vigente.
l) Declaración responsable de que el número y porcentaje de puestos de trabajo por cuenta ajena y tiempo indefinido en la empresa es el recogido en el cuadro del anexo I.
m) Declaración responsable de que el importe y porcentaje de materia prima certificada producida en la Comunidad Autónoma de Galicia es el recogido en el cuadro del anexo I.
n) Declaración responsable de que desarrollarán en Galicia las actividades que tiene asignadas en el plan de trabajo del proyecto para el cual se solicita la ayuda.
o) Declaración responsable de que la persona solicitante conoce que los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores, y que no concurren en ellos ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 27.7 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria del proyecto a realizar (Anexo III)
- Certificación de la condición de pyme (solo cuando el solicitante es una persona física o una pluralidad de personas físicas) (Anexo II.1)
- Declaración de persona física partícipe en la persona jurídica (Anexo II.3)
- Certificación de la condición de pyme (para personas jurídicas) (Anexo II.2)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Dos meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
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