Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR483C - Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales.
1. El Fondo de Compensación Ambiental tiene como finalidad la aplicación de actuaciones globales destinadas a la conservación, reposición y restauración del medio ambiente y reequilibrio territorial. Este fondo carece de personalidad jurídica y su gestión le corresponde a la dirección general competente en materia de régimen local, de conformidad con las directrices que se establezcan en esta orden.
2. Por medio de esta orden se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2019, en régimen de concurrencia no competitiva y concurrencia competitiva, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, afectadas a la realización de gastos que revistan naturaleza productiva y generadora de empleo
Gastos subvencionables.
1. Se consideran gastos elegibles o subvencionables:
a) Las inversiones en inmovilizado: coste de mano de obra externa, ejecución material, equipamientos e instalaciones. Cuando en la inversión participe directamente personal de la entidad local se procederá a la imputación de los gastos correspondientes al personal utilizado.
b) Costes de proyecto y dirección de obra, de tratarse de contrataciones externas.
c) Costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del medio ambiente y del espacio natural. En el caso de utilizar personal de la entidad local, se procederá a la imputación de los gastos correspondientes al personal utilizado.
d) Contratación de personal para los servicios municipales en los términos de esta orden.
2. Se consideran también gastos subvencionables:
a) Los contratos de suministro para la adquisición de equipamientos, productos, vehículos o bienes muebles.
b) Los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para realizar el proyecto subvencionado, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de esta.
c) Los tributos, sobre todo el impuesto sobre el valor añadido (IVA), son subvencionables si el beneficiario los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
d) Los costes indirectos formarán parte de la justificación de la subvención, siempre que los haya imputado el beneficiario a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad.
3. En todo caso, las subvenciones están destinadas a la realización de actuaciones de inversión y a costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del medio ambiente y del espacio natural, y deberán responder a alguno de los siguientes criterios u objetivos:
a) Actuaciones orientadas a la conservación de la biodiversidad, al conocimiento y utilización recreativa y didáctica de los recursos naturales y a la recuperación del medio natural degradado o contaminado.
b) Actuaciones de impulso de la eficiencia y de utilización sostenible de las energías renovables.
c) Otras actuaciones de protección del medio ambiente y del espacio natural.
4. A los efectos de lo previsto en este artículo, se considerará que atienden a los criterios determinados en las letras a), b) y c) del ordinal tercero anterior, entre otros, los siguientes proyectos:
a) Recuperación de espacios ambientalmente degradados o contaminados.
b) Proyectos de eficiencia energética en la luz pública u obras en edificios municipales que supongan una mejora en la eficiencia energética del edificio.
c) Proyectos de utilización sostenible de energías renovables en instalaciones y edificios municipales.
d) Vehículos eléctricos y vehículos híbridos.
e) Centros de interpretación del medio ambiente y aulas de la naturaleza.
f) Parques-escuelas infantiles que tengan como contenido o característica principal la utilización recreativa y didáctica de los recursos naturales.
g) Paseos, áreas recreativas y rutas de senderismo que se localicen o transcurran por zonas con valores ambientales, para su utilización recreativa y/o didáctica.
h) Puntos limpios y centros de reciclaje de residuos.
i) Proyectos de saneamiento, alcantarillados y abastecimiento de aguas.
j) Proyectos y actuaciones en el ámbito municipal para evitar la degradación y el deterioro ambiental.
k) Proyectos y actuaciones para el control ambiental en el ámbito municipal, tales como la adquisición de equipamiento para efectuar las mediciones relacionadas con actividades molestas e insalubres y para la toma de muestras, tanto sólidas cómo líquidas, en el caso de residuos y vertidos.
l) Adquisición de vehículos destinados a actuaciones de protección del medio ambiente y del espacio natural, incluidas aquellas actuaciones que tienen por objeto la prevención, extinción y gestión de situaciones de siniestro o riesgo.
m) Vehículos con equipamiento especial para el desarrollo de tareas en el ámbito ambiental, tales como sonómetros para efectuar las mediciones relacionadas con los ruidos molestos e insalubres y/o equipamiento para toma de muestras, tanto sólidas cómo líquidas, en los casos de residuos y vertidos.
Convocatoria de subvenciones de naturaleza competitiva, destinada a:
1. Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera individual.
2. Los ayuntamientos de Galicia que formulen petición de manera conjunta mediante agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos, en los términos del artículo 9.
3. Las mancomunidades de ayuntamientos de Galicia.
4. Los consorcios locales de Galicia, constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, siempre que estén participados por uno o varios ayuntamientos.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las diputaciones provinciales.
Haber remitido las cuentas del ejercicio presupuestario 2017 al Consejo de Cuentas de Galicia. Este requisito deberá estar cumplido antes del final del plazo de presentación de solicitudes.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Administración Local
Subdirección Xeral de Xestión e Cooperación Económica coas Entidades Locais
Servizo de Xestión e Cooperación Económica
Praza de Europa, 5A, 4º - Polígono de Fontiñas
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546211 / 881997171
Fax: 981546569
Email: administracionlocal@xunta.es
Dirección Xeral de Administración Local
Orden del 17 de diciembre de 2018 por la que se regulan los criterios de repartición y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concorrencia no competitiva y de la línea en concorrencia competitiva del Hondo de Compensación Ambiental para el año 2019, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas la entidades locales de Galicia (DOG nº 248 del 31 de diciembre de 2018).
Extracto de la Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2019, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (DOG nº 248 del 31 de diciembre de 2018).
Orden de 28 de marzo de 2019 por la que se modifica la Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2019, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (DOG nº 68 del 8 de abril de 2019).
Orden de 15 de octubre de 2019 por la que se modifica la Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2019, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia (DOG nº 203 del 24 de octubre de 2019).
Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Dirección General de Administración Local, por la que se hacen públicas las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se regulan los criterios de reparto y se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de las líneas en concurrencia no competitiva y concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2019, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (Diario Oficial de Galicia número 248, de 31 de diciembre) (DOG nº 207 de 14 de octubre de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
01/01/2019 00:00 - 31/01/2019 23:59
Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al de publicación, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
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Solicitud según el Anexo III, acompañada de la siguiente documentación:
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DOCUMENTACIÓN GENERAL
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Certificación del acuerdo de la entidad por el cual se solicita subvención (anexo VI)
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Certificado del/de la secretario/a de la entidad local de la remisión de las cuentas al Consello de Contas de Galicia (anexo VI)
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Memoria justificativa, firmada por la persona representante de la entidad solicitante con el contenido del artículo 20.2.d
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DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA
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SOLICITUDES PARA GASTOS DE FUNCIONAMENTO
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Certificación del/de la secretario/a de la entidad local sobre vinculación del gasto con el servicio o servicios de protección del medio ambiente y del espacio natural (anexo VI)
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Memoria de los servicios para los cales se solicita subvención, firmada por la persona representante de la entidad local, con el contenido del artículo 20.3.a)
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SOLICITUDES PARA OBRAS
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Certificación expedida por el/la secretario/a de la entidad local, referida a la plena disposición sobre los terrenos y predios donde pretenden realizar las actuaciones (anexo VI)
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Proyecto/s o anteproyecto/s de la/s obras que se vayan a realizar, con el contenido mínimo indicado en el artículo 20.3.b)
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SOLICITUDES PARA EQUIPAMIENTO
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Memoria explicativa de los equipamientos para los cuales se solicita subvención, firmada por la persona representante de la entidad solicitante, con el contenido del artículo 20.3.c)
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La presentación de las solicitudes se realizará obligatoriamente por medios electrónicos a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica da Junta de Galicia, https://sede.junta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica da Junta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Llave365 (https://sede.junta.gal/llave365).
Si alguna das personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a traves da su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará cómo fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
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La documentación complementaria se deberá presentar electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a traves de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la enmienda.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud deberá indicarse el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone de el.
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En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos por la sede electrónica o había tenido un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Ayuntamientos.
Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a Ayuntamientos asociados o agrupados.
Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Ayuntamientos asociados o agrupados.
Fondo de compensación ambiental. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a ayuntamientos para adquisición de vehículos alternativos mediante o sistema de renting con destino aos corpos de Policía Local.
Distribución del fondo adicional al fondo de cooperación local destinado a ayuntamientos para participación en comunidades energéticas.
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dentro del plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones vecinales, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia.