Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR605A - Subvenciones para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población.
1. El objeto de las presentes bases es regular a concesión de subvenciones, en régimen de concorrencia competitiva, para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población.
2. Esta actuación se enmarca en la hoja de ruta del Plan de Banda ancha de Galicia 2020 (PDBL2020), aprobado por Acuerdo del 1 de octubre de 2015 adoptado polo Consejo de la Junta de Galicia.
3. Asimismo, las subvenciones reguladas en las presentes bases se amparan en el Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (PDR), aprobado por Decisión de execución de la Comisión C (2015) 8144, del 18 de noviembre de 2015, y modificado mediante Decisión de Execución de la Comisión C (2017) 5420 final, del 26 de julio de 2017, lo cual prevé actuaciones encaminadas a la extensión de redes de banda ancha de nueva generación dentro en la submedida 7.3. de apoyo a las infraestruturas de banda ancha. El Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 está cofinanciado al 75% polo Hondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al 7,5 % polo Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y al 17,50% por la Junta de Galicia.
1. Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las personas que ostenten la condición de operador, conforme al establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, del 9 de mayo, General de Telecomunicacións.
2. Asimismo, podrán obtener la condición de beneficiarios, las agrupacións de personas físicas o jurídicas en las que por lo menos uno de los integrantes ostente la condición de operador segundo se establece en el apartado anterior.
Cuando se trate de agrupacións de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de execución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igual la consideración de beneficiarios. En cualquiera caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poder suficientes para cumplir los deberes que, como beneficiario, le corresponden a la agrupación. No podrá disolverse a agrupación hasta que transcurra el plazo de prescrición previsto en los artículos 35 y 63 de la de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.
De conformidade con el dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamenten la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igual la consideración de beneficiarios.
No podrán obtener la condición de beneficiarios:
a) Las personas en las que concurra alguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incurso en las dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del interesado, con independencia de las comprobacións que de forma preceptiva deba efectuar el órgano instructor.
b) Las empresas en crisis de acuerdo con la definición y condiciones establecidas en las directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestruturación de empresas no financieras en crisis (2014/C249/01) y lo dispuesto en la Legislación de exención por categorías.
c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que declarara una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (AMTEGA)
Edificio CINC, Cidade da Cultura de Galicia, Monte Gaiás s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545535
Email: amtega@xunta.gal; sociedade-dixital.amtega@xunta.gal
Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (AMTEGA)
Resolución de 11 de enero de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el período 2018-2020 (DOG nº 10 del 15 de enero de 2018).
Extracto de la Resolución de 11 de enero de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el período 2018-2020 (DOG nº 10 del 15 de enero de 2018)
Resolución de 14 de enero de 2019 por la que se da publicidad a la subvención concedida al amparo de la Resolución de 11 de enero de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el período 2018-2020 (DOG nº 16 del 23 de enero de 2019).
Resolución de 9 de junio de 2020 por la que se modifica la Resolución de 11 de enero de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la extensión de redes de banda ancha ultrarrápida en entidades singulares de población, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el período 2018-2020 (procedimiento administrativo PR605A) (DOG nº 117 de 16 de junio de 2020).
Plazo de presentación: CERRADO
16/01/2018 00:00 - 15/02/2018 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes es de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado incluso al primero día hábil siguiente.
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Solicitud según el Anexo II
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Memoria del proyecto. (art. 15.1.d)
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Compromiso de constitución de la Agrupación (art. 15.1.c), de ser el caso, en
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solicitudes en Agrupación
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Poder de representación de la persona representante de la persona solicitante.
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(art.15.1.a)
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Acreditación de que la persona solicitante reúne la condición de operador. (art. 15.1.b)
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COMPROBACIÓN DE DATOS
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente y aportar una copia de los documentos.
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DNI/NIE de la persona solicitante
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DNI/NIE de la persona representante
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NIF de la entidad solicitante
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Certificado de estar al corriente en el pago de deberes tributarios con la AEAT
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Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social
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Certificado de estar al corriente en el pago de deberes tributarios con la Atriga
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Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Junta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
La presentación electrónica será obligatoria para todas las personas solicitantes en su condición de personas jurídicas e incluso en el caso de entidades sin personalidad jurídica o personas físicas por su actividad profesional e inscrición obrigatoria en el Registro de Operadores de Telecomunicacións de la CNMC lo que suponen que no existen barreras tecnicas ni tecnolóxicas para su cumplimiento.
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Si alguna de las solicitudes es presentada presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará cómo fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la emenda.
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Si la solicitud no reuniera los requisitos establecidos, se requerirá el interesado para que la enmende en el plazo máximo de diez (10) días, indicándole que, si no lo hiciera, se dará por desistida su solicitud, de acuerdo con el establecido en el artículo 20 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
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No será necesario aportar los documentos que ya fueran presentados anteriormente. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidade material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridade al planteamiento de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria se presentará por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidade de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para su cotejo con la copia electrónica presentada.
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Siempre que se realice la presentación de documentos aparte de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente se disponen de él.
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En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Junta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos en cualquiera de los lugares y rexistros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos pode consultarse en la sede electrónica de la Junta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Tramitación de los convenios de colaboración suscritos por la AMTEGA.
Adhesión de 'Aliados Digitales'
Subvenciones para el refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos (líneas 1 y 2.i).
Subvenciones a empresas aisladas en zonas rurales para la contratación de servicios de banda ancha ultrarrápida.
Becas para la realización de prácticas formativas en empresas del sector TIC (becas DigiTalent) dirigidas a estudiantes del sistema universitario de galicia en el curso 2019/20 en el marco del Plan DigiTalent
Subvenciones para la extensión de redes de telefonía móvil en núcleos rurales y aislados