Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR852A - Ayudas destinadas a actividades de fomento de la prevención de riesgos laborales.
Acciones subvencionables.
1. Línea 1: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido intersectorial dirigidas a personas trabajadoras activas y en situación de desempleo, a delegados y delegadas de prevención, a recursos preventivos y personas trabajadoras designados que asuman con medios propios la actividad preventiva de la empresa.
2. Línea 2: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido sectorial y otras acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales:
a) Línea 2.1: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido sectorial dirigidos a personas trabajadoras activas y a personas en situación de desempleo, a delegados y delegadas de prevención, a recursos preventivos y personas trabajadoras designadas que asuman con medios propios la actividad preventiva de la empresa.
b) Línea 2.2: estudios y trabajos técnicos de carácter sectorial o intersectorial destinados a la investigación y prospección para el análisis de la mejora de las condiciones de trabajo.
c) Línea 2.3: acciones de difusión, sensibilización e intercambio de experiencias tanto de carácter sectorial o intersectorial:
1º. Línea 2.3.1: conferencias, jornadas, seminarios y/o publicaciones.
2º. Línea 2.3.2: gabinetes técnicos de difusión normativa y técnica en relación con la normativa de prevención de riesgos laborales.
3º. Línea 2.3.3: elaboración de materiales y herramientas prácticas para implantar actuaciones en seguridad y salud laboral.
3. Todas las acciones subvencionables, tanto en el momento de su propuesta como en el de la justificación, tendrán una calidad mínima que podrá ser verificada o informada, a petición del órgano tramitador, por personal técnico en la materia.
4. Los productos derivados de las actividades subvencionables deberán estar en gallego, aunque, a mayores, se puedan hacer también en castellano.
Acciones no subvencionables.
1. Cursos, jornadas y seminarios formativos que no se realicen íntegramente de forma presencial.
2. Cursos, jornadas y seminarios formativos que cuenten con un número de asistentes menor a ocho.
3. En la línea 2, los cursos de nivel básico (artículo 35 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención).
4. Acciones que supongan el cumplimiento de obligaciones legales en materia preventiva de las personas integrantes de las entidades solicitantes y, en particular:
a) Cumplimiento del artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
b) Financiación de los costes de conciertos con servicios de prevención ajenos o cuotas de participación en servicios de prevención mancomunados.
c) Costes de funcionamiento de medios propios para el desarrollo de la actividad preventiva (trabajadores/as designados/as, servicios de prevención propios o mancomunados).
5. Evaluaciones de riesgos o herramientas para el desarrollo de actividades preventivas que ya existan dentro de programas de asesoramiento público a las personas empresarias.
6. Acciones que consistan exclusivamente en traducciones, adaptaciones o adecuaciones de publicaciones en cualquier formato, físico o electrónico, o de herramientas informáticas existentes, ni las reediciones de publicaciones realizadas con anterioridad, recibieran o no subvención con cargo a convocatorias de otros ejercicios de esta orden de subvención.
7. Acciones cuyo contenido, objeto y personas destinatarias coincida con el desarrollo de proyectos subvencionados en años anteriores, así como las ya realizadas por otras entidades cuyos resultados estén publicados y accesibles al público por cualquier medio.
a) En la línea 1: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido intersectorial, las asociaciones empresariales intersectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, y las organizaciones sindicales intersectoriales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) En la línea 2: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido sectorial y otras acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales:
1º. Fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral, nacidas de la negociación colectiva o de acuerdos sectoriales, con sede y actividad en Galicia.
2º. Organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto de carácter sectorial como intersectorial.
3º. Asociaciones empresariales gallegas, sectoriales o intersectoriales, constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
4º. Asociaciones profesionales y empresariales gallegas, registradas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 20 de marzo, reguladora del derecho de asociación, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento de la prevención de riesgos laborales.
5º. Asociaciones profesionales de trabajadores y trabajadoras autónomos/as registradas según lo establecido en el Decreto 406/2009, de 22 de octubre, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento de la prevención de riesgos laborales.
2. No obstante lo indicado en el apartado 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las entidades beneficiarias podrán constituir agrupaciones de acuerdo con lo siguiente:
a) Los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de ésta. En este caso, junto con la solicitud deberán aportar certificado expedido por quien ostente estas facultades en la organización, de acuerdo con sus estatutos, en el que se acredite la condición de miembro asociado integrante de ésta y un compromiso formalizado entre ambas entidades en el que se determine la parte estimada de la actividad subvencionable que ha previsto ejecutar, compromiso que será suscrito por la representación legal de ambas entidades según el modelo establecido en el anexo V. En todo caso, el pago de la subvención se efectuará a la entidad beneficiaria principal.
b) Las agrupaciones formadas por organizaciones o entidades previstas en la línea 1 y las entidades vinculadas a éstas que tengan entre sus fines el desarrollo de actividades formativas. En este caso, deberán nombrar una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a ésta. Conjuntamente con la solicitud deberá aportarse:
- Copia compulsada del instrumento de formalización de la agrupación.
- Copia compulsada del compromiso de ejecución formalizado por las entidades agrupadas, suscrito por la representación legal de éstas, concretando que partes del proyecto realizará cada entidad, según el modelo del anexo VI.
- Compromiso de responsabilidad solidaria de sus miembros y de no disolución en tanto no transcurrieran los plazos de prescripción legalmente previstos.
3. No podrán ser entidades beneficiarias:
a) Aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 10, apartados 2 y 3, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Las administraciones públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
1. Se exigirá un mínimo de 15 asistentes a los cursos de formación sectorial e intersectorial en materia de seguridad y salud laboral.
2. En casos excepcionales, debidamente motivados y con la autorización expresa de la Secretaría General de Empleo, podrán llevarse a cabo estas acciones con un menor número de asistentes, en todo caso, no menor a ocho. Esta autorización será solicitada por la entidad beneficiaria por correo electrónico a la dirección seguridade-saude-laboral@xunta.gal y la respuesta será comunicada por la misma vía al solicitante.
3. Durante la ejecución de las acciones no se permitirá la ausencia a más de un 20 % del tiempo total de duración de la misma. En caso de que la dicta acción se desarrolle por módulos, no se permitirán ausencias de más de un 10 % en ninguno de los módulos.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Relacións Laborais
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957759 / 981544615
Fax: 981957751
Email: segur.hixiene.santiago@xunta.es
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
Orden de 3 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2017 (DOG nº 39 del 24 de febrero de 2017).
Resolución de 9 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Empleo, por la que se procede a la publicación de las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 3 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2017 (DOG nº 57 del 21 de marzo de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
25/02/2017 00:00 - 24/03/2017 23:59
Un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado que figura como anexo I, junto con la siguiente documentación:
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Documentación administrativa:
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a) Sólo en el caso de denegar expresamente la consulta de los datos de identidad de la persona representante en el Sistema de verificación de datos de identidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 255/2008, de 23 de octubre, DNI o NIE.
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b) Sólo en el caso de denegar expresamente su verificación por medios telemáticos, NIF de la entidad.
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c) Documentación acreditativa de la representación legal suficiente para actuar en nombre de la entidad.
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d) En caso de ser organizaciones cuyos estatutos no esten depositados en las oficinas públicas de depósito de estatutos de organizaciones empresariales y sindicales, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, indicarán el registro público donde están depositados o, de no hacerlo así, aportarán copia compulsada de los estatutos o escritura pública de constitución de la entidad y presentarán certificación emitida por la persona responsable sobre su vigencia a la fecha de presentación de la solicitud.
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Documentación tecnica:
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a) Acción solicitada, según el anexo II. En el caso de que un mismo proyecto implique distintas acciones, se cubrirá un anexo por cada acción. En el encabezado de cada una de ellas deberá:
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1º. Incluir la línea de ayudas a la que opta.
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2º. En la denominación de la acción propuesta, definir el contenido de la acción, evitando títulos genericos o de carácter publicitario o comercial.
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b) Memoria explicativa de cada una de las acciones en las que se recoja una clara descripción y planificación de las acciones solicitadas.
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c) Presupuesto del proyecto completo:
Deberá recoger el conjunto de todas las acciones solicitadas individualizando por cada una de las líneas 1 (anexo III) y 2 (anexo IV), especificando su coste y desglosando los gastos totales de todas las acciones. Se indicará si la entidad colabora en la financiación y, en su caso, la cantidad que aporte. De colaborar en la financiación del coste total, para el caso de que se concedan importes inferiores, debe mantenerse, al menos, el porcentaje de cofinanciación inicial.
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d) Compromiso de ejecución de la entidad asociada (anexo V).
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e) Compromiso de la ejecución de la entidad agrupada (anexo VI).
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Para los proyectos iniciados antes de esta convocatoria que se pretendan continuar con cargo a la financiación de esta orden junto con la solicitud, se presentará un avance de su situación y un informe del estado del proyecto con un resumen cronológico de las acciones realizadas y las proyectadas.
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Se designará una persona responsable/coordinadora única para el seguimiento y control de los aspectos tecnicos de todos los proyectos incluidos en la solicitud, de la que se aportará el nombre, telefono y correo electrónico en el anexo I.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
(https://sede.xunta.gal). Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a traves de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a traves de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone del mismo.
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En el caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuvieran un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos despues de la presentación de las solicitudes de inicio. Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación en el DOG. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes y si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Programa juventud Mentoring en la empresa.
Subvenciones destinadas al fomento de la contratación por parte de entidades sin ánimo de lucro de mujeres que sufren violencia de género cofinanciadas por el Fondo Social Europeo plus en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027.