Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MR333A - Ayudas para la creación y funcionamiento de grupos operativos de innovación de la Asociación Europea de Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola
2. Y asimismo, convocar, para el año 2017, las ayudas a la iniciativa de creación de grupos operativos para gastos destinados a la definición, elaboración y búsqueda de socios para proyectos innovadores, de acuerdo con las bases reguladoras señaladas en el punto anterior.
Gastos subvencionables.
1. Las ayudas previstas en esta orden se destinarán a cubrir los gastos, efectuados posteriormente a la presentación de la solicitud de la ayuda, que estén directamente relacionados con el presupuesto de constitución del grupo operativo, y podrán aplicarse a los conceptos que a continuación se detallan:
a) Gastos de viaje y reuniones vinculados a los objetivos de creación y búsqueda de información del grupo operativo.
b) Acciones formativas puntuales, concretas y justificadas que posibiliten la capacitación de miembros del grupo operativo, vinculadas a los objetivos propuestos por el grupo.
c) Elaboración y redacción del proyecto de innovación y/o plan empresarial que analice la viabilidad del proyecto.
d) Coste de la contratación de los servicios del agente de innovación.
e) Estudios preparativos vinculados a la temática del proyecto del grupo operativo con objetivo de definir y valorar los resultados esperados.
2. El IVA sólo será subvencionable en caso de que sea real y definitivamente soportado por el beneficiario y, por lo tanto, no recuperable, excepto en caso de que el beneficiario sea un organismo de derecho público, ya que en este caso no será subvencionable a través de la ayuda Feader.
Gastos no subvencionables.
No será subvencionable ningún gasto correspondiente a actuaciones o actividades anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
2. El solicitante presentará la solicitud de ayuda para la definición, elaboración y búsqueda de socios con el fin de la constitución de un grupo operativo para la elaboración de un proyecto innovador en materia de sostenibilidad y productividad agrícola en el marco de la Asociación Europea de Innovación (AEI).
3. Sólo serán elegibles aquellas solicitudes de carácter autonómico que presenten un proyecto a desarrollar en la Comunidad Autónoma de Galicia destinado a resolver un problema existente en el sector agrario, forestal o agroalimentario gallego.
Obligaciones de los beneficiarios.
Sin perjuicio de las demás obligaciones que resulten del capítulo III del título preliminar del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, los beneficiarios de las subvenciones concedidas al amparo de esta orden quedan obligados a:
1º. Proceder al reintegro de las cantidades percibidas con la subvención, junto con los intereses de mora calculados en función del tiempo transcurrido entre la finalización del plazo de pago para el beneficiario indicado en la orden de recuperación, que no podrá fijarse en más de 60 días entre la fecha de reembolso o deducción.
2º. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control. A mayores, al tratarse de ayudas cofinanciadas con el fondo Feader, los beneficiarios deberán someterse a los específicos controles administrativos sobre el terreno y a posteriori, según lo recogido en el Reglamento (UE) nº 809/2014.
3º. Los beneficiarios deberán llevar un sistema de contabilidad separado o bien un código contable adecuado para todas las transacciones relativas a la acción de cooperación subvencionada.
a) Realizar la actividad objeto de la ayuda en el ámbito territorial de Galicia.
b) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) En el caso de entidad, poseer personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar y no estar inhabilitada para la obtención de la subvención pública o para contratar con el Estado, con las comunidades autónomas u otros entes públicos.
d) En el caso de persona física, demostrará su actividad profesional en el sector agrícola o forestal.
e) No incurrir en alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) Relación de ayudas de minimis percibidas por el solicitante en los 3 últimos años, recogida en el anexo I.
2. Los consejos reguladores de las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario que aún no hayan obtenido personalidad jurídica, por no tener adaptados sus reglamentos a lo establecido en la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega, podrán solicitar las ayudas reguladas por la presente orden siempre que cumplan con lo recogido en el punto 3 del artículo 8 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. Los miembros se comprometerán a permanecer en el grupo operativo durante el período de creación del grupo, diseño y redacción del proyecto innovador.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal
Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981540021
Fax: 981540018
Email: mediorural.recursosforestais@xunta.gal
Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal
Orden de 27 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la creación de grupos operativos de innovación de la Asociación Europea de Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el año 2017 (DOG nº 5 del 9 de Enero de 2017)
Plazo de presentación: CERRADO
10/01/2017 00:00 - 09/02/2017 23:59
Un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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La solicitud incluirá la siguiente documentación:
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a) Anexo I. La solicitud de la ayuda con los datos de identificación de la iniciativa del proyecto, datos de la persona o entidad solicitante, que asumirá la gestión económica del proyecto y la plena responsabilidad frente a la Administración a los efectos de pagos, reembolsos y recuperaciones.
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b) Anexo II. Memoria descriptiva de la iniciativa del proyecto de innovación que se va a desarrollar.
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c) Modelo del acuerdo de colaboración entre las entidades participantes.
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d) Relación de proyectos de I+D+i en el sector agrario, forestal o agroalimentario y/o experiencia temática en la iniciativa del proyecto de la entidad solicitante, donde se detallen, como mínimo, breve descripción de la acción, fecha de realización, orden de convocatoria y publicación y participantes.
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e) Copia de los estatutos fundacionales de la entidad solicitante en los que aparezca recogido su objeto social.
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f) Documentación acreditativa de la representatividad suficiente para firmar la solicitud. Cuando se trate de un empresario individual, deberá aportar la copia compulsada del DNI, sólo en el caso de denegar expresamente su consulta. Si se trata de una persona jurídica deberá aportar la copia del NIF sólo en el caso de denegar expresamente su consulta.
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Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, los profesionales colegiados, las personas representantes de una de las anteriores. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a traves de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuese realizada la enmienda.
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Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a traves de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuese realizada la enmienda.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de el.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas a actividades de demostración y acciones de información.
Inscripción de entidades colaboradoras de la Consellería del Medio Rural para la realización de actividades de formación continua y transferencia de tecnología en materia agraria.
Autorización para impartición de actividades de formación contínua y transferencia de tecnología agraria.
Ayudas a intercambios y visitas a explotaciones.