Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IG525C - Líneas de apoyo al acceso y adecuación de la financiación de las explotaciones productoras y transformadores de uva y de castañas afectadas por las heladas y granizo y las explotaciones productoras de patata, cereal, huerta y fruteras afectadas por el granizo.
Estas bases regulan el contenido y procedimiento de tramitación de dos líneas de financiación bonificada dirigida a explotaciones productoras y transformadoras de uva y de castañas afectadas por las heladas de los días 27 y 28 de abril del presente año, las explotaciones productoras de patata, cereal y huerta afectadas por el granizo del día 6 de julio, y a las explotaciones productoras y transformadoras de uva, castañas y de frutales afectadas por los granizos del día 27 de agosto, al objeto de adecuar y reforzar su estructura financiera (procedimiento IG525C).
Los apoyos podrán materializarse a través de dos líneas:
Línea 1: refinanciación de pasivos.
Línea 2: apoyo al circulante.
Podrán acceder a las líneas de financiación previstas en estas bases, las pequeñas y medianas empresas, incluidos los autónomos, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado UE, que desarrollen la actividad económica de producción o transformación de uva o castañas y se vieran afectadas por las heladas o granizos, así como las productoras de patata, cereal, huerta y frutales afectadas por los granizos.
También podrán acceder a la condición de beneficiario las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda. En este caso deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la ayuda que se va a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único con poder suficiente para cumplir las obligaciones que como beneficiario le correspondan a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción de cuatro años del artículo 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En este caso, el préstamo deberá estar formalizado a nombre de la entidad y deberá ser firmado por cada uno de sus miembros. En el caso de las cooperativas, el préstamo podrá estar firmado por un representante de la entidad, previa autorización de la misma, o por los cooperativistas, que asumirán la deuda en proporción a su porcentaje de participación.
a) En caso de explotaciones vitícolas, deberán estar inscritas en el Registro Vitícola de Galicia y tener viñedos en la zona geográfica delimitada en los mapas de heladas de los días 27 y 28 de abril de 2017, y de granizos del día 27 de agosto de 2017, emitidos por MeteoGalicia. En el caso de bodegas, deben cumplir el requisito de que elaboraron vino de denominación de origen con uvas de la cosecha del año 2016 procedentes de viñedos de la zona geográfica delimitada en el referido mapa de heladas.
b) En caso de explotaciones de castañas, deberá tratarse de explotaciones propietarias o gestoras de terrenos rústicos de carácter privado que cumplan los siguientes requisitos:
Los predios deberán estar situados en los ayuntamientos en los que las heladas o granizos afectaron gravemente a los castaños, éstos son:
1º. Provincia de Lugo: Baleira, Baralla, Becerreá, A Fonsagrada, Navia de Suarna, Negueira de Muñiz, As Nogais, Pedrafita do Cebreiro.
2º. Provincia de Ourense: Castrelo do Val, Cualedro, A Gudiña, Laza; A Mezquita, Monterrei, Oímbra, Riós; Vilardevós, Vilariño de Conso, Viana do Bolo; A Arnoia, Avión, Beade, Carballeda de Avia, Castrelo de Miño, Cenlle, Cortegada, Leiro, Melón, Ribadavia; Beariz, Boborás, O Carballiño, O Irixo, Maside; Piñor, Punxín, San Amaro y San Cristovo de Cea; Amoeiro, Barbadás, Coles, Esgos, Nogueira de Ramuín, Ourense, O Pereiro de Aguiar, A Peroxa, San Cibrao das Viñas, Taboadela, Toén, Vilamarín; O Barco de Valdeorras, A Rúa, O Bolo, Carballeda de Valdeorras, Larouco, Petín, Rubiá, Veiga y Vilamartín de Valdeorras; Verín; Chandrexa de Queixa, Manzaneda, A Pobra de Trives y San Xoán de Río.
También podrán ser beneficiarias aquellas empresas de transformación situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma que transformen castaña originaria de castañares de esta comunidad autónoma que a causa de la heladas o granizos no van a tener suministro de materia prima originaria de Galicia y que, por lo tanto, van a ver disminuida su capacidad de transformación.
c) En el caso de explotaciones de patata, cereal, huerta y frutales, los productores que cumplan los siguientes requisitos:
Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia y tener predios que deberán estar situados en las parroquias de los ayuntamientos en los que el granizo afectó gravemente a los cultivos de patata, cereal, huerta y frutales, y éstos son:
1º. Ayuntamiento de Allariz: parroquia de San Miguel de Torneiros.
2º. Ayuntamiento de Xunqueira de Ambía: parroquias de Abeleda, A Graña, Bobadela a Pinta y Sobradelo.
3º. Ayuntamiento de Vilardevós: parroquias de Arzádegos, Florderrei, Berrande, Enxames, Moialde, Osoño, Santa María de Traseirexa, Soutochao, Terroso, Vilar de Cervos, Vilardevós, Vilarello da Cota y Feilas.
En aplicación del artículo 48.b) de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017, los solicitantes podrán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma o no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro mediante una declaración responsable que se cumplimentará en el formulario electrónico de solicitud.
Además, deberán cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada ley de subvenciones y no ser considerados empresas en crisis, de acuerdo con la definición de empresa en crisis establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de la UE.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Complejo Administrativo San Lázaro s/n
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 900815151
Email: informa@igape.es
Instituto Galego de Promoción Económica – Igape
Resolución de 27 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las líneas de apoyo al acceso y adecuación de la financiación de las explotaciones productoras y transformadoras de uva y de castañas afectadas por las heladas y granizos, y las explotaciones productoras de patata, cereal, huerta y frutales afectados por el granizo, instrumentadas mediante convenio de colaboración suscrito con las entidades financieras y las sociedades de garantía recíproca, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (DOG nº 191 del 6 de octubre de 2017).
Extracto de la Resolución de 27 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las líneas de apoyo al acceso y adecuación de la financiación de las explotaciones productoras y transformadoras de uva y de castañas afectadas por las heladas y granizos, y las explotaciones productoras de patata, cereal, huerta y frutales afectadas por el granizo, instrumentadas mediante convenio de colaboración suscrito con las entidades financieras y las sociedades de garantía recíproca, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (DOG nº 191 del 6 de octubre de 2017).
Corrección de errores. Resolución de 27 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las líneas de apoyo al acceso y adecuación de la financiación de las explotaciones productoras y transformadoras de uva y de castañas afectadas por las heladas y granizos, y las explotaciones productoras de patata, cereal, huerta y frutales afectadas por el granizo, instrumentadas mediante convenio de colaboración suscrito con las entidades financieras y las sociedades de garantía recíproca, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (DOG nº 196 del 16 de octubre de 2017).
Resolución de 20 de octubre de 2017 por la que se adhieren dos entidades financieras al convenio de colaboración para apoyo al acceso y adecuación de la financiación de las explotaciones productoras y transformadoras de uva y de castañas afectadas por las heladas y granizos, y las explotaciones productoras de patata, cereal, huerta y frutales afectadas por el granizo, instrumentadas mediante convenio de colaboración suscrito entre el Igape, las entidades financieras y las sociedades de garantía recíproca (DOG nº 208 del 2 de noviembre de 2017).
Resolución de 26 de octubre de 2018 por la que se da publicidad de los beneficiarios de las ayudas concedidas durante el segundo trimestre de 2018 (DOG nº 212 del 7 de noviembre de 2018).
Resolución de 2 de septiembre de 2019 por la que se da publicidad a los beneficiarios de las ayudas concedidas durante el tercer y cuarto trimestre de 2018 (DOG nº 179 del 20 de septiembre de 2019).
Plazo de presentación: CERRADO
07/10/2017 00:00 - 20/10/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes por parte del interesado en las entidades financieras comenzará el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y terminará el 20 de octubre de 2017. Las entidades financieras deberán solicitar las ayudas financieras en el Igape, en nombre del interesado, hasta el 15 de noviembre de 2017, concediéndose de conformidad con el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En caso de agotamiento del crédito, el Igape publicará dicha circunstancia en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Igape www.igape.es, a fin de cerrar anticipadamente el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 de la citada Ley de subvenciones de Galicia.
Solicitud según el Anexo I de esta Resolución.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Un mes desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda en el Igape.
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Programa de apoyo al acceso a la financiación operativa (activo corriente) de las Pemes.
Ayudas a los proyectos de los comercios al por menor gallegos para contribuir a la reactivación del comercio gallego garantizando la seguridad laboral y la generación de confianza en el consumidor, susceptibles de financiación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.
Ayudas a los proyectos de empresas gallegas para garantizar la seguridad laboral y generar confianza en el consumidor, susceptibles de cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020
Ayudas para la instalación, reforma y adaptación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración y la adquisición de elementos de envasado y empaquetado para el servicio de consumo en el domicilio, financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de la COVID-19