Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED305F - Realización de actividades de formación del profesorado en el extranjero.
El objeto de esta orden es la convocatoria de plazas para la realización de itinerarios formativos para la mejora de la competencia lingüística y comunicativa en lengua extranjera del profesorado (procedimiento ED305F).
Las modalidades en las que se convocan plazas para el profesorado son las siguientes:
1. Modalidad 1: inmersión. Itinerario formativo en tres fases.
a) Fase A (75 horas): curso de formación en inglés en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se celebrará preferentemente en período lectivo, con sustitución del profesorado que realice esta actividad formativa.
b) Fase B (75 horas): inmersión en el país hablante de la lengua extranjera de enseñanza y aprendizaje, con una duración de tres semanas, que se realizará en el mes de julio o agosto de 2017 en uno de los siguientes países: Reino Unido, Canadá o Estados Unidos.
c) Fase C (25 horas): elaboración de materiales para la sociedad de la información en la lengua objeto de estudio según las orientaciones del anexo VII, que se realizará en el primer trimestre del curso 2017/18.
2. Modalidad 2: integración. Itinerario formativo en dos fases.
a) Fase de integración (100 horas): programa de inmersión total en inglés o portugués, consistente en la integración en la vida escolar, sin obligaciones lectivas, en centros escolares de Canadá o Portugal. El profesorado seleccionado se integrará en centros escolares y estará acompañado en el horario lectivo del centro por un/una docente de su misma área o materia durante cuatro semanas, en el primer trimestre del curso 2017/18 y será sustituido en sus centros educativos. En el caso del profesorado de formación profesional, el profesorado estará acompañado por un/una docente de los mismos módulos cuando sea posible o por un/una docente de un módulo afín.
b) Difusión de la experiencia adquirida (25 horas). El profesorado participante deberá presentar un plan de difusión, al menos en su centro de destino, de la experiencia adquirida en Canadá o Portugal. Del mismo modo, deberá presentar una memoria del desarrollo de ese plan de difusión, en la que se deberá acreditar todo el plan desarrollado. En la memoria deberá constar una propuesta didáctica en la lengua objeto de estudio según las orientaciones del anexo VI que demuestre la transferencia al aula de los conocimientos y metodología adquiridos en la integración. Tanto el plan como la memoria deberán elaborarse en el primer trimestre del curso 2017/18.
3. Modalidad 3: cursos. Itinerario formativo en dos fases.
a) Fase de formación (50 horas): se convocan los siguientes cursos de lengua extranjera, que se desarrollarán en los meses de julio y /o agosto de 2017:
1. Curso de dos semanas para profesorado especialista de inglés de enseñanza primaria y secundaria en el Reino Unido.
2. Curso de dos semanas para profesorado especialista de francés de enseñanza primaria y secundaria en Francia.
3. Curso de francés en Francia de dos semanas de duración para profesorado no especialista de lengua francesa de enseñanza primaria y secundaria. Este profesorado deberá acreditar un nivel B2 o superior en lengua francesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
4. Curso de portugués en Portugal de dos semanas de duración para profesorado especialista y no especialista de lengua portuguesa de enseñanza primaria y secundaria. Este profesorado deberá acreditar un nivel B2 o superior de lengua portuguesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
5. Curso de alemán en Alemania de dos semanas de duración para profesorado especialista y no especialista de lengua alemana de enseñanza primaria y secundaria. Este profesorado deberá acreditar un nivel B2 o superior de lengua alemana del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
b) Fase de elaboración de materiales (25 horas): elaboración de materiales para la sociedad de la información en la lengua objeto de estudio según las orientaciones del anexo VII, en el primer trimestre del curso 2017/18.
4. Será necesario que la persona participante consiga una evaluación positiva en cada una de las fases del itinerario formativo para poder realizar la fase siguiente y, en su caso, para obtener la certificación.
1. Las personas solicitantes deben ser funcionarios/as de carrera o funcionarios/as en prácticas de los cuerpos docentes detallados en este artículo. En el caso de los/las funcionarios/as en prácticas, podrán participar en las actividades formativas siempre y cuando éstas se desarrollen fuera del período efectivo de prácticas.
2. En la modalidad 1, de inmersión, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) En la actividad 1.1. Profesorado especialista en inglés que esté impartiendo la lengua extranjera en educación infantil o en educación primaria.
b) En la actividad 1.2. Profesorado de áreas, materias o módulos no lingüísticos impartidos en inglés (en adelante, AICLE/CLIL en inglés) de educación secundaria obligatoria, de bachillerato, de formación profesional, o profesorado de enseñanzas artísticas de las enseñanzas de régimen especial, que esté participando nos programas de secciones bilingües y/o centros plurilingües. Tendrá prioridad el profesorado que acredite un nivel B1 en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas y que no haya acreditado el nivel B2 o superior.
c) En la actividad 1.3. Profesorado AICLE/CLIL en inglés de educación primaria, que esté participando en los programas de secciones bilingües y/o centros plurilingües. Tendrá prioridad el profesorado que acredite un nivel B1 en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas y que no haya acreditado el nivel B2 o superior.
d) También podrá optar a las plazas de las actividades 1.2. y 1.3. el profesorado que tenga previsto participar en el programa de secciones bilingües o de centros plurilingües en lengua inglesa a partir del curso 2017/18, presentando:
1º. Un compromiso individual y un compromiso de su centro educativo de participación en alguno de dichos programas durante el próximo curso, mediante la certificación de aprobación del consejo escolar, una vez informado el claustro.
2º. La acreditación de la competencia lingüística B2 o superior en lengua inglesa.
El profesorado referido en este apartado podrá ser seleccionado siempre que queden plazas libres, ya que tiene prioridad aquel profesorado que esté impartiendo docencia CLIL.
e) En la actividad 1.4. El profesorado especialista en educación infantil que tenga su destino definitivo en un centro plurilingüe y esté impartiendo docencia en educación infantil en ese centro, que cuente con la acreditación de la competencia lingüística del nivel B1 o superior en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
Tendrá prioridad para participar en esta actividad el profesorado que acredite un nivel B2 o superior en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
3. En la modalidad 2, de integración, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) En la actividad 2.1. Profesorado de inglés de enseñanza primaria que sea coordinador de centros plurilingües o del programa de secciones bilingües.
b) En la actividad 2.2. Profesorado de inglés de enseñanza secundaria que sea coordinador de centros plurilingües o del programa de secciones bilingües.
c) En la actividad 2.3. Profesorado AICLE/CLIL en inglés de educación secundaria obligatoria y de bachillerato o de formación profesional, que esté participando en los programas de secciones bilingües y/o centros plurilingües en lengua inglesa. Tendrá prioridad el profesorado que acredite un nivel B1 en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas y que no haya acreditado el nivel B2 o superior.
d) En la actividad 2.4. Profesorado AICLE/CLIL en inglés de educación primaria, que esté participando en los programas de secciones bilingües y/o centros plurilingües en lengua inglesa. Tendrá prioridad el profesorado que acredite un nivel B1 en lengua inglesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas y que no haya acreditado el nivel B2 o superior.
e) En la actividad 2.5. Profesorado que imparta lengua portuguesa en la enseñanza secundaria o profesorado de áreas o materias no lingüísticas impartidas en portugués (en adelante, AICLE/CLIL en portugués) de educación secundaria o formación profesional, que participe en los programas de secciones bilingües y/o centros plurilingües en lengua portuguesa, o profesorado perteneciente al cuerpo de enseñanza secundaria que acredite un nivel B2 o superior en lengua portuguesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas. Tendrá prioridad el profesorado que imparta la lengua portuguesa en la enseñanza secundaria, así como el profesorado AICLE/CLIL en lengua portuguesa.
4. En la modalidad 3, de cursos, podrá participar, según las actividades relacionadas en el anexo IV, el siguiente profesorado:
a) En la actividad 3.1. Profesorado especialista de inglés. A los efectos de esta orden se entiende que son especialistas: los/las catedráticos/as y profesores/as de inglés de enseñanza secundaria y los/las catedráticos/as y profesores/as de inglés de las EE.OO.II. Asimismo, podrán participar los/las inspectores/as de educación que tengan como especialidad de origen lengua extranjera. Del mismo modo, podrán participar los/las maestros/as especialistas de inglés que no estén impartiendo inglés en educación infantil o en educación primaria.
b) En la actividad 3.2. Profesorado especialista de francés. A los efectos de esta convocatoria se entiende que son especialistas: los/las catedráticos/as y profesores/as de francés de enseñanza secundaria, los/las maestros/las de francés y los/las catedráticos/as y profesores/las de francés de las EE.OO.II. Asimismo, podrán participar los/las inspectores/as de educación que tengan como especialidad de origen lengua extranjera.
c) En la actividad 3.3, profesorado que imparte las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica de educación, en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, en centros públicos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y la Inspección Educativa que acredite un nivel B2 o superior en lengua francesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
d) En la actividad 3.4, profesorado que imparte las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica de educación, en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, en centros públicos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y la Inspección Educativa que acredite un nivel B2 o superior en lengua portuguesa del Marco común europeo de referencia para las lenguas. Tendrá prioridad el profesorado que imparta la lengua portuguesa en la enseñanza secundaria, así como el profesorado AICLE/CLIL en lengua portuguesa.
e) En la actividad 3.5, profesorado que imparte las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica de educación, en la redacción dada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, en centros públicos dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y la Inspección Educativa que acredite un nivel B2 o superior en lengua alemana del Marco común europeo de referencia para las lenguas. Tendrá prioridad el profesorado que imparte lengua alemana en la enseñanza secundaria.
f) El profesorado participante en esta modalidad deberá firmar el anexo V, comprometiéndose a promover la creación o mantenimiento de secciones bilingües o del programa de centros plurilingües en su centro de destino y a impartir su materia en la lengua correspondiente.
5. Las personas que participaron en las actividades convocadas por la Orden de 15 de marzo de 2016 por la que se convocan plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE), para el año 2016 (DOG 29/03/2016), no tendrán preferencia para participar en las actividades ofertadas, por lo que sólo podrán ser seleccionadas si no se cubrieran todas las plazas.
6. Las personas participantes en cada una de las modalidades deberán realizar una prueba al finalizar la actividad realizada en el extranjero por la que se pueda acreditar, como mínimo, un nivel superior del Marco común europeo de referencia para las lenguas al acreditado en el momento de presentación de la solicitud de participación en la presente convocatoria. En caso de que a través de esta prueba se acredite un nivel lingüístico superior al que se tenía acreditado en el momento de presentación de la solicitud, se procederá a la actualización de oficio de esta circunstancia en el expediente de datos personales de la persona participante. La no realización de dicha prueba será causa de exclusión en futuras convocatorias de plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE).
A los efectos de esta convocatoria se entiende que los/las catedráticos/as y profesores/as de enseñanza secundaria y los/las catedráticos/as y profesores/as de las EE.OO.II. que tengan la especialidad en una lengua extranjera, tienen acreditado el nivel C2 en la lengua extranjera en la que tengan la especialidad, y los/las maestros/as que tengan la especialidad en una lengua extranjera han acreditado el nivel B2 en esa lengua.
El profesorado participante en la presente convocatoria que tenga acreditado en el momento de presentación de la solicitud un nivel C2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas en la lengua objeto de estudio no deberá realizar la prueba descrita anteriormente.
El nivel lingüístico alegado para la participación en la presente convocatoria deberá ser, en todo caso, el nivel máximo que la persona solicitante tenga acreditado en el momento de presentación de la solicitud. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo podrá dar lugar a la incursión en responsabilidades disciplinarias de acuerdo con el vigente Reglamento del régimen disciplinario del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Quedarán excluidas de esta convocatoria las personas solicitantes que tengan concedida en el curso 2016/17, o para el curso 2017/18, licencia por formación otorgada por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546515
Fax: 981546550
Email: formaes@edu.xunta.es
Subdirección Xeral de Inclusión e Innovación Educativa
Orden de 24 de abril de 2017 por la que se convocan plazas destinadas al profesorado para la realización de itinerarios formativos para la mejora de su competencia lingüística y comunicativa, relativos al Programa integral de aprendizaje de lenguas extranjeras (PIALE) para el año 2017 (DOG nº 84 del 3 de mayo de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
04/05/2017 00:00 - 26/05/2017 23:59
15 días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Relación numerada y firmada de la documentación presentada, siguiendo el orden que aparece en el anexo III.
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b) Certificado, expedido por el secretario o secretaria del centro, con el visto bueno de la persona directora, en el que conste el área, materia o módulo que imparte la persona solicitante durante el curso académico 2016/17. En caso de que la persona solicitante sea coordinadora de centros plurilingües o del programa de secciones bilingües también deberá constar esta circunstancia en el certificado.
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c) Para el futuro profesorado AICLE/CLIL, la siguiente documentación:
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1º. Un compromiso individual y un compromiso de su centro educativo de participación en alguno de dichos programas durante el próximo curso, mediante la certificación de aprobación del consejo escolar, una vez informado el Claustro.
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2º. La acreditación de la competencia lingüística B2 o superior en lengua inglesa.
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d) Acreditación del nivel lingüístico exigido para cada plaza o superior, excepto para aquellas personas que ya tengan recogida esta información en el expediente de datos personales.
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e) Acreditación de los méritos académicos, profesionales o de cualquier índole que aleguen. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en el baremo que se incluye en el anexo II. La compulsa de documentos justificativos de méritos, y cualquier otro que la persona solicitante incorpore a su solicitud, podrá efectuarse en los centros de trabajo de las personas solicitantes, compulsa que firmará el/la director/a o secretario/a del centro, sin perjuicio de que pueda realizarse en los distintos órganos administrativos acreditados a tal fin.
No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se aleguen fuera del plazo al que se refiere el artículo 6 de esta convocatoria.
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Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Las personas que lo deseen podrán completar en línea el formulario de solicitud, en la página web www.edu.xunta.es/piale. Las solicitudes, una vez convalidadas e impresas, deberán estar firmadas por las personas solicitantes. Posteriormente y antes del final del plazo establecido en este artículo, deberá hacerse el registro de esta solicitud, junto con la documentación expresada en el artículo 7, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante Ley 39/2015, de 1 de octubre).
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El modelo de solicitud (anexo I) incluye una declaración responsable por la que la persona solicitante declara que el nivel de conocimiento de lenguas extranjeras del Marco común europeo de referencia para las lenguas alegado en la solicitud es el nivel máximo que tiene acreditado a la fecha de presentación de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas del profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de esta consellería (DOG de 26 de abril) modificada por la Orden de 21 de junio de 2016 (DOG de 7 de julio).
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No será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Modificación da autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.