Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED306A - Adjudicación de plazas de residencia en centros residenciales docentes.
1. La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento (código ED306A) para adjudicar plazas de residencia existentes en los centros residenciales docentes de A Coruña, Ourense y Vigo al alumnado que en el curso académico 2017/18 inicie o continúe estudios postobrigatorios no universitarios en centros docentes públicos o privados concertados situados en los términos municipales de A Coruña, Culleredo, Ourense y Vigo.
2. En el caso de centros docentes privados concertados, deberá tratarse de enseñanzas y niveles incluidos en el ámbito del concierto educativo.
Alumnado que en el curso académico 2017/18 inicie o continúe estudios postobrigatorios no universitarios en centros docentes públicos o privados concertados situados en los términos municipales de A Coruña, Culleredo, Ourense y Vigo.
Obligaciones de las personas residentes.
1. Las personas beneficiarias de plaza deberán incorporarse a la residencia en la fecha de inicio del curso escolar y respetar el régimen interno, las normas de convivencia y los horarios que permitan el normal desarrollo de la vida residencial y docente.
Asimismo, deberán presentar en la secretaría del centro residencial el boletín oficial o documento acreditativo de las notas parciales obtenidas durante el curso en el plazo máximo de 5 días siguientes a su entrega por parte del centro docente.
2. Los centros residenciales docentes permanecerán cerrados los fines de semana (desde el viernes por la tarde hasta el domingo por la noche), tal y como establezcan las normas de régimen interno del centro.
- Requisitos académicos y personales .
La persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
1. Estar matriculada en estudios postobligatorios no universitarios en alguno de los centros docentes indicados en el artículo 1 de esta orden en el curso 2017/18.
2. No repetir curso. Excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, la comisión de valoración podrá eximir de forma motivada del cumplimiento de este requisito, a la vista de la propuesta que efectúe el centro residencial y del informe de la Inspección educativa.
3. No haber sido expulsada en el curso anterior de un centro residencial ni estar sometida a un procedimiento disciplinario en trámite, por alguna de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia descritas en el artículo 15 de la Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa, y en el capítulo II del Decreto 8/2015, de 8 de enero, que la desarrolla.
- Lugar de residencia de la unidad familiar y accesibilidad a los estudios .
1. La persona solicitante deberá estar matriculada en una concreta modalidad de un nivel educativo o en una familia profesional o especialidad de un ciclo formativo, que:
a) No se imparta en ningún centro sostenido con fondos públicos de la localidad de residencia habitual de la unidad familiar a la cual pertenezca.
b) Y tampoco se imparta en una localidad que, por su proximidad a la de residencia habitual o por los medios de comunicación disponibles, permita el desplazamiento diario con facilidad.
2. Excepcionalmente, por circunstancias personales o familiares muy graves debidamente justificadas, la comisión de valoración podrá eximir de forma motivada del cumplimiento de este requisito, a la vista de la propuesta que efectúe el centro residencial y de los informes que se consideren oportunos.
- Miembros computables de la unidad familiar .
1. A efectos de esta orden, tendrán la consideración de miembros computables de la unidad familiar:
a) El alumnado solicitante.
b) Las personas progenitoras no separadas legalmente ni divorciadas o, en su caso, los representantes legales del menor.
c) La persona que, por nuevo matrimonio o por convivencia en situación de unión de hecho o análoga, viva en el domicilio familiar con la persona progenitora.
d) Las hermanas y hermanos solteros menores de 25 años que dependan de las personas progenitoras, siempre que convivan en el domicilio familiar.
e) Las hermanas y hermanos mayores de 18 años con discapacidad, siempre que convivan en el domicilio familiar.
2. Cuando la persona solicitante alegue su independencia familiar y económica, deberá aportar la documentación justificativa de tener domicilio en propiedad o en alquiler y de disponer de los medios económicos suficientes para hacer frente a sus gastos. Si la residencia independiente y los medios económicos propios no quedan convenientemente justificados, la solicitud será denegada.
3. No tendrán la consideración de miembros computables de la unidad familiar:
a) El/la progenitor/a que no conviva habitualmente con la persona solicitante en caso de separación legal o divorcio, excepto que la persona solicitante fuese menor y los progenitores tuviesen la custodia compartida.
b) El agresor en los casos de violencia de género.
- Determinación de la renta da unidad familiar .
1. La renta de la unidad familiar que se tendrá en cuenta es la del ejercicio fiscal 2015 y se obtendrá por la suma de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtenga ingresos de cualquier naturaleza, calculados según indican los puntos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
2. Cuando el miembro computable presente declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, se sumarán la base imponible general (recuadro 380) y la base imponible del ahorro (recuadro 395); cuando no la presente, se sumarán todos los ingresos netos obtenidos, excepto las becas de estudio concedidas por las administraciones públicas, que no computarán como ingreso.
3. Los ingresos obtenidos por el nuevo cónyuge o pareja de hecho de la persona progenitora con la que conviva habitualmente la persona solicitante se computan para calcular la renta de la unidad familiar.
4. En los casos de separación legal o divorcio, si los progenitores tienen la custodia compartida de la persona solicitante, se computarán los ingresos de ambos.
5. En los casos de violencia de género quedan excluidos del cómputo los ingresos del agresor.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Subdirección Xeral de Centros
Servizo de Apoio Económico e Axudas ao Estudo
San Caetano, s/n - Bloque II - 2º andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546521 / 981547301
Fax: 981546542
Email: sxcentros@edu.xunta.es
Servizo de Apoio Económico e Axudas ao Estudo
Orden de 31 de mayo de 2017 por la que se convocan plazas de residencia en los centros residenciales docentes de A Coruña, Ourense y Vigo para realizar estudios postobligatorios no universitarios en el curso 2017/18n (DOG nº 109 del 9 de junio de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
10/06/2017 00:00 - 17/07/2017 23:59
10/06/2017 00:00 - 08/08/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes en período ordinario será:
1. Para el alumnado matriculado en bachillerato, entre el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y el 15 de julio de 2017 (éste incluido).
2. Para el alumnado matriculado en ciclos formativos, entre el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria y el 8 de agosto de 2017 (éste incluido).
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1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud:
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1.1. Cuando se trate de alumnado que solicita plaza por primera vez o de alumnado residente sin reserva de plaza:
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a) El anexo II comprobación de datos de terceras personas, en su caso.
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b) Justificante de la matrícula para el curso académico 2017/18.
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c) Copia del libro de familia donde figuren todos los miembros computables. Si no tiene libro de familia o éste no refleja la situación, podrá acreditar el número de miembros de la familia utilizando, entre otros, alguno de los siguientes medios:
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1º. Sentencia judicial de separación o divorcio o convenio regulador.
2º. Informe de los servicios sociales o del órgano equivalente del ayuntamiento donde resida la familia.
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d) Certificado de convivencia de la persona solicitante y los demás miembros computables de la familia en el mismo domicilio.
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e) Certificado oficial de las notas del curso escolar 2016/17.
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f) Certificado del grado de discapacidad de la persona solicitante o de cualquier miembro de la familia reconocido por un órgano que no pertenezca a la Xunta de Galicia.
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g) Documentación justificativa de la exención del requisito de no repetir curso.
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h) Documentación acreditativa da concurrencia de circunstancias personales o familiares muy graves para eximir del requisito de accesibilidad a los estudios desde el lugar de residencia.
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i) Documentación justificativa de la situación de violencia de género. Podrá acreditarse en cualquiera de las formas que enumera el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
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1.2. Cuando se trate de alumnado en situación de tutela o guarda de la Xunta de Galicia:
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a) Certificación del centro de menores.
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b) Copia de la resolución justificativa del acogimiento familiar.
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2. La documentación complementaria se presentará presencialmente en el centro residencial o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud deberá indicarse el código u el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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4. Los documentos aportados aportados deberán ser válidos y eficaces en el momento de su presentación y reflejar la situación personal y familiar en la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, excepto la renta de la unidad familiar, que será la correspondiente al ejercicio fiscal 2015. En caso de violencia de género, se estará a lo dispuesto en la legislación específica.
-
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante cuando sea menor de edad.
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b) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas o, en su defecto, certificado tributario de imputaciones del ejercicio 2015.
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
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a) Grado de discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia.
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b) Percepción de pensión por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o de pensión de clases pasivas por jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad (equivalente a una discapacidad igual al 33 %).
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c) Extinción de la percepción de la prestación y/o el subsidio por desempleo e inscripción como demandante de empleo de las personas progenitoras del alumnado.
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d) Fallecimiento de un miembro computable de la familia.
2. En el caso de que las personas interesadas (el alumnado solicitante y los miembros computables de la unidad familiar) se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Las solicitudes deberán presentarse presencialmente en el centro residencial docente o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
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Estos formularios normalizados de solicitud (anexo I y II), además estarán disponibles:
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a) En el portal educativo, dirección http://www.edu.xunta.es
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b) En las dependencias de los centros residenciales docentes.
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La solicitud deberá estar firmada por la persona solicitante, o por su representante legal, y su presentación implicará que acepta las bases de la convocatoria, que cumple los requisitos exigidos en ella y que todos los datos contenidos en la solicitud y en la documentación aportada son ciertos; asimismo, que reúne los requisitos necesarios para obtener el título académico que indica.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Autorización de cobro de cantidad por actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios complementarios a centros docentes privados concertados.