Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR911A - Becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2017 en una universidad gallega.
Esta resolución tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cien becas de excelencia para la juventud del exterior, con el fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2017 en una universidad gallega, condicionada a los límites de financiación.
El listado de los másteres oficiales para los que se conceden las becas son los señalados en el anexo I de esta resolución.
La concesión de la beca está condicionada a la previa acreditación de estar matriculado en un máster de un mínimo de 60 créditos modalidad presencial.
Período de disfrute.
Las becas tendrán la duración correspondiente a los cursos académicos necesarios para la realización de la totalidad de los créditos de que conste el máster:
- Los másteres de 60 o 72 créditos ECTS, que equivalen a un curso académico, el período de disfrute será de septiembre de 2017 a julio de 2018.
- Los másteres de 90 créditos ECTS, que equivalen a un curso académico y medio, el período de disfrute será, además del señalado en el párrafo anterior, un cuatrimestre de septiembre de 2018 a febrero de 2019.
El disfrute de la beca estará condicionado a que se imparta el título oficial de máster para el que se realizó la matrícula.
Los ciudadanos gallegos residentes en el exterior con una titulación universitaria de grado, licenciado, ingeniero o arquitecto.
Las personas beneficiarias de las becas convocadas por esta resolución quedan obligadas a:
a) Incorporarse al máster en la universidad correspondiente y residir durante el curso académico completo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede, asistir a las actividades lectivas y superar la totalidad de los créditos.
c) Informar sobre sus actividades académicas, aportando dos informes con el visto bueno de su tutor al finalizar cada semestre (febrero y junio) y copias de las calificaciones obtenidas.
d) Comunicar la dirección a efectos de notificaciones, correo electrónico y teléfono de contacto en Galicia, así como los cambios que se puedan producir en ellos.
e) Comunicar por escrito a la Secretaría General de la Emigración la renuncia a la beca, así como cualquier modificación sustancial que afecte a las condiciones de la misma.
f) Abrir una cuenta bancaria en España en la que figure como titular de la misma.
g) Responsabilizarse de la búsqueda de alojamiento en Galicia y de la gestión del viaje.
h) Aquellos que no posean algún tipo de cobertura sanitaria durante el tiempo que dure su estancia en Galicia, deberán suscribir una póliza de seguro de asistencia sanitaria privada.
i) Participar en las acciones de fomento del empleo o de inserción laboral que se desarrollen en la Comunidad Autónoma.
j) Someterse a los requisitos legales y reglamentarios que recoge la normativa general de aplicación a las ayudas y subvenciones de Galicia, en concreto a las recogidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de fondos puede efectuar el departamento que concede la subvención, a las de control financiero que realice la Intervención General de la Comunidad Autónoma y a los procedimientos fiscalizadores del Consejo de Cuentas y del Tribunal de Cuentas.
k) Comunicarle a la Secretaría General de la Emigración la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubiesen fundamentado la concesión de la subvención.
l) Suministrar a la Secretaría General de la Emigración, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por la Secretaría General de la Emigración de las obligaciones previstas en el título I de la citada ley.
Requisitos que deberán cumplirse y acreditarse en el momento de la presentación de solicitudes:
a) Residir en el extranjero.
b) Estar en posesión de la nacionalidad española.
c) Ser emigrante nacido en Galicia o que haya residido en Galicia de forma continuada durante 10 años con nacionalidad española antes de emigrar, así como los descendientes por consanguinidad de una de estas personas y que hubieran nacido en el extranjero.
d) En el caso de las personas nacidas en el extranjero, estar vinculada a un ayuntamiento gallego.
e) Acreditar un mínimo de dos años de residencia en el exterior inmediatamente anteriores a fecha de la presentación de la solicitud.
f) Estar en posesión de algún título universitario de grado, arquitecto/a, ingeniero/a, licenciado/a, arquitecto/a técnico, diplomado/a, ingeniero/a técnico u otro expresamente declarado equivalente.
g) Haber obtenido la titulación universitaria en los últimos 10 años.
Requisito que deberá cumplirse y acreditarse con carácter previo a la concesión de la beca:
a) Estar matriculado/a en el curso 2017/18 en un máster universitario oficial de los relacionados en el anexo I del Sistema universitario de Galicia, de un mínimo de 60 créditos en la modalidad presencial. Para los másteres con una duración total de 90 créditos, la matrícula de los 30 créditos restantes, correspondientes al curso 2018/19 se realizará y se acreditará en el año 2018.
Los solicitantes antes de matricularse deben realizar el proceso de solicitud de admisión en uno o en varios másteres en las universidades gallegas que prefieran con la antelación necesaria para poder presentar el justificante de matrícula. Cada universidad establece su propio plazo de admisión y deben estar en contacto directo con ellas para informarse de los programas de máster de su área de interés, así como de los requisitos y de la documentación que deben aportar.
A estos efectos, para ser admitido en una universidad, en el caso de títulos extranjeros de estudios de países ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), se deberá tramitar la solicitud de equivalencia en la universidad gallega donde se pretenda cursar el máster. No será necesario en caso de que el título esté ya homologado a un título universitario oficial español o a otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado miembro del EEES y que faculten para el acceso a estudios de máster.
Esta admisión por las universidades no implicará, en ningún caso, la homologación del título extranjero del que esté en posesión la persona interesada ni su reconocimiento para otros efectos que no sean los de cursar los estudios de máster.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral da Emigración
Subdirección Xeral do Retorno
Servizo de Planificación e Xestión de Programas do Retorno
Praza de Mazarelos, 15
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547271 / 981957162
Fax: 981547296
Email: retorno.emigracion@xunta.gal
Servizo de Planificación e Xestión de Programas do Retorno
Resolución de 7 de abril de 2017, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de cien becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2017 en una universidad gallega (DOG nº 71 do 11 de abril de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
12/04/2017 00:00 - 31/05/2017 23:59
Comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 31 de mayo de 2017 a las 24.00 horas (horario de España).
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Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud del anexo II la siguiente documentación:
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a) Pasaporte en vigor u otro documento acreditativo de la identidad y nacionalidad española para las personas solicitantes que no tengan DNI.
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b) Certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular del solicitante correspondiente a la demarcación en la que tenga su domicilio o cualquier otra documentación que acredite la veracidad de su residencia en el exterior en el momento de la presentación de la solicitud, por ejemplo: informe policial, acta notarial, certificado del ayuntamiento de residencia, vida laboral…
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c) Documentos justificativos del nacimiento en Galicia o de la residencia en la Comunidad Autónoma de manera continuada durante diez años con nacionalidad española antes de emigrar y, en su caso, de ser descendiente de una de estas personas.
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d) Para los solicitantes nacidos en el extranjero, documentación acreditativa de su vinculación con un ayuntamiento gallego en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), o cualquiera otra documentación acreditativa de este extremo.
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e) Documentación justificativa del tiempo de residencia en el extranjero durante un mínimo de dos años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
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f) Título universitario o certificado que acredite que el título está en trámite.
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g) Expediente académico de los estudios universitarios realizados. Aparecerán relacionadas las materias cursadas y las calificaciones obtenidas en ellas, con mención expresa de la nota media alcanzada en la titulación así como la escala utilizada para el cálculo de la misma.
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h) Documento acreditativo de estar preinscrito en un máster o, en su defecto, una declaración responsable en la que señale el máster o másteres en los que va a solicitar su admisión incluida, en el anexo II.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario electrónico normalizado que figura como anexo II de esta resolución, accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Los solicitantes deberán cumplimentar todos los formularios que figuren en la aplicación informática y aportar los documentos requeridos en el artículo 9 de esta resolución. Una vez completada, el solicitante deberá confirmarla. La confirmación de la solicitud comporta su presentación y registro a todos los efectos. Una vez confirmada la solicitud, no podrá ser modificado ninguno de los datos cumplimentados en los formularios.
Dentro de estos formularios, deberán cumplimentar la memoria de motivación para realizar un curso de máster en Galicia, importancia para su propia especialización académica e interés de desarrollar su carrera profesional en la Comunidad Autónoma.
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Las personas solicitantes residentes en Cuba y que así lo deseen podrán dirigirse a la Federación de Sociedades Gallegas en La Habana, en la que existen personas habilitadas al efecto, para la presentación electrónica de sus solicitudes.
La utilización de esta vía requerirá una autorización que la persona solicitante le otorga a la persona responsable de la entidad colaboradora para que remita su solicitud por vía electrónica, incluida en el modelo de solicitud (anexo II).
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No será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria deberá presentarse por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Las copias de documentos tendrán la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
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La Secretaría General de la Emigración podrá requerir cualquiera otra documentación o dato adicional que considere necesario para completar el expediente o para una mejor valoración del mismo.
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Todos los documentos que se aporten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Cuando los documentos aportados al expediente por las personas solicitantes estén en un idioma distinto del gallego o del español, se deberá presentar traducción de ellos en cualquiera de estos idiomas.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Seis meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"