Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TU201A - Premios Galicia parabéns.
2. Los Premios Galicia Parabéns constarán de las siguientes categorías:
1ª categoría:
Destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones realizadas en los últimos diez años para conseguir una mejora del paisaje, una integración adecuada en el mismo de elementos antrópicos (arquitecturas, carreteras, industrias, canteras...), o de la propia mejora estética de los núcleos poblacionales. Asimismo, se incluyen en esta categoría las iniciativas o actuaciones de embellecimiento realizadas en la colindancia de las rutas de los Caminos de Santiago.
2ª categoría:
Destinada a premiar los mejores proyectos dirigidos a la realización de obras de revalorización y embellecimiento, tanto para promover una mejora del paisaje como para intervenciones en los núcleos poblacionales o en la colindancia de los Caminos de Santiago.
Los ayuntamientos no podrán solicitar el premio en más de una candidatura. La infracción de este extremo dará lugar a la no admisión de todas las candidaturas de las que formen parte.
No podrán participar en esta convocatoria las siete grandes ciudades gallegas: A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela, y las entidades locales en las que están integradas.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades que incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incurso en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable de las entidades solicitantes, en el caso de agrupación de ayuntamientos deberá presentarse la declaración por cada uno de los ayuntamientos agrupados.
3. Los ayuntamientos, así como las agrupaciones y el resto de entidades locales del punto 1 deberán cumplir el requisito de haber remitido al Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas generales de cada ejercicio. Este requisito deberá cumplirse antes del final del plazo de presentación de solicitudes de participación, y su falta de acreditación por parte de alguno de los participantes en la candidatura supondrá la inadmisión de ésta. En el caso de agrupaciones de ayuntamientos, este requisito deberá ser acreditado por cada uno de los ayuntamientos integrantes de la agrupación.
4. No se admitirán las solicitudes presentadas por consorcios locales de los cuales forme parte la Xunta de Galicia y financie, en todo o en parte, sus gastos de funcionamiento.
5. Los requisitos para ser beneficiarios deberán cumplirse antes del final del plazo de presentación de las solicitudes.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Dirección de Competitividade
Área de Fomento e Desenvolvemento Empresarial
Estrada Santiago ? Noia km3
15703 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981547404 / 981546364
Fax: 981546371
Email: xerencia.turismo@xunta.es
Área de Fomento e Desenvolvemento Empresarial
Resolución de 29 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Galicia Parabéns y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (DOG nº 15 del 23 de enero de 2017)
Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Galicia Parabéns y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (DOG nº 15 del 23 de enero de 2017).
Resolución de 2 de noviembre de 2018 por la que se amplía el plazo de presentación de la documentación justificativa establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en réxime de concurrencia competitiva, de los Premios Galicia Parabéns y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (DOG nº 216 del 13 de noviembre de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
24/01/2017 00:00 - 23/03/2017 23:59
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y según se establece en el artículo 4 de las bases reguladoras.
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1. Documentación administrativa:
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a) Certificación de la secretaría del ayuntamiento, de la mancomunidad, consorcio o área metropolitana que acredite que la entidad local cumplió con su deber de remisión de las cuentas generales de cada ejercicio al Consejo de Cuentas, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.
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b) Certificación del/de la secretario/a de la entidad local en la que conste el acuerdo de la entidad local por el que se solicita la subvención para las obras o equipamientos que se pretenden ejecutar y se aceptan las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en esta resolución, así como el compromiso de financiar el importe de la actividad que no resulte subvencionado al amparo de esta convocatoria hasta el importe total de la ejecución prevista según la documentación presentada con la solicitud.
Este acuerdo deberá estar adoptado antes del vencimiento del plazo de presentación de las solicitudes. El incumplimiento de estos requisitos constituirá causa de inadmisión de la solicitud.
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c) En el caso de agrupación de ayuntamientos, instrumento jurídico que regule la agrupación y la gestión de los servicios que deberá incluir, en todo caso, la designación del/de la alcalde/alcaldesa que actuará como representante de la agrupación. A este representante le corresponderá firmar la solicitud y con el se efectuarán todas las actuaciones a que el procedimiento de lugar.
Asimismo, se presentará una certificación emitida por la secretaría del ayuntamiento representante, en la cual se haga constar en base a los acuerdos adoptados por los órganos competentes de cada uno de los ayuntamientos agrupados y/o en las certificaciones emitidas por los/las secretarios/as de los ayuntamientos integrantes de la agrupación:
Que todos los ayuntamientos integrantes de la agrupación adoptaron el acuerdo por el cual se solicita la subvención para las obras o equipamientos que se pretenden ejecutar y se aceptan las condiciones de financiación y demás requisitos establecidos en esta resolución, así como el compromiso de financiar el importe de la actividad que no resulte subvencionado al amparo de esta convocatoria hasta el importe total de la ejecución prevista según la documentación presentada con la solicitud.
El nombramiento del/de la alcalde/alcaldesa representante con poderes suficientes para cumplir con todas las obligaciones que como entidad beneficiaria corresponden a la agrupación, y que actuará como coordinador/a, interlocutor/a y perceptor/a de la subvención.
Que todos los ayuntamientos participantes en la solicitud remitieron las cuentas del ayuntamiento al Consejo de Cuentas de Galicia. En esta certificación deberá quedar acreditado que la remisión de las cuentas al Consejo de Cuentas de Galicia se efectuó antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes.
Los acuerdos deberán estar adoptados y las cuentas remitidas antes del vencimiento del plazo de presentación de solicitudes. El incumplimiento de estos requisitos o la falta de la referencia expresa al contenido determinado en los números anteriores, aunque afecte a una sola de las entidades agrupadas, determinará la inadmisión de la solicitud.
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d) En caso de que se trate de una mancomunidad, consorcio o área metropolitana, deberá presentarse el instrumento jurídico acreditativo de su constitución.
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e) En su caso, instrumento jurídico por el que las administraciones locales promuevan políticas urbanísticas destinadas a mejorar, conservar y recuperar su calidad paisajística y medioambiental.
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f) En su caso, acreditación de los soportes de promoción turística en relación con el espacio geográfico donde se realizó o se va a realizar la intervención, promovidos por el propio ayuntamiento u otras administraciones públicas distintas de la Agencia Turismo de Galicia.
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g) Certificación del/de la secretario/a relativa a la suma de los capítulos de gasto de capital del ayuntamiento vigentes en el año 2017. En el caso de agrupaciones, el/la secretario/a del ayuntamiento representante deberá expedir una certificación acreditativa de la media de los gastos de capital de los ayuntamientos agrupados, que se emitirá en base a las certificaciones que deberán expedir los/las secretarios/as de los ayuntamientos agrupados.
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2. Documentación tecnica:
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Categoría primera:
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a) Memoria de las actuaciones o iniciativas ejecutadas, en la cual se detallarán las obras realizadas con el mayor grado de concreción posible, de manera que se facilite su valoración (concepto de la integración paisajística pretendida, justificación de la elección de los materiales empleados, planos y fotografías del estado inicial y del estado final, presupuestos, etc.)
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b) Proyecto tecnico, firmado por tecnico competente, destinado a complementar o finalizar las obras ya ejecutadas. En caso de que estas no necesitasen de continuación o acabado, el solicitante presentará un nuevo proyecto complementario en la línea de lo contemplado en esta resolución. En el mismo se incluirán los planos necesarios para la correcta identificación y delimitación de las obras propuestas, presupuestos, materiales a emplear, fotografías del estado actual y recreación virtual de la transformación que se pretende.
Este proyecto tecnico se presentará en soporte papel para facilitar su valoración por el jurado.
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c) Cronograma de ejecución de la actuación a realizar, así como su distribución en las anualidades 2017 y 2018.
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Categoría segunda:
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a) Proyecto de intervención para obras nuevas, firmado por tecnico competente. En el mismo se incluirán los planos necesarios para la correcta identificación y delimitación de las obras propuestas, presupuestos, materiales a emplear, fotografías del estado actual y recreación virtual de la transformación que se pretende.
Este proyecto tecnico se presentará en soporte papel para facilitar su valoración por el jurado
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b) Cronograma de ejecución de la actuación a realizar, así como su distribución en las anualidades 2017 y 2018.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: 5 meses.
Sentido del silencio: Negativo.
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG) (becas ordinarias).
Ayudas para cursar estudos complementarios para a obtención de un título oficial en dirección hotelera en el extranjero.
Becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG) (becas excelencia académica).
Becas para la realización de estudios en el Centro Superior de Hostelería de Galicia (CSHG) (becas para personas gallegas residentes en el exterior).