Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT400A - Inscripción o modificación en el Registro de Cartografía de Galicia.
a) La regulación de las actividades de producción, gestión y difusión.
b) La regulación del Sistema cartográfico de Galicia y de sus instrumentos integrantes: el Equipamiento geográfico de Galicia, el Plan gallego de cartografía e información geográfica, el Registro de Cartografía de Galicia, el Sistema de información territorial de Galicia (Sitga), la Infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG) y la Cartoteca de Galicia.
2. La cartografía que no cumpla con lo indicado en el apartado anterior, así como la recogida en el artículo 18.4, será inscrita en la sección de cartografía no oficial.
3. La cartografía e la información geográfica digital inscrita quedará catalogada en la Infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de este Decreto.
4. Para la modificación de la cartografía inscrita en el registro se seguirá el mismo procedimiento previsto para su inscripción.
Xunta de Galicia
Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático
Instituto de Estudos do Territorio (IET)
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541751
Fax: 981541757
Email: seguimentodot.iet@xunta.gal
Instituto de Estudos do Territorio (IET)
Decreto 14/2017, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la información geográfica y de la actividad cartográfica de Galicia (DOG nº 33 del 16 de febrero de 2017).
Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía (BOE nº 25, de 29 de enero de 1986).
Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional (BOE nº 287, de 30 de noviembre de 2007).
Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (BOE nº 163, de 6 de julio de 2010).
Resolución de 23 de junio de 2010, del Instituto Geográfico Nacional, por el que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Galicia, por el que la Comunidad Autónoma se integra en el Sistema Cartográfico Nacional y se establecen los contenidos del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, que afectan a dicha integración (BOE nº 244 del 8 de octubre de 2010.)
Orden FOM/1615/2013, de 9 de agosto, por la que se aprueba el nuevo modelo de ficha registral para inscripciones en el Registro Central de Cartografía (BOE nº 214, de 6 de septiembre de 2013).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Este decreto y el reglamento entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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La inscripción en el Registro de Cartografía de Galicia se iniciará de oficio o por solicitud de la persona interesada, de conformidad con lo previsto en el artículo 54 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en lo sucesivo, Ley 39/2015). El procedimiento se iniciará de oficio por el Instituto de Estudios del Territorio, bien por propia iniciativa, como consecuencia de orden superior, o a petición razonada de los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o entes instrumentales del sector público autonómico, así como de las entidades locales, en su caso.
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La solicitud de inscripción deberá presentarse conforme al modelo recogido en el anexo I y siguientes, junto con la documentación correspondiente, y se dirigirá al Instituto de Estudios del Territorio.
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Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
La presentación electrónica será obligatoria para las administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, las personas empleadas de las administraciones públicas en los trámites realizados por su condición de persona empleada pública, y para las personas que representen a una persona interesada obligada a la presentación electrónica.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).
Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Se deberá cumplimentar una solicitud por cada recurso cartográfico para el que se solicite la inscripción. Cuando las pretensiones correspondan a una pluralidad de personas, podrán ser formuladas en una única solicitud, entendiendose en tal caso las actuaciones con el representante o con la persona interesada que expresamente se señale y, en su defecto, con la que figure en primer termino, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 39/2015. En este supuesto, la solicitud deberá presentarse junto con el modelo normalizado de pluralidad de personas solicitantes, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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En la solicitud de inscripción de cartografía derivada deberá figurar la cartografía básica de la que se obtuvo, y en la de cartografía temática se indicará la cartografía básica o derivada que se utilizó como soporte. No podrá inscribirse la cartografía, derivada o temática, realizada a partir de una cartografía no registrada.
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La solicitud de inscripción en el Registro de Cartografía de Galicia deberá acompañarse de la siguiente documentación:
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a) La documentación identificativa de la persona física o jurídica.
Si la persona solicitante es una persona física, deberá presentarse copia del DNI o NIE en vigor, en el caso de denegar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 255/2008, de 23 de octubre, por el que se simplifica la documentación para la tramitación de los procedimientos administrativos y se fomenta la utilización de medios electrónicos, y la Orden de la Consellería de la Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 7 de xullo de 2009, que desarrolla dicho decreto.
En caso de que la persona solicitante sea una persona jurídica, deberá presentarse escritura o documento de constitución debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil o registro que corresponda o certificado de dicho registro así como, en su caso, el DNI o NIE en vigor de la persoa representante.
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b) La ficha registral respectiva al tipo de recurso cartográfico que se desee inscribir (anexos II, III, IV o V del decreto, según corresponda). La relación de recursos cartográficos es la siguiente:
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Producto: conjunto de datos producido de acuerdo a unas especificaciones.
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Unidad: cada uno de los elementos individuales que componen un producto, definidos por una partición del ámbito total del mismo.
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Servicio cartográfico: prestación o actividad relacionada con la producción de datos o la publicación de servicios web que una organización se ofrece a realizar para terceros bajo demanda.
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Servicio web: parte distinguible de funcionalidad ofrecida en la red por una entidad a traves de una interfaz.
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c) Una copia de todos los datos que se quieran registrar en formato digital.
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Con carácter complementario y potestativo, la persona solicitante podrá acompañar a la anterior documentación obligatoria una ficha con los metadatos de la Infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG) según el modelo establecido por el Núcleo español de metadatos (NEM) aprobado por el Consejo Superior Geográfico, especificando los metadatos a nivel de conjunto de datos o servicio, según corresponda.
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No será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, de conformidad con el previso en el artículo 28 de la Ley 39/2015.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación, con anterioridad al planteamiento de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. sin perjuicio de la obligación de empleo de esta modalidad en los supuestos y condiciones previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada en dichas condiciones.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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Las copias de los documentos gozarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean autenticas.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Dos meses
Sentido del silencio: Positivo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de productos, proyectos y obras realizadas con madera. Línea 1.2
Subvenciones para la construcción de punto de agua en montes vecinales en mano común y SOFOR.