Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PR473A - Admisión a las pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
El objeto de esta orden es la aprobación de las bases generales y convocatoria de las pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas y su expedición.
Habida cuenta de lo expuesto en el Decreto 75/2015, de 21 de mayo, por el que se modifica el referido Decreto 8/2010, la vigencia de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas es de 5 años desde la fecha de su expedición.
Personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.
Para desempeñar las funciones de personal de control de acceso será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad española o de alguno de los países que integran la Unión Europea o estar en posesión del permiso de residencia y trabajo correspondientes.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) Tener conocimientos básicos de las lenguas oficiales de Galicia para poder atender al público en cualquiera de ellas.
e) Haber superado las pruebas específicas que convoque la Academia Gallega de Seguridad Pública, consistentes en la realización de un test psicológico y un test de conocimiento sobre las materias relacionadas con las funciones propias de su actividad, de acuerdo con el programa que figura como anexo de este decreto.
Conforme dispone la Ley 6/2003, de 9 de septiembre, de tasas, precios y exaccións reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, según la modificación introducida por la Ley de presupuestos para el año 2011, la tasa por participación en las pruebas para obtener la certificación acreditativa de la habilitación, será de 50.40 euros, que serán ingresados, mediante el modelo general de autoliquidación de tasas.
Pueden acceder al mismo desde la página web de la Agencia Tributaria de Galicia (www.atriga.es), a través de la cual, podrá pagar, en el caso de no tener certificado digital: de forma presencial (personándose en la entidad colaboradora, de las cuales existe un listado público en esa misma página web, o telemáticamente con tarjeta bancaria. En el caso de tener certificado digital, podrá pagar accediendo a la oficina virtual, de forma presencial, telemáticamente mediante cargo en cuenta o con tarjeta.
Las/los aspirantes deberán cubrir, en los apartados habilitados al efecto en el referido modelo de autoliquidación de tasas, tanto si el pago se hace de manera presencial en la entidad colaboradora, como telemáticamente a través de la oficina virtual de la Agencia Tributaria de Galicia, los siguientes códigos:
Código: 04.
Delegación de Pontevedra.
Código: 40.
Servicio de Academia Gallega de Seguridad Pública.
Código: 19.
Tasa: denominación: participación en las pruebas para obtener certificación acreditativa de la habilitación.
Código: 30.48.01.
Total: 50,40 euros.
Además, las/los aspirantes cubrirán sus datos personales en los apartados reservados a tal fin en dicho modelo.
Están exentos del pago de esta tasa:
1. Las/los aspirantes que figuren inscritas/os como desempleados en el Instituto Nacional de Empleo, que podrán autorizar la comprobación de esta situación por la Administración, o presentar el certificado acreditativo de la misma.
2. Las/los aspirantes que tengan una discapacidad igual o superior al 33 %, acreditando documentalmente tal situación, excepto en caso de que la situación de discapacidad fuera expedida por la Xunta de Galicia, en tal supuesto puede autorizar su consulta o bien presentar tal certificación.
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen, dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión de la/del aspirante del proceso, sin que sea posible emendar tal deficiencia en un momento posterior.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Avenida da Cultura, s/n
36680 Estrada, A (Pontevedra)
Teléfono: 886206110
Email: formacion.agasp@xunta.gal
Servizo de Espectáculos Públicos e Desenvolvemento Normativo
Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 24 del 5 de febrero de 2010).
Decreto 127/2011, de 23 de junio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 127 del 4 de julio de 2011).
Decreto 75/2015, de 21 de mayo, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 97 del 26 de mayo de 2015).
Decreto 104/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 8/2010, de 21 de enero, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 140 del 27 de julio de 2015).
Orden de 24 de agosto de 2017 por la que se convocan pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 171 del 8 de septiembre de 2017).
Orden de 21 de abril de 2010 por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas (DOG nº 78 del 27 de abril de 2010).
Resolución de 26 de diciembre de 2017 por la que se hace pública la relación de aspirantes declarados/as aptos/as en las pruebas para la renovación de la habilitación del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, convocadas por Orden de 24 de agosto de 2017 (Diario Oficial de Galicia número 171, de 8 de septiembre) (DOG nº 8 del 11 de enero de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
09/09/2017 00:00 - 28/09/2017 23:59
20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
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Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE de la persona solicitante.
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b) Situación de desempleo.
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c) Discapacidad igual o superior al 33 %, en el supuesto de ser expedido por la Xunta de Galicia.
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d) Certificado de antecedentes penales, expedido por el Ministerio de Justicia.
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En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Además, las personas interesadas deberán aportar con su solicitud la siguiente documentación:
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a) Justificante del ingreso de la tasa, con el sello de la entidad bancaria con indicación de la fecha.
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b) Copia del justificante, en su caso, de tener una discapacidad igual o superior al 33 %, en el supuesto que no fuera expedido por la Xunta de Galicia.
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c) Dos fotografías tamaño carné de identidad.
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No será necesario aportar los documentos que ya fueron presentados con anterioridad. a estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para compararlo con la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el paragrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Un mes, contado desde la expiración del plazo de presentación de solicitudes.
Sentido del silencio: No especificado
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
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Ayudas para los establecimientos de ocio nocturno de la Comunidad Autónoma de Galicia.