Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MT318A - Ayudas para la formación en el ámbito del transporte por carretera Galicia.
1. El objeto de esta orden es fijar las bases reguladoras por las que se regirá el otorgamiento de subvenciones de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda para facilitar la realización de cursos de interés público para el colectivo del transporte en Galicia (procedimiento MT318A), ofertados a las entidades colaboradoras de la Administración que se integran en el Comité Gallego de Transportes por Carretera, regulado por el Decreto 251/1998, de 10 de septiembre.
2. Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2017.
3. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Las ayudas se otorgarán de acuerdo con la consignación presupuestaria disponible, y podrán cubrir hasta el 100 % del coste total del plan formativo.
El importe otorgado se destinará a realizar la totalidad de los cursos del plan formativo. No obstante, si las demandas formativas lo aconsejan, podrá destinarse a impartir otros cursos relacionados con las materias contenidas en el plan, o a incrementar el número de ediciones de los ya incluidos en él, siempre que no se supere el importe global otorgado y la cuantía individual de cada curso no supere los límites máximos establecidos en la guía de referencia, con la rebaja que, en su caso, la entidad solicitante se haya comprometido a aplicar.
Igualmente, en caso de que la cuantía global de la ayuda otorgada no cubra el coste de todo el plan formativo, la entidad beneficiaria podrá aplicarla a realizar aquellos cursos o seminarios incluidos en él que resulten de mayor interés para el alumnado.
En todo caso, los cursos que se van a realizar, así como los posibles cambios que les afecten, deberán comunicárselo a la Subdirección General de Ordenación del Transporte en los términos del artículo 21.2 de esta orden.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en esta orden, las asociaciones profesionales de transportistas o de empresarios de actividades auxiliares o complementarias del transporte, o las federaciones de las mismas, que hayan justificado ante la Dirección General de Movilidad, con anterioridad a la fecha de publicación de esta orden, su representatividad en el marco del sector profesional, a efectos de lo regulado por el Decreto 251/1998, de 10 de septiembre, por el que se crea el Comité Gallego de Transporte por Carretera y se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte, participen o no, de manera efectiva, en el referido órgano de representación.
Obligaciones de las entidades beneficiarias.
1. Las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden asumen las obligaciones contempladas con carácter general en la normativa de subvenciones y, específicamente, las siguientes:
a) Obligación de reintegro, total o parcial, de la subvención percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión.
b) Obligación de permitir que la Dirección General de Movilidad realice las comprobaciones e inspecciones que considere oportunas, bien de manera directa bien mediante equipos o personal externo designado y acreditado al efecto, con el fin de comprobar la veracidad de los datos y de la documentación presentada, así como de hacer el seguimiento y control de las ayudas concedidas.
c) Obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.
2. Las entidades beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a hacer constar en la publicidad y difusión de los cursos o seminarios el texto: «Curso/seminario/jornada (según proceda) subvencionado por la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda de la Xunta de Galicia».
3. Igualmente, las entidades beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a poner a disposición de la Dirección General de Movilidad un mínimo de un 15 % de las plazas disponibles para cada curso (con un mínimo de tres plazas por curso), destinadas preferentemente al personal de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, de las unidades adscritas a esta comunidad autónoma y de las policías locales, que haga funciones de colaboración en materia de transporte; estas plazas no se computarán a los efectos de cálculo del número máximo de asistentes por curso ni se acumularán a las plazas disponibles en caso de no cubrirse por esta Administración.
4. En los supuestos en que los cursos o seminarios subvencionados no sean gratuitos para los asistentes, la entidad organizadora únicamente podrá percibir de aquéllos la cantidad correspondiente a la parte del coste no subvencionada, y deberá constar documentalmente este hecho.
- Las entidades referidas tendrán que tener acreditada una representatividad que les otorgue, o pueda otorgar, cuando menos, un veinticinco por ciento de los derechos de voto correspondientes al ámbito provincial en que desarrollen su actividad o, alternativamente, un quince por ciento, en el ámbito del conjunto de la Comunidad Autónoma.
- Las entidades indicadas en el punto anterior no deberán, en el momento de presentar la solicitud, estar incursas en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Mobilidade
Subdirección Xeral de Ordenación do Transporte
Praza de Europa, 5-A 2ª planta. Área Central - Polígono de Fontiñas.
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995053
Fax: 981544351
Email: formacion.transportes@xunta.es
Subdirección Xeral de Ordenación do Transporte
Orden de 10 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para conceder ayudas para la formación en el ámbito del transporte por carretera en Galicia y se convocan para 2017 (DOG nº 102 del 31 de mayo de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
01/06/2017 00:00 - 30/06/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si este último es inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hay día equivalente, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
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Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Acta de constitución de la entidad solicitante.
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b) Estatutos de la entidad solicitante.
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c) De no constar en los documentos anteriores, poder que acredite la capacidad para actuar en nombre de la entidad de la persona que firma la solicitud.
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d) Descripción detallada de los cursos integrados en el plan formativo para los cuales se pide la ayuda. Esta descripción deberá hacerse en un documento electrónico en formato Microsoft Excel o compatible, el cual deberá ajustarse a la estructura y al contenido del modelo que, para tal efecto, la Dirección General de Movilidad pondrá a disposición de las entidades interesadas en su página web institucional (http://civ.xunta.gal/mobilidade).
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Asimismo, para elaborar este documento deberá tenerse en cuenta lo previsto en la guía de referencia, de acuerdo con lo que establece el artículo 2 de esta orden. El coste del plan formativo será el resultado de sumar los importes que especifica dicha guía para cada curso solicitado, minorados, en su caso, en el porcentaje de rebaja que la entidad solicitante se comprometa a aplicar.
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e) De considerarse oportuno, podrán adjuntarse cuantos documentos se considere que pueden contribuir a una mejor descripción del plan formativo y, específicamente, la valoración de los aspectos indicados en el artículo 13 de esta orden.
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Comprobación de datos.
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1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE en vigor de la persona física que presenta la solicitud en representación de la entidad solicitante.
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b) Número de identificación fiscal (NIF) de persona jurídica de la entidad solicitante.
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c) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
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d) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).
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e) Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
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2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
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3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fue realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
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En la solicitud de ayuda se incorporará una declaración responsable referente a los siguientes aspectos:
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a) Cumplimiento de los requisitos necesarios para acogerse a las ayudas reguladas en esta orden, así como de las obligaciones y compromisos que en ella se establecen.
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b) Autenticidad de los datos facilitados.
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c) Compromiso de facilitar la documentación complementaria que se pueda requerir, así como de permitir las comprobaciones e inspecciones que al efecto esta Administración considere oportunas, y realice tanto mediante sus propios medios como mediante la colaboración de servicios externos.
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d) No estar incurso en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
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e) Ayudas solicitadas y/o concedidas por otras administraciones públicas para el mismo proyecto, con indicación de las cuantías o, en su caso, indicación de que no recibió ninguna.
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f) Autenticidad y coincidencia con los originales de la documentación anexada con la solicitud, y puesta a disposición de la Administración de dichos originales en caso de que se le requiera.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la presentación del documento original para comparar con la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la enmienda.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
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En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal/requirimentos-tecnicos).
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No será preciso anexar la documentación referida en los apartados a), b) y c ) del punto 1 si ésta ya figura completa y debidamente actualizada en poder de la Dirección General de Movilidad, a efectos de la renovación de la composición del Comité Gallego de Transporte por Carretera o de cualquier otro procedimiento, y así se indica expresamente en la solicitud.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Pruebas dirigidas a la obtención del certificado de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Pruebas de constatación de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas de constatación de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Subvenciones a los titulares de autorizaciones de transporte de la serie VT-N para instalar sistemas de seguridad, información, cobro y localización en sus vehículos
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas de constatación de la competencia profesional para el desempeño de las funciones de gestor de transporte.