Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR341L - Programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Con la finalidad de promover la integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2017 de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria para la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, a través del siguiente programa:
- Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo (capítulo III). Procedimiento TR341L.
La finalidad de este programa es favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral mediante su contratación en empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
El objeto de este programa es subvencionar a las entidades promotoras de proyectos de empleo con apoyo para financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación de los preparadores y de las preparadoras laborales que lleven a cabo las acciones de empleo con apoyo.
1. Las personas destinatarias finales del Programa de empleo con apoyo serán trabajadores y trabajadoras con discapacidad inscritos en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo no ocupados, así como trabajadores y trabajadoras con discapacidad contratados por centros especiales de empleo, siempre que, en ambos casos, se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 %.
c) Personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %.
2. Dichas personas trabajadoras deberán ser contratadas por una empresa del mercado ordinario de trabajo para ser empleadas efectivamente en la organización productiva de la empresa.
Las empresas tendrán derecho a los beneficios previstos en la normativa sobre contratación de personas trabajadoras con discapacidad en los términos establecidos en ella y, en concreto, podrán solicitar las subvenciones del Programa de fomento de la contratación de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria, regulado en el capítulo II de esta orden.
3. Podrán ser personas destinatarias finales de este programa las señaladas en las letras a), b) y c) del apartado 1 de este artículo que, estando empleadas mediante un contrato de carácter indefinido, requieran el desarrollo de las acciones de empleo con apoyo previstas en el artículo 38.2 de esta orden, como consecuencia de una alteración de las condiciones de la prestación de su trabajo o de su entorno laboral que produzcan problemas agudos de adaptación que amenacen a la continuidad de su actividad productiva.
1. Los proyectos de empleo con apoyo deberán hacer constar, por lo menos, los siguientes aspectos:
a) Identificación de la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir apoyo, así como su compromiso de contratación de dichas personas trabajadoras.
b) Identificación de la entidad promotora que va a llevar a cabo las acciones de empleo con apoyo a través de los preparadores y de las preparadoras laborales que tiene contratados o que va a contratar, en este caso, deberá expresar su compromiso de contratación.
c) Número de personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir las acciones de empleo con apoyo, con indicación del tipo y grado de discapacidad, tipo y duración de contrato que se les va a formalizar y del centro o centros de trabajo en que van a efectuar la prestación laboral, así como la descripción de cada uno de los puestos de trabajo.
d) Relación de los preparadores y de las preparadoras laborales que les van a prestar el apoyo a las personas trabajadoras con discapacidad con indicación del tipo y duración del contrato de trabajo formalizado o que van a formalizar con la entidad promotora del empleo con apoyo.
e) Descripción de la previsión de las acciones de empleo con apoyo que cada preparador o preparadora va a prestar a cada una de las personas trabajadoras con discapacidad que le corresponda atender, especificando la duración de dichas acciones y la distribución temporal prevista en ellas.
f) Nombramiento, por parte de la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad que van a recibir apoyo, entre su personal, de la figura del coordinador o coordinadora del proyecto con apoyo, que desarrollará acciones para facilitar las relaciones entre las personas con discapacidad, los preparadores y las preparadoras laborales y el personal de la empresa, así como el seguimiento y evaluación por parte de la empresa.
g) Convenio o convenios de colaboración a que se refiere el artículo 42, en caso de que la entidad promotora sea distinta de la empresa que contrata a las personas trabajadoras con discapacidad.
2. Las acciones de empleo con apoyo se desarrollarán en el marco de proyectos de empleo con apoyo que, a los efectos de esta orden, tendrán una duración máxima de un año, prorrogable hasta otro año más.
No obstante, en el caso de personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad establecido en el artículo 39.1.a), el plazo máximo de dos años se podrá ampliar hasta seis meses más, siempre y cuando se detecten situaciones de especial dificultad que exijan necesidades específicas de apoyo.
3. Las acciones de empleo con apoyo que tengan por personas destinatarias finales las recogidas en el supuesto señalado en el artículo 39.3 de esta orden se podrán desarrollar en proyectos de empleo con apoyo con una duración de entre uno y seis meses.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Dirección Xeral de Traballo Autónomo e Economía Social
Subdirección Xeral de Economía Social
Servizo de Fomento do Emprego en Economía Social
Edificio Administrativo San Lázaro S/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544682 / 981544716
Fax: 981544678
Servizo de Fomento do Emprego en Economía Social
Orden de 5 de junio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en la empresa ordinaria y del Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG nº 117 del 21 de junio de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
22/06/2017 00:00 - 21/07/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes del Programa de empleo con apoyo como medida de fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, regulado en el capítulo III de esta orden, es de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Las solicitudes se deberán presentar en los modelos normalizados que figuran como anexo III a la orden y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
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a) Si el solicitante es una persona jurídica, poder suficiente de la persona representante para actuar en nombre de la entidad.
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b) Documento constitutivo de la entidad promotora del proyecto de empleo con apoyo y sus posibles modificaciones, junto con los estatutos sociales.
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c) Documentos acreditativos de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
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d) Memoria que permita valorar la competencia, experiencia y capacidad de la entidad promotora, con indicación de los recursos materiales de que disponen para desarrollar las actuaciones por las cuales se solicita subvención.
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e) Currículo de los preparadores o preparadoras laborales, junto con los documentos que acrediten su formación y experiencia profesional para la realización de las acciones de empleo con apoyo.
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f) Certificación de gastos relativos a los costes salariales y de seguridad social por cuenta de la entidad promotora de los preparadores y de las preparadoras laborales, en función de la duración del apoyo y de la jornada realizada, referido al período por lo que se solicita la subvención, según el modelo del anexo VI. Se presentará un anexo por cada preparador o preparadora y, en su caso, incluirá relación de los gastos en concepto de desplazamiento. Se aportarán copias de nóminas y documentos de transferencia bancaria que justifiquen el pago, correspondientes a mensualidades ya abonadas en la fecha de la solicitud.
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g) RNT correspondientes a los meses por los cuales se solicita la subvención ya ingresados, conforme a las normas de la Seguridad Social, en la fecha de solicitud.
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h) Proyecto de empleo con apoyo, que incluirá las acciones que se vayan a desarrollar, según lo previsto en el artículo 38 de esta orden, así como los requisitos y duración, establecidos en el artículo 41, y recogerá los objetivos, recursos, presupuesto, fases de implantación y sistemas de evaluación de los resultados. Se deberá indicar expresamente si se trata de la solicitud de prórroga de un proyecto de empleo con apoyo conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de esta orden.
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i) Relación nominal de los trabajadores y de las trabajadoras con discapacidad que van a recibir las acciones de empleo con apoyo, con indicación del tipo y grado de discapacidad, del tipo, duración y jornada del contrato formalizado o que se les va a formalizar, y del centro o centros de trabajo en que efectúan o van a efectuar la prestación laboral, según el modelo del anexo IV.
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j) Descripción de cada uno de los puestos de trabajo que van a ocupar los trabajadores o trabajadoras con discapacidad (según el modelo del anexo VII), o cualquier otro que, respetando el contenido mínimo, quiera presentar la persona o entidad solicitante.
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k) Relación nominal de los preparadores y preparadoras laborales que prestan o van a prestar el apoyo a las personas trabajadoras con discapacidad con indicación del tipo, duración y jornada del contrato de trabajo formalizado, o que van a formalizar con la entidad promotora del empleo con apoyo, caso en que deberá expresar su compromiso de contratación (según el modelo del anexo V).
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l) Descripción detallada de las acciones de empleo con apoyo que cada preparador o preparadora va a prestar a cada una de las personas trabajadoras con discapacidad que le corresponda atender, especificando la duración de dichas acciones y la distribución temporal prevista de estas. Se añadirá un cronograma con los apoyos realizados o que se van a realizar en el total del período que se subvencionará del 1 de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017.
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m) En su caso, acreditación de las circunstancias que requieran la prestación de las acciones de empleo con apoyo a las personas con discapacidad en el supuesto de una alteración de las condiciones de la prestación de su trabajo, o de su entorno laboral que produzcan problemas agudos de adaptación que amenacen la continuidad de su actividad productiva.
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n) Certificado de discapacidad de las personas trabajadoras con discapacidad por las que se solicita subvención (para los casos de discapacidad reconocida fuera de Galicia).
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ñ) En el caso de que las personas trabajadoras por las que se solicita subvención pertenezcan a una familia en la que todas las personas que la componen están desempleadas:
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Declaración responsable de la persona solicitante de la subvención sobre la composición de su unidad familiar, de acuerdo con el modelo del anexo X.
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Certificado de empadronamiento conjunto de la unidad familiar.
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Copia del libro de familia.
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o) Anexo XI cumplimentado para la comprobación de datos de la persona trabajadora contratada y de las personas que componen su unidad familiar.
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p) Convenio de colaboración entre la entidad promotora del empleo con apoyo y la empresa empleadora, establecido en el artículo 42 de esta orden.
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Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de los procedimientos regulados en los capítulos II y III de esta orden se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante.
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b) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social la entidad solicitante.
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c) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia la entidad solicitante.
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d) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria la entidad solicitante.
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e) NIF de la entidad solicitante.
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f) Informe de la vida laboral de las personas trabajadoras por las que se solicita la subvención y de las personas con discapacidad destinatarias finales de la subvención.
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g) Inscripción como demandante de empleo en el servicio público de empleo relativo a las personas por las que se solicita la subvención y que les sea de aplicación esta circunstancia.
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h) Certificado de discapacidad emitido por la Xunta de Galicia relativo a las personas por las que se solicita la subvención y que les sea de aplicación esta circunstancia.
2. Cuando se haga constar en el anexo X que pertenece a una familia en la que todas las personas que la componen están desempleadas, se consultarán además los siguientes datos:
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a) Documento nacional de identidad de las personas miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
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b) Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo a las personas miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
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c) Certificado de las prestaciones e importes que figuran en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas de las personas que integran la unidad familiar.
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d) Certificado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, en su caso.
3. En caso de que las personas destinatarias finales de la subvención y, en su caso, las personas integrantes de su unidad familiar, se opongan a la consulta de datos deberán indicarlo expresamente en el anexo XI y presentar los documentos que correspondan.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Para el procedimiento del programa regulado en el capítulo III de esta orden (TR341L), las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación, de acompañamiento de los presupuestos para el año 2017, la justificación de la concurrencia de las circunstancias indicadas en dicho artículo para establecer la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración en la presentación de las personas físicas, viene motivada por el hecho de que las entidades beneficiarias a las que va dirigida esta orden de subvenciones, son las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidos los autónomos, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro y los centros especiales de empleo. Todas ellas, incluidas las personas autónomas, ejercen una actividad económica y disponen de herramientas informáticas con un conocimiento básico de su funcionamiento, en cualquier actividad comercial que realicen.
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fue realizada la subsanación.
Las solicitudes de subvención deberán presentarse por separado para cada uno de los programas de esta orden, en los modelos de solicitud que figuran como anexos, junto con la documentación señalada en esta orden para cada programa, y se dirigirán al órgano competente para resolver.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Para la presentación de solicitudes las personas o entidades beneficiarias podrán contar con el asesoramiento de los agentes de empleo y desarrollo local de la red coordinada por la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
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La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para cotejar la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la subsanación.
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En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante supere los tamaños máximos establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de estos de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaños máximos admitidos de la documentación complementaria para cada procedimiento.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código del registro.
- Inicio
- Solicitud (Anexo III)
- Fase de solicitud
- Certificación de la relación nominal de las personas trabajadoras con discapacidad (Anexo IV)
- Certificación de la relación nominal de las personas preparadoras laborales que van a prestar las acciones de empleo con apoyo (Anexo V)
- Declaración responsable de la composición de la unidad familiar (Anexo X)
- Certificación de los costes salariales y de seguridad social por cuenta de la entidad de las personas preparadoras laborales (Anexo VI)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
- Declaración expresa de otras ayudas (Anexo IX)
- Certificación de los costes salariales y de seguridad social por cuenta de la entidad de las personas preparadoras laborales (Anexo VI)
- Comprobación de datos de la persona trabajadora contratada y de las personas que componen su unidad familiar (Anexo XI)
- Descripción del puesto de trabajo que va a ocupar la persona trabajadora con discapacidad (Anexo VII)
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Promoción del empleo autónomo.
Programa de ayudas a las unidades de apoyo a la actividad profesional de los centros especiales de empleo.