Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED504B - Actividades de formación en lenguas estranjeras.
Actividades de formación convocadas.
1. Las actividades que se convocan, cuyo contenido se especifica en cuanto a número de plazas, destino y régimen de alojamiento en el anexo IV, son actividades de formación para la mejora en la competencia en el uso de la lengua inglesa.
2. El período de realización de estas actividades comprenderá desde la última semana del mes de junio hasta finales del mes de agosto de 2017.
Las fechas concretas de realización de las actividades se darán a conocer con la publicación de las listas definitivas del alumnado seleccionado.
3. La gestión y organización de las actividades se llevará a cabo por medio de empresas con la debida cualificación, contratadas por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria. Se ocuparán de ofrecer los recursos materiales y humanos necesarios para su desarrollo, así como de la contratación de una póliza de seguros para la cobertura de las personas asistentes.
Las familias aportarán las cantidades que les correspondan a la empresa adjudicataria encargada de la organización técnica de la actividad, de acuerdo con las cuantías establecidas en el anexo IV.
4. El coste total de cada actividad incluye:
a) Los monitores o monitoras que acompañarán el alumnado en cada uno de los grupos durante la actividad.
b) Los gastos de docencia y el material escolar.
c) Las actividades culturales, deportivas y complementarias de los cursos.
d) Los gastos de mantenimiento y alojamiento.
e) El certificado de realización de la actividad.
f) El seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
b) Tener superadas todas las áreas o materias en el curso 2015/16.
c) Haber conseguido en el curso 2015/16 y en el área o materia de Lengua Inglesa, una calificación mínima de «Bien» en el 6º curso de educación primaria para el alumnado de 1º de educación secundaria obligatoria, y de 6 para el de 2º, 3º y 4º cursos de educación secundaria obligatoria y de bachillerato.
d) No tener concedida, en el presente curso académico, otra ayuda con la misma finalidad.
e) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) Estar en posesión del documento nacional de identidad (en adelante, DNI), número de identidad de extranjero (en adelante, NIE) o pasaporte. En el caso del alumnado menor de 14 años que no disponga de documento de identidad se hará constar, como documento identificativo, el del padre o de la madre o del tutor o tutora legal.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Centros e Recursos Humanos
Servizo de Programas de Formación
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546504
Fax: 981546550
Servizo de Programas de Formación
Orden de 2 de febrero de 2017 por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de formación en lenguas extranjeras en el año 2017, destinadas al alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en régimen de concurrencia competitiva (DOG nº 40 del 27 de febrero de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
28/02/2017 00:00 - 27/03/2017 23:59
Un mes, contado a partír del día seguinte al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
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Con la solicitud (anexo I, modelo normalizado ED504B) se aportará la documentación que se relaciona a continuación:
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a) Certificación de matrícula del curso 2016/17.
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b) Certificación academica de las calificaciones de todas las áreas o materias cursadas en el año academico 2015/16 y de la nota media obtenida. En el caso de los centros concertados, las certificaciones correspondientes a la educación primaria y educación secundaria obligatoria serán firmadas por el director o directora del centro docente con el visto bueno de la Inspección educativa, y en el caso de las enseñanzas de bachillerato, la certificación la firmará el secretario o secretaria del centro público en el que se encuentre el expediente academico y con el visto bueno del director o directora de ese centro.
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c) Fotocopia del DNI o del NIE del/de la solicitante y de la madre, del padre o del tutor o tutora, sólo en el caso de denegar expresamente su consulta.
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d) Autorización del padre, de la madre o del tutor o tutora para conocer los ingresos totales de la unidad familiar, con la finalidad de poder recabar datos de carácter tributario o económicos de la Agencia Tributaria relativos al nivel de renta (IRPF) o certificación, expedida por la Agencia Tributaria, de los ingresos correspondientes al año 2015, sólo en el caso de denegar expresamente su consulta.
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e) Autorización del padre, de la madre o del tutor o tutora para solicitar las certificaciones que deban emitir la Tesorería General de la Seguridad Social y la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.3, en relación con el artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, o certificaciones emitidas por las administraciones correspondientes, sólo en el caso de denegar expresamente su consulta.
Las autorizaciones a las que se refieren los apartados c) d) y e) se cumplimentarán según el anexo II. Estas autorizaciones, en el caso de alumnado menor de edad, deberán firmarse por el cónyuge o persona de análoga relación con la persona representante, cuya firma del anexo I comportará las autorizaciones.
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f) Fotocopia del libro de familia en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar. En el caso de no tener libro de familia tendrá que presentarse documento o documentos que acrediten el número de miembros de la unidad familiar. En el supuesto de no convivencia de ambos progenitores, se deberá acreditar que el solicitante convive con los hijos y/o hijas.
En el caso de alegar circunstancias familiares especiales, indicadas en el anexo I, deberán acreditar documentalmente las mismas.
En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable a aquel de ellos que no conviva con el alumno o alumna. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable y sustentador principal el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiar. En la medida en que a traves de este sistema a Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria pueda disponer de estas informaciones, no se les exigirá a las personas interesadas la aportación individual de certificaciones expedidas por las administraciones correspondientes.
En el caso de viudedad, se justificará mediante la copia del registro correspondiente.
En el caso de tutoría legal, se justificará mediante la copia de la disposición correspondiente.
Para aquellas solicitudes que no aporten los documentos anteriormente señalados, se requerirá al interesado o interesada para que, en un plazo de diez días naturales, subsane las faltas o remita los documentos preceptivos. De no hacerlo, se considerará que desistió de su petición y se archivará el expediente.
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g) En el caso de alegarse, certificado de familia numerosa, sólo en el caso de denegar expresamente su consulta o cuando sea emitido por otra comunidad autónoma.
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h) En el caso de alegarse, certificado de discapacidad de la persona solicitante, de la madre, del padre, o del tutor o tutora, o de hermanos/as menores de 25 años o de personas tuteladas, que deberá acreditarse sólo en el caso de denegar expresamente su consulta (anexo II) o de ser expedidos por otra comunidad autónoma, o certificación de pensionista de gran invalidez, que deberá acreditarse sólo en el caso de denegar expresamente su consulta (anexo II).
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Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone del mismo.
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Las personas que deseen completar «en línea» el formulario electrónico que corresponda en función de la actividad en la que desean participar, a traves de la aplicación disponible desde la página web http://www.edu.xunta.es/axudasle, una vez cubierto este formulario, grabarán los datos en la aplicación «en línea», lo que generará un documento en formato Adobe Acrobat, correspondiente a los anexos I y II, que la persona interesada deberá imprimir. La solicitud (anexo I), deberá firmarse por el representante (el padre, la madre o la persona que ejerce la tutoría, en el caso de alumnado menor de edad) o por el alumno o alumna mayor de 18 años. Posteriormente y antes del final del plazo establecido en este artículo, deberá hacerse el registro de esta solicitud, junto con el anexo II, debidamente firmado, así como la documentación complementaria necesaria, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos despues de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán preferentemente por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes tambien podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al incluso cardenal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a entidades locales para actuaciones de adecuación de las pistas multideporte en los centros de educación infantil y primaria y en los centros públicos integrados no universitarios.
Ayudas a centros privados concertados para la contratación de auxiliares de conversación para mejorar la competencia lingüística del alumnado en lenguas extranjeras
Actividades de inmersión lingüística en lengua inglesa English Week dirigidas a alumnado de sexto curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria.
Actividades formativas STEMweek.