Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED311F - Premios extraordinarios en las enseñanzas profesionales de música, danza, artes plásticas y diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La presente orden tiene por objeto convocar premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales para el alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en el curso 2016/17 en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Número y características de los premios.
1. Podrán concederse hasta seis premios extraordinarios, con la siguiente distribución: 3 en la modalidad de Música, 1 en la modalidad de Danza y 2 en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño. No se podrá conceder más de un premio por especialidad en la modalidad de Música o por familia profesional en la modalidad de Artes Plásticas y Diseño.
2. La dotación para los premios será de 5.100 € con cargo a la partida presupuestaria 10.50.423A.480.1 de los presupuestos del año 2017, que se distribuirán entre los premiados en la misma cuantía, y no podrá exceder de 850 € por premio. Estas cuantías estarán sujetas a las retenciones que legalmente les correspondan.
3. El alumnado que obtenga el premio extraordinario, además de la dotación económica, recibirá un diploma acreditativo y el/la secretario/a del centro público donde esté depositado el expediente académico anotará en él la distinción y lo hará constar en las certificaciones académicas que se emitan.
4. Los/las alumnos/as que obtengan el premio extraordinario de enseñanzas artísticas profesionales podrán concurrir, después de la inscripción, al correspondiente premio nacional.
5. Estos premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales son compatibles con cualquier otro premio, incluidos los premios nacionales de enseñanzas artísticas profesionales.
Alumnado que finalizó los estudios profesionales de Música, los estudios profesionales de Danza o de ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en el curso 2016/17 en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Obligaciones de los/las ganadores/as.
1. El alumnado ganador de los premios tiene la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que le competen, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 3 de junio, de subvenciones de Galicia.
2. En el modelo normalizado ED311F que figura como anexo I, el alumnado debe facilitar la titularidad de una cuenta bancaria con 24 dígitos y declarar acerca de la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta en la que se ingresará, mediante transferencia bancaria, la dotación del dicho premio, en caso de obtenerlo. Esta cantidad estará sujeta a las retenciones que legalmente correspondan.
3. El/la beneficiario/a tiene la obligación del reintegro, total o parcial, de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión, tal como indican los artículos 14.j) y 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
4. A efectos del artículo 31.7 de la Ley 9/2007 podrá utilizarse la declaración responsable incluida en el anexo I de esta orden o certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. De transcurrir más de seis (6) meses desde la presentación de la declaración, el beneficiario tiene la obligación de que aportar una nueva declaración responsable de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
1. Podrá optar a los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:
Modalidad A: Música.
a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Música en el curso 2016/17 en centros públicos o privados autorizados de enseñanzas profesionales de Música de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Música. A estos efectos, las materias convalidadas no serán tenidas en cuenta. En el caso de que el/la alumno/a hubiera ingresado en sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las materias de dicho curso.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar tres copias de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en el que el aspirante interprete, con el acompañamiento que precise, en su caso, tres piezas (obras o fragmentos de la obra) de diferentes estilos, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de enseñanzas profesionales de Música, con una duración máxima de 15 minutos, entre las tres piezas. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interprete tanto en la solicitud como en el soporte, respetando la orden de interpretación. Asimismo, deberá adjuntar un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
Modalidad B: Danza.
a) Haber finalizado las enseñanzas profesionales de Danza en el curso 2016/17 en centros públicos o privados autorizados de las enseñanzas profesionales de Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de Danza. A estos efectos, las materias convalidadas no serán tenidas en cuenta. En el caso de que el/la alumno/a hubiera ingresado en sexto curso la nota media estará referida únicamente a las materias de dicho curso.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá, además, presentar tres copias de una grabación de vídeo, en formato AVI o MPEG, en soporte DVD, en el que el aspirante interprete, con el acompañamiento que precise, en su caso, dos obras de la especialidad, de una dificultad no inferior al nivel de sexto curso de las enseñanzas profesionales de Danza, con una duración máxima de 15 minutos entre las dos obras. El/la alumno/a deberá especificar los títulos y autores de las piezas que interprete tanto en la solicitud como en el soporte, respetando la orden de interpretación. Asimismo, deberá adjuntar un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
Modalidad C: Artes Plásticas y Diseño.
a) Haber finalizado un ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en el curso 2016/17, en centros públicos o privados autorizados de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Haber obtenido una nota media final igual o superior a 8,75 en el ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño cursado. La nota media final se obtendrá de la media aritmética de las calificaciones de los módulos que tengan expresión numérica, sin que se tengan en cuenta en el dicho cálculo las calificaciones de «apto», «exento» o «convalidado». En el cálculo de la nota media no se incluirá la calificación del proyecto integrado o proyecto final.
c) El alumnado que desee optar a estos premios deberá presentar, además, la memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior por el que concurre- en formato PDF, AVI o MPEG con un tamaño máximo de 20 MB- y un breve curriculum vitae con indicación de otros méritos (anexo II de la solicitud).
2. No estar incurso/a en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de dicha ley, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias al frente de la Seguridad Social y no tener pendiente de pago alguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
Subdirección Xeral de Aprendizaxe Permanente, Ensinanzas Artísticas, Idiomas e Deportivas
Servizo de Ensinanzas de Réxime Especial e Aprendizaxe Permanente
San Caetano, s/n - Bloque 2, 2º Andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546556
Fax: 981546551
Email: sxeefp@edu.xunta.es
Servizo de Ensinanzas de Réxime Especial e Aprendizaxe Permanente
Orden de 31 de agosto de 2017 por la que se convocan los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, de Danza, y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al curso 2016/17 (DOG nº 172 del 11 de septiembre de 2017).
Resolución de 12 de diciembre 2017 por la que se publica la concesión de los premios extraordinarios en las enseñanzas artísticas profesionales en las modalidades de Música, Danza y de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al curso 2016/17, convocados por la Orden de 31 de agosto de 2017 (Diario Oficial de Galicia de 11 de septiembre) (DOG nº 3 del 4 de enero de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
12/09/2017 00:00 - 09/10/2017 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Junto con la solicitud a que se hace referencia en el artículo 4 de esta orden se entregará, en su caso, la siguiente documentación:
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1. Certificación académica de los estudios objeto de baremo, en la que se refleje la calificación final de las distintas modalidades tal como se indica en el artículo 3.1 de esta orden, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la director/a del centro público en que se encuentre el expediente académico.
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2. Documentación en soporte informático, según corresponda a las respectivas modalidades, que se recogen en el artículo 3 de esta orden:
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a) Tres copias de vídeo en formato AVI o MPEG en soporte DVD (enseñanzas profesionales de Música y Danza).
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b) Memoria y documentación gráfica del proyecto integrado o proyecto final del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño por el que concurre en formato PDF, AVI o MPG (tamaño máximo 20 MB).
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3. Listado de los méritos que se desee alegar relacionados con la modalidad correspondiente, de acuerdo con el previsto en el artículo 3 de esta orden o copias de éste, donde conste expresamente la actividad y organismo convocante (anexo II de la solicitud).
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4. Acreditación de los méritos alegados mediante documento original o copia, donde conste expresamente la actividad y organismo convocador.
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Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE de la persona solicitante.
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b) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT.
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c) Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
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d) Certificado de estar al corriente del pago con la Consellería de Hacienda.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro habilitado en el modelo de solicitud y adjuntar los documentos correspondientes.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
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Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado ED311F disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en el anexo I de esta orden. A estos efectos, los registros de los centros educativos no se consideran incluidos dentro de las dependencias enumeradas en dicho artículo.
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La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias utilizadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
La documentación complementaria también podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o el representante deberán mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
En el caso de que algunos de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante supere los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permite la presentación de estos de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con los documentos que se presentan, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable.
En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si el solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá presentarlo de forma presencial a través de cualquiera de los registros habilitados. La persona interesada deberá mencionar el código y órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"