Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS402B - Nuevo ingreso/renovación de plaza en escuelas infantiles 0-3 para hijas/os del personal de la Xunta de Galicia.
1. Esta resolución tiene por objeto convocar, para el curso 2017/18, el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de los servicios centrales y de las jefaturas territoriales de la Xunta de Galicia en escuelas infantiles de la localidad donde presta servicios (código BS402B). Dichas escuelas infantiles son las siguientes:
a) Escuela infantil de Vite en Santiago de Compostela.
b) Escuela infantil Santa María de Oza en A Coruña.
c) Escuela infantil Catabois en Ferrol.
d) Escuela infantil Sagrado Corazón en Lugo.
e) Escuela infantil Antela en Ourense.
f) Escuela infantil del Edificio Administrativo de Pontevedra.
g) Escuela infantil A Estrella del Complejo Administrativo de Vigo.
2. A los efectos de esta resolución, se considera personal de la Xunta de Galicia el personal que presta servicios en la Presidencia, en las consellerías y en los organismos autónomos de carácter administrativo y financiero, aun en caso de que pasen a desempeñar puestos en nuevas entidades con carácter de agencias o entes públicos empresariales.
Calendario y horario de apertura de las escuelas
1. Calendario.
1.1. En las escuelas infantiles 0-3 a las que se refiere esta resolución el curso escolar dará comienzo el día 5 de septiembre.
Los centros permanecerán abiertos de lunes a viernes, excluidos los días considerados festivos en el calendario laboral.
1.2. El alumnado podrá asistir al centro un máximo de 11 meses dentro del período comprendido entre septiembre de 2017 y agosto de 2018.
En casos excepcionales y debidamente justificados se podrá admitir la asistencia los 12 meses del año. En tales circunstancias se deberá formular la correspondiente solicitud con una antelación mínima de un mes, excepto causas sobrevenidas que lo impidan, que será estudiada y, en su caso, autorizada por la persona titular de la Dirección de la Agencia Gallega de Servicios Sociales respecto del personal de los servicios centrales y por la persona titular de la jefatura territorial de la Consellería de Política Social correspondiente en el resto de los casos. La ausencia de respuesta en el plazo de 10 días supondrá la desestimación de la solicitud.
1.3. En el período comprendido entre el 26 y el 30 de diciembre de 2017 y los días 26, 27 y 28 de marzo de 2018 con carácter general abrirá un solo centro de titularidad de la Agencia Gallega de Servicios Sociales por localidad. Durante el mes de agosto abrirá igualmente un centro por localidad siempre que exista una demanda igual o superior a 15 alumnos/as. En estos casos, el cierre diario se efectuará a las 17.00 horas.
Se admitirá la asistencia del niño o de la niña al centro durante los citados períodos siempre que se justifiquen motivos laborales o de salud.
Las escuelas que permanezcan abiertas durante los períodos vacacionales de Navidad y Semana Santa serán las que abran en el mes de agosto, excepto que estas escuelas hubieran sido objeto de un cierre temporal por obras o por cualquier otra contingencia.
La apertura de las escuelas infantiles objeto de esta resolución en los períodos citados anteriormente estará condicionada por su participación en el sistema de turnos que a tales efectos se establecerá entre las escuelas de titularidad de la Agencia Gallega de Servicios Sociales en las respectivas localidades.
2. Horario.
La permanencia del alumnado en el centro será con carácter general de un máximo de 8 horas diarias, coincidentes con el horario laboral de la persona solicitante, excepto causas excepcionales y convenientemente justificadas, que serán apreciadas por la comisión de valoración a la que se refiere el artículo 10.
Hijos e hijas del personal de los servicios centrales y de las jefaturas territoriales de la Xunta de Galicia en escuelas infantiles de la localidad donde presta servicios.
Serán requisitos imprescindibles para ser adjudicatario/a de plaza en las escuelas infantiles 0-3 objeto de esta resolución:
a) Que el niño o la niña ya haya nacido en el momento de presentación de la solicitud y sea hijo o hija o esté en situación legal de acogimiento por parte del personal de la Xunta de Galicia que preste servicio en los servicios centrales, en las jefaturas territoriales de A Coruña con sede en esta ciudad o en la ciudad de Ferrol, en las jefaturas territoriales de Lugo, en las jefaturas territoriales de Ourense, en el Edificio Administrativo en Pontevedra o en el Complejo Administrativo de la Xunta de Galicia en Vigo.
b) Que tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no tenga cumplidos los 3 años de edad el 31 de diciembre de 2017.
c) Estar al corriente en el pago de las cuotas por los servicios recibidos en la fecha de presentación de la solicitud, respeto de aquellas familias que ya hubieran escolarizado un hijo o hija en el mismo centro o en cualquier otro centro de la red pública.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación
Servizo de Conciliación Familiar
Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545666
Fax: 981544634
Email: dxfamilia.politicasocial@xunta.es
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña
Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña
Avda. Salvador de Madariaga, 9-1º
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185741
Fax: 981185737
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo
Ronda da Muralla, 70
2707 Lugo (Lugo)
Teléfono: 981294358
Fax: 982294386
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense
Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386590
Fax: 988386131
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo
Concepción Arenal, 8-1º
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817817
Fax: 986817049
Servizo de Conciliación Familiar
Resolución de 28 de abril de 2017 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal de la Xunta de Galicia en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia para el curso 2017/18 (DOG nº 89 del 10 de mayo de 2017).
Plazo de presentación: CERRADO
11/05/2017 00:00 - 22/05/2017 23:59
10 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Se admitirán, con carácter excepcional, las solicitudes fuera del plazo establecido en el punto 2 del artículo 7 de esta resolución en los siguientes casos:
a) Nacimiento, acogimiento o adopción de la niña o del niño con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes.
b) Cambio de ayuntamiento de destino de la persona solicitante.
c) Otras circunstancias que motivadamente aprecie la persona titular de la Dirección de la Agencia Gallega de Servicios Sociales o de la jefatura territorial que corresponda en función de la localidad de prestación de servicios de la persona solicitante.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo deberán ir acompañadas con la justificación acreditativa de la circunstancia que las motiva. Asimismo, estarán condicionadas a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.
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1. Las personas interesadas podrán solicitar plaza de la siguiente forma:
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1.1. Renovación de plaza.
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1.1.1. Para la renovación de la plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2016/17, se presentará el modelo oficial de solicitud según el anexo I, que estará disponible en las direcciones electrónicas https://sede.xunta.gal y http://politicasocial.xunta.gal
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1.1.2. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
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Anexo II relativo a la comprobación de datos del/de la cónyuge o pareja, en su caso.
En caso de producirse cambios que afecten a la unidad familiar y que puedan incidir en el cálculo de la renta presentarán aquellos documentos que los justifiquen.
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1.2. Nuevo ingreso.
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1.2.1. Las solicitudes de nuevo ingreso se presentará según el modelo oficial establecido (anexo I), marcando la opción que corresponda.
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Los impresos estarán disponibles en las direcciones electrónicas https://sede.xunta.gal y http://politicasocial.xunta.gal y se facilitarán también en los propios centros en los que se solicite plaza y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social.
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1.2.2. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Anexo II relativo a la comprobación de datos del/de la cónyuge o pareja, en su caso.
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b) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.
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c) Certificado de discapacidad o del grado de dependencia del niño o de la niña para quien se solicita plaza, en su caso, cuando no sea expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
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d) Copia de la resolución administrativa de acogimiento o de guarda con fines adoptivos cuando estén formalizados por otra comunidad autónoma distinta de la gallega.
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e) Informe emitido por el equipo de valoración y orientación de la jefatura territorial correspondiente de la Consellería de Política Social sobre la necesidad de integración, en el caso de los niños y de las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo.
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f) Si procede, otros documentos en los que consten incidentes sociofamiliares, computable en el baremo:
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1º. Justificante de ocupación o desempleo actualizada del/de la cónyuge o pareja.
2º. Certificado de convivencia y sentencia de separación o divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno-filiales o certificado administrativo de monoparentalidad expedido por otra comunidad autónoma.
3º. Copia del título de familia numerosa, en caso de que no sea expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
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g) Cuando se produzcan variaciones de ingresos que supongan una merma o incremento de más del 20 % en el cómputo anual frente a los que figuren en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al año 2015 deberán comunicarse y presentarse los documentos que acrediten oficialmente la situación económica.
La falta de presentación de alguno de los documentos recogidos en los apartados c), d) y e) dentro del plazo de solicitud y enmienda supondrá la no valoración, en el correspondiente epígrafe del baremo que se recoge en el artículo 8 de esta resolución, de cualquiera de las circunstancias alegadas.
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Las solicitudes de renovación de plaza y de nuevo ingreso con la documentación requerida se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiese sido realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario/a y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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No será necesario presentar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente siempre que la persona interesada expresara su consentimiento para que sean consultados u obtenidos dichos documentos. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo los presentó.
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En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
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La documentación complementaria se presentará por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para la comparación de la copia electrónica presentada.
En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia o tenga un formato no admitido por dicha sede, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos en la forma prevista en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"