Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
TR357C - Línea II: Ayudas la implantación de planes de igualdad.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, para el año 2017, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas e incentivos a pymes y micropymes, incluidos autónomos para implantar la igualdad laboral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Línea II. Implantación de planes de igualdad (TR357C). Se subvencionará la obtención de certificaciones de planes de igualdad expedidos por el Servicio de Igualdad (anteriormente denominada Unidad Administrativa de Igualdad) de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
Cuantía de la ayuda.
Será el pago de 2.000 € por empresa que adjunte la certificación de la implantación del Plan de igualdad.
El método de justificación empleado será el de costes simplificados (importe a tanto alzado), conforme a lo dispuesto en el artículo 67.1.c) del Reglamento (UE) 1303/2013.
Las empresas solicitantes de la línea II (igualdad) podrán ser pymes, micropymes o personas trabajadoras autónomas con trabajadores/as por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas, y deberán contar con un mínimo de 6 personas trabajadoras.
También podrán presentar solicitud las empresas con agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Galicia, que deberán tener contratado en esta Comunidad Autónoma un mínimo de 10 personas.
- Las solicitantes deben encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda, por ningún concepto, con la Administración general de la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la propuesta de resolución, así como, antes de las correspondientes propuestas de pago.
- A efectos de estas ayudas, tendrán la consideración de pymes las empresas que reúnan las siguientes condiciones:
a) Que cuenten con personas trabajadoras por cuenta ajena, con un máximo de 250 personas. A efectos de determinar el número de personas trabajadoras en la empresa, se atenderá al número de personas trabajadoras por cuenta ajena en el momento de la presentación de la solicitud.
b) Que no superen los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o su balance anual sea inferior a 43 millones de euros.
- Deberán cumplir los requisitos generales exigidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- En el caso de empresas relacionadas en las que dos o más empresas tengan a una misma persona en sus órganos directivos y, además, tengan el mismo objeto social, sólo se podrá presentar la solicitud de la ayuda por una única empresa y solamente se tramitará aquella que tenga el primer número de entrada en el registro administrativo.
Asimismo, no se otorgarán ayudas a empresas relacionadas que ya hubiesen sido beneficiarias en años anteriores.
- En la línea II (igualdad), no se concederán ayudas a las empresas que fueron beneficiarias en esta medida, en convocatorias anteriores, de esta orden.
- No serán beneficiarias de estas ayudas las entidades sin ánimo de lucro ni las entidades públicas.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
Subdirección Xeral de Relacións Laborais
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957752 / 981957744
Fax: 981957751
Email: secretaria-xeral.emprego@xunta.gal
Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
Orden de 12 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la responsabilidad social empresarial (RSE), la igualdad laboral y la conciliación laboral y personal, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG nº 84 del 3 de mayo de 2017).
Corrección de errores. Orden de 12 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la responsabilidad social empresarial (RSE), la igualdad laboral y la conciliación laboral y personal, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG nº 95 del 19 de mayo de 2017).
Resolución de 14 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Empleo por la que se procede a la publicación de las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 12 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la responsabilidad social empresarial (RSE), la igualdad laboral y la conciliación laboral y personal en las pymes gallegas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (DOG nº 61 del 27 de marzo de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
04/05/2017 00:00 - 05/06/2017 23:59
Un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se Entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación en el DOG. Si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
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Las solicitantes deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
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a) Anexo II de esta orden debidamente cumplimentado y firmado.
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b) Copia de la escritura de constitución de la empresa solicitante, que acredite su domicilio social y la potestad de la persona que actúa y que firma la solicitud.
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c) Balance y cuenta de resultados de la empresa solicitante del ejercicio 2016.
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d) Vida laboral de todos los códigos de cuenta cotización de la empresa referida a los 30 días inmediatamente anteriores al de la presentación de la solicitud.
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e) Memoria explicativa de las actuaciones que la empresa vaya a realizar para la obtención de la certificación de igualdad del Servicio de Igualdad de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
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Comprobación de datos. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
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a) DNI o NIE de la persona solicitante o representante legal.
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b) Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de la empresa solicitante.
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c) Certificados de deudas expedidos para la obtención de subvenciones por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de Galicia.
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En el caso de que las interesadas se opongan a dichas consultas, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el anexo y adjuntar los documentos.
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Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Si alguna de las personas interesadas presenta sus solicitudes presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiese sido realizada la subsanación.
En el caso de las personas trabajadoras autónomas, que ejercen una actividad económica, se considera que la presentación electrónica supondrá un importante ahorro de tiempo y recursos materiales, tanto para la persona solicitante como para la propia Administración.
Polo tanto, en el caso de solicitantes que sean personas físicas (personas trabajadoras autónomas), y conforme el artículo 31 de la Ley 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación, y el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las solicitudes también se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos.
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La documentación complementaria también deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que hubiera sido realizada la subsanación.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone del mismo.
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En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éste de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvención para la contratación temporal por las entidades locales de personas en situación o riesgo de exclusión social perceptoras de la Risga.
Primera experiencia profesional juventud.