Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED305B - Licencia por formación para el profesorado.
a) Personal docente funcionario que no disfrutó de licencia por formación en los últimos dos cursos (2014/15 y 2015/16).
b) Personal docente funcionario que disfrutó de licencia por formación en los últimos dos cursos (2014/15 y 2015/16).
c) Personal interino.
2. La distribución de la duración de las licencias por modalidades, expresada en meses, es la que se recoge en el anexo I de esta orden de convocatoria.
Modalidades de licencias por formación.
Las licencias por formación, todas ellas retribuidas, pueden solicitarse para las siguientes modalidades:
Modalidad 1. Proyectos individuales para la creación de materiales curriculares digitales para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y secundaria y atención a la diversidad en estos niveles.
Tiene por objeto la creación de materiales digitales para el programa de educación digital en niveles obligatorios y segundo ciclo de educación infantil. Se valorará preferentemente la creación de secuencias didácticas de las materias de libre configuración autonómica para los niveles indicados, así como materiales vinculados a la atención a la diversidad en estos niveles. Tendrán especial consideración aquellos materiales digitales que permitan el visionado en cualquier tipo de dispositivo, incluidos los móviles, es decir, HTML5, HTML o Javascript. La presentación del proyecto seguirá el esquema establecido en el anexo IV.
La duración de las licencias de esta modalidad será de uno a tres meses, según la valoración del proyecto presentado.
Modalidad 2. Grupos de trabajo de dos o tres miembros para la creación de materiales curriculares digitales para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y secundaria y atención a la diversidad en estos niveles.
Tiene por objeto la creación de materiales digitales para el programa de educación digital en niveles obligatorios y segundo ciclo de educación infantil. Se valorará preferentemente la creación de secuencias didácticas para las materias de libre configuración autonómica de los niveles indicados, así como materiales vinculados a la atención a la diversidad en estos niveles. Tendrán especial consideración aquellos materiales digitales que permitan el visionado en cualquier tipo de dispositivo, incluidos los móviles, es decir, HTML5, HTML o Javascript. La presentación del proyecto seguirá el esquema establecido en el anexo IV.
La duración de las licencias de esta modalidad será de uno a tres meses, según la valoración del proyecto presentado.
Modalidad 3. Proyectos individuales para la elaboración o adaptación de materiales curriculares plurilingües para las enseñanzas de formación profesional.
Tiene por objeto la elaboración o adaptación de materiales plurilingües que desarrollen actividades de enseñanza y aprendizaje y de evaluación a las que se refiere el apartado 2 del artículo 23 de la Orden de 12 de julio de 2011, por la que se regulan el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.
Esta modalidad tendrá las siguientes submodalidades:
- Submodalidad 3.a. Elaboración de materiales inéditos en una lengua oficial y/o en otra o en otras lenguas extranjeras.
- Submodalidad 3.b. Actualización de materiales creados en convocatorias anteriores y, simultáneamente, su adaptación a una o más lenguas extranjeras.
Con carácter general, serán objeto de elaboración de materiales los módulos profesionales de formación profesional establecidos al amparo de la LOE.
En el anexo IX se relacionan los módulos profesionales que ya fueron objeto de elaboración de materiales en otras convocatorias, con la indicación del número de horas pendientes de elaborar y el número de horas pendientes de adaptación.
Está dirigida preferentemente al profesorado que haya sido formado por la Consellería en el procedimiento de elaboración de programación de módulos de la LOE (cursos, proyectos de formación profesional, grupos de trabajo, etc.).
La duración de las licencias de esta modalidad será de uno a tres meses, según la valoración del proyecto presentado.
Modalidad 4. Grupos de trabajo de dos o tres miembros para la elaboración de materiales curriculares plurilingües para las enseñanzas de formación profesional.
Tiene por objeto la elaboración de materiales plurilingües inéditos que desarrollen actividades de enseñanza y aprendizaje y de evaluación a las que se refiere el apartado 2 del artículo 23 de la Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regulan el desarrollo, la evaluación y la acreditación académica del alumnado de las enseñanzas de formación profesional inicial.
Los materiales podrán ser redactados en una lengua oficial y/o en otra o en otras lenguas extranjeras.
Con carácter general, serán objeto de elaboración de materiales los módulos profesionales establecidos al amparo de la LOE.
En el anexo IX se relacionan los módulos profesionales que ya fueron objeto de elaboración de materiales en otras convocatorias, con la indicación del número de horas pendientes de elaborar.
Está dirigida preferentemente al profesorado que haya sido formado por la Consellería en el procedimiento de elaboración de programación de módulos de la LOE (cursos, proyectos de formación profesional, grupos de trabajo, etc.).
La duración de as licencias de esta modalidad será de uno a tres meses, según la valoración del proyecto presentado.
Modalidad 5. Proyecto individual o en grupos de dos a tres miembros para la creación de cursos no presenciales para la formación del profesorado.
Tiene por objeto la creación de cursos no presenciales de formación del profesorado que podrán impartirse en la Plataforma de teleformación gallega (Platega). La presentación del proyecto versará sobre alguna de las temáticas preferentes propuestas en el anexo VIII, con mención expresa de las subcompetencias profesionales correspondientes, y según las instrucciones proporcionadas por el departamento correspondiente del Centro Autonómico de Formación e Innovación (CAFI), que coordinará el curso. El objetivo de esta modalidad es la creación y, en su caso, la posterior tutoría de los cursos, según el compromiso recogido en el anexo V y en las condiciones normativas establecidas en el desarrollo de actividades de formación permanente del profesorado. La presentación del proyecto seguirá el esquema establecido en el anexo IV.
La duración de las licencias de esta modalidad será de uno a tres meses, dentro del período comprendido entre el 15 de septiembre y el 31 de diciembre de 2016.
Modalidad 6. Perfeccionamiento en lenguas extranjeras en el exterior.
Tiene por objeto el perfeccionamiento de la lengua extranjera correspondiente y la consecución de la cualificación necesaria para promover la creación o la continuación del programa de secciones bilingües y/o de centros plurilingües, según el compromiso recogido en el anexo VI. Está dirigida preferentemente al profesorado no especialista de enseñanza primaria y secundaria que acredite como mínimo el nivel B2 en una lengua extranjera del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL) o tenga conocimiento equivalente acreditable según la Orden de 18 de febrero de 2011 por la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas por el profesorado para impartir en una lengua extranjera áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros docentes públicos dependientes de la Consellería, salvo lo establecido para el profesorado actualmente en secciones bilingües, en la disposición adicional primera.
La adjudicación de licencias se realizará conforme al siguiente orden de preferencia: en primer lugar, el profesorado no especialista de segundo ciclo de educación infantil, enseñanza primaria y secundaria y el profesorado que imparta docencia en la formación profesional y, en segundo lugar, el profesorado especialista en lenguas extranjeras.
La presentación del proyecto seguirá el esquema establecido en el anexo IV. El proyecto se centrará en la presentación del plan de perfeccionamiento de la lengua que se desarrollará durante el período de la licencia.
Las licencias de esta modalidad tendrán una duración mínima de un mes y máxima de tres meses.
Obligaciones de las personas beneficiarias.
1. En las modalidades 1, 2 y 5, una persona asesora del CAFI y, en las modalidades 3 y 4, una persona asesora del Servicio de Ordenación y Formación Profesional o de las estructuras de formación del profesorado se pondrá en contacto con las personas beneficiarias con el fin de transmitirles las instrucciones para la elaboración de los materiales. Durante el período de duración de la licencia, las personas beneficiarias asumen la obligación de entregar los documentos precisos para facilitar la labor de seguimiento correspondiente y de seguir, en su caso, sus indicaciones técnicas.
2. En caso de que durante el seguimiento de la licencia se observase algún incumplimiento por parte de los beneficiarios, estos podrán perder el derecho de continuar disfrutando de ella.
3. Las personas beneficiarias de las licencias podrán ser convocadas a las reuniones que sean necesarias, de carácter obligatorio, para establecer las pautas de coordinación e indicaciones técnicas generales.
4. En un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la licencia, las personas beneficiarias presentarán la correspondiente documentación justificativa del cumplimiento de los objetivos previstos. Asimismo, se realizará una valoración final que será comunicada a los beneficiarios.
La citada documentación se enviará a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa (Servicio de Formación del Profesorado), y constará de los siguientes elementos:
a) Para las modalidades 1 a 5, los siguientes elementos comunes:
a.1) Una declaración jurada o promesa (de cada miembro del equipo o del representante de la entidad) de poseer, como responsables de la autoría, plenos derechos de divulgación y publicación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación sobre la totalidad de los materiales presentados incluidos sonidos, vídeos, animaciones, flash, textos... que forman parte de los objetos digitales educativos (ODE), y de que éstos no estén comercializados. La autoría deberá aparecer expresada en la portada del trabajo objeto de la licenza. Esta declaración deberá ajustarse al modelo que se recoge en el anexo XI.
a.2) En el caso de que se incluyan imágenes de menores, en aplicación de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se presentarán las correspondientes autorizaciones de padres, madres o personas responsables de su tutoría legal, en soporte impreso y electrónico (PDF), debidamente cumplimentadas y firmadas.
a.3) Se podrán incluir otros materiales complementarios que los autores y las autoras consideren de interés.
b) Elementos específicos para cada modalidad:
b.1) Para las modalidades 1 y 2:
b.1.1) Una guía didáctica (en formato PDF o RTF) en la que se expongan los objetivos educativos pretendidos, los aspectos curriculares en los que se incida, la metodología y las orientaciones didácticas, las actividades que se propongan y los recursos de evaluación para el alumnado, con mención de los medios para proporcionar retroalimentación a los aprendizajes en el proceso evaluativo.
b.1.2) Original en soporte digital de los materiales elaborados, preparado para su publicación en internet, preferentemente con empaquetado SCORM. Para esto último se deberán seguir las recomendaciones sobre creación y estructura de contenidos digitales disponibles en la dirección electrónica http://www.edu.xunta.es/web/ODEs
b.1.3) Un manual de uso (en formato PDF o RTF) en el que se expliquen, con un lenguaje apropiado para el nivel del alumnado, las pautas de utilización del material. Cuando, por razones especiales, no se estime necesario este documento, se deberá razonar la decisión en un documento específico de igual título.
b.1.4) Un documento técnico en gallego y castellano (en formato PDF o RTF) en el que se especifiquen los pasos que haya que seguir para la instalación y los parámetros de configuración y ejecución de la aplicación desde internet y en el servidor cliente.
b.2) Para las modalidades 3 y 4:
Original en soporte digital de los materiales elaborados, en el cual constará:
1. Programación de los módulos profesionales de los cuales se elaboran materiales, realizada mediante la aplicación informática de elaboración de programaciones de la Consellería.
2. Las actividades de enseñanza y aprendizaje y de evaluación elaboradas que desarrollen alguna de las relacionadas en el apartado 4.a) de la correspondiente programación. Estas actividades deben ser entregadas en soporte digital editable.
Los materiales se elaborarán siguiendo el formato y las instrucciones que especifique el Servicio de Ordenación y Formación Profesional.
b.3) Para la modalidad 5:
b.3.1) Una guía didáctica (en formato PDF o RTF) en la que se expongan los objetivos educativos pretendidos, los aspectos curriculares en los que se incida, la metodología y las orientaciones didácticas, las actividades que se propongan y los recursos de evaluación para el alumnado, con mención de los medios para aportar retroalimentación a los aprendizajes en el proceso evaluativo.
b.3.2) Original en soporte digital editable de los materiales elaborados para el curso que estén embebidos en Platega y alojados en servicios externos (Youtube, Slideshare, Issuu, etc.).
b.4) Para la modalidad 6:
b.4.1) Memoria final según el guión que figura en el anexo VII.
b.4.2) Certificación original o una fotocopia compulsada expedida por el centro o la institución donde se realizó el perfeccionamiento en la lengua extranjera, con expresión de la duración en fechas y número total de horas de la formación recibida, así como una traducción de esa certificación.
a) Personal docente funcionario.
1º. Estar en situación de servicio activo y prestando servicios ininterrumpidos durante los cursos 2014/15 y 2015/16, y en el 2016/17 seguir teniendo destino y ejerciendo docencia directa con alumnado en centros docentes educativos dependientes de la Consellería.
2º. No tener destino en comisión de servicios durante el curso 2016/17, salvo el profesorado destinado en centros de enseñanzas artísticas superiores, el personal de las escuelas oficiales de idiomas y el que esté disfrutando de una comisión de servicios por conciliación de la vida familiar y laboral o por motivos de salud.
3º. Cuando los participantes hayan sido beneficiarios de una licencia por formación en el curso 2015/16, la valoración positiva del trabajo desarrollado se considerará únicamente a efectos de desempate.
b) Personal interino.
A estos efectos se entenderá como profesorado interino únicamente aquellas personas que tengan nombramiento como tal hasta la finalización del curso académico correspondiente.
2. Además, en las modalidades 3 y 4:
El profesorado solicitante deberá tener atribución docente en el módulo o módulos solicitados, salvo en la modalidad 4, tal como se recoge en el párrafo siguiente.
En el caso de elaborar o adaptar materiales en alguna lengua extranjera, acreditar la competencia lingüística en esa lengua en el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas. En la modalidad 4, será necesario que al menos un miembro del grupo de trabajo tenga acreditada esta competencia lingüística o que un miembro sea de la especialidad en la que se vayan a elaborar o adaptar materiales.
En la submodalidad 3.a y en la modalidad 4, la suma de la duración de las actividades elaboradas será de un mínimo de 15 horas por persona y mes de duración de la licencia.
En la submodalidad 3.b la suma de la duración de las actividades adaptadas será de un mínimo de 45 horas por persona y mes de duración de la licencia.
3. Obtener los mínimos previstos en esta convocatoria.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Ordenación e Innovación Educativa
Subdirección Xeral de Inspección e Avaliación do Sistema Educativo
Servizo de Ordenación Educativa
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881997635
Fax: 981546550
Email: licenzas.fprofe@edu.xunta.es
Servizo de Ordenación Educativa
Orden de 7 de junio de 2016 por la que se convocan licencias por formación para el curso 2016/17 destinadas al funcionariado docente no universitario y se aprueban las bases de concesión (DOG nº 117 del 21 de junio de 2016).
Plazo de presentación: CERRADO
22/06/2016 00:00 - 21/07/2016 23:59
Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
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Las solicitudes se presentarán utilizando el modelo del anexo II. La solicitud será única y para una sola modalidad.
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A la solicitud se le anexará la siguiente documentación:
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a) Para las modalidades 1, 3 y 6: acreditación de los meritos academicos, profesionales o de cualquier índole que se considere conveniente alegar. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en el anexo III de esta orden. Las modalidades 2, 4 y 5, al ser de grupo, quedan exentas.
En el caso de la formación academica no exigida para el ingreso en el cuerpo y que no figure en el expediente del solicitante, este podrá optar por presentar fotocopia compulsada de la documentación acreditativa o bien autorizar a la Administración para su consulta a traves de la página web http://intranet.xunta.es/interoperabilidade
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La indicada autorización deberá ajustarse al modelo que figura en el anexo II de esta orden de convocatoria.
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b) Además, para las modalidades 1 y 2, una demostración o ejemplo desarrollado, elaborado con la/s herramienta/s que utilizará según su proyecto.
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c) Además, en las modalidades 3 y 4, en el caso de elaborar o adaptar materiales en alguna lengua extranjera, para acreditar la competencia lingüística en esa lengua en el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas deberán presentar original o copia compulsada de la documentación que acredite esta circunstancia.
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d) Además, para la modalidad 5, una maqueta del curso en la plataforma digital Platega 2 (Moodle 2.6), especificando la descripción de cada bloque (objetivos, contenidos, espacios de comunicación e interacción, tareas...) y el anexo V debidamente cumplimentado.
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e) Además, en la modalidad 6, el anexo VI debidamente cumplimentado y, en su caso, original o copia compulsada de la documentación que acredite la competencia lingüística en la lengua correspondiente en el nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
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f) Para todas las modalidades, proyecto de trabajo según el contenido del anexo IV. La persona que solicite la modalidad 3.b no rellenará el apartado d) del proyecto.
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Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).
Opcionalmente, tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante, Ley 30/1992, de 26 de noviembre), utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Opcionalmente, tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La documentación complementaria se podrá presentar electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y en el 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
Esta documentación tambien podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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Las copias de los documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales, siempre que exista constancia de que sean autenticas.
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Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número de código único de registro.
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Todas las personas participantes deberán presentar relación numerada y firmada de la documentación entregada, siguiendo el orden que aparece en el indicado anexo III. No se tendrán en cuenta ni se valorarán los meritos ni los servicios alegados y no justificados debidamente, ni los que se aleguen fuera del plazo al que se refiere este artículo.
Es necesario destacar que no tendrán que presentarse los documentos justificativos de meritos alegados que ya hayan sido presentados por el profesorado para completar su expediente personal en la aplicación informática a traves de la dirección www.edu.xunta.es/datospersoais
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Autorización de centros privados para impartir enseñanzas artísticas.
Modificación da autorización de centros de enseñanzas de técnicos deportivos.