Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT207E - Subvenciones de creación audiovisual para el desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego.
2. Las ayudas deberán cumplir las condiciones de exención y los límites del artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1407/2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
3. Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad por el mismo proyecto de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y de sus organismos dependientes.
4. Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas por el mismo proyecto del resto de la Administración de la Xunta de Galicia y organismos dependientes, así como de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, y con otros ingresos o recursos para la misma finalidad. La suma de las distintas ayudas públicas para la misma finalidad no puede superar el 100 % del coste del proyecto.
5. En el desarrollo de esta resolución se aplicará lo dispuesto en las siguientes leyes y disposiciones:
a) Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
b) Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
c) Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.
Y supletoriamente:
d) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que regula los requisitos de concesión y justificación de subvenciones concedidas en la Administración del Estado. En esta ley se recogen artículos de carácter básico, que son de aplicación a la normativa de esta comunidad autónoma y, consecuentemente, a esta resolución de convocatoria.
e) Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
f) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
Las subvenciones serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Modalidades.
1. Podrán ser objeto de subvenciones de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales las siguientes modalidades de proyectos:
- Modalidad A: subvenciones a la escritura individual de guion en gallego. Subvenciones para proyectos de guion de obras originales o adaptación de obras literarias, para largometrajes cinematográficos. La cuantía adjudicada por proyecto será de 5.000 euros.
- Modalidad B: subvenciones para la realización de proyectos de cortometrajes grabados en versión original gallega con una duración inferior a 30 minutos. Las subvenciones tendrán una cuantía de 6.000 euros.
- Modalidad C: subvenciones a proyectos de largometrajes cinematográficos en versión original gallega, con una duración igual o superior a los 60 minutos y que cuenten con un realizador que no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica. Las subvenciones tendrán una cuantía de 30.000 euros.
2. Cada proyecto deberá estar inscrito en una sola modalidad.
2. Podrán optar las subvenciones referidas en la modalidad C los directores residentes, al menos durante un año previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, que estén constituidos como productora individual en el momento de presentar la solicitud. Asimismo, podrán optar aquellas personas jurídicas constituidas como productoras con antigüedad ininterrumpida de al menos un año inmediatamente anterior a esta convocatoria, establecidas al menos durante un año previo inmediatamente anterior a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea.
Obligaciones de los beneficiarios.
1. Sin perjuicio de las obligaciones dispuestas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, los beneficiarios de las subvenciones quedarán obligados a destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos.
2. Las producciones subvencionadas deberán ajustarse fielmente al proyecto presentado. Cualquier alteración relevante del proyecto, cambio de título, modificación sustancial de contenidos o cambios en los responsables del equipo técnico deberá ser notificada con anterioridad a la Agadic, que adoptará las medidas que considere procedentes.
3. En la documentación del proyecto (materiales de promoción y distribución) y en los títulos de crédito de la producción resultante, página web, etc., se hará constar que recibió una subvención por parte de la Agadic con su imagen corporativa.
4. Los beneficiarios dan la autorización expresa a la Agadic para la utilización de la producción subvencionada con el objeto de su sociabilización, en las actividades de promoción y difusión que le corresponden. En las modalidades B y C, en los títulos de crédito iniciales de la producción deberá figurar en cartón único: «con la subvención de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales», de conformidad con la normativa de imagen corporativa de la Xunta de Galicia.
5. Asimismo, estarán obligados a facilitarle a la Agadic copias de la documentación empleada para la realización, promoción y difusión de la obra (guion definitivo, carteles, fotografías, músicas, capas y otros materiales).
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Cidade da Cultura - Monte Gaiás s/n
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996077 / 881996078
Fax: 881996080
Email: agadic@xunta.es
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Resolución de 16 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de creación audiovisual para el desarrollo y promoción del talento audiovisual gallego y se convocan para el año 2017.
Resolución de 19 de enero de 2018 por la que se da publicidad de las ayudas concedidas durante el año 2017 (DOG nº 20 del 29 de enero de 2018).
Plazo de presentación: CERRADO
24/12/2016 00:00 - 23/01/2017 23:59
Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
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Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación administrativa:
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a) DNI o NIE del solicitante sólo en el caso de denegar expresamente su consulta en el sistema de verificación de datos de identidad.
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b) Certificado de empadronamiento en Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea. Los solicitantes domiciliados en la Comunidad Autónoma de Galicia sólo tendrán que entregarlo si deniegan expresamente su consulta.
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c) Declaración de autorización expresa del propietario de los derechos de la obra preexistente.
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d) Adicionalmente, para acceder a la modalidad C:
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Copia compulsada o cotejada del NIF de la persona jurídica solicitante o documento equivalente, sólo en caso de que el interesado deniegue expresamente su consulta.
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En su caso, copia compulsada o cotejada de los estatutos registrados y escrituras de constitución inscritos en el registro mercantil o el que corresponda.
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Certificado de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas en el epígrafe/subepígrafe que corresponda en el que se acredite la antigüedad de un año ininterrumpido inmediatamente anterior a la publicación de la convocatoria si el solicitante es una persona jurídica, sólo en caso de que el interesado deniegue expresamente su consulta.
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Documentación que acredite de forma suficiente la representación de quien firma la solicitud.
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DNI o NIE del representante, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el sistema de verificación de datos de identidad.
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Certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad.
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Además de la documentación anterior, se aportará un ejemplar en formato electrónico o en papel sin encuadernar de la siguiente documentación tecnica, que se enviarán directamente a la comisión, para su evaluación, una vez que la documentación administrativa este completa:
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Modalidad A: escritura individual de guion para largometraje cinematográfico.
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a) Historial profesional del solicitante acompañado, en su caso, de las siguientes declaraciones responsables:
- Declaración responsable con especificación de los largometrajes realizados en las que ha participado en calidad de guionista.
- Declaración responsable con especificación de los títulos que hayan recibido subvención de la Xunta de Galicia a la escritura de guion con anterioridad a la convocatoria.
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b) Memoria explicativa del proyecto con una extensión de entre 1 y 3 páginas, donde se incluya una reflexión sobre la viabilidad del proyecto en el audiovisual gallego.
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c) Sinopsis argumental con una extensión máxima de 1 página.
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d) Tratamiento secuenciado del proyecto de guion, con una extensión de entre 10 y 20 páginas a doble espacio.
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e) Si es un guion adaptado: declaración de autorización expresa del propietario de los derechos de la obra preexistente.
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Modalidad B: cortometraje.
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a) Historial profesional del solicitante acompañado, en su caso, de las siguientes declaraciones responsables recogidas:
- Declaración responsable con especificación de los largometrajes realizados en las que haya participado como director.
- En su caso, especificación de los títulos dirigidos que hayan recibido subvención de la Xunta de Galicia a la realización de cortometrajes con anterioridad a la convocatoria.
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b) Memoria explicativa del proyecto, con una extensión de entre 1 y 3 páginas, en la que consten las intenciones con respeto a la promoción y distribución del cortometraje.
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c) Sinopsis del proyecto, con una extensión máxima de 1 página.
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d) Guion definitivo, tecnico o literario, de la película.
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e) Calendario y plan de producción.
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f) Currículo del equipo tecnico-artístico.
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g) Cualquier otra documentación que el solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
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Modalidad C: largometraje.
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a) Historial profesional del director acompañado, en su caso, de las siguientes declaraciones responsables:
- Declaración responsable con especificación de los largometrajes realizados en los que haya participado como director.
- Declaración responsable con especificación de los títulos dirigidos que hayan recibido subvención de la Xunta de Galicia a la realización de largometraje con anterioridad a la convocatoria.
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b) En su caso, historial de la empresa solicitante.
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c) Historial de: guionista, director de fotografía, compositor, actores, montador jefe, director artístico, jefe de sonido y otros profesionales del equipo creativo de carácter tecnico que intervendrá en la producción.
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d) Sinopsis argumental de un máximo de 1 página.
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e) Una memoria de un máximo de 5 páginas en la que se describa el carácter innovador de la película y las intenciones en cuanto a su promoción y distribución.
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f) Guion definitivo del proyecto.
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g) Calendario del proyecto, plan de producción y plan de localizaciones del rodaje.
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h) Presupuesto del proyecto (según el modelo publicado en la página web de la Agadic) y plan de financiación.
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i) Cualquier otra documentación que el solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
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Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas y las personas representantes de ellas.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Para aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos despues de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la Carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes tambien podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
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La documentación podrá ser entregada en soporte papel, CD-Rom o en memoria USB. En cualquiera de los soportes que se presenten deberán figurar los mismos ficheros y con igual contenido. Todos los ficheros deberán incorporar un índice de su contenido. Los formatos de los ficheros podrán ser PDF o Excel. Si se incluyen ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
La documentación complementaria la presentarán por vía electrónica aquellas personas obligadas a ello. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La documentación complementaria, y sólo para el caso de aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, tambien podrá presentarse por vía electrónica o en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si dispone de el.
En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.
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En el plazo de presentación de solicitudes, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cinco meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales de producción gallega
Subvenciones a proyectos desarrollados por empresas de exhibición cinematográfica de carácter comercial.
Ayudas para la realización de rodajes audiovisuales en Galicia.
Selección de una entidad colaboradora para la gestión y organización de las actividades del programa de desarrollo del polo de aceleración del sector de videojuegos para impulso del sector.
Proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual para salas de exhibición cinematográfica.
Subvenciones a la dotación de equipamientos y activos que fomenten la innovación y la competititvidad de la industria cultural y creativa gallega.